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Organo competente busca como aplicar ley prohíbe el activismo.

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La definición de las actividades político-partidistas prohibidas por la ley es una responsabilidad de la Junta Central Electoral ante la realidad de que los aspirantes presidenciales se promueven a casi dos años de que se oficialice la precampaña electoral, sin que se lesione la libertad de expresión y difusión del pensamiento.

El presidente de la JCE, Román Jáquez, informó que ese emitirá un documento que definirá lo que está permitido y lo que no para los aspirantes a la presidencia de la República.

También está planteado un problema político. El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ha explicado que sus dirigentes seguirán activando porque sus competidores, el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y Fuerza del Pueblo (FP), ya tienen candidatos presidenciales definidos mientras ellos no y que eso los coloca en desventaja para la competencia para el 2024.

De hecho, el PLD convocó para 30 de este mes al Comité Central para oficializar las precandidaturas, según dijo esa organización en función de lo establecido por sus estatutos. Para esos fines, una comisión de ese partido integrada por el secretario general, Charlie Mariotti, el delegado político, José Ramón (Monchy) Fadul y el titular de la secretaría de asuntos jurídicos del PLD, José Dantés, fue a la JCE a explicar que sus dirigentes no violan la ley y seguirán las actividades.

Adicionalmente, la JCE recibe presión social para que aplique la ley de manera literal y prohíba las actividades políticas. Ese es un viejo anhelo que siempre se ha estado en el debate de la opinión pública y precisamente eso provocó que se reunificaran las elecciones congresuales y presidenciales que se hacían con dos años de diferencia hasta el 2016. Igualmente por esa razón se limitó el tiempo de la campaña y precampaña en la Ley 33/18 y la 15/19.

El problema es que el mandato de la Ley de Partidos es casi imposible de aplicar de manera literal por parte de la JCE, tanto porque no cuenta con capacidad logística para evitar y supervisar el cumplimiento riguroso de las prohibiciones, pero sobre todo porque choca con derechos fundamentales. Es probable que si la JCE intenta ir más allá de lo razonable, el tema termine en el Tribunal Constitucional que ya ha anulado más de doce artículos de la ley 33/18.

Para el politólogo Engel Villanueva hay una cuestión conceptual que hay que delimitar sobre el alcance y límites tiene el término proselitismo. “Los partidos políticos son entes institucionales y sociales vivos, que para poder identificarse con las demandas agregadas de la sociedad implica tener contacto con los diversos estratos sociales todo el tiempo. Es la libertad de asociación, que como derecho fundamental no puede ser jamás objeto de limitación, sobre todo si afecta lo que en el Derecho Constitucional se denomina su núcleo esencial”, explicó.

Sostuvo que existe una línea muy fina entre las posibles interpretaciones y las posibles sanciones que pudiera aplicar la JCE porque en el plano fáctico podría ser o no objeto de prohibición. “Creo que la JCE y los partidos deben de establecer claramente los límites de este tipo de derechos, porque lo que ocurrirá es que este debate -de no consensuarse- se podría judicializar y el órgano electoral no puede caer en la vocación de ser constantemente susceptibles de decisiones judiciales sobre respecto de temas cuya naturaleza podrían ser aclarados con los partidos políticos en el marco de los principios de razonabilidad y proporcionalidad”, observó.

Sobre el impacto político de las limitaciones que tiene la Ley y el enfoque de aplicación que le de la JCE, sostuvo que no sería saludable para el organismo empujar hacia la desventaja a la oposición. “El mismo gobierno ha convocado un Diálogo Nacional y existe la percepción en gran parte de estos partidos, de que el presidente, cuya presencia mediática asciende cada día más podría optar por intentar reelegirse, por tanto, coloca a la oposición en desventaja”, comentó.

Lo que dice la Ley

El artículo 41 de la ley 33/18 establece que la precampaña es el período en el cual los partidos deberán celebrar sus procesos internos para la escogencia de los precandidatos a puestos de elección popular, y será iniciado el primer domingo del mes de julio y concluirá con la escogencia de los candidatos”. El numeral 8 del artículo 78 manda a la JCE a declarar inamisibles las candidaturas de los aspirantes que violen esa disposición. “Los aspirantes que inicien su campaña antes del tiempo oficial de campaña o precampaña serán sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura”.

Lo que prohíbe la ley de partidos

La ley prohíbe pintura de calles, aceras, contenes, postes del tendido eléctrico, árboles, así como de cualquier propiedad pública, con los colores, emblemas o símbolos del candidato o el partido, agrupación o movimiento político que lo sustenta.
También la colocación de afiches, vallas, cruzacalles, calcomanías, adhesivos, distintivos, murales, altoparlante (disco light) y cualquier otro medio de publicidad partidaria. Además, el uso de pintura o afiches no removibles, así como toda propaganda política que se fundamente, haga referencia o pueda percibirse de manera negativa, irrespetuosa o contraria a los principios, costumbres y valores culturales de la comunidad.

Las actividades permitidas están limitadas al interno de los partidos políticos, en sus locales y lugarres privados cerrados.

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Detalles de cómo la PGR siguió al fiscal Aurelio Valdez hasta comprobar entrega de dinero en sobornos

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Santo Domingo, R.D.-La solicitud de medida de coerción en contra del fiscal Aurelio Valdez Alcántara narra el proceso de investigación y seguimiento que le hizo el Ministerio Público por supuestamente recibir 10 mil dólares en una entrega controlada.

De acuerdo al órgano acusador, el 13 de marzo de este año, el fiscal concretó un encuentro con Roberto Canaán, quien es testigo en el caso de corrupción en el Seguro Nacional de Salud (Senasa). La reunión sería en Plaza Lama de avenida Jiménez Moya con 27 de Febrero.

“En este lugar Roberto Canaán abordó el vehículo del imputado Aurelio Valdez Alcántara, quien utilizó información privilegiada sobre sus vehículos personales y propiedades para establecer una posición de dominio”, dice la solicitud.

La suma inicial fijada por Valdez Alcántara, según el Ministerio Público, fue de 200 mil dólares, “suma que redujo” a 150 mil, además de que “mostró interés en un reloj Rolex y exigió la entrega de un vehículo de lujo, específicamente un Mercedes Benz 350 o 450 negra”.

Además, el fiscal “rechazó opciones más económicas, como una guagua Volvo o Mazda, insistiendo en el modelo de alta gama solicitado”.

El día 25 de marzo, la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, solicitó la designación de un juez para la investigación en este caso. El 27, la magistrada Ysis Muñiz, quien fue la jueza designada, autorizó al Ministerio Público a investigar la entrega vigilada de dinero.

El día 27, en horas de la tarde, Aurelio Valdez contactó a Roberto Canaán para que se reunieran en la Plaza Comercial Bella Vista Mall, en el área de parqueos del cuarto piso, con la “intención de realizar el pago de soborno exigido”.

Como seguimiento en el caso, “para cubrir y documentar la entrega” del dinero, el Ministerio Público conformó un equipo integrado por el mayor Luis Antonio Valdez Moreno, encargado de la División de Operaciones, auxiliado por varios agentes policiales, y acompañados por el fiscal Andrés Octavio Mena.

Estos se trasladaron a la plaza antes citada, también en el cuarto piso, y desde ahí observaron el vehículo Honda CRV, color crema, propiedad del fiscal Aurelio Valdez.

Miraron que Roberto Canaán abordó el carro del fiscal y permaneció por aproximadamente cinco minutos en el interior e hizo la entrega del dinero.

Los policías le ordenaron detener el vehículo y, tras esto, le solicitaron acompañarlos a la Procuraduría General de la República en su vehículo con los agentes.

Cuando se encontraban en el área de parqueos del sótano de la Procuraduría General y en presencia del fiscal Andrés Octavio Mena Marte, procedieron a requisar el interior y preguntarle si tenía algo en su interior, a lo que este indicó que solo tenía un arma de fuego y una tableta tipo computadora de la Procuraduría General de la República.

“En la requisa, con la presencia del imputado Aurelio Valdez Alcántara, específicamente en la parte interior del Sunroof y la tapa corrediza del Sunroof, fueron ocupados la cantidad de 100 billetes de cien dólares americanos, para un total de diez mil dólares (US$10,000.00) en efectivo”, dice la solicitud de medida de coerción, que narra todo lo que encontraron en el vehículo, como tarjetas y celular.

El arma del fiscal, de acuerdo al documento, es una pistola marca Bersa, 9 mm. Color negro con corredera plateada, serial 0018MP, con un cargador y trece (13) cápsulas para la misma.

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Fiscal le habría pedido dinero, reloj y auto a Roberto Canaan, testigo de la PGR en el caso Senasa

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Santo Domingo, R.D.-El fiscal Aurelio Valdez Alcántara, investigado por pedir soborno, le habría pedido a Roberto Canaán, uno de los principales mencionados en el caso de corrupción del Seguro Nacional de Salud (Senasa), el pago de 200 mil pesos, un rolex y auto Mercedes Benz, según el expediente del Ministerio Público.

Canaan se desempeñó como Gerente de Atención al Usuario en Senasa.

En la solicitud de medida de coerción del caso Senasa, Canaan es señalado como el cuarto testigo que usaría el Ministerio Público en el caso.

«Con lo que probamos la estructura orgánica de corrupción, el mecanismo de influencia interna

y el origen ilícito de fondos que caracterizaron la gestión del Dr. Santiago Hazim Albainy. Este testimonio de una persona del círculo interno, aporta una narrativa directa que conecta y da sentido a la evidencia documental previamente.

incorporada», señala el Ministerio Público, como uno de los elementos principales para utilizar a Canaan como testigo en el caso.

Roberto Canaan no figura entre los acusados en el caso Senasa.

El Ministerio Público informó que la investigación que realizan en contra del fiscal arrojó que habría exigido al imputado de Senasa una suma inicial de USD$200,000.

De acuerdo a las informaciones, Valdez Alcántara fue sometido a la justicia tras ser apresado en flagrante delito el viernes.

Según se ha informado, la investigación del caso la dirige directamente la procuradora general de la República, quien garantizó a toda la población “que jamás va a tolerar actos de corrupción en la institución”.

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Aplazan otra vez audiencia de Wander Franco y Vanessa Chevalier

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Santo Domingo, R.D.-La audiencia de apelación del juicio contra el pelotero Wander Franco Martha Vanessa Chevalier fue aplazada nuevamente este lunes.

La fecha dispuesta por el tribunal es del 13 al 15 de mayo, para presentar los medios probatorios por el Ministerio Público e inicio de la defensa técnica.

Franco fue condenado en primera instancia a dos años de prisión suspendida, mientras que Martha Vanessa Chevalier, madre de la menor presuntamente abusada, fue condenada a 10 años de prisión al ser encontrada culpable de explotación sexual lavado de activos.

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