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Organo competente busca como aplicar ley prohíbe el activismo.

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La definición de las actividades político-partidistas prohibidas por la ley es una responsabilidad de la Junta Central Electoral ante la realidad de que los aspirantes presidenciales se promueven a casi dos años de que se oficialice la precampaña electoral, sin que se lesione la libertad de expresión y difusión del pensamiento.

El presidente de la JCE, Román Jáquez, informó que ese emitirá un documento que definirá lo que está permitido y lo que no para los aspirantes a la presidencia de la República.

También está planteado un problema político. El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ha explicado que sus dirigentes seguirán activando porque sus competidores, el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y Fuerza del Pueblo (FP), ya tienen candidatos presidenciales definidos mientras ellos no y que eso los coloca en desventaja para la competencia para el 2024.

De hecho, el PLD convocó para 30 de este mes al Comité Central para oficializar las precandidaturas, según dijo esa organización en función de lo establecido por sus estatutos. Para esos fines, una comisión de ese partido integrada por el secretario general, Charlie Mariotti, el delegado político, José Ramón (Monchy) Fadul y el titular de la secretaría de asuntos jurídicos del PLD, José Dantés, fue a la JCE a explicar que sus dirigentes no violan la ley y seguirán las actividades.

Adicionalmente, la JCE recibe presión social para que aplique la ley de manera literal y prohíba las actividades políticas. Ese es un viejo anhelo que siempre se ha estado en el debate de la opinión pública y precisamente eso provocó que se reunificaran las elecciones congresuales y presidenciales que se hacían con dos años de diferencia hasta el 2016. Igualmente por esa razón se limitó el tiempo de la campaña y precampaña en la Ley 33/18 y la 15/19.

El problema es que el mandato de la Ley de Partidos es casi imposible de aplicar de manera literal por parte de la JCE, tanto porque no cuenta con capacidad logística para evitar y supervisar el cumplimiento riguroso de las prohibiciones, pero sobre todo porque choca con derechos fundamentales. Es probable que si la JCE intenta ir más allá de lo razonable, el tema termine en el Tribunal Constitucional que ya ha anulado más de doce artículos de la ley 33/18.

Para el politólogo Engel Villanueva hay una cuestión conceptual que hay que delimitar sobre el alcance y límites tiene el término proselitismo. “Los partidos políticos son entes institucionales y sociales vivos, que para poder identificarse con las demandas agregadas de la sociedad implica tener contacto con los diversos estratos sociales todo el tiempo. Es la libertad de asociación, que como derecho fundamental no puede ser jamás objeto de limitación, sobre todo si afecta lo que en el Derecho Constitucional se denomina su núcleo esencial”, explicó.

Sostuvo que existe una línea muy fina entre las posibles interpretaciones y las posibles sanciones que pudiera aplicar la JCE porque en el plano fáctico podría ser o no objeto de prohibición. “Creo que la JCE y los partidos deben de establecer claramente los límites de este tipo de derechos, porque lo que ocurrirá es que este debate -de no consensuarse- se podría judicializar y el órgano electoral no puede caer en la vocación de ser constantemente susceptibles de decisiones judiciales sobre respecto de temas cuya naturaleza podrían ser aclarados con los partidos políticos en el marco de los principios de razonabilidad y proporcionalidad”, observó.

Sobre el impacto político de las limitaciones que tiene la Ley y el enfoque de aplicación que le de la JCE, sostuvo que no sería saludable para el organismo empujar hacia la desventaja a la oposición. “El mismo gobierno ha convocado un Diálogo Nacional y existe la percepción en gran parte de estos partidos, de que el presidente, cuya presencia mediática asciende cada día más podría optar por intentar reelegirse, por tanto, coloca a la oposición en desventaja”, comentó.

Lo que dice la Ley

El artículo 41 de la ley 33/18 establece que la precampaña es el período en el cual los partidos deberán celebrar sus procesos internos para la escogencia de los precandidatos a puestos de elección popular, y será iniciado el primer domingo del mes de julio y concluirá con la escogencia de los candidatos”. El numeral 8 del artículo 78 manda a la JCE a declarar inamisibles las candidaturas de los aspirantes que violen esa disposición. “Los aspirantes que inicien su campaña antes del tiempo oficial de campaña o precampaña serán sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura”.

Lo que prohíbe la ley de partidos

La ley prohíbe pintura de calles, aceras, contenes, postes del tendido eléctrico, árboles, así como de cualquier propiedad pública, con los colores, emblemas o símbolos del candidato o el partido, agrupación o movimiento político que lo sustenta.
También la colocación de afiches, vallas, cruzacalles, calcomanías, adhesivos, distintivos, murales, altoparlante (disco light) y cualquier otro medio de publicidad partidaria. Además, el uso de pintura o afiches no removibles, así como toda propaganda política que se fundamente, haga referencia o pueda percibirse de manera negativa, irrespetuosa o contraria a los principios, costumbres y valores culturales de la comunidad.

Las actividades permitidas están limitadas al interno de los partidos políticos, en sus locales y lugarres privados cerrados.

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Fiscal Aurelio Valdez Alcántara acusado de soborno buscará esta tarde obtener su libertad

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Santo Domingo, R.D.-La jueza control de las investigaciones seguida al fiscal Aurelio Valdez Alcántara, acusado de recibir 10 mil dólares de soborno, conocerá esta tarde una revisión a la medida de coerción que pesa en contra del imputado.

La magistrada Nancy Joaquín fijó para las 2:00 de la tarde el conocimiento de dicha revisión, la cual fue presentada por el abogado Valentín Medrano, quien encabeza la defensa del fiscal.

Se recuerda que el pasado mes de mayo, la jueza Isis Muñoz impuso contra Valdez Alcántara la medida de prisión preventiva por un espacio de tres meses.

Dicha medida fue dictada por la jueza del Juzgado de la Instrucción Especial de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Ysis Muñiz, tras acoger un pedimento del ministerio público y de rechazar varios incidentes presentados por la defensa del encartado.

Las imputaciones

El Ministerio Público acusa e al fiscal de violar varios artículos del Código Penal Dominicano, así como la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Conforme a las investigaciones del órgano persecutor, Valdez Alcántara presuntamente exigió a Pedro Canaán, testigo en caso Senasa, la suma inicial de 200,000 dólares.

Tras una negociación, el monto fue reducido a US$150,000. Asimismo, el expediente señala que el imputado mostró interés en obtener un reloj marca Rolex y exigió la entrega de un vehículo Mercedes Benz, modelos 350 o 450.

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Jueza se inhibe de conocer juicio a hermanos Espaillat por vínculo afectivo con una de las víctimas

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Santo Domingo, R.D.-La jueza Clara Luz Almonte de la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional, se apartó del conocimiento del juicio de fondo en contra de los empresarios Antonio y Maribel Espaillat, acusados de homicidio involuntario tras el colapso del techo de la discoteca Jet Set, tragedia que cobró la vida de 236 personas y dejó más de 180 heridos en abril de 2025.

Tras declararse la inhibición, la jueza dispuso la remisión inmediata del expediente a la presidenta de la Cámara Penal del Distrito Nacional, para que valore la inhibición y designar a un nuevo magistrado que asuma el control del juicio contra Antonio Espaillat y Maribel Espaillat, imputados por la violación de los artículos 319 y 320 del Código Penal Dominicano.

El tribunal había sido apoderado del caso el pasado 19 de junio de 2026. Sin embargo, la magistrada tomó la decisión fundamentada en el artículo 80, numeral 8, del Código Procesal Penal Dominicano, el cual faculta a los jueces a inhibirse cuando exista una amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia de trato con alguna de las partes involucradas en el proceso.

Explicó que entre las personas fallecidas en el siniestro se encontraba su entrañable amiga, Margarita Herminia Robles Reyes (identificada como la víctima número 49 en la acusación). Sostiene que estaba íntimamente ligada emocionalmente tanto a la víctima fallecida Margarita Herminia Robles Reyes, como a sus familiares.

“No nos sentimos en condiciones de conocer dicho proceso con absoluta imparcialidad, por haber desarrollado un vínculo afectivo profundo, y mi corazón haberse lacerado con ambas muertes«, manifestó la magistrada.

Asimismo, relató el fuerte impacto colateral del suceso. La madre de la víctima, Margarita Reyes —quien además era su colega y amiga—, se encontraba en un delicado estado de salud y falleció poco tiempo después debido al agravamiento de sus dolencias provocado por la pena.

La magistrada confesó haber sido el «hombro en que su madre se apoyó para juntas llorar su muerte», llegando incluso a vestir el cadáver y asistir de cerca a la familia.

Afirmó que los procesos judiciales no solo deben ser justos, sino también parecerlo, por lo que apartarse busca preservar la confianza de la ciudadanía en la integridad del sistema.

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65 personas regresan al país en vuelo humanitario desde Venezuela

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Santo Domingo, R.D.-65 personas que permanecían en las zonas afectadas por los devastadores terremotos registrados el pasado 24 de junio en Venezuela, regresaron este lunes al país a bordo de un vuelo humanitario organizado por el Gobierno dominicano.

La aeronave de la línea aérea dominicana Sky High aterrizó a las 5:40 de la tarde en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) José Francisco Peña Gómez, procedente del Aeropuerto Internacional Arturo Michelena, en Valencia, Venezuela.

En el avión llegaron 55 dominicanos, 9 venezolanos y 1 estadounidense, quienes fueron recibidos en el AILA por el canciller, Roberto Álvarez y otros funcionarios civiles y militares.

A su llegada, los viajeros fueron recibidos por funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores (Mirex), así como por representantes de distintas instituciones civiles y militares, quienes coordinaron el proceso de asistencia y recepción de los dominicanos que lograron abandonar las zonas afectadas por los movimientos telúricos.

La operación fue realizada por instrucciones del presidente Luis Abinader, en coordinación con las autoridades de la República Bolivariana de Venezuela, como parte de las acciones desplegadas por el Gobierno dominicano para brindar asistencia a sus ciudadanos residentes o de visita en las áreas impactadas por los sismos.

Los terremotos, ocurridos el pasado 24 de junio, provocaron una emergencia nacional en Venezuela, dejando a su paso cientos de víctimas mortales, numerosos heridos y cuantiosos daños materiales en viviendas, edificios públicos, carreteras y otras infraestructuras, situación que motivó la puesta en marcha del operativo de evacuación de ciudadanos extranjeros, entre ellos dominicanos.

El vuelo humanitario fue habilitado con el propósito de facilitar el retorno oportuno de los nacionales que solicitaron ayuda para salir de las zonas afectadas, utilizando un avión comercial con capacidad para 90 pasajeros.

El Ministerio de Relaciones Exteriores informó que los dominicanos interesados en acogerse a este programa de retorno deben acreditar su identidad mediante la presentación de su cédula de identidad y electoral o de un pasaporte dominicano vigente.

Asimismo, explicó que aquellos connacionales que hayan extraviado sus documentos personales o no dispongan de ellos recibirán asistencia de una delegación de la Junta Central Electoral (JCE), que inició labores a partir de este martes 30 de junio para facilitar los procesos de identificación y documentación, permitiéndoles regresar al país en vuelos humanitarios posteriores.

Con la llegada de este primer grupo de repatriados, las autoridades dominicanas no descartan la realización de nuevas operaciones aéreas humanitarias en los próximos días.

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