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Opinión

Judíos y palestinos 70 años después de la resolución de la ONU que aprobó la creación de dos nuevos estados en el Oriente Medio

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Por Miguel Guerrero

Esta semana se cumplieron 70 años de la resolución de la ONU que aprobó la creación en Palestina de dos estados, uno hebreo y otro árabe palestino. Los judíos superaron todas las vicisitudes y tienen hoy un país moderno y próspero. Los palestinos luchan todavía para lograrlo.

Muchos creen que Estados Unidos y la Unión Europea han rechazado entrar en tratos con el grupo fundamentalista predominante en la zona de Gaza debido sólo  a la negativa de Hamás a reconocer a Israel como nación. Y que esas objeciones son la única amenaza al control de la Autoridad Nacional Palestina por esa facción que obtuvo en el 2007 el control del gobierno en la franja.

La verdad es que ha sido Al Fatah, el negado a formar parte de un gobierno encabezado por Hamás. Tal decisión ha estado  basada en la negativa de este grupo a renunciar a las armas y a su propósito de destruir al estado judío. Las elecciones parlamentarias en las que Hamás alcanzó  hacen 14 años el control pusieron de relieve las grandes divisiones internas entre los palestinos. La derrota de Al Fatah el grupo que lideró la Autoridad Palestina (ANP) por décadas, fundado por su líder histórico Yassir Arafat, no estuvo fundamentada en el rechazo a las negociaciones con el país hebreo, sino en la corrupción que erosionó por años la administración palestina.

Es injusto atribuir a un supuesto rechazo del Estado palestino, la amenaza de las naciones europeas y Estados Unidos de suspender la ayuda exterior que han ofrecido por años a la ANP.  Con toda y la enorme riqueza árabe proveniente del petróleo, la ANP se ha mantenido gracias a los aportes de la ayuda financiera llegada desde la Unión Europea y Estados Unidos. Es conocido, por ejemplo, que la UE pagaba los salarios de los servidores públicos palestinos en la Franja de Gaza y la margen occidental del Río Jordán, estimados en unos 150,000, y que parte de esos gastos se sufragaban también con las recaudaciones de impuestos que en esas zonas hacían los israelíes en ausencia de una eficiente administración tributaria palestina.

La ayuda de Estados Unidos y Europa a la Autoridad Nacional Palestina (ANP) superó siempre las provenientes de las naciones árabes. Los aportes de la Unión Europea a la administración palestina sobrepasaban, hasta hace unos años, los 500 millones de dólares anuales. Al Fatah admitió que el triunfo de Hamás cambiaría esa realidad. En una entrevista con el diario español El País, el lunes 23 de enero del 2003, el entonces viceprimer ministro y ministro de Información de Al Fatah, Nabil Shaat, dijo que esa organización perderá la hegemonía de que gozó en la vida del pueblo palestino durante los últimos cincuenta años. Según el diario, “en las calles palestinas este dirigente (Shaat) y muchos otros altos funcionarios son culpados de haberse enriquecido desde que regresaron del exilio en Túnez en 1994”.

Shaat expresó su alarma por el  triunfo de Hamás, señalando que sólo Al Fatah puede garantizarle al pueblo palestino la continuación del proceso de paz “y lograr un acuerdo definitivo con Israel”. Un acuerdo que en  su opinión Hamás no lo podrá conseguir nunca por sus posiciones políticas. “La negociación, no el enfrentamiento, es el camino. Si no apuestan por la negociación no gozarán del apoyo internacional”, dijo. “Al Fatah creó la organización para la Liberación de Palestina, la Autoridad Nacional Palestina y el sistema judicial. Y sólo Al Fatah puede conseguir ayuda exterior y reducir el desempleo. Tenemos experiencia, generaciones jóvenes y somos un partido secular”.

En los días siguientes a las elecciones palestinas, los jóvenes milicianos de Al Fatah amenazaron a los líderes de la organización y de la ANP si llegaban a aceptar el ofrecimiento de Hamás de integrar el nuevo gobierno. Debido a su renuencia a negociar con Israel y darle seguimiento a la Hoja de Ruta, que patrocinaban Estados Unidos, Rusia, la Unión Europa y la ONU, las naciones occidentales han condicionado el mantenimiento de la ayuda a la nueva autoridad palestina surgida en el 2003.la obstinada negativa de los grupos radicales palestinos de negociar un tratado de respeto mutuo con Israel es hoy en día la fuente principal de inestabilidad en esa región.

El hecho de que Tel Aviv negociara con la ANP un acuerdo es una prueba contundente de su reconocimiento a la formación de un estado palestino. Pero es obvio que eso sólo  podrá sostenerse si los líderes de la Mukata reconocen a su vez el derecho de los judíos a existir como nación. La mayor parte de los países árabes así ya lo reconocen e incluso dos de ellos, Jordania y Egipto, tienen relaciones diplomáticas plenas y formales con el estado hebreo. El dirigente palestino dijo al diario  español El País:”Este movimiento se encuentra donde estábamos nosotros hace 35 años”. Y recalcó que “ahora no es posible un acuerdo con Hamás si no abandona la violencia, se suma al proceso de paz y promueve un estado secular. Podemos alcanzar la paz con ellos, pero no integrarnos en una coalición”.

El problema radica en la imposibilidad de los moderados de desmantelar las milicias de Hamás y  la Yihad Islámica. Shaat refirió que para lograrlo se requerían de tres factores: “Primero tenemos que reconstruir las fuerzas de seguridad, disponer de más armas y munición y planificar un mejor entrenamiento de la policía y el ejército. Esto llevará tiempo. En segundo lugar, tenemos que desarrollar la economía palestina y reducir el paro, que alcanza el 65%, para que la gente no se sume a Hamás y Yihad Islámica. Con empleos, se unirían menos a la resistencia. Y el tercer factor es que esos grupos no desean sumarse al proceso de paz. Se necesitaría mucho tiempo para que estos tres requisitos se cumplan”.

En las siete décadas transcurridas desde la aprobación  en noviembre de 1947 por la Asamblea General de Naciones Unidas de la partición de Palestina tras la salida del mandato británico, iniciado con la caída del imperio otomano al final de la Primera Guerra Mundial, los israelíes han podido vencer la hostilidad de sus vecinos y construido el sueño de la vuelta a Sión, que pudo fin a la dispersión del pueblo judío tras la destrucción del Segundo Templo por los romanos.  En todo ese tiempo, los palestinos pudieron hacer lo mismo y hoy fueran también una nación próspera coexistiendo en jun clima de paz y colaboración con sus vecinos. Ojalá no tengan que esperar otros 70 años para alcanzar su sueño.

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Opinión

Deuda y gobiernos, ¿cuál más y quién menos?

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Por Oscar López Reyes

Como durante los primeros 26 años del siglo XXI, entre el 72% y el 86% del Presupuesto General del Estado ha sido destinado a gastos operativos o corrientes (sueldos, compras, subsidios, pago de intereses de la deuda externa, etc.), por lo que para construir obras de infraestructuras para los servicios públicos y el escalamiento del desarrollo, los gobiernos han tenido que acudir a préstamos. Entre ellos, el de Danilo Medina espiga como el que más ha aumentado el endeudamiento, y el de Luis Rodolfo Abinader el que menos.

El que más y el que menos ha comprometido a la Nación consta en una presentación infográfica de la firma CSN Network. Exceptúa el gobierno de Hipólito Mejía, creemos porque la deuda subió mínimamente: de 4,447 millones a 11,099 millones de dólares, fundamentada en la crisis bancaria de 2003, y en que la consolidada creció notablemente a partir de la recesión de 2008.

El ranking señala que cuando Leonel Fernández (2004-2012) llegó a la Presidencia de la República el país tenía 47 centavos de deuda de cada 100 del Producto Interno Bruto (PIB) y cuando terminó bajó a 41, para un cambio relativo (no absoluto) de 12%; el de Danilo Medina (2012-2020) ascendió de 41% a 69%, para una variación de 68% y el de Luis Abinader (2020-2026) de 68% la ha bajado a 58%, para un cambio de 17%, siendo “el presidente que menos ha endeudado al país e incluso el que más ha reducido la deuda”, conforme con CSN Network.

La deuda externa figura como el capítulo más robusto de los compromisos estatales. En el período estudiado, la proporción de los créditos relacionados con el Producto Interno Bruto (PIB) rondó en 61.1%, y en el gobierno de Abinader se ha estabilizado en un 60%.

Para evaluar la salud fiscal de un Estado comúnmente se utilizan 10 indicadores clave, y el primero es el que utiliza la CSN Network: La deuda como porcentaje del PIB, que comparativamente analiza las obligaciones del gobierno con el tamaño de la economía. Los otros medidores son, según la literatura económica: 2) el servicio de la deuda vs. ingresos corrientes, 3) pasivos contingentes, 4) presión o presión fiscal, 5) elasticidad tributaria, 6) diversificación de ingresos, 7) balance primario (o déficit/superávit primario), 8) balance general (déficit/superávit fiscal), 9) rigidez del gasto, y 10) ratio de liquidez inmediata.

La deuda pública consolidada creció asombrosamente a partir del 2008, por los gastos del Covid-19 en el 2020, los impactos de la crisis internacionales, como las guerras en Ucrania e irán; las inversiones para la fluidez del tránsito vehicular, como el Metro, teleféricos, túneles, elevados, autopistas y puentes; obras de desarrollo, como recursos hidráulicos y energéticos, el turismo, la industria, las viviendas, los deportes, las reformas gubernamentales y la expansión del número de empleados públicos, en virtud del crecimiento del Estado y del populismo.

Como se evidencia, el gasto de capital o inversión pública ha sido reducido en los primeros 26 años del siglo XXI, conforme las estadísticas del Ministerio de Hacienda y Economía y la Dirección General de Presupuesto (Digepres), mientras que pobladores reclaman persistentemente más capacidad productiva del país y mejoras en los servicios de hospitales, centros educativos, seguridad, energía eléctrica, abastecimiento de agua potable, tecnología, empleos y otros.

La temática del endeudamiento externo transita por los senderos de la sofisticación e intrincación, por lo que en esa encrucijada caben las expresiones inglesas e italianas “Between a rock and a hard place” (entre una roca y un lugar duro) y “Tra l’incudine e il martello” (entre el yunque y el martillo), que en dominicana se traduce entre la espada y la pared, y estamos obligados a carabina.

En la primera pirámide de la deuda interna y externa interactúan, vertical y horizontalmente, tres factores:

1.- Las presiones sociales para el emprendimiento de acciones gubernamentales favorables a las comunidades;

2.- Los déficits fiscales estatales con las exigencias de aumentos en los ingresos tributarios o impuestos para atender las necesidades planteadas, y

3.- La emisión de bonos soberanos en mercados de capitales, préstamos con organismos multilaterales y con otros gobiernos, cuyos pagos para la República Dominicana representan actualmente el 26% de sus ingresos fiscales y el 48% del PIB.

La política de financiamiento estatal se ha impuesto como alternativa no deseable, porque el Estado no posee la capacidad para generar los ingresos requeridos para atender emergencias, como desastres naturales; estimular el consumo interno y edificar obras sociales. Ante este dilema, los últimos gobiernos dominicanos han optado por la repudiada alternativa de los empréstitos, como también la gran mayoría de los países, y basta citar a Estados Unidos, por lo que la deuda global ha subido a un máximo histórico sin precedentes.

El endeudamiento atrae ingresos frescos, por lo que se constituye en oxígeno para la economía, lo que permite financiar proyectos de desarrollo en el presente, y ¿qué situación generaría en el futuro? El presidente Luis Abinader se vanagloria porque durante su gobierno gestiona adecuadamente y con transparencia esta área de la economía, además, en virtud de que en este terreno abate a Danilo Medina, quien fulgura como el líder del incremento de los créditos exteriores, y también a Leonel Fernández, quien está por debajo de su archirrival político morado, espiga como el que más ha aumentado el endeudamiento.

Ahora, en perspectiva del mañana, ¿seguirá o ampliará esta postura el próximo gobierno, para asegurar la línea de desembolsos a los acreedores y la sostenibilidad de las finanzas públicas?

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El autor: Periodista y mercadólogo especializado en economía; catedrático, escritor y productor de los programas y segmentos televisivos Economía y Marketing.

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Opinión

Ley, batuta… ¿y la Constitución?

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Por Isaías Ramos

Hay momentos en la historia de una nación en los que un gobernante no puede refugiarse detrás del trámite legislativo, de la disciplina partidaria ni de la cómoda explicación de que “el Congreso decidió”. Hay decisiones que llevan nombre, responsabilidad y consecuencias históricas.

La eventual promulgación de este Código Penal es una de ellas.

El país necesita un Código moderno, capaz de enfrentar con firmeza el crimen, la corrupción, la violencia, el abuso y la impunidad. Pero una cosa es fortalecer la autoridad legítima y otra muy distinta entregar al poder una batuta sin límites. Una democracia no se protege debilitando al ciudadano. Un Estado no se fortalece colocando sus derechos bajo sospecha.

Al cierre de este artículo, ni el texto oficial consolidado remitido por el Congreso Nacional al Poder Ejecutivo ni una decisión presidencial de promulgación u observación habían sido puestos a disposición del país. Esta ausencia de información no es un simple detalle administrativo. Una reforma capaz de afectar la libertad, la expresión, la protesta y la relación del ciudadano con la autoridad no puede llegar entre sombras, versiones fragmentadas y declaraciones políticas.

La transparencia no es una concesión del poder. Es una obligación constitucional.

Las modificaciones conocidas hasta ahora no parecen haber corregido todos los problemas de fondo. Cambiar algunas palabras, reducir ciertas penas o introducir excepciones parciales no basta si permanecen disposiciones ambiguas, abiertas a interpretaciones extensivas y capaces de ampliar la discrecionalidad de quienes ejercen autoridad.

Por eso la pregunta que debe hacerse hoy todo dominicano es inevitable:

¿Quién dirige a quién: la Constitución o la batuta?

Porque cuando la batuta pretende dirigir a la Constitución, la democracia comienza a deformarse.

Durante demasiado tiempo, la partidocracia ha actuado como si las leyes fueran partituras escritas exclusivamente para quienes controlan el poder. Aprueban, modifican, justifican y luego esperan que el ciudadano obedezca en silencio. Pero la República Dominicana no pertenece a los partidos, al Congreso ni al Gobierno. Pertenece a un pueblo soberano que decidió limitar el poder mediante una Constitución.

Basta observar una situación que se ha repetido recientemente.

En las redes sociales han circulado videos de ciudadanos a quienes se les exige abandonar playas bajo el argumento de que son “privadas”. Más allá de las particularidades de cada caso, esas imágenes provocan una indignación legítima: espacios del dominio público tratados como territorios reservados para quienes tienen influencia, dinero o acceso al poder.

Imaginemos entonces a un padre que llega a una playa con sus hijos. Una autoridad le ordena retirarse porque alguien afirma que ese lugar es privado. Ese ciudadano conoce la Constitución, sabe que las playas pertenecen al dominio público y entiende que la orden es manifiestamente arbitraria o contraria al ordenamiento jurídico.

¿Qué debe hacer?

¿Bajar la cabeza, recoger sus pertenencias y obedecer? ¿O defender su derecho y exponerse a que su resistencia sea interpretada como desacato?

¿Tendrá que explicarles a sus hijos que, aunque la Constitución dice una cosa, en la práctica manda quien tiene la batuta?

La redacción públicamente conocida del artículo 315 obliga a encender todas las alarmas. Mientras no se publique el texto oficial, nadie puede afirmar responsablemente que ese peligro haya sido eliminado.

Una norma penal verdaderamente democrática debe dejar inequívocamente establecido que ningún ciudadano puede ser castigado por negarse a cumplir una orden ilegal, arbitraria, manifiestamente inconstitucional o dictada fuera de las atribuciones de la autoridad. Si esa protección no aparece claramente en la ley, entonces la Constitución corre el riesgo de convertirse en una defensa que se invoca después del arresto, en vez del escudo que debía impedir el abuso.

Ese es el tránsito que debemos evitar:

De la ley, la batuta y la Constitución… a la ley, la batuta y el desacato.

No se necesita estar en la oposición para comprenderlo. Basta creer en la democracia, en la dignidad humana y en la idea elemental de que ninguna autoridad debe poder convertir una orden ilegal en una amenaza de prisión.

El Presidente de la República tiene ahora una responsabilidad personal e indelegable. No se le pide un favor ni un gesto de cortesía política. Se le exige honrar su juramento de cumplir y hacer cumplir la Constitución.

Promulgar una ley que conserve disposiciones incompatibles con los derechos fundamentales sería un gravísimo error jurídico, político y moral. Desde ese momento, el Ejecutivo no podría alegar desconocimiento ni atribuir toda la responsabilidad al Congreso. Habría hecho suyas las ambigüedades, los excesos y los riesgos que la norma pudiera producir.

Pero que nadie se equivoque: el pueblo dominicano no está condenado a la resignación. La Constitución le reconoce el derecho a expresarse, organizarse, protestar pacíficamente, acudir a los tribunales, interponer acciones constitucionales y exigir responsabilidades a quienes traspasen los límites del poder.

Si esta ley es promulgada sin corregir sus amenazas constitucionales, la controversia no terminará con su publicación. Apenas comenzará. Y encontrará frente a ella a una ciudadanía vigilante, firme y dispuesta a utilizar, de manera pacífica, democrática e institucional, todos los medios que la propia Constitución pone a su alcance.

Desde el Frente Cívico y Social advertimos que estos son tiempos difíciles. Tiempos de prueba. Tiempos en los que se decide si la democracia es una realidad o apenas una palabra repetida en los discursos oficiales.

Todavía hay tiempo para rectificar.

Pero el tiempo se agota.

La Constitución no es un adorno institucional ni una partitura que la partidocracia pueda interpretar a su conveniencia.

La Constitución es la batuta.

Y cuando llegue la hora del juicio ciudadano, la historia no preguntará quién tuvo más poder.

Preguntará quién tuvo el valor de defenderla.

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Opinión

Entrega de personas a la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz           

La Corte Penal Internacional  podrá transmitir, junto con los antecedentes que la justifiquen de conformidad con el artículo 91 del Estatuto de Roma, una solicitud de detención y entrega de una  persona a todo Estado en  cuyo  territorio pueda hallarse  y solicitará la cooperación de ese Estado. Los Estados Partes cumplirán las solicitudes de detención  y entrega de conformidad con las disposiciones de la presente parte y el procedimiento  establecido en su derecho interno.

Cuando la persona cuya entrega se pida la impugne ante un tribunal nacional oponiendo la excepción  de cosa juzgada de conformidad con el artículo 20 del Estatuto de Roma, el Estado requerido celebrará de inmediato consultas con la Corte Penal Internacional para determinar si ha habido una decisión sobre la admisibilidad de la Causa.

Si la causa es admisible, el Estado requerido  cumplirá la solicitud. Si está pendiente la  decisión sobre la admisibilidad, el Estado requerido podrá aplazar la ejecución de la solicitud de entrega hasta que la Corte Penal Internacional adopte esa decisión.

El Estado Parte autorizará de conformidad  con su derecho procesal el tránsito  por su territorio de una persona que otro Estado entregue a la Corte Penal Internacional, salvo cuando el tránsito por ese Estado obstaculice o demore la entrega.

La solicitud de la Corte Penal Internacional de que se autorice ese tránsito será transmitida de conformidad con el artículo 87 del Estatuto de Roma y contendrá una descripción de la persona que será transportada, una breve exposición de los hechos de la causa y su tipificación, y la orden de detención y entrega.

La persona transportada permanecerá detenida durante el tránsito, y, no se requerirá autorización alguna cuando la persona sea transportada por vía aérea  y no se prevea aterrizar en el territorio del Estado de tránsito.

En caso de aterrizaje imprevisto en el territorio del Estado de tránsito, éste podrá pedir a la Corte Penal Internacional que presente una solicitud de tránsito con arreglo a los dispuesto en el  artículo 89 del Estatuto de Roma.

El Estado de tránsito detendrá  a la persona transportada  mientras se recibe la solicitud de la Corte Penal Internacional  y se efectúa el tránsito; sin embargo, la detención no podrá prolongarse más de 96 horas contadas desde el aterrizaje imprevisto si la solicitud no es recibida dentro de ese plazo.

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