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Análisis Noticiosos

Reforma judicial confronta a Suprema Corte y al Tribunal Electoral en México.

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El último lance entre las dos instituciones pone en evidencia cómo se ha menoscabado la autoridad del Poder Judicial en México

México.-Una de las enseñanzas inesperadas de la reforma judicial en México es que las autoridades pueden desobedecer las sentencias de los jueces, o acatarlas a conveniencia, cuando una mayoría democráticamente electa controla todas las palancas del poder en el Ejecutivo y el Legislativo. El último episodio de la crisis institucional lo ejemplifica el intento del Tribunal Electoral (TEPJF), dominado por una mayoría oficialista, de disputar las facultades de la Suprema Corte de Justicia para revisar los juicios de amparo. Detrás del conflicto está la lluvia de suspensiones dictadas por jueces para frenar las elecciones del 1 de junio, en las que los mexicanos votarán a miles de cargos de la Judicatura. El Supremo echó abajo esas suspensiones y dejó a salvo la elección judicial —pues no procede el amparo en materia electoral y menos contra una reforma constitucional—, no sin antes observar que los magistrados del TEPJF se arrogaron facultades inexistentes para invalidar las resoluciones de los jueces en su intento de desatorar el proceso.

El lance puso en evidencia la ruptura institucional en la que se ha sumido el país ante la voluntad de Morena de implementar su reforma sin cortapisas. Ya hace unos días, en el festejo republicano de la Constitución de 1917, la presidenta, Claudia Sheinbaum, decidió no invitar al evento oficial a Norma Piña, titular de la Suprema Corte y del Poder Judicial. Así, solo estuvieron representados dos de los tres Poderes de la Unión: el Ejecutivo y el Legislativo, controlados por Morena. Como represalia a los jueces que otorgaron suspensiones contra la reforma judicial, el Consejo de la Judicatura Federal —el órgano encargado de vigilar la conducta de los juzgadores, también de mayoría oficialista— acordó denunciarlos penalmente ante la Fiscalía General de la República.

Con esas consideraciones, el TEPJF —siempre gracias a la mayoría de tres magistrados alineada a Morena— estableció que las suspensiones dictadas por los jueces no tenían efectos sobre la elección judicial, y dieron vía libre a las autoridades del Ejecutivo y el Legislativo para ignorar esas resoluciones y continuar con los preparativos de los comicios. El último ejemplo vino luego de que un juez ordenó a los Comités de Evaluación que integraban las listas de candidatos frenar el proceso. Solo el Comité del Poder Judicial acató la instrucción. Los Comités del Ejecutivo y el Legislativo desobedecieron al juez sin ninguna consecuencia.

Sesión ordinaria en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el 29 de enero de 2025.
Sesión ordinaria en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el 29 de enero de 2025.Daniel Augusto (CUARTOSCURO)

El ministro del Supremo Alfredo Gutiérrez preparó un proyecto para resolver el conflicto competencial entre los jueces de distrito y el TEPJF. En su proyecto, el togado ya se lamentaba por “la simplicidad con la que diversos actores institucionales decidieron ignorar los cauces legales cuando estos no convenían a sus intereses”. Antes de la votación del asunto, el pasado jueves, los magistrados del Tribunal Electoral exigieron al propio Gutiérrez, así como a los ministros Norma Piña, Javier Laynez y Jorge Pardo, no participar en la discusión del proyecto por haber hecho anteriormente pronunciamientos contra la reforma judicial, lo que, supuestamente, demostraba que no votarían de manera imparcial. El TEPJF, sin embargo, no consideró necesario pedir también la excusa de las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres, claramente militantes de Morena y quienes, desde su posición en el Supremo, están en campaña buscando ser “ratificadas” en la elección judicial.

Nunca antes los magistrados del Tribunal Electoral habían intentado dar órdenes a los ministros de la Suprema Corte. Si bien el TEPJF es la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral, el Supremo es un tribunal constitucional y su presidenta, Piña, es la cabeza de todo el Poder Judicial, por lo que, jerárquicamente, está por encima de cualquier juzgado. Ninguno de los ministros se excusó de la votación del proyecto de Gutiérrez. Hacerlo hubiera dejado a la Suprema Corte solo con seis integrantes, cuando el mínimo para que exista quorum es de siete.

Al final, el Supremo resolvió, como era de esperarse, que no se puede suspender un proceso electoral ni tampoco una reforma constitucional —como la judicial—, y ordenó a los juzgadores dar marcha atrás en sus resoluciones. Los togados también indicaron que el TEPJF no tenía facultades para revisar juicios de amparo y señalaron que sus fallos al respecto debían leerse como una mera opinión de sus integrantes. “Las sentencias [del Tribunal] no pueden tener la capacidad de incidir de manera alguna en las determinaciones de jueces de amparo; no funciona como instancia de revisión y su pretensión de anular los efectos de las suspensiones simplemente carece de cualquier efecto dentro de nuestro orden jurídico”, dice la resolución del Supremo. El ministro Alberto Pérez Dayán fustigó a los magistrados electorales que han actuado a tono con Morena —Mónica Soto, presidenta del TEPJF; Felipe Fuentes y Felipe de la Mata—, a los que se refirió como “la exigua mayoría de un tribunal deliberadamente incompleto, predecible, obvio, complaciente y sesgado con el poder”.

La sesión del jueves estuvo plena de referencias al quiebre institucional que ha supuesto la reforma judicial, una circunstancia que el ministro Gutiérrez calificó de “perturbadora”. “Esta Corte ha observado cómo cada transgresión al orden constitucional ha allanado el camino para la siguiente, hasta llegar al punto donde los límites institucionales, que alguna vez parecieron inquebrantables, se han vuelto porosos”, dijo el togado. “Diversas autoridades han normalizado lo que debería ser impensable: el desacato selectivo de resoluciones judiciales, la intervención e invención de competencias inexistentes y la subordinación del derecho a consideraciones políticas”, ha añadido.

Alfredo Gutiérrez durante una sesión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en octubre de 2023.
Alfredo Gutiérrez durante una sesión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en octubre de 2023.SCJN

La presidenta Sheinbaum, que siempre defendió las facultades —no existentes— del TEPJF para interferir en las resoluciones de los jueces de amparo, celebró que se haya aprobado el proyecto de Gutiérrez en el Supremo. “La elección de las y los jueces, ministros, magistrados, ¡va! Ya no tiene ninguna barrera de ningún tipo”, ha dicho en su conferencia Mañanera del viernes. La Corte enfila a su desaparición. En septiembre será reemplazada por un nuevo órgano judicial integrado por nueve ministros electos por voto popular, que presidirá quien obtenga más sufragios en la pasarela. La mayoría de los togados actuales decidió no participar en los comicios. Juez y parte, Batres, Esquivel y Ortiz están en abierta campaña y aspiran a ser las más votadas, para entregar a Morena otra institución en la que tendrá mayoría.

elpais.com

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Análisis Noticiosos

Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.

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Por José Cabral

Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.

Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.

Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.

Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.

Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.

Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.

El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.

De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.

Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.

Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.

Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.

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Análisis Noticiosos

La torpeza y la ignorancia de un fiscal

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Por José Cabral

Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.

Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.

Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.

Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso  de la especie,  lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin  importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.

Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.

Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.

Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.

Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.

Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.

No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.

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Análisis Noticiosos

La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.

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Por José Cabral

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.

Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.

La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.

Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.

Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.

Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.

Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.

Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.

En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.

La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.

 

 

 

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