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Jueces del TSE: ¿verdugos de la oposición o víctimas de las luchas políticas?
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9 años agoon
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LA REDACCIÓNDesde el 2012, los jueces del TSE han sido acusados de parcialidad para favorecer al PLD y aliados

Los jueces del Tribunal Superior Electoral en una pasada audiencia.
Los jueces del primer Tribunal Superior Electoral (TSE) que se instaló en la República Dominicana han emitido 831 decisiones contenciosas electorales, la gran mayoría, 535, sobre conflictos en los cuatro partidos mayoritarios. Sobre el PLD han emitido 82 sentencias favorables y 97 en contra; el PRM, 105 a favor y 134 en contra; el PRD, 14 a favor y 31 en contra y el PRSC 32 a favor y 40 en contra.
Los números no son más que estadísticas frías, pero por cada una de las decisiones que los jueces emitieron en contra de la oposición política del país le sumó una ola de críticas y calificativos como que tienen “una guillotina en contra de los partidos de opositores” y ahora se han unificado y exigen que ninguno sea reelecto en el cargo por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). Los magistrados Mariano Rodríguez, presidente, y los titulares, Mabel Féliz Báez, Marino Mendoza, José Manuel Hernández Peguero y John Guiliani Valenzuela han sido acusados de parcialidad política a favor del PLD y de ser los responsables de la división del PRD.
De los cinco magistrados solo Hernández Peguero no inscribió su candidatura para seguir en la corte. Los jueces llevan casi seis años y fueron juramentados el 28 de diciembre del 2011 y el periodo para el que fueron electos venció el 16 de agosto del año pasado.
Las quejas contra los jueces iniciaron desde el 2012, encabezadas por el expresidente Hipólito Mejía y Luis Abinader, que organizaron marchas denunciando la supuesta parcialidad de la corte a favor del sector de Miguel Vargas en el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), al punto de que sobre los hombros de los jueces lanzaron la responsabilidad de la división más grande que ha sufrido el partido blanco, el más viejo y grande del país.
Entre las sentencias más sonadas del TSE está la que ratificó la expulsión del expresidente Mejía y Andrés Bautista del PRD. También echaron para atrás la expulsión del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) de Amable Aristy Castro y más recientemente dejó sin efecto la suspensión de la presidencia de la organización de Federico (Quique) Antún Batlle igual que de un grupo de más de 20 dirigentes que habían sido separados.
Para las elecciones del 2016, una decisión de la corte obligó al PRSC a inscribir a David Collado como candidato alcalde del Distrito Nacional, en lugar de hacerlo su partido, el PRM, porque los jueces del TSE ratificaron como buena y válida la candidatura de (Fello) Suberví Bonilla como candidato del Partido Moderno en contra del PRM.
Igualmente, el pasado año anuló una decisión del Comité Político del PLD que prohibía a sus miembros ir a los tribunales del país a dirimir los conflictos internos; en el 2014, dejó sin efecto la elección de dos mujeres para el Comité Central del PLD que a pesar de que habían obtenido menos votos que los hombres habían sido elegidas para ese órgano alegando cumplir la cuota del 33%.
Los cuatro jueces que quieren seguir en el cargo volvieron a sentir la hostilidad de la oposición durante las entrevistas a que han sido sometidos los aspirantes al TSE por el Consejo Nacional de la Magistratura, donde la oposición está representada por José Ignacio Paliza y Josefa Castillo.
Los actuales jueces del TSE han actuado de manera tan parcializada a favor del PLD y de sus aliados como plantea la oposición y son víctimas de las luchas internas de los partidos políticos y al mismo tiempo de la batalla entre los partidos por dominar el escenario político.
Los sociólogos Cándido Mercedes, exdirectivo de Participación Ciudadana, y Marcos Villamán, catedrático y director del Instituto Global de Altos Estudios en Ciencias Sociales, difieren al evaluar la labor de los jueces electorales. Mercedes es tajante al calificar de parcializada en contra de la oposición las decisiones del TSE y para ilustrarlo tomó el caso de Suberví del que dijo fue el TSE el que “eligió un candidato por encima de un partido, el PRM”.
“Si se leen las sentencias bien, estaban sesgados”, subrayó. Sin embargo, reconoce que no es inteligente llevar los conflictos políticos a la justicia. “Un problema político no se puede judicializar porque en la justicia hay uno que gana y uno que pierde, pero en la lucha política no”, dijo.
Villamán contextualiza la labor de los magistrados del TSE en que cuando se imparte justicia las decisiones benefician a unos y perjudican a otros y en que los jueces están en medio de las luchas políticas por lo que en esa batalla en algún momento resultarán afectados.
“Si usted recorre las decisiones que han tomado, se dará cuenta de que han beneficiado y perjudicado indiferentemente a los sectores de partidos diversos, de manera que no creo que sea una intención de favorecer a nadie”, dijo.
Cuestionado de si observa que los jueces del TSE han sido víctima de las luchas políticas que se suscitan en el país, respondió: “Yo creo que sí. Yo creo que participar en este país con las tensiones políticas que se dan los va a colocar a ellos en el medio y alguno de los flechazos los va a afectar”, razonó.
Conflicto competencia entre la JCE y el TSE
Los jueces del TSE también han enfrentado conflictos de competencia con la Junta Central Electoral (JCE) y por ese motivo el Tribunal Constitucional le dio ganancia de causa a la JCE y ahora enfrentan otro conflicto de ese tipo por la decisión del TSE de echar para atrás la decisión del órgano sobre el orden de los partidos en la boleta. La rectificación de actas del Estado Civil es otra de las responsabilidades del TSE, el cual desde que inició su periodo hasta el 18 de mayo de este año ha emitido 29 mil 199 rectificaciones. El primer tribunal electoral del país comenzó a operar en el 2011, por lo que los actuales jueces también tuvieron la responsabilidad de elaborar un reglamento interno para la metodología de trabajo y adecuar su primer local, ubicado en la quinta planta del edificio que aloja al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, en el Centro de los Héroes en la capital.
elcaribe.com
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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.
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23 horas agoon
marzo 19, 2026Por Elba García
El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.
El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.
Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.
La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.
Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.
Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.
Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.
El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales, morales, económicos y políticos, lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con el ordenamiento actual.
Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.
Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.
Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron su llegada al poder en que en la República Dominicana se consolidaba un partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.
Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.
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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos
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23 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.
La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.
De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.
El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).
Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.
Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.
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23 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.
El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.
Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.
La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.
Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.
El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.
