Santo Domingo, RD.-Por violar la dignidad de las personas, el juez Deiby Timoteo Peguero, que conoció el juicio preliminar en el caso Antipulpo, ordenó al Ministerio Público corregir la aplicación de etiquetas como la palabra “Pulpo”.
El Ministerio Público señaló que la calificación no estaba dirigida contra una persona en particular. “Pues déjeme decirle que entonces se trata de la violación a los 47 imputados que están aquí, aun no sea a una sola persona. Y eso no se puede permitir desde el Estado, por ello procedimos a acoger dicho incidente”, planteó el magistrado.
El juez dijo que ese calificativo es contrario a la dignidad y al Estado no le corresponde hacer ejercicio violatorio a la dignidad de las personas. Sin embargo señaló que los particulares cuentan con libertad de expresión y no están sujetos a control previo. “Pero desde el Estado, una conducta que resulte lesiva a derechos fundamentales no puede ser permitida”, señaló.
El magistrado Timoteo dijo que una cosa es la utilización de un código en el marco de la investigación y otra cosa es el tratamiento oficial de parte del Estado frente a la imputación que se realiza contra una persona.
El juez dijo que para dar respuesta la petición, realizada por Alexis Medina Sánchez, decidió hacer un test de ponderación: “observar el elemento de necesidad, de idoneidad y de proporcionalidad”.
“En primer lugar, necesidad: ¿resulta necesario aplicar etiquetas en el proceso penal? Yo diría, depende. Un escenario: una persona de cara a la realidad social nuestra solo es conocida por su apodo y de ahí que cuando comienza una investigación se puede hacer solo con ese apodo. En ese caso es necesario.
En el segundo escenario: el MP en su investigación y en el secreto de su investigación decide colocar nombres en códigos para evitar que informaciones importantes salgan y dañe la investigación. En tales caso puede ser necesario. Ahí habría que ver la idoneidad del nombre pero podría ser aceptado”, dijo el juez.
“Es ese el supuesto que nos ocupa el día de hoy. Ninguno de los dos. Ni se puede decir que son personas que desde el principio han sido identificadas como Pulpo o al día de hoy se esté en la fase de investigación y que se hace necesario el secreto y por ende se usaba un nombre”, señaló el magistrado.
El juez insistió en que se hace necesario que desde el Estado exista un respeto a los derechos fundamentales. “Entonces no vemos la necesidad que de manera oficial exista un señalamiento de esta naturaleza cuando resulta lesivo a derechos fundamentales”.
Dijo que el artículo 301 del Código Procesal Penal pone a su cargo ordenar la corrección de los vicios formales de la acusación y que en esa ocasión lo consideraba un vicio formal.
“Por lo tanto acoge este incidente ordenando corregir la aplicación de etiquetas que puedan ser constitutiva de violación a la dignidad de las personas como la palabra Pulpo cuando no es el reconocido por el registro civil y el estado sobre estas personas.”
El juez dijo que la inmunidad de discurso se extiende a lo oral y a lo escrito pero que jamás podría ser aplicado al representante del Estado porque está llamado a dirigirse conforme al principio de objetividad. Valoró una decisión del Juzgado de Garantías de Perú, que ordenó eliminar la etiqueta de “gánster” al Ministerio Público en condición de un proceso judicial.
El caso
El caso Pulpo comenzó con arrestos entre el 28 y el 29 de noviembre de 2020. El principal acusado es Juan Alexis Medina Sánchez, hermano del expresidente Danilo Medina.
Se le acusa de liderar una organización que se beneficiaba con contratos públicos, con adjudicaciones privilegiadas por su condición de hermano del presidente de la República.
Los demás acusados son Fernando Rosa, Wacal Méndez Pineda, José Dolores Santana, Julián Esteban Suriel Suazo, José Dolores Santana Carmona y Wacal Vernavel Méndez Pineda
Carmen Magalys Medina Sánchez (hermana de Danilo Medina), Lorenzo Wilfredo (Freddy) Hidalgo Núñez y Rafael Antonio Germosén Andújar
También están acusados Antonio Florentino Mendez, Lewyn Ariel Castillo Robles, Francisco Ramón Brea Morel, Pachristy Emmanuel Ramírez Pacheco, Rigoberto Alcántara Batista, Lina Ercilia de la Cruz Vargas, María Isabel Torres Castellanos, Carlos José Alarcón Veras, José Miguel Genao Torres, Paola Mercedes Molina Suazo, Víctor Matías Encarnación Montero, Rafael Leónidas De Óleo, Libni Arodi Valenzuela Matos y Carlos Martín Montes de Oca.
Santo Domingo, R.D.-La solicitud de medida de coerción en contra del fiscal Aurelio Valdez Alcántara narra el proceso de investigación y seguimiento que le hizo el Ministerio Público por supuestamente recibir 10 mil dólares en una entrega controlada.
De acuerdo al órgano acusador, el 13 de marzo de este año, el fiscal concretó un encuentro con Roberto Canaán, quien es testigo en el caso de corrupción en el Seguro Nacional de Salud (Senasa). La reunión sería en Plaza Lama de avenida Jiménez Moya con 27 de Febrero.
“En este lugar Roberto Canaán abordó el vehículo del imputado Aurelio Valdez Alcántara, quien utilizó información privilegiada sobre sus vehículos personales y propiedades para establecer una posición de dominio”, dice la solicitud.
En esta reunión, el fiscal le indicó de manera explícita que podía “alterar el proceso seguido” en contra de Canaán a “cambio de un beneficio económico directo”.
La suma inicial fijada por Valdez Alcántara, según el Ministerio Público, fue de 200 mil dólares, “suma que redujo” a 150 mil, además de que “mostró interés en un reloj Rolex y exigió la entrega de un vehículo de lujo, específicamente un Mercedes Benz 350 o 450 negra”.
Además, el fiscal “rechazó opciones más económicas, como una guagua Volvo o Mazda, insistiendo en el modelo de alta gama solicitado”.
El día 25 de marzo, la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, solicitó la designación de un juez para la investigación en este caso. El 27, la magistrada Ysis Muñiz, quien fue la jueza designada, autorizó al Ministerio Público a investigar la entrega vigilada de dinero.
El día 27, en horas de la tarde, Aurelio Valdez contactó a Roberto Canaán para que se reunieran en la Plaza Comercial Bella Vista Mall, en el área de parqueos del cuarto piso, con la “intención de realizar el pago de soborno exigido”.
Como seguimiento en el caso, “para cubrir y documentar la entrega” del dinero, el Ministerio Público conformó un equipo integrado por el mayor Luis Antonio Valdez Moreno, encargado de la División de Operaciones, auxiliado por varios agentes policiales, y acompañados por el fiscal Andrés Octavio Mena.
Estos se trasladaron a la plaza antes citada, también en el cuarto piso, y desde ahí observaron el vehículo Honda CRV, color crema, propiedad del fiscal Aurelio Valdez.
Miraron que Roberto Canaán abordó el carro del fiscal y permaneció por aproximadamente cinco minutos en el interior e hizo la entrega del dinero.
Cuando ambos salieron del parqueo, el fiscal fue seguido por los agentes de la Policía Nacional, quienes le solicitaron detener el vehículo cuando se encontraba en la calle Pedro Antonio Bobea, en la parte frontal del Centro Comercial Almacenes Unidos.
Los policías le ordenaron detener el vehículo y, tras esto, le solicitaron acompañarlos a la Procuraduría General de la República en su vehículo con los agentes.
Cuando se encontraban en el área de parqueos del sótano de la Procuraduría General y en presencia del fiscal Andrés Octavio Mena Marte, procedieron a requisar el interior y preguntarle si tenía algo en su interior, a lo que este indicó que solo tenía un arma de fuego y una tableta tipo computadora de la Procuraduría General de la República.
“En la requisa, con la presencia del imputado Aurelio Valdez Alcántara, específicamente en la parte interior del Sunroof y la tapa corrediza del Sunroof, fueron ocupados la cantidad de 100 billetes de cien dólares americanos, para un total de diez mil dólares (US$10,000.00) en efectivo”, dice la solicitud de medida de coerción, que narra todo lo que encontraron en el vehículo, como tarjetas y celular.
El arma del fiscal, de acuerdo al documento, es una pistola marca Bersa, 9 mm. Color negro con corredera plateada, serial 0018MP, con un cargador y trece (13) cápsulas para la misma.
Santo Domingo, R.D.-El fiscal Aurelio Valdez Alcántara, investigado por pedir soborno, le habría pedido a Roberto Canaán, uno de los principales mencionados en el caso de corrupción del Seguro Nacional de Salud (Senasa), el pago de 200 mil pesos, un rolex y auto Mercedes Benz, según el expediente del Ministerio Público.
Canaan se desempeñó como Gerente de Atención al Usuario en Senasa.
En la solicitud de medida de coerción del caso Senasa, Canaan es señalado como el cuarto testigo que usaría el Ministerio Público en el caso.
Ahora el fiscal Valdez Alcántara enfrenta una solicitud de 12 meses de prisión preventiva como medida de coerción por parte del Ministerio Público.
«Con lo que probamos la estructura orgánica de corrupción, el mecanismo de influencia interna
y el origen ilícito de fondos que caracterizaron la gestión del Dr. Santiago Hazim Albainy. Este testimonio de una persona del círculo interno, aporta una narrativa directa que conecta y da sentido a la evidencia documental previamente.
incorporada», señala el Ministerio Público, como uno de los elementos principales para utilizar a Canaan como testigo en el caso.
Roberto Canaan no figura entre los acusados en el caso Senasa.
El Ministerio Público informó que la investigación que realizan en contra del fiscal arrojó que habría exigido al imputado de Senasa una suma inicial de USD$200,000.
Explicaron que esta suma la redujo a USD$150,000 “en una negociación en la que también mostró interés en un reloj marca Rolex y exigió un Mercedes Benz 350 o 450”.
De acuerdo a las informaciones, Valdez Alcántara fue sometido a la justicia tras ser apresado en flagrante delito el viernes.
Según se ha informado, la investigación del caso la dirige directamente la procuradora general de la República, quien garantizó a toda la población “que jamás va a tolerar actos de corrupción en la institución”.
Esta tarde, a las 2:00, será el conocimiento de la medida de coerción en su contra.
Santo Domingo, R.D.-La audiencia de apelación del juicio contra el pelotero Wander Franco y Martha Vanessa Chevalier fue aplazada nuevamente este lunes.
La fecha dispuesta por el tribunal es del 13 al 15 de mayo, para presentar los medios probatorios por el Ministerio Público e inicio de la defensa técnica.
Franco fue condenado en primera instancia a dos años de prisión suspendida, mientras que Martha Vanessa Chevalier, madre de la menor presuntamente abusada, fue condenada a 10 años de prisión al ser encontrada culpable de explotación sexual y lavado de activos.
El nuevo juicio contra ambos fue ordenado por la Corte de Apelación de la Cámara Penal de Puerto Plata luego de anular la sentencia del 27 junio del 2025 emitida por el tribunal colegiado de esta jurisdicción.