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Juez que ordenó prisión domiciliaria a Quirinito dispuso la misma medida a sicaria de hijo de exsenador
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9 años agoon
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LA REDACCIÓNLa acusada de matar al hijo de un exsenador, quien supuestamente estaba paralítica, tres años después fue arrestada durante un allanamiento antinarcóticos a una finca.
SANTO DOMINGO. Willys de Jesús Núñez Mejía, juez de la Ejecución de la Pena de San Cristóbal suspendido por la desaparición de Pedro Castillo Paniagua “Quirinito”, fue el mismo que en 2013 otorgó prisión domiciliaria a la reclusa Priscila Díaz Infante, quien posteriormente violó la condena.
Díaz Infante estaba sentenciada a 30 años de prisión por el secuestro y posterior asesinato de Víctor Augusto Féliz Matos, en septiembre de 2002, por encargo del “fallecido” Rolando Florián Féliz, quien cumplía condena por narcotráfico.
Los informes de prensa recuerdan que el juez Willy de Jesús Núñez Mejía dispuso que la interna siguiera cumpliendo su condena en su residencia del sector El Almirante, del municipio de Santo Domingo Este, a fin de que pudiera ser tratada adecuadamente de sus problemas de salud, ya que según dijo, estaba paralítica en silla de ruedas, y que anualmente le fuera remitido un informe médico con relación a su evolución.
La víctima era hijo del exsenador reformista por Barahona, Víctor Augusto Féliz Matos.
El magistrado Willy de Jesús dijo que tomó la decisión tras acoger una solicitud de cumplimiento especial de la pena, incoada por la reclusa, a través de su abogada Hilaria Fernández, por entender que obligar a la interna a continuar cumpliendo con su condena en la cárcel sería un acto de desconocimiento de los verdaderos lineamientos y principios del juez de la ejecución de la pena.
Posteriormente, en 2016, fue arrestada durante un allanamiento a una finca del sector Los Capacitos, municipio de Jarabacoa, provincia La Vega, donde fueron ocupadas cerca de 110 plantas que se presumía correspondía a marihuana.
La historia se repite con el caso Quirinito quien en 2010 fue condenado a 30 años de prisión tras ser hallado culpable de asesinar al español Adolfo Justo Cervantes Arellano (Waikiki), en el 2008.
En 2013 el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Peravia rebajó de 30 a 20 años de reclusión la condena contra el sobrino del excapitán Quirino Ernesto Paulino Castillo.
Aunque inicialmente Quirinito cumplía su condena en la cárcel de Najayo, habría sido transferido a prisión domiciliaria en San Francisco de Macorís, supuestamente por un carcinoma que le habrían detectado.
En la actualidad, las autoridades desconocen su paradero, luego que un médico legista certificara su fallecimiento, mientras cumplía prisión domiciliaria.
A partir de estos hallazgos, la Procuraduría activó su búsqueda y solicitó a los organismos de inteligencia del país, así como a la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL), una orden de captura nacional e internacional, respectivamente, contra Castillo Paniagua.
Suspendió al médico legista Orlando Herrera Robles, quien el pasado 5 de julio emitió el certificado ficticio en base al cual se expidió el acta de defunción No. 00239, Folio 0039, con fecha de registro del 6 de julio del presente año, que declara la defunción del hoy prófugo por la causa de fallo cardíaco debido a infarto agudo al miocardio por carcinoma epidermoide en la base de la lengua, resaltando que “con esta medida no se descarta que el galeno actuante sea procesado judicialmente al concluir la investigación”.
Mientras el juez Willy de Jesús, quien habría ordenado la prisión domiciliaria a Qurinito, fueron suspendidos sin disfrute de salarios.
El juez salió del país a realizar un curso, informaron las autoridades, por lo que tampoco asistió el pasado viernes a la Inspectoría del Poder Judicial donde sería interrogado respecto al caso “Quirinito”.
diariolibre.com
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Obispos se reunen con Abinader en la 64ª Asamblea Plenaria del Episcopado
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1 día agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo. – La Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) en el marco de su 64ª Asamblea Plenaria, recibió este viernes la visita del presidente de la República, Luis Abinader, en un encuentro celebrado en la Casa Arquidiocesana María de la Altagracia, donde se abordaron distintos temas de interés nacional.
Durante su intervención, el mandatario destacó la importancia de mantener un diálogo permanente con la Iglesia católica, señalando que estos espacios permiten conocer de primera mano las necesidades de las diócesis y socializar las medidas adoptadas por el Gobierno.
“Siempre es bueno tener el contacto con los obispos, escuchar las necesidades de sus diócesis y también explicarles los grandes temas nacionales”, expresó.

El jefe de Estado agregó que estos encuentros se han convertido en una práctica habitual de su gestión, como parte de la relación de cooperación con la jerarquía eclesiástica.
El presidente fue recibido por la nueva directiva de la CED para el período 2026-2029, encabezada por el obispo de San Francisco de Macorís, Ramón Alfredo de la Cruz Baldera, quien asumió la presidencia de la institución.

También participaron el arzobispo coadjutor de Santo Domingo, Carlos Tomás Morel Diplán, en calidad de vicepresidente, y el obispo auxiliar de Santo Domingo, José Amable Durán Tineo, como secretario general.
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Garantía económica e impedimento de salida a “Onguito Wa”.
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1 día agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-Una garantia economica impone el Tribunal del Distrito Judicial de San Cristóbal de RD$200,000, impedimento de salida del país y presentación periódica al Ministerio Público contra el imputado Elvis Manuel Santos Alcántara (Onguito Wa), acusado de porte ilegal de armas de fuego, tras acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público.
La decisión judicial se produce luego de que el procesado fuera arrestado en flagrante delito el pasado 21 de junio, cuando agentes de la Policía Nacional realizaban labores de patrullaje en la carretera Sánchez Vieja, en San Cristóbal.
Durante el operativo, el imputado se desplazaba en un vehículo Honda CR-V, color negro, junto a otra persona, y al ser registrado se le ocupó una pistola Glock, calibre 9 mm, con 17 cápsulas, sin documentación legal.

La magistrada Chadalis E. Rosario Melenciano, jueza suplente del Tercer Juzgado de la Instrucción y de la Oficina Judicial de Atención Permanente, ordenó además que el imputado deberá presentarse los días 29 de cada mes durante seis meses ante el Ministerio Público, como parte de las medidas impuestas.
Asimismo, el tribunal dispuso la notificación a la Dirección General de Migración (DGM) para garantizar el impedimento de salida del país, mientras que el Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal fue designado como tribunal de control del caso.
El Ministerio Público, representado por las fiscales Belkis Tejeda e Ingris Maribel Guerrero Polanco, había solicitado prisión preventiva por tres meses; sin embargo, el tribunal optó por medidas no privativas de libertad, al considerar parcialmente la solicitud.
El órgano acusador también obtuvo un plazo de seis meses para presentar el requerimiento conclusivo del proceso.
De acuerdo con el expediente, Santos Alcántara ya había sido condenado previamente mediante la Sentencia Penal núm. 523-2025-SSEN-00015 por violaciones a la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que fue recordado por el Ministerio Público durante la audiencia.
Con esta decisión, el caso sigue bajo investigación judicial mientras el imputado permanece bajo estrictas condiciones de control.
El uso, porte y tenencia ilegal de armas de fuego constituye uno de los delitos más vigilados por las autoridades judiciales y de seguridad en la República Dominicana, debido al impacto que tiene en la criminalidad, la seguridad ciudadana y la violencia urbana.
«En el país, este tipo de infracciones está regulado por la legislación penal vigente y por normativas específicas que establecen los requisitos para la adquisición, registro y porte legal de armas».
- En los últimos años, el Ministerio Público y la Policía Nacional han intensificado los operativos de prevención y persecución del porte ilegal de armas, especialmente en zonas urbanas y carreteras donde se registran mayores incidencias de delitos flagrantes.
- Estos operativos suelen incluir patrullajes, requisas selectivas y controles de vehículos, con el objetivo de reducir la circulación de armas no registradas.
El sistema judicial dominicano contempla medidas de coerción que pueden ser privativas o no privativas de libertad, dependiendo de la gravedad del hecho, los antecedentes del imputado y el riesgo procesal.
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Prisión preventiva solicitan para falso odontólogo tras causar graves lesiones en La Vega
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1 día agoon
julio 3, 2026
Santo Domingo, R.D.-La imposición de prision preventiva como medida de coercion contra un acusado de ejercer la odontología solicitará el Ministerio Público en las próximas horas la imposición contra un hombre acusado de ejercer la odontología sin exequátur en La Vega en un caso de presunto intrusismo profesional que dejó a una paciente con lesiones permanentes en el rostro y daños neurológicos severos.
El imputado, identificado como Franklin José Almánzar Escarramán, de 51 años, habría realizado procedimientos odontológicos de alta complejidad sin la debida autorización legal en el consultorio de su hermano, ubicado en el Centro Médico V Centenario, en la provincia de La Vega.
Su hermano, William Radhamés Almánzar Escarramán, también fue arrestado por su presunta complicidad en los hechos, ambos tras entregarse a las autoridades policiales en cumplimiento de una orden judicial.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, la víctima acudió el pasado 17 de enero a recibir atención odontológica y fue evaluada en el consultorio de los imputados, donde se le indicó la extracción de cuatro terceros molares mediante un procedimiento quirúrgico.
Según el expediente, durante la intervención, el imputado habría aplicado anestesia y posteriormente realizado maniobras violentas con instrumentos odontológicos, incluyendo golpes en la zona afectada, sin lograr completar la extracción tras varias horas de intento.
La paciente posteriormente presentó dolor intenso, inflamación facial y complicaciones severas, lo que la llevó a buscar atención médica especializada, donde se determinó la existencia de daños permanentes en su salud bucal, incluyendo nervios atrofiados, edema facial, trismo, parestesia mandibular y otras lesiones complejas.
La procuradora de corte de La Vega, Aura Luz García Martínez, explicó que el Ministerio Público procederá a solicitar la medida de coerción garantizando el debido proceso.
“Vamos a presentar la solicitud de medida de coerción ante la autoridad competente, garantizando el debido proceso y los derechos fundamentales de los imputados”, afirmó.
Las autoridades indicaron que el imputado principal ejercía la odontología sin exequátur, según certificación del Ministerio de Salud Pública, lo que constituye una violación a la Ley General de Salud 42-01 y la normativa que regula el ejercicio profesional odontológico.
- El órgano persecutor también sostiene que la actuación de los hermanos Almánzar Escarramán pudo haber tenido consecuencias aún más graves
- Incluso la muerte de la paciente, debido a la naturaleza del procedimiento realizado sin habilitación legal.
El caso ha sido calificado provisionalmente como violación a varios artículos del Código Penal dominicano y de la legislación sanitaria vigente, mientras el tribunal evalúa la solicitud de medida de coerción presentada por el Ministerio Público.
El ejercicio de la odontología y otras profesiones de la salud en la República Dominicana está regulado por un marco legal que exige la obtención de un exequátur y la debida habilitación profesional, con el objetivo de garantizar la seguridad de los pacientes y la calidad de los servicios médicos.
Estas disposiciones forman parte de las políticas sanitarias orientadas a prevenir el intrusismo profesional, una práctica que consiste en ejercer una profesión sin la autorización correspondiente.
