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Donald Guerrero y José Ramón Peralta podrían obstaculizar la investigación del Pepca

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Santo Domingo, RD.-El Juzgado de Atención Permanente, que preside la jueza Kenya Romero, presentó una serie de motivaciones para imponer o no las medidas de coerción solicitadas por el Ministerio Público contra seis de los implicados en el caso Calamar.

De acuerdo al órgano acusador, los exministros de Hacienda, de Obras Públicas y administrativo de la Presidencia; Donald Guerrero, Gonzalo Castillo y José Ramón Peralta, respectivamente; además del excontralor general de la República, Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirillo Mcabe y el exdirector de Catastro Nacional, Aldo Antonio Gerbasi, debían ir a presión bajo el alegato de que obstaculizarían la investigación y con ella a los testigos y las pruebas documentales que posee el Ministerio Público.

Además de que los seis presentaban peligro de fuga e interés de sustraerse del proceso.

Esta motivación, a la que Listín Diario tuvo acceso, solo fue aceptada por la jueza Kenya Romero en el caso de Donald Guerrero y José Ramón Peralta. De acuerdo a la magistrada, ambos podrían, si no se aplicaban los 18 meses de prisión preventiva solicitados por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), obstaculizar las pruebas testimoniales y documentales en la investigación que se sigue en este caso.

“Cuando examinamos la cronología propuesta por el Ministerio Público y concretamente los riesgos que indican, entiende esta jueza que sí, se configuran los presupuestos que dan lugar a la imposición de la medida solicitada, existe de cara a la investigación, son ubicados de cara a las propuestas de tipo testimonial y a las propuestas de tipo documental, de cara al levantamiento de la investigación y a la dinámica y cronología exhibida que amerita unas técnicas de investigación que potencialmente podrían estar en riesgo dada la naturaleza de la investigación”, dijo la jueza al imponer a Donald Guerrero y José Ramón Peralta, 18 meses de prisión preventiva a cumplir en la cárcel de Najayo hombres.

En cuento al también excandidato presidencial del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Gonzalo Castillo, la magistrada entendió que con este no existían elementos que indiquen que podría sustraerse del proceso y obstaculizar los medios de pruebas, dada la cronología de su actuar durante la investigación de este caso que lleva más de dos años.

“De forma particular de los elementos presentados por el Ministerio Público en cuanto a los riesgos para sustraerse del proceso, es decir, el riesgo potencial de sustraerse del proceso y obstaculizar los medios de prueba, esta jueza no ha advertido ningún elemento concreto que nos permita identificar o desprender de manera concreta que ese ciudadano obstaculizará los medios de prueba, esto de cara primero a la imputación, al radio que la investigación y la cronología investigativa lo ubica en ese proceso”, dio Kenya Romero al tiempo de imponerle arresto domicilio, prohibición de salida del país sin autorización judicial y una garantía económica, en calidad de contrato, de 20 millones de pesos.

El conocimiento de la coerción necesitó de siete vistas de audiencia para encontrar su decisión.

En el caso del exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirillo Mcabe, la imposición de prisión domiciliaria se debió, además de los arraigos presentados por su defensa, a que el mismo recibe de forma recurrente atenciones médicas.

“Conforme al cuadro que se plantea y los presupuestos presentados, este tiene una recurrencia de atenciones médicas que nos sugieren que este no tiene ningún medio de obstaculizar los medios de prueba y acceder a los que ya están en manos del Ministerio Público o a los testigos, por lo que a este ciudadano impone como medida el arresto domiciliario e impedimento de salida del país sin autorización judicial y una garantía económica de 3 millones de pesos”, explicó.

Mientras que su dictamen contra el excontralor de la República, Daniel Omar Caamaño estuvo basado en las promesas de presentación al proceso y que el mismo debía cuidar a personas de vulnerabilidad.

“Esta jueza ha evaluado el cuadro general que se plantea, observamos que de la promesa de presentación que ha de presumirse, en adición a los presupuestos que dan cuenta que los riesgos de obstaculizar los medios de prueba de acuerdo a la dinámica y a la jerarquía del mismo y el deber de cuidar a personas de vulnerabilidad a su cargo, resulta idóneo, razonal, razonable de acuerdo a su naturaleza instrumental la medida de coerción consistente en prohibición de salida del país sin autorización judicial, prestación de garantía económica por valor de 3 millones en modalidad de fianza”, dictó la magistrada Kenya Romero.

Por último, en el caso del exdirector de Catastro Nacional, Aldo Antonio Gerbasi, la jueza indicó que los presupuestos presentados no indicaban que podría obstaculizar la investigación.

“Cuando examinamos el cuadro general que se plantea y los presupuestos concretos y objetivos que dan lugar y que permitirían a la jueza advertir algún riesgo de obstaculización, ubicamos lo siguiente: el radio en el que ubica la investigación esta cronología investigativa, sin prejuiciar el fondo, no indica, si bien existen riesgos de acuerdo a los demás elementos que dice el artículo 229, respecto al daño a resarcir, que se desprende de la acusación, sin prejuiciar el fondo, entiende esta jueza que el ciudadano podría presentarse al proceso con las medidas siguientes de cara a los arraigos que ha presentado y a la imposibilidad que advierte esta juez o al menos no fue caracterizado, presentado con elementos concretos, de garantía económica de 5 millones en calidad de contrato”, indicó Kenya Romero al tiempo de imponer, además, impedimento de salida del país sin autorización judicial, presentación periódica ante la procuraduría especializada.

En el caso de las 14 personas restantes, quienes llegaron a un acuerdo con el Ministerio Público, la jueza impuso prisión domiciliaria, impedimento de salida del país, presentación periódica y una garantía económica.

Estos son el abogado Ángel LockwardRoberto Santiago Moquete Ortiz, Alejandro Constanzo Sosa, Marcial Reyes, Ana Linda Fernández Paola (De Paola), Emir José Fernández De Paola, Oscar Arturo Chalas Guerrero, Rafael Parmenio Rodríguez Bisonó, Agustín Mejía Ávila, Víctor Matías Encarnación Montero, Julián Omar Fernández, Yajaira Brito Encarnación y Ramón David Hernández.

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Obispos plantean que autoridades del país ejerzan un liderazgo que promueva diálogo

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Santo Domingo, R.D.-Los obispos de la Republica Dominicana en una eucaristía celebrada en la Catedral Primada de América dedicaron la misa de este domingo al pueblo de Venezuela, donde más de mil personas han fallecido a causa de dos terremotos.

Al iniciar la eucaristía, monseñor Piergiorgio Bertoldi hizo eco de las palabras del Santo Padre pronunciadas al finalizar el ángelus de este domingo, refiriéndose al reciente terremoto ocurrido en Venezuela: «Ruego al Señor por el eterno descanso de los fallecidos, renuevo mi cercanía espiritual a sus familiares, a los lesionados y a quienes han sido golpeados por esta tragedia».

Asimismo, manifestó su gratitud y aliento a cuantos trabajan con generosidad en las labores de búsqueda y de asistencia.Durante la homilía, citando al Papa León XIV, Bertoldi afirmó que toda acción pastoral, catequética, legislativa, judicial y gubernamental debe sustentarse en “el reconocimiento de la dignidad inviolable de la persona humana”, por encima de intereses o mayorías circunstanciales.

Explicó que cuando esta convicción guía el actuar de los miembros de la Iglesia, los gobernantes y magistrados, “el derecho se convierte en amparo y garantía de todos”.

Al reflexionar sobre la defensa de la vida, señaló que “la grandeza moral de una nación no se mide por su crecimiento económico sino por su capacidad de proteger a los más débiles”.

Además, motivó a las autoridades públicas a ejercer un liderazgo que promueva el diálogo y que respete la conciencia y libertad religiosa de los ciudadanos, al afirmar que, la autonomía del Estado nunca “debe interpretarse como hostilidad” hacia la fe, puesto que “la conciencia cristiana es la que ha enseñado históricamente a nuestros pueblos que los pobres pertenecen plenamente a la comunidad y que la vida humana jamás puede ser tratada como una mercancía”.

La celebración eucarística fue transmitida por diversos medios de comunicación y contó con la participación de diplomáticos, sacerdotes, diáconos, religiosos, religiosas y laicos.

Desde el domingo 28 de junio hasta el viernes tres de julio los obispos están reunidos en Asamblea Plenaria. Es el conjunto de los obispos de la CED, quienes sostienen un encuentro anual para tratar una temática específica: elección de la nueva directiva, informar sobre las diócesis, conocer el trabajo de las comisiones, y temas varios de interés para la institución.

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El debate se enciende por el nuevo Código Penal

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Santo Domingo, R.D.-Se ha reabierto en el pais la discusion sobre los límetes entre la proteccion del honor y la libertad de expresion ante la inminencia de la entrada   en vigor en agosto de este año del nuevo Código Penal, cuyas disposiciones sobre injuria y difamación no solo actualizan figuras jurídicas existentes, sino que extienden su alcance al entorno digital, un aspecto que ha generado interrogantes entre juristas, periodistas y defensores de la libertad de prensa.

Entre quienes han analizado los cambios se encuentra el fiscal adscrito a la Procuraduría General de la República, Jonathan Pérez Fulcar, quien considera que la principal novedad de la Ley 74-25 radica en la ampliación de estas conductas al ciberespacio. Mientras la legislación anterior, sustentada principalmente en la Ley 61-32 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, estaba enfocada en medios tradicionales como la prensa escrita, la radio y la televisión, los artículos 208 al 212 del nuevo Código incluyen expresamente las redes sociales, plataformas de streaming, medios electrónicos y servicios de mensajería.

La reforma también incorpora nuevas figuras, entre ellas la denominada «difamación extorsiva» (artículo 209), que sanciona la utilización de imputaciones como mecanismo de presión. Asimismo, el artículo 212 contempla la posibilidad de atribuir responsabilidad penal a personas jurídicas, una disposición que podría alcanzar a empresas y medios de comunicación, además de los individuos involucrados.

Uno de los aspectos que más debate ha generado es la forma en que estas disposiciones podrían afectar el trabajo periodístico, particularmente las investigaciones sobre asuntos de interés público.

Pérez Fulcar advierte que, bajo el nuevo esquema, podrían surgir controversias cuando una investigación publicada por un periodista sea objeto de cuestionamiento judicial. Según explica, la regulación sobre difamación no establece expresamente una excepción basada en la veracidad de la información ni condiciona su configuración a la existencia de mala fe, elementos que suelen formar parte de las discusiones sobre libertad de expresión en otras jurisdicciones.

La preocupación también se extiende a la valoración de las pruebas dentro de estos procesos. De acuerdo con el fiscal, en la práctica podría generarse un escenario en el que el comunicador deba demostrar la veracidad de lo publicado, lo que podría incrementar la carga procesal para quienes realizan investigaciones periodísticas.

Este panorama ha llevado a algunos especialistas a advertir sobre un posible «efecto inhibidor» o chilling effect, término utilizado en el derecho comparado para describir situaciones en las que periodistas o medios optan por evitar determinadas publicaciones para reducir el riesgo de enfrentar litigios o procesos penales.

La discusión no se limita a los medios de comunicación. Las disposiciones también alcanzan a los usuarios que participan diariamente en plataformas digitales.

El artículo 210 sanciona la injuria, entendida como una expresión ofensiva o despreciativa que no implique necesariamente la atribución de un hecho concreto. Sin embargo, la aplicación práctica de esta figura plantea desafíos relacionados con la interpretación de determinadas expresiones.

Para Pérez Fulcar, una de las dificultades radica en definir dónde termina la crítica legítima y dónde comienza una conducta sancionable. A modo de ejemplo, señala que una publicación en redes sociales podría ser interpretada de distintas maneras dependiendo del contexto y de la valoración realizada por los tribunales.

El debate también ha puesto sobre la mesa la relación entre las nuevas disposiciones y las garantías constitucionales sobre libertad de expresión.

El artículo 49 de la Constitución dominicana reconoce el derecho a expresar libremente pensamientos e informaciones, protege la libertad de prensa y prohíbe la censura previa. A partir de ese marco, diversos sectores han examinado cómo las nuevas figuras penales podrían interactuar con precedentes establecidos por el Tribunal Constitucional.

Pérez Fulcar cita tres decisiones que considera especialmente relevantes. La sentencia TC/0075/16 estableció que la prisión por difamación contra funcionarios públicos vulnera el núcleo esencial de la libertad de expresión; la TC/0437/16 reconoció que internet y las redes sociales merecen la misma protección constitucional que otros medios de comunicación; y la TC/0092/19 consideró desproporcionado imponer sanciones más severas únicamente por el uso de plataformas digitales.

A juicio del fiscal, algunos aspectos de la Ley 74-25 podrían generar futuras discusiones constitucionales debido a que reincorporan sanciones privativas de libertad y contemplan agravantes vinculadas a medios digitales.

La controversia refleja una tensión permanente entre dos derechos fundamentales. Quienes respaldan las nuevas disposiciones sostienen que el alcance de las redes sociales ha multiplicado la difusión de acusaciones falsas y ataques a la reputación, por lo que consideran necesario fortalecer los mecanismos de protección del honor.

Por otro lado, sectores vinculados a la libertad de prensa entienden que cualquier regulación debe evitar generar efectos que limiten la investigación periodística o el debate público sobre asuntos de interés colectivo.

Para Pérez Fulcar, más allá de la eventual decisión de los tribunales, una de las principales preocupaciones radica en los costos personales, económicos y profesionales que implica enfrentar una querella penal. En ese contexto, considera que el verdadero desafío será encontrar un equilibrio que permita proteger la reputación de las personas sin desalentar la circulación de informaciones de interés público.

La discusión, en definitiva, trasciende el ámbito penal. Lo que está en  juego es cómo armonizar la defensa del honor con la libertad de expresión en una sociedad cada vez más digitalizada, donde la información circula con rapidez y donde las decisiones que adopten los tribunales podrían definir el alcance de ambos derechos durante los próximos años.

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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil.

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Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.

El director de la Defensa CivilJuan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.

Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.

En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.

“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.

Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:

  • Mantener la calma
  • Identificar salidas seguras
  • Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.

“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.

Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.

“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.

También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.

En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:

Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.

Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.

Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.

“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.

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