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El Ministerio Público tiene 15 días para presentar acusación por asesinato de Jorge Mera

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La jueza del Sexto Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Yanibel Rivas, intimó al Ministerio Público para que en 15 días someta la acusación formal contra Fausto Miguel de Jesús Cruz de la Mota confeso asesino de Orlando Jorge Mera.

Al Ministerio Público se le agota el tiempo para presentar actos conclusivos sobre el asesinato de Orlando Jorge Mera, exministro de Medio Ambiente, cuyo asesino guarda prisión preventiva.

La advertencia de la magistrada Rivas se hace próximo a vencerse los dos meses de prórroga que se otorgó al MP y luego de los tres meses que estipula el Código Procesal Penal.

Cruz Mota está acusado de dispararle seis veces al extitular del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Orlando Jorge Mera, porque supuestamente el funcionario se negó a autorizarle la exportación de cinco mil toneladas de baterías usadas y que gestionaba para la empresa Aurum Gavia, S.A. El imputado purga la prisión preventiva en el Centro Correccional y de Rehabilitación Najayo-Hombres.

Inmediatamente ejecutó el crimen, Cruz Mota abandonó el edificio aprovechando el alboroto que se produjo en la entidad. Abordó un motor y se dirigió a la iglesia Parroquia Jesucristo, Sumo Eterno, ubicada en la calle San Pío X, en el sector Renacimiento, en el Distrito Nacional, desde donde se entregó. El capellán de esa iglesia dijo que el acusado le confesó que había matado a una persona.

Si vence plazo deberá archivar expediente 

De vencer la prórroga dada por la jueza, el artículo 43 que modifica el 150 de la Ley 76-02 del Código Procesal Penal establece que el Ministerio Público debe “disponer el archivo” del expediente contra el imputado. Miguel Valerio, abogado de la familia Jorge Mera, dijo que el plazo empieza a correr cuando se notifica a la parte intimada.

El artículo 43 de la Ley 10-15 que modifica el 150 de la Ley 76-50 sobre «plazo para concluir la investigación. El Ministerio Público debe concluir el procedimiento preparatorio y presentar el requerimiento respectivo, o disponer el archivo en un plazo de tres meses, si contra el imputado se ha dictado prisión preventiva o arresto domiciliario (…) Si no ha transcurrido el plazo del procedimiento preparatorio y el Ministerio Público justifica la necesidad de una prórroga para presentar la acusación, puede solicitarla por única vez al juez, quien resuelve, después de dar al imputado la oportunidad de manifestarse al respecto. La prórroga no puede superar los dos meses, sin que ello signifique una ampliación del plazo máximo de duración del proceso».

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Fallo de tribunal sobre caso Joshua Fernández será emitido este miércoles a las 4 pm

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Santo Domingo, R.D.-Será emitida este miércoles 24 por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional su sentencia  sobre la muerte de Joshua Fernández, hecho por el cual están imputados Wesly Dicent Carmona «el Dotolcito«, Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito) y Luis Brito Troncoso (Luisito).

La audiencia está pautada para las 4:00 de la tarde.

El joven (19 años) murió producto de un disparo durante un asalto que presuntamente cometieron los imputados en el parqueo de la discoteca Kiss Bar, en el Distrito Nacional.

El Ministerio Pública pidió una condena de 30 años contra alias «El Dotolcito«, al considerarlo el ideólogo del asalto cometido por Chiquito y Luisito. Para estos dos solicitó 40 años de reclusión, por ser los perpetuadores del atraco en que resultó ultimado el joven.

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No se encontraron irregularidades en su gestión, según Jean Alain.

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Santo Domingo, R.D.-Los abogados del ex-procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, plantearon este martes que su defendido fue «descargado» por el Consejo Superior del Ministerio Público de toda la acusación que le imputa el Ministerio Público «al no identificar actos irregulares durante su gestión 2016-2020″.

Conforme al MPRodríguez, quien está judicializado con el caso Medusa, cometió, junto a otras personas, malvensación de fondos públicos usando los recursos de la entidad mientras estuvo a su frente.

Un documento suministrado a la prensa por los abogados del imputado indica que Carlos Balcácer, Nelys Rivas y Gustavo Biaggi presentaron varios incidentes ante el juez Amauri Martinez, del Tercer Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional Amauri, que tutela la audiencia preliminar del caso.

Según la defensa de Rodríguez, luego de revisar los documentos de la gestión del imputado dijo: «se aprueba y ratifica los actos, gestiones, ejecuciones y operaciones llevadas a cabo durante el período 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, y otorga descargo completo, absoluto y definitivo, tan amplio como en derecho fuese necesario, a favor del Procurador General de la República, Dr. Jean Alain Rodríguez«.

«El Ministerio Público revisó dos veces cada peso que se movió en mi gestión«, manifestó Jean Alain Rodríguez en una breve intervención en la sala de audiencias.

Indicó que el Consejo Superior aprobó y ratificó los actos, gestiones, ejecuciones y operaciones llevadas a cabo durante el periodo 16 de agosto de 2016 al 16 de agosto de 2020, tiempo en que el imputado junto a los demás señalados en el juicio estuvieron al frente de la Procuraduría General de la República.

Dijo que la Constitución de la República y la Ley Orgánica del Ministerio Público establecen que ese órgano ejerce sus funciones conforme a los principios de unidad de actuaciones, jerarquía e indivisibilidad, destacando la ley que sus miembros actúan como un solo cuerpo, lo que significa que si un fiscal otorga hoy un descargo o un archivo a un ciudadano, no puede mañana otro fiscal acusar ese ciudadano por el mismo hecho y es lo que sucede en este caso, solo que el descargo proviene del máximo órgano del Ministerio Público, único responsable de la administración de la institución y de la política de persecución y fue ese órgano que descargó a Jean Alain Rodríguez por los actos contenidos en la acusación.

  • «Estos descargos son emitidos por los superiores jerárquicos de la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca), tanto así que fue este Consejo que designó a Wilson Camacho y a todos los nuevos fiscales de esta gestión«, leyó el Consejo de Defensa al juez.
  • Los miembros del Ministerio Público que revisaron el uso de los recursos y que aprobaron los actos y otorgaron los descargos definitivos, incluyen a los procuradores Rodolfo Espiñeira, primer sustituto de Miriam Germán Brito; Pedro Frías Morillo, designado como Procurador Adjunto por el Presidente de la República Luis Abinader mediante decreto No.22-24; y otros 6 destacados miembros del Ministerio Público elegidos por más de 1,500 fiscales, todos los cuales permanecen en sus cargos, ya que han sido ratificados o ascendidos por esta gestión.

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Unidades de atención mental buscan instalarse en regiones y provincias de RD.

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SANTO DOMINGO.- En segunda lectura fue aprobado en el Senado de la República el proyecto que modifica la Ley 42-01 General de Salud, para que el Estado disponga la creación de unidades de atención mental y centros de rehabilitación psicosocial en las principales provincias del país.

La iniciativa, del senador Franklin Peña por San Pedro de Macorís, modifica los artículos 4, 5, 6, 7 y 8 de la Ley 42-01, para establecer la provisión de redes de atención comunitaria, como viviendas, tutelas, hogares de paso, hospital de días y para el seguimiento ambulatorio a través de los Centros de Salud Mental Comunitarios (CSMC).

Dice la normativa en el párrafo del artículo 18, la cual pasa a la Cámara de Diputados para su ponderación, que “es un deber del Estado propiciar de hospitales de salud mental, centro de rehabilitación psicosocial en las principales provincias.

El artículo 36 expresa que el tratamiento de las personas con enfermedades o trastornos mentales o con discapacidad psíquica o intelectual se realizará con apego a los estándares de atención.

Agrega el numeral 3, que se debe proporcionar a estas personas un tratamiento en base a la mejor evidencia científica disponible y a criterios de costo-efectividad, en relación al mejoramiento de la salud y bienestar integral de la persona; en tanto, el numeral 6 precisa que “la atención de salud no podrá dar lugar a discriminación respecto de otras enfermedades, en relación a cobertura de prestaciones y tasa de aceptación de licencias médicas.

“El Estado proveerá atención en salud mental a personas vulnerables, en conflicto o no con la ley, sin distinción de edad, nacionalidad, patrimonio, sexo o religión”, precisa la iniciativa.

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