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Diferencias entre juristas sobre necesidad de referendo para modificar la Constitución

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Santo Domingo, R.D.-Expertos en derecho constitucional difieren sobre la necesidad de hacer el referéndum para poder reformar la Constitución de la República presentada por el presidente Luis Abinader ante el Congreso Nacional.

Unos juristas entienden que debe celebrarse un referéndum, mientras que otro grupo de expertos entienden que no es necesaria la realización del referéndum para tales fines.

Los profesionales del derecho constitucional hablaron en esos términos durante el panel “Análisis de la Reforma Constitucional”, celebrado por la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS).

Servio Tulio Castaño Guzmán, director ejecutivo de la Finjus, quien fungió de moderador del panel, calificó el debate de interesante, técnico- jurídico fundamentalmente, pero que al final la clase política es la que tomará la decisión en la Asamblea Nacional.

En el panel se planteó que la fórmula que presentó el presidente Luis Abinader, sobre la reforma constitucional, fue sugerida por el ex presidente del Tribunal Constitucional (TC), doctor Milton Ray Guevara y que sus opiniones pesan mucho incluso para los juristas expertos en la materia que participaron en el referido panel.

Mientras que el jurista Julio Cury sostiene que si la enmienda toca de alguna forma las materias que prevé el artículo 227 constitucional obligatoriamente habría que celebrar referéndum.

Entiende que la regla del procedimiento no forma parte de un procedimiento, sino del proceso, al refrendar un artículo publicado por el experto constitucionalista Nasset Perdomo, el pasado miércoles en el periódico El Día.

En tanto que el jurista Cristóbal Rodríguez entiende que existen unos procedimientos en el marco de los cuales debe producirse la norma y desplegar la competencia.

Sostuvo que cuando se presentó la propuesta de reforma constitucional sugiere llevar a la cláusula del artículo 268, sobre la regla de dos periodo y nunca más, lo que hace en los hechos es crear dos norma relativa a los límites del alcance de la potestad de la competencia de reforma.

Señaló que esta no puede ser objeto de reforma, porque el órgano con competencia ordinaria para hacerlo no la puede reformar, y por tanto no se puede iniciar el proceso y por tanto no se puede activar la regla del procedimiento.

A juicio de Nassef Perdomo el artículo 272 de la legislación constitucional, poner un «candado» a la Constitución requeriría un referéndum para su ratificación.

«El establecimiento de un «bloqueo» constitucional (independientemente de la cuestión) es una modificación en el procedimiento de reforma porque establece nuevas reglas especiales para modificar un punto de la Carta Magna. Por lo tanto, para colocar el » lock», es necesario un referéndum», enfatizó el jurista.

Señaló que dicho artículo establece las circunstancias en que la reforma constitucional debe ser aprobada mediante referéndum y que uno de estos casos es el caso en el cual se modifica el procedimiento de reforma.

Mientras que Olivo Rodríguez Huerta sostiene que el referéndum que exige la Constitución cuando determinadas cuestiones están incluidas en la Constitución, es autónomo, previsto en el artículo 210 de la Carta Magna en materia de consulta popular.

El jurista afirmó que el referéndum necesario para una reforma constitucional efectiva tiene reglas específicas en el artículo 272 de la Constitución francesa. , estipula en sus párrafos, el plazo dentro del cual debe convocar la Comisión Central Electoral.

Rodríguez Huerta afirma además que ese es el régimen mínimo de participación para que pueda desarrollarse y surtir efecto, en términos de aprobación o desaprobación.

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Rechazan declarar la extinción del caso del exprocurador Jean Alain Rodríguez

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Santo Domingo, R.D.-Fue rechazada por Segundo Tribunal Colegiado la solicitud de extincion de la accion penal que hubiera favorecido  al exprocurador Jean Alain Rodríguez tras el tribunal argumentar que la demora en los casi seis años que tiene el proceso ha sido justificada y «razonable».

Las tres jueces, que decidieron denegar la petición de manera unánime, afirmaron que la tardanza se debe a solicitud de aplazamientos de todas las partes, incluida el Ministerio Público, y se acogieron para hacer valer la tutela de los derechos de todas las partes del caso de presunta corrupción.

Las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Claribel Nivar AriasClara Castillo y Yissell Soto, sostienen que su resolución es por la razón de no haber existido «una mora injustificada y haciendo acopio del criterio jurisprudencial del Tribunal Constitucional» que ha establecido que «no debe ser un mero conteo matemático» el plazo de los procesos penales.

«Cuando el tribunal hace el análisis de la actividad procesal, el tribunal llega a la conclusión que, independientemente de que el caso ha excedido el plazo máximo de duración del proceso, ha sido necesario, la duración ha sido razonable, no se ha observado una demora injustificada»Clara CastilloJueza del Segundo Tribunal Colegiado del DN

Las juezas acogieron el conteo de la defensa de Rodríguez Sánchez, desde el inicio de la alerta migratoria en el 2020 y no cuando se le detuvo en junio del 2021, por lo que el proceso, según el tribunal, tiene » 5 años, 8 meses y 17 días».

Al exfuncionario se le impidió salir del país «el 25 de noviembre del año 2020», como consecuencia de la alerta migratoria por la investigación que se le realizaba.

La jueza Castillo hizo un recuerdo de todos los incidentes presentado, desde la etapa de Instrucción, por salud, fallecimiento de parientes de los imputados, recusaciones a jueces y a fiscales, que motivaron los aplazamientos.

Subrayó que en los casi seis años los distintos tribunales se han mantenido activo conociendo los incidentes del caso, los que incluso han llegado hasta al Tribunal Constitucional.

«Este caso no ha llegado a este tiempo porque el proceso estuvo engavetado en algún lugar«, aclaró la jueza al hablar por el tribunal.

Las otras defensas de los demás acusados solicitaron presentar ellos la misma petición fallada por el tribunal a Jean Alain Rodríguez, lo que obligó al titular de Persecución, Wilson Camacho, volver a sentarse cuando se le autorizó presentar la acusación.

A las 1:00 de la tarde se dio un receso por almuerzo para retornar con la audiencia a las 2:00 de la tarde.

Inmediatamente después de emitirse el rechazo a poner fin a la persecución penal contra el exprocurador general, su defensa, encabezada por Carlos Balcácer, adelantó que lo apelarán a la Corte inmediatamente se publique la resolución completa, el 7 de septiembre.

El director de Persecución del Ministerio PúblicoWilson Camacho, acusó al exprocurador Jean Alain Rodríguez de, una vez rechazársele la extinción, «organiza» a los demás acusados para que presenten el mismo incidente para evitar que se lea la acusación y se presenten las pruebas en su contra.

Reiteró que el exfuncionario deberá en cualquier momento enfrentarse a las imputaciones que se le hacen.

La acusación y quiénes son

Jean Alain Rodríguez Sánchez y los otros 14 procesados enfrentan cargos por corrupción, incluyendo soborno, desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos.

Se les señala de afectar al Estado con más de 6 mil millones de pesos mediante procesos de compras irregularesextorsión y el uso de recursos públicos para fines personales y políticos del exprocurador.

Los que enfrentan actualmente el juicio de fondo junto a Rodríguez Sánchez  son e exdirector administrativo de la Procuraduría, Jonnathan Rodríguez Imbert; el exencargado de la Dirección de Tecnología de la Información y la Comunicación del Ministerio PúblicoJavier Alejandro Forteza Ibarra; el exsubdirector financiero de la Procuraduría General de la República, Alfredo Alexander Solano Augusto, y el exencargado de la División de Compras de la Procuraduría, Jonathan Loanders Medina.

También la excoordinadora en la Dirección Administrativa y Financiera de la Procuraduría General, Altagracia Guillén Calzado; el excontador del Ministerio PúblicoRafael Antonio Mercedes Marte y la exmiembro del Comité de Compras y Contrataciones de la Procuraduría, Isis Tapia Stefanni.

Asimismo están señalados por el Ministerio PúblicoRamón Lucrecio Burgos AcostaFélix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez Moreno, Alejandro Martín Rosa Llanes, Rolando Sebelén Torres, Braulio Michael Batista Barias, Miguel José Moya y las empresas Desarrollo, Individuo y Organización, DIO, S.R.L., Fire Controll Systems S.R.L., y José Luis Liriano y Lirtec S.R.L.

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Fueron identificados los dos fallecidos en explosión de camión en el malecón.

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Santo Domingo, R.D.-Fueron identificados este lunes los dos fallecidos en el accidente de tránsito que involucró un camión de combustible, un automóvil, una yipeta y una motocicleta en la avenida George Washington, próximo al restaurante Adrián Tropical, en el Distrito Nacional, en el que dos vehículos se calcinaron producto de una explosión.

Las víctimas fueron identificadas como Luis Alejandro Torres Mejía, de 35 años, y María Altagracia Méndez de Olivo, de 53.

De acuerdo con la información suministrada por el jefe del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, José Frómeta Herasme, el hombre fallecido conducía el camión y la mujer se desplazaba en la yipeta.

  • Frómeta Herasme indicó que las causas de la explosión del camión tanquero se encuentran en fase de investigación.

El accidente ocurrió a las 6:58 de la mañana de este lunes. Según las autoridades, el camión transportaba alrededor de 10,000 galones de combustible, que se derramaron y posteriormente explotó causando un incendio.

  • Por tratarse de gasoil, los bomberos utilizaron espuma para sofocar las llamas y evitar que el fuego se propagara hacia otras áreas.

El incendio provocó una intensa humareda en la zona y movilizó a unas 12 unidades del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, además de generar un fuerte congestionamiento vehicular.

Al lugar del hecho acudieron miembros del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, la Policía Nacional, la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) y el Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (Ceccom).

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Nuevos mandados militares y policiales son juramentados por Abinader.

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Santo Domingo, R.D.-Los recién designados mandos militares y politiciales designados mediante decretos por el presidente Luis Abinader fueron juramentados por el jefe de Estado.

En un acto realizado en el Palacio Nacional, el mandatario tomó juramento a Ernesto Rafael Rodríguez García como nuevo director general de la Policía NacionalJimmy Arias Grullón, como nuevo comandante general del Ejército de la República DominicanaEnmanuel Marcelino Souffront Tamayo, como comandante general de la Fuerza Aérea de la República Dominicana.

Igualmente se juramentó a Jorge Iván Camino Pérez, Inspector General de las Fuerzas Armadas; Buenaventura Colón Rosario, como viceministro de Defensa para asuntos militares; a Manuel José Brito Estepan, como subcomandante general de la Fuerza Aérea de la República Dominicana; a Dionisio de la Rosa Hernández, como inspector general de la Fuerza Aérea de la República Dominicana.

En la imagen, los nuevos altos mandos militares y policiales.

En la imagen, los nuevos altos mandos militares y policiales.Javier Flores

Por igual quedaron juramentados en sus nuevas posiciones Celin Rubio Terreno, como asesor militar del presidente de la República; el general de brigada José Manuel Duran Infante, como subcomandante general del EjércitoRaúl Esteban Mora Hernández, inspector general del Ejército; Rafael Raimundo Ramírez Tejada, comandante del Regimiento de la Guardia Presidencial del Ejército.

También fueron juramentados Guillermo Caro Cruz, como jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep), y Emmanuel Almonte Polanco, como subjefe del Cusep.

La designación de los altos mandos militares está contenida en el decreto 557-26, el cual fue dado a conocer en horas de la madrugada del lunes. Mientras que en la tarde fue difundido el 558-26, que dispone el nombramiento del nuevo director de la Policía Nacional.

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