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Abogados constitucionalistas difieren sobre potestad de la JCE para posponer elecciones

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Santo Domingo, RD.-Abogados constitucionalistas difieren en torno a la facultad que tiene la Junta Central Electoral para hacer la convocatoria extraordinaria para el día 5 de julio del presente año 2020, pero  la clase política dominicana pareció tener un consenso sobre la necesidad que el órgano comicial tomara la señalada decisión.
 
Mientras algunos abogados consideran que la resolución que emitió la JCE,  aplazando las elecciones de los niveles presidenciales y congresuales del 17 de mayo para el 5 de junio, es constitucional, otros, como Candidato Simón,  entienden que viola la Carta Magna.

Los juristas tienen opiniones dividas también en torno a si era necesario que la Junta apodere al Congreso Nacional para que decida sobre la posposición de los comicios. 

El abogado Cándido Simón fue de los primeros que fijó su posición sobre el tema, planteando que es  inconstitucional la resolución de JCE que pospone las elecciones. 

 “La Constitución impide a la Junta Central Electoral modificar las fechas de las elecciones, debido a que las mismas están fijadas taxativamente por la Carta Sustantiva”, señaló Simón.

Ese criterio no es compartido  por los  abogados Jhon Garrido, José Reyes, y Carlos Pimentel (director ejecutivo de Participación Ciudadana). Mientras, el abogado Trajano Potentini sostiene que no se trata de enjuiciar si la medida es constitucional o no, sino de que nadie está obligado a lo imposible cuando se produce una situación de fuerza mayor, como la creada por el coronavirus.

El abogado Jhon Garrido sostiene que la resolución de la JCE que mueve las elecciones para julio es constitucional, convencional y apegada a los tratados, y convenciones internacionales que la República Dominicana ha reconocido.

 “La Constitución adopta de forma indirecta el principio de unidad de la constitución, (ver art. 74.1). Es por ello, que no se puede leer el mandato que ordena celebrar elecciones cada cuatro años, sin armonizar con el mandato de preservar la salud o la dignidad humana (derecho a la salud)”, argumentó Garrido.

Explicó que cualquier institución de la administración pública tiene competencia para ejercer control convencional ex oficio y consideró que la JCE ejerció el control convencional implicando una normativa constitucional, porque de realizarse las elecciones se afectaría el derecho fundamental a la salud de las personas. 

El abogado Trajano Potentini, presidente de la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), consideró que postergar las elecciones fue una salida salomónica de la JCE,  que contó con  el consenso de los partidos políticos. 

 “Nadie está obligado a lo imposible, máxime cuando estamos en presencia de problema de fuerza mayor, que viene azotando casi a la totalidad del mundo y en particular a la República Dominicana, con un impacto demoledor en los ámbitos social, económico y hasta político, por los efecto y emergencia sanitaria del Coronavirus”, expuso·.

El jurista y catedrático universitario José Reyes, difiere del planteamiento de Simón sobre la inconstitucionalidad de la resolución de la JCE.

 “La Constitución de la República establece en su artículo 209,  el cual cita Simón, una fecha taxativa en cuanto a la  celebración de elecciones, pero no es menos cierto que ese artículo en su numeral 3 reza de la siguiente manera: » En los casos de convocatoria extraordinaria y referendo, las Asambleas Electorales se reunirán a más tardar setenta días después de la publicación de la ley de convocatoria. No podrán coincidir las elecciones de autoridades con la celebración de referendo”, razonó.

También señala que  la ley 15-19 en su artículo 18 numeral 7, otorga facultad al Pleno de la JCE para “convocar a elecciones extraordinarias cuando proceda de conformidad con la Constitución y la ley, dictando al efecto la correspondiente proclama”.

También indicó que fundamento el planteamiento de que el Congreso Nacional debe aprobar la proclama de las nuevas elecciones, pues sostiene que la dictada por la Junta no violenta el mandato constitucional.

El abogado Carlos Pimentel, quien es director ejecutivo del movimiento cívico Participación Ciudadana,  señaló que la posposición de las elecciones en el marco de este periodo de emergencia por el coronavirus no debió ir al Congreso Nacional para su aprobación.

Expuso que la posposición del certamen electoral está dentro del marco de las funciones y competencias de la JCE.

“La norma sustantiva le da a la JCE no solo la facultad de dirigir,  organizar y supervisar los procesos electorales, sino también  un poder reglamentario, y tiene la facultad, según la ley 15-19, de disponer cuantas medidas considere necesarias para resolver cualquier dificultad que se presente en el desarrollo del proceso electoral”, puntualizó.

Indicó que no hay duda de que se ha presentado una dificultad de fuerza mayor, que no hay forma de que la Junta pueda continuar con un proceso electoral, porque se está ante una crisis sanitaria global.

En cambio, planteó que si se tratara de una posposición que se extendiera más allá del período de toma de posesión, 16 de agosto, habría que acudir al Congreso Nacional y que esto  implicaría una reforma a la constitución y a  la ley de régimen electoral, pero que esto solo sería posible en el marco de un gran acuerdo. 

 
 

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Hazin y EL Gordo supuestamente extorsionaron Eduardo Read, dice éste al Ministerio Público.

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Santo Domingo, R.D.-La defensa de Eduardo Read Estrella, quien a través de su empresa Grupo Read presuntamente recibió pagos que ascienden a RD$7,110, 824,754.42 desde agosto de 2020 hasta agosto de 2025, por contratos y adendas con la ARS a través del supuesto esquema de corrupción en el Seguro Nacional de Salud (Senasa) dónde se desfalcó al Estado por miles millones de pesos, denunció que su cliente fue «víctima de extorsión» de parte del exdirector ejecutivo de esa entidad, Santiago Hazim y «El Gordo», quien es señalado como la «mano derecha» del exfuncionario.

Mediante un comunicado de prensa, los abogados del implicado manifiestan que presentaron ante el juez del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, Rigoberto Sena, «los elementos que confirman que fue víctima de un esquema de extorsión atribuido al emisario de Santiago Hazim, José Pablo Ortiz Giráldez».

El Ministerio Público se refiere como «El Gordo» a José Pablo Ortiz Giráldez, quien es señalado como la «mano derecha” de Hazim y la persona “clave” en el supuesto cobro de sobornos a empresas que realizaron contratos con esa entidad.

Entre los documentos entregados por la defensa figuran pruebas de la prestación real y continua de servicios a Senasa, así como los informes mensuales auditados por la Sisalril.

También se presentaron evidencias de la estructura operativa de más de 718 empleados y colaboradores vinculados a las empresas Khersun, Deleste y Farmacard, además de comprobaciones notariales que certifican la calidad del servicio brindado a los afiliados de Senasa a través de 35 sucursales, 18 centros afiliados y 17 dispensarios médicos.

El juez del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, Rigoberto Sena, recesó la audiencia de conocimiento de medida de coerción de los implicados del caso Senasa.

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Caso contra Hazim se centraliza en sus inmuebles, según su Declaración Jurada de Patrimonio

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Santo Domingo, R.D.-La disputa en torno a la justificación de los inmuebles del principal imputado en el caso SENASA, Santiago Hazim, acusado de presuntos actos de corrupción lleva al Ministerio Público a evaluar su Declaración Jurada de Patrimonio, la cual toma relevancia luego de las recientes declaraciones de su abogado Miguel Valerio y la disputa sobre la justificación de los mismos.

Al Ministerio Público señalar “serias incongruencias” en la solicitud de medida de coerción en contra de Hazim, Valerio refiere que la supuesta falta de justificación de bienes, específicamente una villa en Casa de Campo y un apartamento, se encuentran “debidamente documentados” y justificados con un préstamo.

Dos de las residencias y el solar mantienen un valor de RD$7,550,000 cada una, mientras que el otro domicilio ubicado en España exhibe un valor de RD$24,000,000.

A su nombre, el médico sostiene una finca en el Líbano, adquirida en 1985, con un valor de RD$3,031,577; dos locales comerciales con data en los años 1994 y 2001, correspondiente a RD$5,850,000 cada uno, y un edificio con registro en el 2004 y un monto de RD$1,700,000.

En cuanto a vehículos de motor, Santiago Hazim figura como propietario de dos jeepetas Lincoln adquiridas en el 2013 y 2020 valoradas en RD$2,066,616.15 y RD$6,724,575; un automóvil Fiat en el año 2010 de RD$487,727.24 y una jeep Toyota con un costo de RD$813,373.44.

De armas de fuego solo figura una pistola automática marca Walther, Carl GMBH, con un valor de RD$120,00; sin especificar la cantidad de electrodomésticos, el documento muestra un total de RD$9,067,500 agregados a su valor, además de las prendas, relojes, joyas y otros con un monto de RD$40,950,000.

Al mantener un régimen matrimonial de comunidad de bienes con su pareja, el informe muestra nueve cuentas bancarias donde solo figura en tres como propietario con montos de hasta RD$1,189.657.17.

Desde el año 1993 hasta el 1999 muestra un perfil de accionista en empresas nacionales con valores iniciados de RD$150,000 hasta llegar a RD$186,500,000, mientras que sus ingresos en el Senasa, posición ocupada desde agosto de 2020 hasta agosto de 2025, rondaban en un neto de RD$310,976.10.

Hazim también recibió honorarios profesionales de RD$285,000 en el Centro Médico UCE.

Señalado lo anterior, la declaración refleja que el exfuncionario manejaba gastos equivalentes a RD$384,515 y acumulaba deudas de RD$1,039,377.

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Siete años de prisión por narcotráfico a general retirado.

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Santo Domingo, R.D.-William Durán Jerez, general retirado de la Policía Nacional, fue condenado este jueves a siete años y dos meses de prisión por una corte del Distrito Sur de Florida por su vínculo con el caso de narcotráfico del exregidor del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Edickson Herrera Silvestre.

La condena de 87 meses, que fue dictada por la jueza Beth Bloom, será cumplida en una penitenciaría de Florida, tras una petición de Durán Jerez y que fue eventualmente concedida.

En la audiencia, que duró exactamente 40 minutos y en la que estuvo también el fiscal Kevin Gerarde, al general retirado se le informó que podía apelar en caso de que así lo quisiera. Esto, a pesar de que Durán Jerez había firmado un acuerdo de culpabilidad el pasado 24 de septiembre donde admitía ser parte de la red de narcotráfico del exregidor.

¿Cómo operaban?

De acuerdo al expediente, la red criminal conspiró desde mayo de 2020 hasta noviembre de 2022 para enviar al menos cinco kilogramos de cocaína hacia el sur de Florida.

Durante ese período, el regidor Herrera Silvestre permaneció en República Dominicana y coordinó el plan Herrera Silvestre adquirió un buque llamado «The Ghost» o «El Fantasma», embarcación que le costó unos 200 mil dólares del tráfico junto a al menos dos co-conspiradores.

Este hotel funcionó como el lugar de almacenamiento provisional y despacho. La ruta de los narcóticos incluía el traslado de cocaína desde las costas dominicanas en un bote pequeño hasta el buque en alta mar, que después era responsable de llevar la carga directamente a suelo estadounidense.

La cocaína era adquirida en Suramérica y traída a República Dominicana.

Además de traficar su propia mercancía, Herrera Silvestre cobraba a otros narcotraficantes la suma de 5,000 dólares por cada kilogramo que transportaba. Así, la red había montado un negocio considerable dentro del narcotráfico internacional.

Durán Jerez ocupó, entre otras posiciones, la supervisión general de la Junta Central Electoral (JCE), hasta 2005. Al igual que la dirección de Seguridad Preventiva de la institución del orden ciudadano en años posteriores.

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