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Cuota de género plantea situación compleja a nivel de diputados para el PLD y PRM.

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La cuota de género ha creado una situación inmanejable a nivel de diputaciones de los partidos de la Liberación Dominicana y Revolucionario Moderno, ya que Luego de su celebración de las primarias simultáneas  de ambas organizaciones se verán en la encrucijada de decidir sobre algunas candidaturas debido al mandato de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos que obliga a otorgar no menos del 40 por ciento, por demarcación, al género femenino o al masculino.

En provincias como Pedernales, Independencia, Santiago Rodríguez, San José de Ocoa, Elías Piña, Dajabón, Hato Mayor, El Seibo, Hermanas Mirabal, Bahoruco, Samaná y Montecristi estos partidos deberán decidir sobre aquellos legisladores a los que les fueron reservadas sus candidaturas o aquellos en que los ganadores de las dos plazas vacantes son de un mismo género, debido a que serían contrarias al artículo 43 de la Ley de Partidos.

A cada una de estas provincias les corresponden dos curules en la Cámara de Diputados debido a que poseen una población igual o inferior a los 53,063 habitantes necesarios para la asignación de un diputado.

De acuerdo a la resolución 28-2019 de la Junta Central Electoral (JCE), que establece la distribución de la cuota de equidad de género en las candidaturas a regidores, suplentes de regidores, vocales y diputados en las elecciones ordinarias generales del año 2020 en aquellas provincias con dos diputados la boleta electoral de cada partido deberá estar compuesta por un hombre y una mujer.

Por ejemplo en El Seibo, el PRM reservó la candidatura del actual diputado Jean Luis Rodríguez, mientras que Valerio Leonardo Palacio ganó las primarias con 1,896 votos, lo que podría dejar a uno de los dos candidatos fuera de concurso, de aplicarse el mandato de la Ley de Partidos.

Asimismo en Elías Piña fue reservada la boleta del PRM para el diputado Rafael Ernesto Arias Ramírez, mientras Israel Porfirio Bienvenido Mañón Alcántara ganó en las primarias con 1,979 votos.

En tanto que por el PLD en Elías Piña resultaron electos Juan Alberto Aquino Montero con 6,104 votos y Calletano Oderto Cubilete Medina 3,928 votos.

Situación igual se presentó en Bahoruco donde ganaron Rafael Cuevas Jiménez, que obtuvo 6,021 votos y Anderson Manuel Ferreras Méndez con 5,591 votos en el PLD.

También en Santiago Rodríguez, en el PLD, ganaron Esteban Antonio Cruz con 8,893 votos y Miguel Raúl Báez Estevez con 3,178 votos.

La situación del PRM con las reservas se repite en Hato Mayor, donde fue proclamado como ganador de las primarias Santiago Vilorio Lizardo con 4,891 votos y la reserva fue para el actual diputado Ronald Sánchez.

En Montecristi resultó ganador en las primarias del PRM Ramón Antonio Pimentel Gómez con 4,753 votos, mientras que se reservó la candidatura del diputado Bernardo Alemán.

En Pedernales, las primarias de octubre las ganó el perremeísta Secundino Velásquez Pimentel con 1,052 votos y el actual diputado Israel Terrero fue reservado.

Pero en el PRM también hay casos como en Hermanas Mirabal donde ganaron las primarias Félix Santiago Hiciano Almánzar con 2,821 votos y Miguel Cristino Cartagena Sánchez con 1,247 votos.

De igual manera en la provincia Duarte, cuyo diputado perremeísta Franklin Romero aspira a senador, pasaron en las primarias Nicolás Hidalgo Almánzar con 5,706 votos y Eriberto Antonio Miranda Then con 2,427 votos.

La resolución 28-2019 de la JCE dispuso que para las elecciones del 2020, los partidos políticos deberán presentar al menos 93 hombres o mujeres y un máximo de 137 hombres o mujeres en total, “aplicado a cada demarcación o circunscripción electoral”.

 

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Someten a la justicia mujer acusada de agredir y herir a agente de la Digesett

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SANTO DOMINGO.- Una mujer acusada de agredir y herir con un arma blanca a un agente de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett)  será sometida a la justicia.

El vocero de la entidad, Rafael Tejeda Baldera, explicó que el agente afectado se encuentra en proceso de recuperación tras las heridas sufridas durante el incidente.

Tejeda Baldera destacó que en este caso no existía ninguna situación de tránsito ni fiscalización por infracción que justificara un enfrentamiento con la autoridad.

  • «Es un hecho lamentable y deplorable, ya que no hubo ningún motivo relacionado con tránsito que provocara esta agresión contra el agente”, expresó.

Indicó además que el caso ya está en manos de la justicia, con los tribunales apoderados y los procesos legales en curso para determinar las responsabilidades correspondientes.

La institución reiteró su llamado al respeto hacia las autoridades y confió en que la acusada responda ante la ley por sus acciones.

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Derechos de autor por TV en clinicas y hoteles se conoce en el el Tribunal Constitucional.

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Santo Domingo, R.D.-Un caso que enfrenta a productores audiovisuales y establecimiento comerciales por el pago de derechos de autor por televisores con servicio por cable y que se conocia en el  Tribunal Constitucional (TC), cuya alta corte anuló una sentencia de la Suprema Corte de Justicia mediante la  TC/0118/26 de la Suprema que  ordenó emitir un nuevo fallo.

Aunque el conflicto gira en torno a si clínicas, hoteles y otros negocios deben pagar regalías por exhibir contenidos televisivos, el alto tribunal no resolvió ese punto y devolvió el caso para que sea decidido nuevamente.

La decisión se produjo al conocer un recurso presentado por la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores Audiovisuales Dominicana (Egeda) contra una sentencia de la Primera Sala de la Suprema que había rechazado su demanda contra el Centro de Medicina Avanzada Doctor Abel González.

La entidad sostiene que ese tipo de exhibición constituye un acto de «comunicación pública» de obras protegidas, lo que genera el derecho de los autores y productores a recibir una remuneración.

El alto tribunal también consideró que exigir el pago a la clínica podría implicar un cobro duplicado, debido a que las compañías de cable ya pagan licencias por la retransmisión de los programas.

El TC anuló esa decisión, pero no por estar en desacuerdo con ese criterio, sino porque la Suprema basó parte de su razonamiento en la existencia de un supuesto contrato de servicio de cable que no fue incorporado al expediente ni debatido por las partes.

Para el TC, sustentar una sentencia en hechos no probados vulnera el derecho de defensa y el principio de contradicción, por lo que ordenó devolver el caso para que sea decidido nuevamente.

Pese a que el fondo del conflicto sigue sin resolverse, la Sociedad de Gestión Colectiva de los Productores Audiovisuales (Sogespa) calificó la decisión como un fallo «histórico» que fortalece la protección del derecho de autor en el país.

La entidad afirmó que la sentencia reafirma principios como el derecho exclusivo de los productores a autorizar la comunicación pública de sus obras, incluyendo su exhibición en habitaciones de clínicas y hoteles.

«El respeto al derecho de autor constituye un pilar fundamental para el desarrollo de las industrias culturales y creativas», expresó su director gerente, Nelson Jiménez Cabrera.

Sin embargo, la sentencia TC/0118/26 no valida esa interpretación ni establece quién debe pagar en estos casos, ya que se limitó a anular la decisión de la Suprema por fallas en su motivación.

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Cancelan licitación para la compra de gomitas multivitamínicas para estudiantes

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Santo Domingo, R.D.-Fue cancelada por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabie) el proceso de licitación INABIE-CCC-LPN-2026-0002, que tenía como objetivo la adquisición de gomitas multivitamínicas para estudiantes del sistema educativo público.

La institución explicó que la medida fue adoptada con el fin de introducir «mejoras sustanciales en los aspectos técnicos y económicos» del proceso, buscando garantizar una contratación más eficiente y ajustada a los requerimientos establecidos.

A través de un breve comunicado, dijo que el programa estaba concebido como parte de una estrategia de intervención nutricional dirigida a alumnos de los niveles inicial, primaria y secundaria en todo el país.

Horas antes, el Inabie había anunciado la ejecución de un plan piloto de «suplementación con gomitas multivitamínicas, para intervenir nutricionalmente a unos 70 mil estudiantes» a un costo de  151 millones 200 mil pesos. Beneficiaría a escolares de 3 a 19 años del sistema educativo público, a los cuales se les entregaría tres gomitas a la semana por espacio de un año.

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