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La Barrick opera su propia planta de agua en Cotuí
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13 años agoon
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LA REDACCIÓNLa minera tiene una planta flotante en el lago de la presa de Hatillo; en muchas comunidades escasea el líquido

Esta planta absorbe cada día miles de galones de agua para la mina de oro, mientras en las comunidades no hay.
Cotuí tiene actualmente dos realidades que cuando se comparan reflejan el grado de injusticia que se genera cuando una empresa poderosa se sitúa en una población donde campea la pobreza.Esas dos realidades tienen que ver con el agua, pues mientras en las distintas comunidades de la provincia Sánchez Ramírez resulta casi imposible obtener un litro para consumo, la empresa minera Barrick Gold tiene instalada una planta flotante en el lago de la presa de Hatillo y gigantescas tuberías que le permiten succionar toda el agua que quiera del embalse. Informaciones recogidas en Cotuí indican que la planta que posee la minera para extraer agua limpia en Hatillo, para luego usarla en sus operaciones que contaminan la zona, tiene una capacidad para absorber 1,000 litros por segundo, es decir, unos 60 mil litros por minuto. La planta de Barrick está situada en un espacio donde se supone que el público puede llegar sin restricción, pues se trata de un lugar público, pero la empresa tiene allí entre dos y tres agentes que una vez se asoma alguien ajeno a ellos, lo reciben en tono amenazante, prohibiendo todo tipo de movimiento, solicitando todo tipo de documento y anotando prácticamente hasta el color de las gomas del vehículo que llega. El geólogo Osiris de León asegura que por el uso de agua de la presa de Hatillo, la Barrick Gold paga al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (Indrhi) 1.5 millones/año, una cifra insignificante comparada con lo que paga cualquier empresa del país por el uso del agua. Sin embargo, el Indrhi dijo ayer que “el pago del dinero estaba planteado, pero que ni esa entidad ni las juntas de regantes han recibido un centavo, porque se pensó que si se le exigía a la Barrick Gold, eso podría obstaculizar la negociación de la minera con el Estado”. “La Barrick Gold no ha dicho qué cantidad de agua extrae al día. La única limitante que se le ha puesto a esa empresa es que cuando el nivel de agua de la presa de Hatillo esté bajo o el caudal que le entre a la presa sea mínimo en tiempo de sequía, entonces la mina no debe extraer agua, pero nadie supervisa que la empresa cumpla con eso”, criticó de otro lado De León.
En efecto, lo que plantea el especialista es verificable cuando se observa el caudal del río Yuna (que alimenta la presa), que aunque está en estiaje (nivel bajo), la mina sigue sacando la misma cantidad de agua todos los días para sus procesos. “Yo no entiendo por qué el Gobierno, a través del Indrhi, tiene que aceptar que ellos paguen un millón y medio de pesos al año. Eso no es dinero, pero sí es una vergüenza que para una planta del tamaño de la Barrick, con capacidad para procesar 24 mil toneladas métricas de material sulfuroso diariamente y que necesitan el agua para todo el proceso metalúrgico, tengan que estar pagando una cantidad irrisoria al mes al Indrhi y que esta institución se lo acepte”.
A las comunidades ubicadas en el área de influencia de la mina de oro de Pueblo Viejo, la empresa les facilita, en el mejor de los casos, cuatro galones de agua al día. La Organización Mundial de la Salud establece que un ser humano necesita 275 litros de agua al día para cubrir sus necesidades (tomar, cocer sus alimentos, lavar la ropa y bañarse, entre otros). En el caso de esas comunidades no se cumple eso. Al analizar esta parte, Osiris de León sostiene que “cualquiera podría pensar que la responsabilidad de dotar del líquido a las comunidades en cuestión corresponde al Estado, pero no”. Es que, según su reflexión, la empresa fue la que deterioró la calidad de las aguas que hasta antes de establecerse en Cotuí, usaban las comunidades. “Por tanto, cuando una empresa deteriora la calidad del agua en un entorno operativo, en este caso metalúrgico, para poder procesar el mineral, debe resarcir a toda la comunidad con toda el agua que necesite, de acuerdo a la normativa de la OMS, lo cual viola la empresa”, dijo De León.
Derecho para uso del agua
El capítulo sobre derechos de agua para la Barrick Gold está contemplado en la sección 7.8 del acuerdo suscrito por esa empresa con el Estado dominicano.
Esos derechos que posee la Barrick para usar el agua que quiera de la presa de Hatillo, constituyen una incongruencia cuando se observa a Daniel Mena, un agricultor de Hacienda Hatillo, llegar con un galón vacío a verificar si una llave colocada cerca del contaminado río Margajita tiene agua para él “llevar un poquito”.
Cuando elCaribe le pregunta a Mena si sabe que se expone a contraer una enfermedad por el contacto con el líquido su respuesta fue esta: “Mi hijo, no me queda más remedio que consumir esta, si es que la llave tira algo hoy”.
Daños pueden ser severos
El agua que llega por el lago de la presa, según expertos, tiene alto contenido de hierro, cobre, plomo y de cadmio, entre otros y un pH que varía entre 1.8 y 2.0. El pH del agua normal debe ser 7.0 o muy cercano a este. El pH es una medida utilizada por la química para evaluar la acidez o alcalinidad de una sustancia, por lo general en su estado líquido.
El color rojizo sangre que se observa en arroyos y ríos del Cotuí obedece al alto contenido de hierro en dilución que poseen. “La empresa minera ha dicho que ha resuelto el problema, en realidad no tiene una planta de tratamiento de aguas ácidas para neutralizar una serie de fenómenos”, dijo Osiris de León.
Barrick evita colocar la carpa en menú hogareño
En las aguas del lago de la presa de Hatillo hace años era común encontrarse con pescadores a toda hora del día. Se hablaba de que entre todos sumaban 200 personas y una de ellas era Gregorio Javier. Este trabajador ha dejado de ir a la zona desde que se enteró que la carpa que captura tiene 0.26 miligramos de cadmio por cada miligramo de pescado y eso la hace cancerígena. Eso se determinó con un estudio realizado por Osiris de León para la UE.
Plomo
Un estudio presentado al Gobierno hace varios años recomendaba advertir a la comunidad que no consuma carpa.
El Caribe
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Ministerio Público crea Unidad Canina para fortalecer búsqueda de personas desaparecidas
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47 mins agoon
enero 11, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Consejo Superior del Ministerio Público creó una Unidad Canina especializada para integrarla a la búsqueda de personas desaparecidas y recuperación de cadáveres, informó este domingo la Procuraduría General (PGR).
La unidad, que estará adscrita al Instituto Nacional de Patología Forense (Inacif), intervendrá en los procesos de investigación, en coordinación con otras agencias del Estado, siempre conforme al protocolo y las circunstancias objetivas de cada caso.
El órgano superior de gobernanza del Ministerio Público, presidido por la procuradora general Yeni Berenice Reynoso e integrado por la procuradora adjunta Ysis Germania de la Cruz, el procurador fiscal Denny Frey Silvestre Silverio y el fiscalizador Merlin Mateo Sánchez, tomó su decisión durante la Décimo Tercera Sesión Ordinaria, efectuada el pasado 8 de enero.
Agencias internacionales cooperarán
Según se explica en un comunicado de prensa, para la creación de la Unidad Canina, el Ministerio Público recibirá la cooperación de agencias internacionales, específicamente en lo que respecta a la asistencia de entrenamiento del personal asignado a esos fines.
- Por igual, se ha dispuesto la elaboración de un protocolo para el total cumplimiento de la Ley 248-12, de Protección Animal, a fin de garantizar el cuidado de los caninos entrenados para estas labores, explicó la secretaria del Consejo, Minerva Cocco, concluyó la nota de prensa.
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Puntos críticos del recurso de apelación de Santiago Hazim que busca revocar la prisión preventiva
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55 mins agoon
enero 11, 2026
Santo Domingo, R.D.-En el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que impuso 18 meses de prisión preventiva a Santiago Hazim, principal implicado en el caso SeNaSa, la defensa plantea diversos puntos críticos para revocar la decisión.
Los abogados Miguel Valerio Jiminián, Yipsy Roa Díaz, Yenifer Doñe Miliano y Daniel Santillán destacan en el recurso contra la decisión del juez Rigoberto Sena la falta de motivación jurídica, la excepción de inconstitucionalidad por control difuso y lo que califican como un fallo “literario y religioso”.
Sostienen que la decisión emitida el pasado mes de diciembre por el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional vulnera derechos fundamentales y principios básicos del debido proceso.
Por ello, solicitan la revocación inmediata de la medida de coerción, por considerarla arbitraria, desproporcionada y carente de sustento jurídico.
Inconstitucionalidad por desproporcionalidad
Uno de los puntos más relevantes de la instancia es la solicitud de una excepción de inconstitucionalidad. La defensa pide a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que, mediante el ejercicio del control difuso, declare inconstitucional el artículo 377.2 del Código Procesal Penal para este caso específico.
Argumentan que imponer 18 meses de prisión preventiva constituye una «pena anticipada», especialmente cuando el propio tribunal fijó un plazo de solo ocho meses para que el Ministerio Público concluya la investigación.
«Resulta una incoherencia que la prisión preventiva sea más extensa que el tiempo otorgado para investigar; esto desnaturaliza la medida y viola la presunción de inocencia», establecen los juristas en el recurso.
Resaltan que la medida excede notablemente el plazo previsto y viola los artículos 40.9 y 69 (numerales 1, 2 y 3) de la Constitución de la República.
Críticas a un fallo «literario y religioso»
La defensa de Hazim también plantea que la decisión del juez Sena carece de la debida motivación, pues se sustenta en apreciaciones de carácter religioso y literario impropias de una decisión judicial.
Según el recurso, la sentencia se asemeja más a una «mala narración novelesca» y a la «cita arbitraria de pasajes bíblicos» que a un razonamiento jurídico.
Aducen que estos elementos fueron utilizados para «caer en gracia» al afirmar que el imputado habría «violado la confianza del presidente Luis Abinader«, lo cual consideran inaceptable en un Estado social y democrático de derecho.
“La decisión se encuentra fundamentada en pasajes bíblicos que nada tienen que ver con la naturaleza jurídica de la medida… el tribunal señaló de forma directa a Hazim como avaro y traidor a la patria, juicios de valor personal sin conexión con los elementos probatorios”, enfatizan.
Derecho a la salud y dignidad humana
El recurso también alega violaciones al derecho a la salud y a la dignidad humana. Los abogados indican que no se ponderaron adecuadamente los elementos de arraigo que garantizan que el imputado no representa peligro de fuga.
Presentaron constancias del Icahn School of Medicine at Mount Sinai que establecen que Hazim recibe, desde 2011, un tratamiento especializado con infusiones de Ocrevus (ocrelizumab) cada seis meses en Nueva York.
Sostienen que la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Las Parras imposibilita la continuidad de este tratamiento, lo que podría derivar en consecuencias irreversibles para su bienestar físico y neurológico.
Se espera que la Corte de Apelación del Distrito Nacional fije próximamente la fecha para el conocimiento de este recurso, donde se decidirá si se mantiene la medida o se dicta una menos gravosa que permita al imputado llevar el proceso en libertad.
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La JCE anuncia horario de 08:00 a.m. a 01:00 p.m. para servicios a la ciudadanía
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1 día agoon
enero 10, 2026
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE) informó que en 14 centros de cedulación por lo que estarán brindando sus servicios a la ciudadanía en un horario de 8:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde desde el 12 al 16 de enero del 2026.
El órgano electoral explicó que la reducción del horario se debe a que se llevará a cabo la captura de datos biométricos y personales para el proceso de la renovación de la cédula de identidad y electoral, exclusivamente a los empleados de la institución.
Estos 14 centros con este horario especial durante la fecha señalada son los siguientes:
1. Bajos de Haina
2. Boca Chica
3. Carretera Mella
4. Cristo Rey
5. Doctor Delgado
6. Ensanche Luperón
7. Gascue
8. Herrera
9. Las Américas
10. Los Alcarrizos
11. Pedro Brand
12. Plaza Naco
13. San Antonio de Guerra
14. Villa Mella
La primera etapa de inicio del despliegue progresivo controlado y limitado para la captura y posterior entrega, que abarca el primer trimestre de este año y dirigido solo al personal de la JCE, «garantiza la estabilidad operativa, calidad del servicio y confiabilidad de los sistemas antes de su despliegue a escala general».
Además, la JCE explicó que al mismo tiempo esta es la «manera correcta» de reducir riesgos, ajustar los tiempos e identificar mejoras.
«Recordamos a la ciudadanía que esto obedece a la ejecución de la primera etapa del proceso de renovación de la cédula de identidad y electoral, y pedimos su comprensión ante los inconvenientes que esto les pueda causar», agregó la institución en una nota de prensa.
Recordó que será a partir de abril cuando se inicie la captura y entrega de la nueva cédula a la población en general según el mes de nacimiento.
