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Opinión

La gravedad de los crímenes de guerra en el Estatuto de Roma

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Por Rommel Santos Díaz

El Estatuto de Roma formula los crímenes de guerra a partir del artículo 8. ¨La Corte tendrá competencia respecto de los crímenes de guerra en particular cuando se cometan como parte de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala de tales crímenes¨.

Esta formulación remite a la noción de gravedad que fue abordada en los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales de 1977, a partir de la naturaleza de las infracciones  graves. La Corte Penal Internacional optó por un método mixto de definición que hizo de la condición de ̈gravedad ̈ un elemento intrínseco perteneciente a los crímenes de guerra bajo su jurisdicción y un criterio facultativo de competencia dependiente de las consecuencias de las conductas incriminadas.

La incorporación de la noción de  gravedad fue el resultado de la revisión del tratamiento dado a los crímenes de guerra  hasta los juicios de Nuremberg. De hecho , en el Estatuto  y la jurisprudencia de Nuremberg, la categoría de crimen no estuvo ajustada al sentido de gravedad de la infracción, sino asociada únicamente a la existencia de una violación del Derecho Internacional aplicable a los conflictos armados.

Esa visión de los crímenes de guerra pretendió no dejar sin castigo las infracciones, aunque algunas de ellas  no pertenecieran a la categoría de crímenes en el sentido estricto del Derecho Penal.  El elemento general de la gravedad fue también el producto de la preocupación  humanitaria universal ante la apreciación hecha por la comunidad internacional en su conjunto  sobre la extensión de la tragedia y del horror de los conflictos armados.

Los trabajos preparatorios del Estatuto de Roma se orientaron a la adopción del criterio general de gravedad para definir los crímenes internacionales de mayor trascendencia, incluidos los crímenes de guerra, antes de enumerar los actos susceptibles de ser considerados como tales.

La definición de los crímenes de guerra como graves en sí mismo fue constatada en la práctica convencional, en el Derecho Consuetudinario y en la consolidación de los principios y las reglas del Derecho Internacional, incluidos los principios establecidos en materia del Derecho Internacional aplicable a los conflictos armados por medio de la jurisprudencia internacional.

Aunque la noción de gravedad no estuvo originalmente en la definición internacional de los crímenes de guerra, formó parte de los criterios de definición de las infracciones a los Convenios de Ginebra de 1949 y del Protocolo I adicional, relativo a los conflictos armados internacionales.

Esos instrumentos internacionales previeron consecuencias jurídicas a las infracciones graves, las únicas susceptibles de una sanción penal obligatoria por parte de los Estados, por el hecho de dar lugar a la configuración de crímenes de guerra en el sentido internacional del término

El artículo 8 del Estatuto de Roma determina el umbral de gravedad que debe tener una infracción en concreto  para que ella sea considerada como un crimen de guerra bajo la competencia de la Corte Penal Internacional.

La pertenencia de dicha infracción a un plan mayor y el hecho de que el acto criminal cause daños al conjunto de la comunidad, hacen que un homicidio intencional, que una violación sexual o que la destrucción y la apropiación de bienes, puedan ser considerados como crímenes de guerra del Derecho Internacional que sobrepasan los límites del  Derecho Penal de los Estados.

La inclusión de la gravedad como elemento de definición general de los crímenes de guerra fue objeto bastantes  debates durante los trabajos preparatorios del Estatuto de Roma. Las tres propuestas planteadas desde el inicio y hasta el final de los trabajos preparatorios dan cuenta de esa discusión, y una interpretación teleológica  del artículo 8 del Estatuto de Roma, conforme al artículo 31 de la Convención  de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969.

Los Estados debatieron en torno a tres alternativas de inclusión del estudio del´ plan o política´ y de la perpetración  ¨sobre una gran escala¨ como componentes de la gravedad. Por una parte, ciertos Estados consideraron  que estos elementos de definición  debían ser obligatorios y determinantes exclusivos  de la competencia de la Corte Penal Internacional en materia de crímenes de guerra.

Un segundo grupo se inclinó por considerar que dichos elementos debían ser retenidos de un modo preponderante o ̈en particular ̈, pero dejando a la Corte Penal Internacional la libertad de apartarse de dicho análisis. Un tercer grupo propuso simplemente la exclusión de estos criterios  de definición relativos a la gravedad y la adopción de las prácticas de Nuremberg al respecto.

Finalmente, los Estados negociaron las dos opciones contradictorias adoptando el ¨Plan o política¨ y la¨¨gran escala¨ como criterios de jurisdicción a tener en cuenta en el análisis de modo particular, pero no de modo perentorio. De ahí que la Corte Penal Internacional puede apartarse del estudio de dichos elementos en el análisis en concreto de los crímenes de guerra, pues estos no son de naturaleza obligatoria, aunque su uso sea preferible y recomendable.

Por otro lado, la existencia de estos elementos no se exige de modo acumulativo. La existencia de un ¨plan o política¨ y la comisión de las incriminaciones en una¨ gran escala¨ son elementos alternativos tendientes a aprobar la gravedad de los crímenes y uno solo de ellos es suficiente para que la condición material de gravedad del artículo 8 del Estatuto de Roma se considere cumplida.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Opinión

La Fiscalía de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

La Fiscalía actuará en forma independiente como órgano separado de la Corte Penal Internacional. Estará encargada de recibir remisiones e información corroborada sobre crímenes de la competencia de la CPI para examinarlas y realizar investigaciones o ejercitar la acción penal ante la Corte. Los miembros de la Fiscalía no solicitarán ni cumplirán instrucciones de fuentes ajenas a la CPI

La Fiscalía estará dirigida por el Fiscal. El Fiscal tendrá plena autoridad para dirigir y administrar la Fiscalía, con la inclusión del personal, las instalaciones y otros recursos. El Fiscal contará con la ayuda de uno o más fiscales adjuntos, que podrán desempeñar cualquiera de las funciones de las funciones que le correspondan de conformidad con el Estatuto de Roma. El Fiscal y los fiscales adjuntos tendrán que ser de diferentes nacionalidades y desempeñarán su cargo en régimen de dedicación exclusiva.

El Fiscal y los fiscales adjuntos serán personas que gocen de alta consideración moral, que posean un alto nivel de competencia y tengan extensa  experiencia  práctica  en el ejército de la acción penal o la sustanciación de causas penales. Deberán tener un excelente conocimiento y dominio de al menos uno de los idiomas de trabajo de la CPI.

El Fiscal será elegido en votación secreta y por mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea de Estados Partes. Los fiscales adjuntos serán elegidos en la misma forma de una lista de candidatos presentada por el Fiscal

El Fiscal propondrá  tres candidatos para cada puesto de fiscal adjunto que deba cubrirse. Salvo que en el momento de la elección se fine un periodo mas breve, el Fiscal y los fiscales adjuntos desempeñarán su cargo por un periodo de nueve años y no podrán ser reelegido

El Fiscal y los fiscales adjuntos no realizarán actividad alguna que pueda interferir en el ejercicio de sus funciones o menoscabar la confianza en su independencia . no podrán desempeñar ninguna otra ocupación de carácter profesional.

La Presidencia podrá, a petición del Fiscal o de un fiscal adjunto, dispensarnos de intervenir en una causa determinada.

El Fiscal y los fiscales adjuntos no participarán en ningún asunto en que, por cualquier motivo, pueda razonablemente ponerse en duda su imparcialidad. Serán recusados de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto de Roma, entre otras razones, si hubiesen intervenido anteriormente, en cualquier calidad, en una causa de que  la Corte estuviere conociendo o en una causa penal conexa sustanciada a nivel nacional y que guardare relación con la persona objeto de investigación o enjuiciamiento.

Las cuestiones relativas a la recusación del Fiscal o de un fiscal adjunto serán dirimidas por la Sala de Apelaciones:

La persona objeto de investigación o  enjuiciamiento podrá en cualquier momento pedir la recusación del Fiscal o de un fiscal adjunto por los motivos establecidos en el artículo 42 del Estatuto de Roma;

El Fiscal o el fiscal adjunto, según proceda, tendrán derecho a hacer observaciones sobre la cuestión.

Finalmente, el Fiscal nombrara asesores jurídicos especialistas en determinaos temas como, por ejemplo, violencia sexual, violencia por razones de genero y violencia contra los niños.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Opinión

Orlando en concierto

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Por Narciso Isa Conde

(Palabras de Narciso Isa Conde por el Comité de Homenaje-50 aniversario)

Orlando ha estado presente en esta escabrosa ruta de estos últimos 50 años y seguro nos acompañará hoy junto a este mural de Silvano y a esta tribuna, desde la que Narcisazo, llamó a la desobediencia civil frente al presidente tramposo y asesino.

Porque es verdad lo observado por Víctor Manuel en su canto a este héroe de la patria: “en el aire viene el huracán resucitado”

¡Por eso tiemblan sus adversarios!

Queridos universitarios/as, camaradas y pueblo presentes:

Este concierto tiene la virtud de la armonía con el pensamiento y la trayectoria de un revolucionario ejemplar, militante de la socialización de las riquezas, del arte y la cultura, ¡al que nada humano le fue ajeno!

Es, sin duda, un lindo reconocimiento poético y musical, que asume la dimensión política, social y humana de Orlando Martínez Howley, tal y como lo entendieron los próceres y heroínas de la patria: como compromiso desinteresado por la liberación de la humanidad.

Sí, ¡Orlando está presente!

Está presente porque sus ideas viven y porque esta dramática realidad nacional, continental y planetaria, le concede a su digno ejemplo de vida, a su pensamiento transformador y a su lucha inclaudicable, el gran honor de la pertinencia y la actualidad.

Orlando, por demás, nada injusto dejó pasar … y por eso, en medio de toda tanta belleza, de tanta alegría, de estas lindas notas musicales… de tantos cantos a la vida y a su pueblo, de hermosas rebeldías y mucho amor, el autor de MICROSCOPIO, está de fiesta.

¡Sí, está de fiesta!, cumpliendo 50 años más de su lucha heroica, orgulloso de la digna actitud de su familia: Doña Adriana, Don Luis Mariano, Edmundo. Nilson, Sergio, Bélgica….

Pero Orlando sabe que nuestra patria está siendo saqueada y destruida, y sabe muy bien que el mundo ha sido colocado al revés.

Las mineras, como siempre, solo nos dejan veneno y hoyos, ambiente degradado y contaminado.

Nuestro territorio se ha convertido en un campo de vejaciones para los inmigrantes haitianos y sus descendientes.

En un país donde impera la opresión patriarcal con una enorme carga de violencia contra la población femenina.

Escenario de “zonas francas” inundadas de sudor mal pagado…en el

que las desigualdades sociales son sencillamente brutales y crecientes.

Por eso necesitamos al Orlando que libró combates trascendentes contra no pocos de esos males.

Sabemos que, por allá, rodeado de amor sin límites,

de la sensibilidad etérea y la alegría infinita

de los buenos espíritus… Orlando ha crecido.

¡¡ Se ha multiplicado!!

Me imagino sus conversaciones con el viejo Marx.

Sus reflexiones con Vladimir Ilich.

Sus coloquios exquisitos con el Tío Ho.

Sus diálogos con el Che y con Fidel.

Sus caminatas con Manolo.

Sus conversatorios abrileños con Francis.

Sus romances intelectuales con Minerva, Patria y María Teresa.

Pienso en las imágenes y sensaciones hermosas que habrá interiorizado escuchando declamar a León Felipe, a Rafael Alberti, a Pablo Neruda, a Pedro Mir, a Manuel del Cabral, a Aida Cartagena Portalatín, o al oír a Beethoven, a Chopin, a Verdi… a los maestros de la música que le acompañan por los cielos.

Imagino su encuentro con Narcisazo.

A él también nada humano le fue ajeno, y veinte años después, con él se repitió otra historia desgarradora.

Es lo que siempre decimos: la impunidad es el mayor estímulo a la reproducción de la perversidad.

¡Y cuántas vacas sagradas ricachonas perduran impunes junto a generales asesinos y políticos ladrones!

Seguro que Narcisazo le ha contado muchas cosas en presencia de Amín, del Moreno, Sagrario e Iván,

incluidas las buenas nuevas.

Nadie mejor para hablarte, sonrisa socarrona en labios,

del boom del merengue

del despegue extraordinario de la bachata,

del auge de la salsa.

del impacto del Hip Hop entre los jóvenes.

del gran salto en el baloncesto, el voleibol y la pelota.

Seguro le habló también de las innumerables jornadas de lucha

y acciones heroicas que se han producido y le habló de quienes no hemos claudicado.

Por eso les decía que no todo ha cambiado para peor.

Sino casi todo; y ese “casi”, tiene más valor que el resto del todo.

Porque es, precisamente, el nuevo punto de partida para cambiarlo todo, sobre todo si logramos que las nuevas generaciones digan basta y comiencen a hacer nuevos caminos al andar.

Esa sería una hermosa señal después de muchos años de Orlando marcharse sin desaparecer.

De ausentarte estando presente.

Presentes sus ideas, su trayectoria ejemplar, su dignidad y su firmeza.

Por eso, es necesario decirle suavemente en voz alta…

Ven, ven… Orlando.

Aproxímate más. Te necesitamos más cerca.

Incorpórate a la nueva Ceremonia de las Almas.

Únete a los grandes muertos vivos y a los vivos que no han muerto y que siguen combatiendo.

Participa en ese gran reencuentro al compás de los tambores, guitarras, maracas, trompetas y canciones que nos convocan a sembrar liberación y socialismo para construir felicidad colectiva.

Ceremonia necesaria para transformar los tiempos de penurias en tiempos promisorios.

Ven aquí desde tu inmortalidad.

Ayúdanos a convertir en multitudinaria la necesaria rebeldía contra la infelicidad.

Ayudamos a forjar unidad en torno a una propuesta transformadora.

¡Ayúdanos a conquistar tu cielo aquí en la Tierra!

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Opinión

El papa Francisco y la incertidumbre en la Iglesia católica

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Por Rosario Espinal

No cambió radicalmente la iglesia, pero fue lo suficientemente disidente del estatus quo para conceder un poquito de poder a las mujeres en la estructura eclesial fuertemente masculina, expresar que no juzgaba a los gais, y nombrar muchos cardenales supuestamente de su corriente más liberal.

El papa Francisco ha mejorado lo suficiente para salir del hospital, pero su edad y frágil salud complican su legado y el destino de la Iglesia católica en estos momentos de convulsión política mundial.

En sus años de papado, Francisco no cambió radicalmente la iglesia, pero fue lo suficientemente disidente del estatus quo para conceder un poquito de poder a las mujeres en la estructura eclesial fuertemente masculina, expresar que no juzgaba a los gais, y nombrar muchos cardenales supuestamente de su corriente más liberal.

Desde el primer momento, su papado ilusionó a quienes recordaban con agrado la Teología de la Liberación, aquella teoría católica que surgió con fuerza en América Latina en la década de 1960. Paralelamente, el papa ha enfrentado la oposición de los cardenales y obispos conservadores que derivan su teología del dogmatismo doctrinario.

La Iglesia católica es una institución milenaria que ha enfrentado múltiples desafíos a través del tiempo, y en las últimas décadas tres en particular: 1) los escándalos de pederastia que desde la década de 1980 han devastado parroquias y diócesis, y debilitado su credibilidad; 2) la tensión entre el progresismo que emanó del Concilio Vaticano II y el conservadurismo de Juan Pablo II y Benedicto XVI; y 3) la proliferación en las últimas décadas de iglesias evangélicas en territorios de predominio católico.

Para el caso dominicano, los datos muestran los siguientes cambios.

Del 2008 al 2019, la autoidentificación católica de los dominicanos bajó de 67.6% a 49.2%, con una pérdida neta de 18.4% en tan solo una década. El porcentaje que se autoidentificó evangélico subió de 12.1% a 26%, para una ganancia de 13.9%, y los que declararon no tener religión aumentaron de 10.2% a 18.4%, para un crecimiento de 8.2% (datos de las encuestas del Barómetro de las Américas, 2008-2019).

Una institución que en apenas una década perdió el 18.4% de su mercado debería reflexionar sobre su estrategia y posicionamientos hacia el futuro.

El conflicto interno en la Iglesia católica de hoy sigue siendo el mismo de las últimas décadas: un ala empuja hacia una iglesia doctrinaria fundamentalista, de dogmas innegociables y castigos, y otra empuja por una iglesia solidaria, compasiva y misericorde con la diversidad y complejidad humana.

A pesar de la apertura del papa Francisco, en la Iglesia Católica ha dominado en las últimas décadas el conservadurismo dogmático, en consonancia con el crecimiento del movimiento evangélico.

En la medida que ahora arrecia el conservadurismo autoritario de ultraderecha en el mundo, queda por ver qué rumbo tomará la Iglesia católica cuando termine el papado de Francisco.

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