Opinión
La Historia exige Justicia
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13 años agoon
Por Hamlet Hermann
No se ha realizado investigación oficial sobre muerte de Caamaño
Un formidable análisis jurídico sobre las muertes del coronel Francisco Caamaño, Eberto Lalane José y Alfredo Pérez Vargas ocurridas el 16 de febrero de 1973 ha sido realizado por el doctor Roberto Álvarez. Este material fue publicado por Listín Diario los días 20 y 21 de enero de 2013 bajo el título: Caamaño: Crimen Imprescriptible.El análisis se basa en versiones de fuentes que aseguran el coronel Caamaño fue ejecutado luego de haber sido capturado con vida. Nunca, hasta la fecha, se ha realizado una investigación oficial sobre esas muertes ni se ha sometido a juicio a persona alguna en lo que, a todas luces, fue un crimen de Estado.
Analiza Álvarez la sugerencia para que se lleven al Panteón Nacional unos restos que alguien dice pertenecen al coronel Caamaño, aunque esa condición nunca haya sido comprobada científicamente. Los compañeros de guerrilla asesinados junto al héroe nacional nunca fueron incluidos en la propuesta. El analista opina que el traslado de remanentes humanos tendería a distorsionar gravemente la realidad y a ocultar los hechos en relación al crimen de Estado. Considera, asimismo, que ese paso, entre otros resultados, podría ofrecer argumentos para un cierre oficial al posible crimen de lesa humanidad que significó su ejecución extrajudicial y posterior desaparición forzada, que todavía hoy significa el desconocimiento del paradero cierto de sus restos mortales. Todo esto haría aun mucho más difícil el esclarecimiento de la verdad y la posibilidad de que se haga justicia por el crimen.
Citando a un destacado jurista argentino Álvarez dice: El crimen de Estado es un delito altamente organizado y jerarquizado, quizá la manifestación de criminalidad realmente organizada por excelencia. Justo por eso resulta tan difícil penetrar el velo de sigilo que se ha tejido en todas las instancias del Estado, en relación a los hechos ocurridos la tarde del 16 de febrero de 1973, en las inmediaciones de Nizaíto.
Tal como afirmara nuestra Suprema Corte de Justicia en 1961, los tratados internacionales, debidamente aprobados por el Congreso, tienen la autoridad de una ley interna en cuanto afecten derechos o intereses privados objetos del acuerdo . En consecuencia, los agentes del Estado tenían la obligación de respetar los términos del Artículo 3 del Convenio de Ginebra y de tratar con humanidad y sin discriminación alguna a todas las personas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa , prohibiendo tajantemente en lo que atañe a estas personas los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, así como las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal legítimamente constituido .
Este crimen reviste las características de un crimen de lesa humanidad y de una desaparición forzada, infracción para la cual no existe prescripción. Mientras la persona no recupere su libertad o aparezca su cadáver no es posible iniciar el cómputo para la extinción de la acción penal, pues se considera que la actividad consumativa perdura en el tiempo.
Puede considerarse como desaparición forzada cualquier forma de privación de libertad que sea obra de agentes del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley. Son inadmisibles las disposiciones de amnistía, de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos.
A nivel de nuestra legislación nacional, resulta fundamental señalar que el Código Procesal Penal que entró en vigor en 2004, establece en su Artículo 49 que el genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad son imprescriptibles, y se consideran como tales aquellos contenidos en los tratados internacionales, sin importar la calificación jurídica que se les atribuya en las leyes nacionales. Consecuentemente, los crímenes de lesa humanidad, como los cometidos contra Caamaño y sus compañeros son delitos que no se pueden amnistiar.
Este ensayo del doctor Roberto Álvarez merece que los jurisconsultos dominicanos examinen sus planteamientos para sacar del ámbito de la politiquería lo que debía ser un análisis legal de crímenes de Estado.
Artículo publicado originalmente en el periódico HOY.
Por Rommel Santos Díaz
El genocidio es el ¨crimen de todos los crímenes¨. Podría considerarse como el delito más serio de todos los delitos de lesa humanidad. El Estatuto de Roma adopto en su totalidad, la definición de genocidio establecida en la Convención para la Prevención y Represión del Genocidio de 1948
La definición del delito de genocidio se basa en tres elemento: 1) cometer uno o mas de los siguientes actos: a) homicidio, b) lesión grave a la integridad física o mental de los miembros de un grupo, b) sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial, c) medidas destinadas a impedir nacimiento en el seno de un grupo, d) traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo, 2) dirigirse contra un grupo nacional, étnico, racial o religioso.
Constituye crimen de genocidio intentar destruir a un grupo, en parte o en su totalidad. El requisito de la intención culpable es bastante importante. Deberá demostrarse que la persona actuó con la intención de destruir un grupo.
El genocidio no puede cometerse por negligencia. El termino ¨en su totalidad o en parte¨ significa que un acto aislado de violencia racista no constituye genocidio. Deberá existir la intención de eliminar en grandes cantidades a un grupo, aunque no se logre la destrucción completa de este.
Seria recomendable que los Estados Partes del Estatuto de Roma incorporen en el derecho interno el delito de genocidio tal y como lo define el Estatuto . Los Estados que han ratificado la Convención para la Prevención y el Castigo del Delito de Genocidio ya han tomado las medidas necesarias en su legislación que dan efectividad las disposiciones de esta convención y prevén penas efectivas para aquellas personas responsables de genocidio.
Si los Estados Partes del Estatuto de Roma no han incorporado el genocidio dentro de su legislación nacional, estos tienen distintas opciones si desean enjuiciar estos crímenes pro su propia cuenta:
Primero, podrían adoptar una definición tomada del Estatuto de Roma, o que se refiera a él directamente. La ventaja de esta medida es una simplicidad, la cual beneficia al legislador de una ley de implementación, además que sería una ley conforme con los requisitos del Estatuto de la CPI.
Otra opción sería adoptar una serie de delitos independientes que se conectan con cada una de las acciones enumeradas en el Estatuto. Por ejemplo, el Código Penal del Estado podría especificar el homicidio múltiple cometido con la intención de destruir en su totalidad o en parte, un grupo nacional, étnico, racial o religioso, lo cual constituye genocidio. Lo mismo podría disponerse para las otras cuatro acciones enumeradas en el Estatuto de Roma.
Los Estados también pueden utilizar los delitos generales existentes para enjuiciar a los autores de genocidio, utilizando suficientemente graves que descrinan el delito cometido.
Sin embargo, algunas de las acciones que constituyen genocidio no constituyen un delito bajo el derecho interno. El Estado Parte podrá reformar su Código Penal y crear nuevos delitos que cubran tales acciones. Los Estados Partes deben garantizar que el enjuiciamiento bajo el derecho interno no sustraiga a las personas de su responsabilidad penal.
Finalmente, la definición de genocidio podría ser modificada para ser adoptada por el derecho interno, pero con el propósito de facilitarle un significado similar o mas amplio que aquel previsto por el Estatuto. Por ejemplo, Francia indica en su legislación nacional que el genocidio podría ser cometido contra cualquier grupo. El proceso se deberá tomar con cuidado, sin embargo, porque cada uno de los términos contenidos en el Estatuto de Roma tiene un significado particular y son el resultado de un extenso debate, tanto en 1948 como en 1998.
Por Isaías Ramos
Esta no será una semana legislativa cualquiera. La República Dominicana enfrenta una decisión capaz de marcar nuestra convivencia democrática: corregir las disposiciones cuestionadas del Código Penal para armonizarlas con la Constitución o mantener normas susceptibles de infundir temor, inhibir la denuncia ciudadana y restringir derechos fundamentales. Esta semana no se discute solamente un Código: se decide si el poder obedecerá a la Constitución.
Muchos dominicanos todavía creen que la llamada “ley mordaza” solo afectaría a periodistas y comunicadores. Ese es un grave error. Cuando expresiones, denuncias o cuestionamientos de interés público pueden convertirse en fuente de persecución penal, el miedo no permanece encerrado en una cabina de radio. Alcanza al ciudadano que denuncia corrupción, a la madre que reclama justicia, al comunitario que protege su río, al profesional que fiscaliza una decisión pública y al joven que expresa su inconformidad en las redes sociales.
En este Código Penal no puede quedar ni un solo artículo que riña con la Constitución, amenace los derechos y libertades del pueblo o cierre el camino hacia el Estado social y democrático de derecho que la Carta Magna nos ordena construir. No se trata de defender privilegios ni de conceder impunidad para difamar, sino de impedir que el poder penal del Estado sea utilizado para intimidar la crítica legítima, castigar la denuncia de interés público o colocar a los funcionarios fuera del escrutinio ciudadano.
Frente a nosotros aparecen dos caminos. El primero es el de la Constitución: dignidad humana, libertad, justicia, seguridad jurídica y construcción efectiva de un Estado social y democrático de derecho que aún sigue siendo una promesa pendiente para millones de dominicanos. Es el camino hacia una patria donde nuestros hijos puedan crecer, expresarse, trabajar y formar sus familias sin sentir que deben abandonarla para vivir con dignidad; el camino de la confianza, la estabilidad, la paz y el sosiego.
El segundo es el de la arbitrariedad revestida de legalidad: una sociedad donde las personas comiencen a medir sus palabras y guardar silencio ante los abusos por temor a las consecuencias. No afirmamos que una sola ley provocará automáticamente el derrumbe de la democracia ni un éxodo inmediato. La advertencia es más seria.
Las naciones comienzan a extraviar su rumbo cuando normalizan pequeñas renuncias a la libertad; cuando la autocensura debilita la fiscalización ciudadana; cuando esa debilidad facilita la arbitrariedad; y cuando la arbitrariedad destruye lentamente la confianza en las instituciones y en el porvenir.
El pueblo dominicano debe mirarse en el espejo de otras naciones que ignoraron las primeras señales y terminaron pagando un precio devastador. Los países no pierden sus libertades ni expulsan a su población de un día para otro. El deterioro suele comenzar con pequeñas restricciones, excepciones aparentemente justificadas y silencios que la sociedad acepta hasta convertirlos en normalidad. Los pueblos sabios aprenden de esos procesos y actúan antes de que sea demasiado tarde.
Ningún país se vacía por una sola medida. Primero se marchan quienes todavía poseen preparación, recursos o redes para comenzar de nuevo. Después queda una nación debilitada por la pérdida de sus jóvenes, profesionales, emprendedores y familias productivas.
Porque el éxodo no comienza en el aeropuerto. Comienza cuando un joven deja de creer que podrá construir su vida en su propia patria; cuando un profesional entiende que su preparación no le garantiza libertad, seguridad ni oportunidades; y cuando unos padres concluyen dolorosamente que deben alejar a sus hijos del país que aman para ofrecerles el futuro que ya no logran imaginar dentro de él.
La República Dominicana no tiene que escoger entre combatir la delincuencia y preservar la libertad. Un Código Penal moderno debe proteger a las víctimas, sancionar con firmeza al criminal y asegurar que ningún ciudadano pueda ser intimidado por denunciar, fiscalizar, reclamar, protestar pacíficamente o disentir. Un Estado que sacrifica las libertades en nombre del orden pone en peligro tanto la libertad como el verdadero orden democrático.
La decisión formal corresponde al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo. Pero la responsabilidad histórica también pertenece al pueblo dominicano. ¿Permaneceremos unidos y vigilantes en defensa de la Constitución, o permitiremos que la división, la distracción y la manipulación nos conviertan en espectadores de la reducción de nuestros derechos? Cuando la ciudadanía guarda silencio, el poder pierde sus límites y la Constitución se queda sin defensores.
No debemos esperar un milagro. Debemos exigir sabiduría, prudencia y responsabilidad constitucional. Los congresistas y el presidente de la República juraron respetar y hacer respetar la Constitución. Este es el momento de honrar ese juramento: escuchar las advertencias, corregir toda disposición incompatible con las libertades públicas y entregar al país un Código Penal justo, moderno y firme contra el crimen, pero incapaz de ser utilizado contra la ciudadanía.
Desde el Frente Cívico y Social hacemos un llamado solemne al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo para que se coloquen del lado de la Constitución y honren el juramento que hicieron ante Dios y ante el pueblo de cumplirla y hacerla cumplir. Convocamos también a la ciudadanía a permanecer atenta, unida y vigilante ante cualquier intento de vulnerar sus derechos y libertades.
Esta semana la patria deberá escoger su camino: el de la Constitución o el de la intimidación; el de la confianza o el del miedo; el de la ciudadanía libre o el del silencio impuesto. El Congreso tendrá la votación y el Ejecutivo asumirá su responsabilidad. Pero el pueblo conservará siempre el deber de defender, pacífica y democráticamente, aquello que ningún poder puede legítimamente arrebatarle.
Cuando una nación debe escoger entre el miedo y la Constitución, un pueblo digno no vacila: se une, levanta su voz y defiende la libertad.
Por Oscar López Reyes
Bienvenido Álvarez Vega alborea como un adalid del periodismo y un portaestandarte en la dirección de dos relevantes diarios impresos. Para esa función cualifica, profesionalmente, por su formación académica en comunicación, su olfato noticioso agudo y saber periodístico; su rigor en la selección y verificación de la información, y su reconocida honestidad y credibilidad, que anclan como clave.
Bienvenido Álvarez Vega, Premio Nacional de Periodismo, igual que Miguel Franjul, director de Listín Diario, y Aníbal de Castro, director de Diario Libre, quienes acoplan la trilogía de los decanos de los diarios impresos del país. Son respetados por sus trayectorias, y porque saben diferenciar, meridianamente, la especulación y el relato de actualidad e interés colectivo, en su texto y contexto.
Ellos y los otros directores de diarios son reputados porque saben escuchar, guiar en el trabajo en equipo contrarreloj y delegar, e inspirar a sus colegas de labores en las salas de redacción; conocen perfectamente las exigencias de las audiencias, el modelo del negocio de una publicación y cómo adaptar los contenidos en la transición digital de los diarios, sin apartarse de su identidad de la publicación. La experiencia, sin improvisación, enseña a la gestión mediática y a cómo abordar, apropiadamente, la ética periodística.
El retiro de Álvarez Vega de la dirección del matutino Hoy coincidió con solicitudes de alumnos de la Escuela de Comunicación Social de la Universidad Dominicana O&M que, con frecuencia, me preguntan si tengo relación con el director de X diario, porque quieren mi ayuda para realizar su pasantía. Les contesto que sí, que con todos los directores y que tengo el privilegio de ser un periodista de interludio, y a seguidas exclaman: ¡Qué! Sí -les respondo- porque en 50 años he trabajado con todos ellos (veteranos) y con los jóvenes, como ustedes. Y -para mi sorpresa- indagan quiénes y cómo son ellos.
Para no seguir desgañitándome con respuestas rápidas, y muchas veces mutiladas, preparé un breve prontuario de cada uno de los principales ejecutivos de rotativos, que prefiero compartir con los estudiantes de las otras ocho escuelas universitarias de comunicación social de República Dominicana, y con lectores de esas antiguas gacetas.
1.- Miguel Franjul, director de Listín Diario. Estudió en el Instituto Dominicano de Periodismo (IDP) e ingresó como reportero del Listín Diario en 1968, a los 17 años de edad. También ha sido director de La Información (Santiago), La Nación y Diario@Diario. Es autor de cinco libros. Siendo subdirector de Hoy, me empleó como redactor de ese matutino y a numerosos alumnos ha acogido como pasantes, con una simple solicitud.
2.- Aníbal de Castro, director de Diario Libre. Cambió los estudios de sacerdote en el Seminario Misionero por los de periodismo en la UASD y Estudios de Desarrollo en la Universidad de East Anglia, Londres, en 1979. Laboró para El Nacional, HIN y como jefe de redacción y director de Última Hora. Fue fundador del primer impreso gratuito del país: Diario Libre, así como de la revista Rumbo; embajador en Washington, el Reino Unido, España, Bélgica y jefe de la Misión ante la Unión Europea. Por más de diez años publicó mis artículos de opinión en Última Hora y compartimos la dirección del Instituto de Previsión y Protección del Periodista (IPPP).
3.- Bienvenido Álvarez Vega, director de Hoy. Estudió periodismo en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y laboró como periodista para Radio Ahora, El Nacional, La Noticia, Radio Comercial, Radio Popular y director-fundador de El Siglo, el primer periódico digital del país. El protestantismo ha moldeado su ejercicio profesional y su vida. Compartimos como redactores del matutino El Sol, en 1978, y en la década de 1980 laboré bajo su dirección en el Hoy.
4.- Persio Maldonado, director de El Nuevo Diario. Desde mediados de la década de 1970 se inició en el área administrativa en el matutino El Sol y en 1981 junto a un grupo de periodistas fundó El Nuevo Diario. Se licenció en Ciencias Políticas en la UASD y Derecho en la Universidad Interamericana. Funge como presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios y coproductor del programa Matinal, Canal 5, Telemicro. Juntos laboramos en El Sol y El Nuevo Diario.
5.- Bolívar Díaz Gómez, director de El Nacional. En 1968 se inició en el periodismo como corresponsal de El Nacional en Santiago y luego en la redacción central de la capital y en la revista Ahora. En 1988 fue designado subdirector de El Nacional y a los 27 años ascendido a director, en sustitución de Radhamés Gómez Pepín, fallecido el 26 de octubre de 2015. Desde el 2018, cada martes en ese rotativo me publica la columna Libre Pensar.
6.- Nelson Rodríguez, director de El Caribe. Locutor desde 1972, en Santiago, y en 1977-1980 en el área de producción de El Sol. Laboró como reportero, jefe de redacción y otras funciones ejecutivas en El Nuevo Diario, El Siglo, Última Hora, Diario Libre, la revista Rumbo, Grupo Cinco y la Junta Central Electoral. En 1977-1978 ocupó la secretaría general del Sindicato de Trabajadores de la Editora El País o El Sol, en el cual le acompañé como miembro de la directiva de ese gremio.
7.- José P. Monegro, director de El Día. Inició sus estudios de periodismo en la UASD y terminó en la Escuela de Comunicación Social de la Universidad Católica Santo Domingo (UCSD). Por 11 años fue reportero de Listín Diario y corresponsal de la agencia norteamericana Asocciated Press (AP). Se desempeñó como jefe de redacción de la revista Ahora y subdirector de El Día, bajo la dirección de Rafael Molina Morillo, a quien sustituyó.
8.- Ingrid González Rodríguez, directora interina de La Información. Licenciada en Educación en la PUCMM, y especializada en técnicas pedagógicas aplicadas a la Educación Superior en la Universidad UTESA. Desde 1996 ha publicado la columna diaria Reflejos, dedicada a tópicos de filosofía, arte, literatura y viajes, en la faceta del periodismo cultural. Escribió para el periódico Centenario y fue consorte del doctor Príamo Rodríguez Castillo, presidente de La Información y de Utesa. A ella me ha unido la literatura.
Similares improntas fueron estampadas por verdaderos periodistas, icónicos en la dirección de diarios, como Rafael Herrera, Francisco Comarazamy, Germán Emilio Ornes y su hijo Antonio Emilio Ornes, Mario Álvarez Dugan, Freddy Gatón Arce, Rafael Molina Morillo, Radhamés Gómez Pepín, Virgilio Alcántara, los hermanos Silvio y Emilio Herasme Peña, Bonaparte Gautreaux Piñeyro, Juan Bolívar Díaz, Antonio Gil, Pedro Caro, Miguel Angel Prestol, Félix Reyna, Mozart Deláncer, Eulalio Almonte Rubiera, Osvaldo Santana, Víctor Manuel Tejada, Ruddy González, Huchi Lora, Juan Manuel García y Manuel Quiroz.
Las publicaciones dirigidas por intelectuales o científicos no periodistas se han caracterizado por la opacidad en el desface informativo y editorial, y terminan en el naufragio, en tanto que los economistas designados como editores económicos se han deslizado, escurridizos, hacia el precipicio más insondable.
Como podemos observar, sin microscopios ni lupas, el director de un diario que sea un periodista profesional experimentado en el reporterismo de calles y fuentes oficiales, evita disgustos no revelados y conflictos con editores y otros miembros de la redacción, que se siente menospreciados por la ausencia de ascensos.
En esta época de desinformación, superficialidades, falsas noticias y manipulaciones/distorsiones expresamente interesadas, el periodista en la dirección de un diario -y no un experto o doctor que pocos entienden por su incorregible exceso de tecnicismos- asegura la aplicación rigurosa de la ética y la independencia informativa por encima de las coacciones comerciales y políticas. En el reverso, el medio tira por la borda el derecho a la información y renuncia a ser un contrapoder, porque se vuelve un artefacto insulso y sin prestigio.
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El autor: Expresidente Colegio Dominicano de Periodistas (CDP)/Asoc. Escuelas de Comunicación Social (AdecomRD) y presidente Asoc. de Profesionales de Relaciones Públicas (Asodoprep).
