Opinión
La Iniciativa Minerva
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12 años agoon
Hoy, seguimos a la expectativa ante los intentos depredadores de la Falconbridge contra la Loma Miranda. Y los jóvenes se crecen en defensa del ambiente junto a un sector humanista y popular de la iglesia católica que ha tenido el valor de enfrentarse a la oligarquía eclesial incapaz de admitir que un nuevo tipo de Papa católico está en el Vaticano.
La famosa frase: el que no está conmigo está contra mí ha sido llevada a la práctica en Estados Unidos tanto tiempo atrás como desde la llegada de los “pilgrims” y su encuentro con los nativos que, luego, serían diezmados. Con esa filosofía como guía, el Norte revuelto y brutal se ha asignado el derecho de determinar quién es bueno y quién es malo, qué es correcto y qué es inadecuado.
Esto así, llegamos al siglo 21 sometidos a un poder estadounidense con una estrechez mental que deslumbraría a cualquier psiquiatra. Basados en una autodevastante ideología militar, incapaz de solucionar problema alguno si no es mediante la violencia, el poder militar de Estados Unidos ha establecido que todo aquel que no esté de acuerdo con su proyecto de dominación universal debe ser considerado como terrorista.
Representando a la plutocracia, el Departamento de Defensa de Estados Unidos, decidió financiar, desde 2008, un proyecto contrainsurgente de investigación social. Lo designaron como Minerva Research Initiative y aspira a desentrañar los secretos de las fuerzas sociales, culturales y políticas que hoy se reproducen por el mundo. De esta manera, piensan los jerarcas del Pentágono, entenderían mejor cómo piensan los pueblos, para entonces neutralizarlos. Minerva busca, fundamentalmente, medir la importancia que las movilizaciones sociales pudieran tener para desequilibrar y perjudicar los intereses políticos y de empresas de Estados Unidos en cada punto de la geografía mundial.
Confían los guardias del Pentágono en universidades prestigiosas como Cornell, Washington e Illinois para desarrollar modelos empíricos que permitirían comprender la dinámica de las movilizaciones sociales y la capacidad de contagio sobre el resto de sus respectivas poblaciones. Grave error, producto de su estrechez mental, al creer que las movilizaciones populares son asunto de fórmulas y de algoritmos. Ignoran que las causas residen en las injusticias, crímenes y corrupción que Estados Unidos ha implantado como norma por casi todo el planeta para beneficio del complejo militar-industrial.
En 2011, el Departamento de Defensa de Estados Unidos puso en práctica los resultados de la investigación Minerva obtenidos hasta entonces durante el inicio de la primavera árabe en Egipto, en Nigeria en 2012, así como en Turquía en 2013 cuando las movilizaciones de la plaza Gazi. Creen los “guardias americanos” que manipulando “twitters”, correos electrónicos y “Facebook” podrían neutralizar la capacidad de contagio que tienen las movilizaciones justas en defensa de los recursos nacionales.
Esto de la Minerva Research Initiative no puede ser ignorado por las fuerzas sociales que desde tiempo atrás han defendido el ambiente y las riquezas naturales en República Dominicana. En los años recientes, el sector más consciente del pueblo dominicano ha dado brillantes demostraciones de firmeza y buen juicio en su lucha para defender los recursos naturales y la dignidad humana. Aquellas movilizaciones que renacieron en el sector Gonzalo de Los Haitises para impedir la devastación de esa zona, pareció, al principio, una quimera quijotesca. Pero la tozudez indoblegable de un creciente conjunto de jóvenes y la defensa de una causa razonable los condujo al éxito.
Después, el sector consciente continuó creciendo para enfrentar la desmedida ambición de la Barrick Gold que busca por todos los medios apoderarse del oro dominicano en contubernio con un grupo político gobernante.
La lucha aumentó su intensidad al enfrentar la injusta decisión del Tribunal Constitucional para formalizar un apartheid dominicano en pleno siglo 21. Los nazis criollos se están viendo obligados a tragar una amarga transición, aunque no cejan en su inhumano empeño discriminatorio.
Hoy, seguimos a la expectativa ante los intentos depredadores de la Falconbridge contra la Loma Miranda. Y los jóvenes se crecen en defensa del ambiente junto a un sector humanista y popular de la iglesia católica que ha tenido el valor de enfrentarse a la oligarquía eclesial incapaz de admitir que un nuevo tipo de Papa católico está en el Vaticano.
Cada día las inevitables victorias se hacen más difíciles porque los capitales, nacional y extranjero, unen fuerzas para presionar, y hasta sobornar, a las autoridades nacionales y provinciales. No obstante, debían preguntarse ¿qué depara el futuro para los defensores del medio ambiente que no encuentran respaldo en las políticas gubernamentales, violadoras de las leyes y la Constitución? ¿Quiénes son en realidad sus adversarios? ¿Qué fuerzas se mueven en la oscuridad para facilitar que las transnacionales mineras se alcen con el santo y la limosna?
Los defensores del patrimonio nacional deben cuidarse porque el Pentágono tiene los juegos pesados y, en otros países, han considerado a los defensores de los derechos humanos como una amenaza a la seguridad de Estados Unidos para entonces reprimirlos y eliminarlos a gusto.
¿De qué tipo de enemigo tiene que cuidarse los defensores del medio ambiente dominicano?
¿De Minerva?
Por Isaías Ramos
Una nación no se empobrece solamente cuando le roban dinero. Se empobrece cuando el robo se normaliza, cuando la impunidad se administra, cuando la persecución de la corrupción se percibe como selectiva y cuando la justicia se convierte en espectáculo para entretener la indignación, pero no para devolverle al pueblo lo que le quitaron.
La corrupción no vive solo en expedientes, titulares o ruedas de prensa. Se siente cuando falta medicina en un hospital, cuando una escuela se deteriora, cuando un apagón apaga un negocio, cuando una familia se endeuda para comer y cuando un joven descubre que el mérito no pesa tanto como la conexión.
Después de hablar de un país donde la movilidad social está bloqueada, hay que decirlo con claridad: la corrupción es una fábrica de inmovilidad social. Roba dinero, sí; pero también roba confianza, oportunidades, futuro y dignidad.
El informe de clima social de LS Consulting confirma que corrupción y costo de vida se consolidan como ejes del malestar: el costo de vida es la experiencia diaria; la corrupción, la explicación de por qué ese costo no se administra mejor. También muestra que 78% de los consultados siente que el gobierno no da el ejemplo cuando pide austeridad.
Ahí está el fondo: el pueblo recorta, se endeuda, sacrifica salud, alimentación, transporte y tranquilidad; mientras observa que arriba muchas veces no hay la misma disciplina, transparencia ni sacrificio.
Por eso la lucha contra la corrupción no puede ser selectiva ni teatral. Cuando no recupera bienes, no desmonta redes, no cambia reglas, no audita subsidios, no transparenta concesiones, no revisa exenciones y no devuelve recursos al pueblo, deja de ser justicia y se convierte en espectáculo. Una justicia-espectáculo puede producir titulares, pero no reconstruye movilidad social.
El país no necesita “pan y circo” anticorrupción. Necesita justicia con recuperación de activos y reforma institucional.
Y aquí cabe una pregunta que la República debe hacerse sin miedo: ¿para qué se aprobó y promulgó una Ley de Extinción de Dominio si los bienes ilícitos no se persiguen con firmeza, si lo robado no se recupera con transparencia y si esos recursos no vuelven a escuelas, hospitales, agua, seguridad, electricidad y oportunidades?
La Ley núm. 340-22 regula la extinción de dominio como acción autónoma, independiente y patrimonial, ejercida contra bienes ilícitos y no como sustituto del juicio penal contra una persona. Reconoce derechos y garantías de las partes afectadas y exige declaración judicial a favor del Estado.
Hay que hablar con rigor. La extinción de dominio no significa quitar bienes por discurso, presión política o condena mediática. La ley dispone que el juicio sea en audiencia pública, oral y contradictoria; que las pruebas se debatan; que el Ministerio Público pruebe las causales de procedencia y la ausencia de buena fe; y que el estándar aplicable sea la preponderancia de la prueba.
Pero tampoco puede convertirse en letra muerta. Frente a una acción debidamente sustentada, quien ostenta bienes cuestionados tiene derecho a defenderse y aportar prueba fehaciente sobre su origen lícito y su buena fe. Si un tribunal competente determina que esos bienes tienen origen o destino ilícito y que no existe buena fe jurídicamente protegida, no deben seguir amparados por la lentitud, la influencia o el poder económico. Deben pasar al Estado y volver al bien común.
Cada peso robado que no se recupera se convierte en deuda moral, fiscal y social que terminarán pagando nuestros hijos.
No basta con presentar culpables si los bienes robados no regresan al patrimonio público. Y no basta con perseguir casos si las mismas prácticas vuelven con otro contrato, otra nómina, otra exención o una nueva concesión.
La verdadera lucha contra la corrupción debe responder tres preguntas: ¿dónde está el dinero?, ¿quiénes se beneficiaron?, ¿qué reglas deben cambiar para que no vuelva a ocurrir?
La corrupción también se disfraza de legalidad. A veces ocurre con contratos blindados, incentivos eternos, obras sobrevaluadas, compras sin competencia real, subsidios sin beneficiario claro y privilegios convertidos en política pública.
Por eso el combate a la corrupción no puede limitarse al funcionario que mete la mano. También debe mirar al modelo que permite capturar decisiones públicas, recibir beneficios sin retorno y trasladar el costo al ciudadano común.
Esto no es contra empresarios productivos ni contra inversión responsable. Es contra privilegios sin consecuencia, subsidios sin auditoría, incentivos sin resultados e impunidad vestida de normalidad.
La Constitución dominicana no manda un Estado de espectáculo. Manda un Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en dignidad humana, derechos fundamentales, trabajo, soberanía popular y separación de poderes. Cuando los recursos se pierden en corrupción, clientelismo o privilegios, no solo se viola la ética pública: se contradice el mandato constitucional.
En el Frente Cívico y Social estamos convencidos de que la lucha anticorrupción debe dejar de ser temporada de titulares y convertirse en política permanente de Estado: registro público de bienes recuperados, auditorías de subsidios y exenciones, contrataciones transparentes, control ciudadano de obras, protección a denunciantes, sanción patrimonial y destino social de los recursos recuperados.
Cada peso recuperado debe tener rostro y destino: escuelas, hospitales, agua, seguridad, transporte, electricidad, apoyo productivo, juventud y movilidad social. Porque lo robado no puede quedarse en expedientes. Lo robado debe volver al pueblo.
No se trata de venganza. Se trata de República. No se trata de dividir al país. Se trata de unir a la ciudadanía alrededor de una regla básica: quien robe al pueblo debe responder ante la justicia y ante la República.
Porque un país donde la corrupción entretiene más de lo que repara no está haciendo justicia: está administrando indignación. Y una nación que administra indignación, pero no recupera lo robado, no abre camino. Lo bloquea.
Ya basta de justicia-espectáculo: lo robado debe volver al pueblo y la República debe ser gobernada con orden constitucional.
Opinión
El Giro Constitucional de 2010 y la Inclusión Electoral como Expresión de la Dignidad
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2 días agoon
junio 10, 2026Por Robinson Lebrón
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El bloque de constitucionalidad y la dimensión sustantiva del sufragio
La proclamación de la Constitución del 26 de enero de 2010 supuso una ruptura paradigmática en el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, al transicional formalmente desde un Estado clásico de derecho hacia un Estado Social y Democrático de Derecho. Esta transformación situó a la dignidad humana en la cúspide axiológica del sistema, definiéndola en su artículo 5 como el fundamento ético y ontológico de la República, y reforzándola en el artículo 38 como un valor sagrado, innato e inviolable.
Bajo esta nueva matriz dogmática, los derechos políticos tradicionalmente interpretados como meras facultades procedimentales para la alternancia del poder adquirieron la categoría de derechos fundamentales vinculados directamente al libre desarrollo de la personalidad y a la autonomía individual. Votar y ser elegible dejaron de ser simples mecanismos técnicos de agregación de preferencias para convertirse en un canal de autorrealización ciudadana.
El Tribunal Constitucional dominicano, a través de su prolífica jurisprudencia a partir de 2012, consolidó este criterio al establecer que los derechos de ciudadanía no pueden ejercerse plenamente si se despoja al individuo de las condiciones mínimas materiales y de respeto a su integridad moral. Por consiguiente, la legitimidad de los procesos electorales en los últimos veinte años empezó a medirse no solo por la pulcritud del cómputo de las boletas, sino por la capacidad del Estado para garantizar que cada ciudadano concurra a las urnas en condiciones de libertad, igualdad y no discriminación.
Mecanismos de inclusión fáctica: El Voto Accesible
Uno de los hitos más tangibles en la operativización de la dignidad humana dentro del sistema electoral dominicano ha sido el desmantelamiento progresivo de las barreras arquitectónicas y metodológicas que históricamente excluyeron a las personas con discapacidad y a los adultos mayores. En consonancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el mandato de igualdad del artículo 39 de la Carta Magna, la Junta Central Electoral (JCE) implementó de manera sistemática a partir de la década de 2010 la política de Voto Accesible.
Esta política institucionalizada se ramificó en tres componentes principales que devolvieron la autonomía al elector:
- Colegios Electorales en Primeros Niveles: La reubicación obligatoria de las mesas de votación en las plantas bajas de los recintos escolares y recintos públicos para garantizar el libre acceso de ciudadanos con movilidad reducida o usuarios de sillas de ruedas.
- Plantillas Braille: La introducción de boletas auxiliares con relieve para las personas con discapacidad visual, permitiendo por primera vez el ejercicio del voto secreto e independiente, eliminando la necesidad de delegar su voluntad en un tercero, práctica que lesionaba directamente su dignidad y privacidad.
- El Programa de Voto en Casa: Un plan piloto ejecutado en los últimos ciclos electorales diseñado para trasladar al personal de las mesas de votación y las urnas directamente a los hogares de ciudadanos con condiciones de salud extremas o inmovilidad absoluta, reconociendo su estatus de miembros plenos de la soberanía política del Estado.
Opinión
Cumplimiento de la condena de la Corte Penal Internacional
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2 días agoon
junio 10, 2026Por Rommel Santos Diaz
El Estatuto de Roma dispone lo que debe realizarse luego del cumplimiento de la condena, según las limitaciones sobre el enjuiciamiento o el castigo de otros delitos. El Estatuto prevé sobre la transferencia de la persona que no sea un nacional de Estado que ejecuta, extradita o entrega al Estado que lo solicite.
La descripción que hace el Estatuto de Roma podría verse detallada de la regla de especialidad. Regula el derecho individual de proteger a una persona que esta condenada o que cumple una condena, para que no sea enjuiciada o extraditada, salvo que la CPI lo acepte a solicitud del Estado.
Sin embargo, el Estatuto de Roma establece que la Corte Penal Internacional sólo podrá referirse a la solicitud de un Estado ¨¨¨luego de haber escuchado la opinión de la persona condenada¨.
Si un Estado acepta a una persona condenada, se necesitaran procedimientos apropiados para que se respete a cabalidad con este requisito. Particularmente los Estados de ejecución deberán adherirse a lo dispuesto en varias partes del Estatuto de Roma.
En cuanto a las medidas de parte de los Estados Partes de la CPI para la implementación cabe destacar que esto podría requerir de cambios tanto legislativos como administrativos por parte de los Estados aceptantes.
En lo referente a la revisión por parte de la CPI para reducir condenas, el Estatuto de Roma establece claramente que solo la Corte tiene la potestad de reducir la condena luego de haber dado audiencia a la persona condenada.
La revisión de una sentencia por parte de la CPI deberá llevarse a cabo cuando la persona haya cumplido dos tercios de la condena, o 25 años en el caso de la cadena perpetua. La CPI podrá reducir la sentencia basándose en los elementos en lo que al respecto establece el Estatuto de Roma.
En el contexto de cumplimiento de las obligaciones los Estados no deberán interferir con las condenas impuestas por la Corte Penal Internacional, ya sea reduciendo o modificando la sentencia. En este sentido se recomienda que los Estados deberán revisar su legislación para evitar esta posibilidad.
