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La JCE intima a la Fuerza del Pueblo por sospecha de propaganda electoral anticipada

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE) intimó formalmente al partido Fuerza del Pueblo (FP) para que ajuste sus actividades de protesta a la normativa electoral, advirtiendo que la reciente «Marcha del Pueblo» podría configurar actos de propaganda electoral anticipada, lo cual es sancionable por ley.

La intimación fue notificada al partido por el alguacil Ramón Darío Ramírez Solís, actuando a requerimiento del Pleno de la JCE, representado por su consultor jurídico, Denny E. Díaz Mordán.

La JCE fundamenta su decisión en que la actividad celebrada el pasado 30 de noviembre de 2025, denominada «Marcha del Pueblo«, fue encabezada y promovida públicamente por el FP, utilizando su denominación, colores, emblemas y simbología partidaria.

El órgano electoral considera que los elementos empleados en su conjunto «podrían configurar actos de naturaleza político-partidaria que excederían el ejercicio neutro del derecho de protesta social».

Leonel Fernández al frente a la "Marcha del Pueblo".

Leonel Fernández al frente de la «Marcha del Pueblo».Jorge Martínez/ LD

 

Advertencia de sanciones administrativas

A través de un comunicado de prensa la JCE subraya que, si bien respeta el derecho fundamental de reunión y manifestación, este debe armonizarse con la normativa para evitar que actividades de carácter social se confundan con actos de propaganda electoral anticipada, preservando la equidad en la contienda.

Advertencia de Multa

El incumplimiento de esta intimación podría resultar en infracciones administrativas electorales, conforme al artículo 308, numerales 4 y 5, de la Ley Orgánica de Régimen Electoral No. 20-23. Dichas infracciones se sancionan con multas de uno (1) hasta doscientos (200) salarios mínimos.

La medida se dicta amparada en el rol preventivo y garante de la equidad que corresponde a la JCE, según el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Electoral.

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Mujer citaba hombres por Tinder, los asaltaba junto a una banda y fue condenada a 12 años

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Santo Domingo, R.D.-La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia ratificó la sentencia de 12 años de prisión contra Yokaira Julianny Sosa Asencio («Yokairy» y/o «Irene»), tras ser hallada culpable de integrar una banda dedicada a cometer raptos exprés en el sector María Auxiliadora, del Distrito Nacional.

El tribunal, presidido por el magistrado Francisco Jerez Mena e integrado por los jueces Fran Soto, María Garabito, Nancy Salcedo y Yorlin Vásquez Castro, adoptó la decisión al rechazar un recurso de casación interpuesto por la defensa de la imputada, el doctor Jean Cristofer Pérez Lebrón.

La condena ya había sido confirmada previamente por la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento del Distrito Nacional.

El tribunal ordenó remitir el fallo al juez de la Ejecución de la Pena para el cómputo oficial del tiempo en prisión.

Los motivos del fallo

En su dictamen, el alto tribunal judicial del país desestimó los argumentos de la defensa, que alegaba vulneración de derechos.

La Suprema estableció que, durante el juicio original, el Ministerio Público presentó pruebas contenidas en una memoria USB y un disco compacto bajo la modalidad de estipulación, sin que la defensa técnica de ese momento presentara objeción alguna.

«No puede alegarse posteriormente una afectación al derecho de defensa respecto de una actuación previamente consentida», concluyó el tribunal, dejando claro que la valoración probatoria y la motivación de la pena se realizaron conforme a la ley.

El «modus operandi»: Citas fatales por Tinder

Sosa Asencio formaba parte de una estructura criminal que utilizaba la red social Tinder como anzuelo.

La mujer contactaba a hombres para supuestos encuentros íntimos y, una vez las víctimas llegaban al lugar acordado, eran interceptadas por un grupo armado que las sometía con violencia.

El caso específico que originó la condena ocurrió el 7 de octubre de 2022, donde dos hombres fueron citados en la calle Barbarín Mojica del sector María Auxiliadora.

Allí, Sosa Asencio, junto a una mujer identificada como «La July» (actualmente prófuga) y Enmanuel Antonio Almarante Medrano, emboscaron a las víctimas.

Durante el asalto, los criminales encañonaron a los hombres, provocando que el vehículo en el que se trasladaban se volcara, dejando a uno de ellos inconsciente. El grupo aprovechó para sustraer celulares y dinero en efectivo, prendas de oro, y otras propiedades personales.

Otros condenados

Por este mismo expediente, en mayo de 2024, el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 15 años de prisión a Enmanuel Antonio Almarante Medrano, quien era el encargado de ejercer la violencia física y amenazar a las víctimas con armas de fuego ilegales.

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Treta fue montada por la Procuraduría contra fiscal acusado de ser sobornado por imputado en caso Senasa.

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Santo Domingo, R.D.-Todo a lo concerniente a la entrega y captura del fiscal Aurelio Valdez Alcántara, quien laboraba para la PEPCA,  fue obra de la Procuraduría General de la República (PGR), encabezada por la magistrada Yeni Berenice Reynoso.

De acuerdo a la solicitud de medida de coerción, este hombre, al ser requisado en el sótano del órgano persecutor, portaba los 10 mil dólares en la parte interior y la tapa corrediza del sunroof, conocido popularmente como techo corredizo de su vehículo marca Honda CRV, color crema.

Aunque la PGR no ha establecido si fue Roberto Antonio Canaán quien les informó de las actuaciones del fiscal Aurelio Valdez Alcántara o si ellos le estaban dando seguimiento por algún tipo de sospecha, el día 24 de marzo de 2026 la magistrada Yeni Berenice Reynoso le solicitó a Claribel Mejía Raposo, directora general Administrativa y Financiera de la Procuraduría General de la República, la entrega de 10 mil dólares.

Ese mismo día, el magistrado Wilson Camacho, director general de Persecución del Ministerio Público, recibió con un certificado número PGR-DGA-003715 los 10 mil dólares “con su relación de seriales” y copia de los mismos para la entrega a Roberto Canaán, y que este a su vez se los entregara al fiscal Aurelio Valdez Alcántara.

Con la designación de Ysis B. Muñiz, jueza de Instrucción Especial para el seguimiento a este caso, el día 27 de marzo, los fiscales recibieron de la magistrada la autorización judicial para entregar a Roberto Canaán el dinero y que este se lo llevara al fiscal Aurelio Valdez Alcántara.

Ese día, 27, la magistrada Ivanna Rodríguez Hernández entregó los 10 mil dólares a Canaán.

Con el dinero en su poder, Roberto Canaán, en horas de la tarde, se dirigió al cuarto piso del área de parqueos de la Plaza Comercial Bella Vista Mall,  donde se reuniría con el fiscal. Una vez allí, se subió al carro de Aurelio Valdez Alcántara, conversó con él por aproximadamente cinco minutos, le entregó el dinero y salió del vehículo.

Para dar seguimiento al dinero y a la entrega, la Procuraduría General de la República designó a un oficial de la Policía Nacional, quien se acompañó de otros agentes. Además, se nombró a un fiscal que validara la requisa en este caso.

Los policías, quienes estaban observando al fiscal Aurelio Valdez en el parqueo de la plaza comercial, tras este salir del lugar, lo siguieron, logrando que se detuviera cuando se encontraba en la calle Pedro Antonio Bobea, en la parte frontal del Centro Comercial Almacenes Unidos.

Ahí le pidieron salir del vehículo y le solicitaron que los acompañara a la Procuraduría General de la República, acción que fue acogida por el fiscal, quien se dirigió allí en su carro.

Al llegar al parqueo, se unió al grupo el fiscal Andrés Octavio Mena Marte, para realizar la pesquisa al vehículo de Valdez Alcántara.

De acuerdo a la solicitud de medida de coerción, le preguntaron si tenía armas y dinero y solo respondió positivo al arma.

Cuando los agentes y el fiscal revisaron el techo corredizo del vehículo de Aurelio Valdez Alcántara, encontraron los 10 mil dólares y procedieron a su arresto.

Como pruebas materiales en contra de Aurelio Valdez Alcántara, además de los 10 mil dólares, la PGR presentará la suma “20 billetes de cien dólares, para un total de 2,00 dólares americanos”, incautados en su vivienda el sábado 28 de marzo, un día después de su arresto.

Además, dentro de las pruebas materiales se presentará el vehículo marca Honda CRV, propiedad del fiscal Aurelio Valdez Alcántara. 

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20 días para apelar «no ha lugar» a favor de Jean Andrés Pumarol

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público y los familiares de las victimas tienen a partir de este 31 de marzo un plazo de 20 días hábiles para interponer un recurso de apelación contra la decisión que dictó auto de «no ha lugar» en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, acusado de un violento ataque ocurrido en el ensanche Naco.

La notificación de la decisión fue realizada por el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, tanto al órgano persecutor como al abogado Miguel Valerio, quien representa a los familiares de la señora Ivonne Handal Abugabir, de 70 años, quien perdió la vida en el incidente.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 309 del Código Procesal Penal, las partes cuentan con este periodo para recurrir la decisión si consideran que existen fundamentos legales para ello.

De acuerdo con el artículo 432 del Código Procesal Penal, el recurso de apelación es admisible contra la sentencia de absolución o condena y aquellas decisiones que ponen fin al proceso en la fase de juicio.

Mientras que el artículo 434 del referido código, establece la formalización de la presentación de la apelación, señalando que la misma se formaliza con la presentación de un escrito motivado en la secretaría del juez o tribunal que dictó la sentencia, en el término de veinte días a partir de su notificación.

La tragedia se remonta a julio de 2025, cuando el imputado protagonizó un ataque con arma blanca en el Ensanche Naco.

En el suceso resultaron heridos: Guillermo Pumarol (padre del agresor), la cuidadora Teresa Fabián Heredia, y los vecinos Francisco Tezano, Griselda Ozuna y Victoria Heredia.

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