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La OPS cuestiona criterios de atención al dengue en el país

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Salud Pública registra 96 muertes y 13, 084 casos de dengue. Sociedades médicas y la OPS exhortan a unificar esfuerzos contra la enfermedad

showimage (4)SANTO DOMINGO. El dengue se maneja en el país bajo una serie de mitos que ponen en entredicho el diagnóstico de la enfermedad, y que posiblemente es la causa de la alta tasa de muertes que ya alcanza los 96 casos oficiales.

Uno de esos mitos es esperar por los resultados de laboratorio para diagnosticarlo, como plaquetas bajas, olvidando que el dengue es puramente clínico.

Otro, es confundir la enfermedad con neumonía, leptospirosis, malaria y amigdalitis y recomendar el uso continuo de acetaminofen.

Los mitos fueron expuestos por la doctora Anabel Alfaro, especialista en el tema, de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), quien hizo los señalamientos en base a los resultados de un estudio, que demuestra que el número de plaquetas no es el indicativo fundamental de gravedad en el diagnóstico de dengue.

Dijo que cuando un paciente empieza a presentar dolor abdominal, irritabilidad, vómito, somnolencia o sangrado por la nariz, además de la fiebre, es una muestra que está cayendo en un shock hipovolémico que si no se detiene a tiempo puede causarle la muerte.

Alfaro dictó la conferencia «Tratamiento del Dengue: lecciones aprendidas en la región de Las Américas» en la reunión de actualización sobre el tratamiento del dengue y el cólera en la República Dominicana que organizaron el Ministerio de Salud Pública y la OPS/OMS.

En la actividad participaron miembros de las sociedades dominicanas de Infectología, Pediatría y Medicina Interna, directores de hospitales públicos, así como representantes de las facultades de medicina de diferentes universidades.

De acuerdo con Alfaro, un médico general puede efectivamente tratar los casos de dengue, y sólo debe estar atento a los signos clínicos, que son los que indican cuándo un paciente puede caer en estado grave, y no el número de plaquetas que tiene, lo que se logra acompañando al paciente, pasando una mala noche junto a él.

Ve como una ventaja para el médico dominicano que la mayoría de los dengues en el país presentan signos de alarma, y no se explica cómo es que llegan a shock.

Asegura que los pacientes graves se salvan a corto plazo y a bajo costo, y que lo importante es unificar criterios, y organizarse evita muertes.

«Aquí tienen una ventaja con relación a otros países, donde la enfermedad no presenta esos signos y el personal de salud no cuenta con un flujograma de atención muy adecuado y nos lleva de la mano», indicó Alfaro.

Recomienda orientar a las madres para que también reconozcan los signos de alarma, y no pierdan tiempo en llevar a sus hijos al médico.

Otra recomendación es mantener a los pacientes en una sala especial, porque se pueden contaminar con facilidad y sufrir una septicemia.

Salud Pública

Al manifestar su preocupación por la alta letalidad que tiene la enfermedad, el ministro de Salud Pública, Freddy Hidalgo Núñez, exhortó a los directores de hospitales a hacer valer entre su personal la aplicación del algoritmo de dengue establecido como norma de atención en el país. Señaló que la epidemia registra más de dos millones de casos en la región de Las Américas.

Pediatras pidenUnificar esfuerzos

El presidente de la Sociedad Dominicana de Pediatría, Rodolfo Soto Ravelo, aseguró que el 80% de los fallecimientos por dengue en este año, corresponde a niños.

En ese orden, dijo que las autoridades médicas, enfermeras y los padres deben prestar atención al problema de las muertes por dengue en la población infantil.

Llamó a los médicos y a los padres estar atentos a las labores de atención y prevención de los casos para detener las muertes, las que considera muy altas.

Diariolibre.com

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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