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El debate se enciende por el nuevo Código Penal
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2 meses agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-Se ha reabierto en el pais la discusion sobre los límetes entre la proteccion del honor y la libertad de expresion ante la inminencia de la entrada en vigor en agosto de este año del nuevo Código Penal, cuyas disposiciones sobre injuria y difamación no solo actualizan figuras jurídicas existentes, sino que extienden su alcance al entorno digital, un aspecto que ha generado interrogantes entre juristas, periodistas y defensores de la libertad de prensa.
Entre quienes han analizado los cambios se encuentra el fiscal adscrito a la Procuraduría General de la República, Jonathan Pérez Fulcar, quien considera que la principal novedad de la Ley 74-25 radica en la ampliación de estas conductas al ciberespacio. Mientras la legislación anterior, sustentada principalmente en la Ley 61-32 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, estaba enfocada en medios tradicionales como la prensa escrita, la radio y la televisión, los artículos 208 al 212 del nuevo Código incluyen expresamente las redes sociales, plataformas de streaming, medios electrónicos y servicios de mensajería.
La reforma también incorpora nuevas figuras, entre ellas la denominada «difamación extorsiva» (artículo 209), que sanciona la utilización de imputaciones como mecanismo de presión. Asimismo, el artículo 212 contempla la posibilidad de atribuir responsabilidad penal a personas jurídicas, una disposición que podría alcanzar a empresas y medios de comunicación, además de los individuos involucrados.
Uno de los aspectos que más debate ha generado es la forma en que estas disposiciones podrían afectar el trabajo periodístico, particularmente las investigaciones sobre asuntos de interés público.
Pérez Fulcar advierte que, bajo el nuevo esquema, podrían surgir controversias cuando una investigación publicada por un periodista sea objeto de cuestionamiento judicial. Según explica, la regulación sobre difamación no establece expresamente una excepción basada en la veracidad de la información ni condiciona su configuración a la existencia de mala fe, elementos que suelen formar parte de las discusiones sobre libertad de expresión en otras jurisdicciones.
La preocupación también se extiende a la valoración de las pruebas dentro de estos procesos. De acuerdo con el fiscal, en la práctica podría generarse un escenario en el que el comunicador deba demostrar la veracidad de lo publicado, lo que podría incrementar la carga procesal para quienes realizan investigaciones periodísticas.
La discusión no se limita a los medios de comunicación. Las disposiciones también alcanzan a los usuarios que participan diariamente en plataformas digitales.
El artículo 210 sanciona la injuria, entendida como una expresión ofensiva o despreciativa que no implique necesariamente la atribución de un hecho concreto. Sin embargo, la aplicación práctica de esta figura plantea desafíos relacionados con la interpretación de determinadas expresiones.
Para Pérez Fulcar, una de las dificultades radica en definir dónde termina la crítica legítima y dónde comienza una conducta sancionable. A modo de ejemplo, señala que una publicación en redes sociales podría ser interpretada de distintas maneras dependiendo del contexto y de la valoración realizada por los tribunales.
El debate también ha puesto sobre la mesa la relación entre las nuevas disposiciones y las garantías constitucionales sobre libertad de expresión.
El artículo 49 de la Constitución dominicana reconoce el derecho a expresar libremente pensamientos e informaciones, protege la libertad de prensa y prohíbe la censura previa. A partir de ese marco, diversos sectores han examinado cómo las nuevas figuras penales podrían interactuar con precedentes establecidos por el Tribunal Constitucional.
Pérez Fulcar cita tres decisiones que considera especialmente relevantes. La sentencia TC/0075/16 estableció que la prisión por difamación contra funcionarios públicos vulnera el núcleo esencial de la libertad de expresión; la TC/0437/16 reconoció que internet y las redes sociales merecen la misma protección constitucional que otros medios de comunicación; y la TC/0092/19 consideró desproporcionado imponer sanciones más severas únicamente por el uso de plataformas digitales.
A juicio del fiscal, algunos aspectos de la Ley 74-25 podrían generar futuras discusiones constitucionales debido a que reincorporan sanciones privativas de libertad y contemplan agravantes vinculadas a medios digitales.
La controversia refleja una tensión permanente entre dos derechos fundamentales. Quienes respaldan las nuevas disposiciones sostienen que el alcance de las redes sociales ha multiplicado la difusión de acusaciones falsas y ataques a la reputación, por lo que consideran necesario fortalecer los mecanismos de protección del honor.
Por otro lado, sectores vinculados a la libertad de prensa entienden que cualquier regulación debe evitar generar efectos que limiten la investigación periodística o el debate público sobre asuntos de interés colectivo.
Para Pérez Fulcar, más allá de la eventual decisión de los tribunales, una de las principales preocupaciones radica en los costos personales, económicos y profesionales que implica enfrentar una querella penal. En ese contexto, considera que el verdadero desafío será encontrar un equilibrio que permita proteger la reputación de las personas sin desalentar la circulación de informaciones de interés público.
La discusión, en definitiva, trasciende el ámbito penal. Lo que está en juego es cómo armonizar la defensa del honor con la libertad de expresión en una sociedad cada vez más digitalizada, donde la información circula con rapidez y donde las decisiones que adopten los tribunales podrían definir el alcance de ambos derechos durante los próximos años.
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Rechazan declarar la extinción del caso del exprocurador Jean Alain Rodríguez
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12 horas agoon
agosto 17, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue rechazada por Segundo Tribunal Colegiado la solicitud de extincion de la accion penal que hubiera favorecido al exprocurador Jean Alain Rodríguez tras el tribunal argumentar que la demora en los casi seis años que tiene el proceso ha sido justificada y «razonable».
Las tres jueces, que decidieron denegar la petición de manera unánime, afirmaron que la tardanza se debe a solicitud de aplazamientos de todas las partes, incluida el Ministerio Público, y se acogieron para hacer valer la tutela de los derechos de todas las partes del caso de presunta corrupción.
Las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Claribel Nivar Arias, Clara Castillo y Yissell Soto, sostienen que su resolución es por la razón de no haber existido «una mora injustificada y haciendo acopio del criterio jurisprudencial del Tribunal Constitucional» que ha establecido que «no debe ser un mero conteo matemático» el plazo de los procesos penales.
Las juezas acogieron el conteo de la defensa de Rodríguez Sánchez, desde el inicio de la alerta migratoria en el 2020 y no cuando se le detuvo en junio del 2021, por lo que el proceso, según el tribunal, tiene » 5 años, 8 meses y 17 días».
Al exfuncionario se le impidió salir del país «el 25 de noviembre del año 2020», como consecuencia de la alerta migratoria por la investigación que se le realizaba.
La jueza Castillo hizo un recuerdo de todos los incidentes presentado, desde la etapa de Instrucción, por salud, fallecimiento de parientes de los imputados, recusaciones a jueces y a fiscales, que motivaron los aplazamientos.
Subrayó que en los casi seis años los distintos tribunales se han mantenido activo conociendo los incidentes del caso, los que incluso han llegado hasta al Tribunal Constitucional.
«Este caso no ha llegado a este tiempo porque el proceso estuvo engavetado en algún lugar«, aclaró la jueza al hablar por el tribunal.
Las otras defensas de los demás acusados solicitaron presentar ellos la misma petición fallada por el tribunal a Jean Alain Rodríguez, lo que obligó al titular de Persecución, Wilson Camacho, volver a sentarse cuando se le autorizó presentar la acusación.
A las 1:00 de la tarde se dio un receso por almuerzo para retornar con la audiencia a las 2:00 de la tarde.
Inmediatamente después de emitirse el rechazo a poner fin a la persecución penal contra el exprocurador general, su defensa, encabezada por Carlos Balcácer, adelantó que lo apelarán a la Corte inmediatamente se publique la resolución completa, el 7 de septiembre.
El director de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, acusó al exprocurador Jean Alain Rodríguez de, una vez rechazársele la extinción, «organiza» a los demás acusados para que presenten el mismo incidente para evitar que se lea la acusación y se presenten las pruebas en su contra.
Reiteró que el exfuncionario deberá en cualquier momento enfrentarse a las imputaciones que se le hacen.
La acusación y quiénes son
Jean Alain Rodríguez Sánchez y los otros 14 procesados enfrentan cargos por corrupción, incluyendo soborno, desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos.
Se les señala de afectar al Estado con más de 6 mil millones de pesos mediante procesos de compras irregulares, extorsión y el uso de recursos públicos para fines personales y políticos del exprocurador.
Los que enfrentan actualmente el juicio de fondo junto a Rodríguez Sánchez son e exdirector administrativo de la Procuraduría, Jonnathan Rodríguez Imbert; el exencargado de la Dirección de Tecnología de la Información y la Comunicación del Ministerio Público, Javier Alejandro Forteza Ibarra; el exsubdirector financiero de la Procuraduría General de la República, Alfredo Alexander Solano Augusto, y el exencargado de la División de Compras de la Procuraduría, Jonathan Loanders Medina.
También la excoordinadora en la Dirección Administrativa y Financiera de la Procuraduría General, Altagracia Guillén Calzado; el excontador del Ministerio Público, Rafael Antonio Mercedes Marte y la exmiembro del Comité de Compras y Contrataciones de la Procuraduría, Isis Tapia Stefanni.
Asimismo están señalados por el Ministerio Público, Ramón Lucrecio Burgos Acosta, Félix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez Moreno, Alejandro Martín Rosa Llanes, Rolando Sebelén Torres, Braulio Michael Batista Barias, Miguel José Moya y las empresas Desarrollo, Individuo y Organización, DIO, S.R.L., Fire Controll Systems S.R.L., y José Luis Liriano y Lirtec S.R.L.
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Fueron identificados los dos fallecidos en explosión de camión en el malecón.
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13 horas agoon
agosto 17, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fueron identificados este lunes los dos fallecidos en el accidente de tránsito que involucró un camión de combustible, un automóvil, una yipeta y una motocicleta en la avenida George Washington, próximo al restaurante Adrián Tropical, en el Distrito Nacional, en el que dos vehículos se calcinaron producto de una explosión.
Las víctimas fueron identificadas como Luis Alejandro Torres Mejía, de 35 años, y María Altagracia Méndez de Olivo, de 53.
De acuerdo con la información suministrada por el jefe del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, José Frómeta Herasme, el hombre fallecido conducía el camión y la mujer se desplazaba en la yipeta.
- Frómeta Herasme indicó que las causas de la explosión del camión tanquero se encuentran en fase de investigación.
El accidente ocurrió a las 6:58 de la mañana de este lunes. Según las autoridades, el camión transportaba alrededor de 10,000 galones de combustible, que se derramaron y posteriormente explotó causando un incendio.
- Por tratarse de gasoil, los bomberos utilizaron espuma para sofocar las llamas y evitar que el fuego se propagara hacia otras áreas.
El incendio provocó una intensa humareda en la zona y movilizó a unas 12 unidades del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, además de generar un fuerte congestionamiento vehicular.
Al lugar del hecho acudieron miembros del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, la Policía Nacional, la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) y el Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (Ceccom).
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Nuevos mandados militares y policiales son juramentados por Abinader.
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13 horas agoon
agosto 17, 2026
Santo Domingo, R.D.-Los recién designados mandos militares y politiciales designados mediante decretos por el presidente Luis Abinader fueron juramentados por el jefe de Estado.
En un acto realizado en el Palacio Nacional, el mandatario tomó juramento a Ernesto Rafael Rodríguez García como nuevo director general de la Policía Nacional; Jimmy Arias Grullón, como nuevo comandante general del Ejército de la República Dominicana; Enmanuel Marcelino Souffront Tamayo, como comandante general de la Fuerza Aérea de la República Dominicana.
Igualmente se juramentó a Jorge Iván Camino Pérez, Inspector General de las Fuerzas Armadas; Buenaventura Colón Rosario, como viceministro de Defensa para asuntos militares; a Manuel José Brito Estepan, como subcomandante general de la Fuerza Aérea de la República Dominicana; a Dionisio de la Rosa Hernández, como inspector general de la Fuerza Aérea de la República Dominicana.

En la imagen, los nuevos altos mandos militares y policiales.Javier Flores
Por igual quedaron juramentados en sus nuevas posiciones Celin Rubio Terreno, como asesor militar del presidente de la República; el general de brigada José Manuel Duran Infante, como subcomandante general del Ejército; Raúl Esteban Mora Hernández, inspector general del Ejército; Rafael Raimundo Ramírez Tejada, comandante del Regimiento de la Guardia Presidencial del Ejército.
También fueron juramentados Guillermo Caro Cruz, como jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep), y Emmanuel Almonte Polanco, como subjefe del Cusep.
La designación de los altos mandos militares está contenida en el decreto 557-26, el cual fue dado a conocer en horas de la madrugada del lunes. Mientras que en la tarde fue difundido el 558-26, que dispone el nombramiento del nuevo director de la Policía Nacional.
