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La petición de los desnacionalizados afectados por sentencia TC
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10 años agoon
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LA REDACCIÓNEl Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas que lucha junto a las personas afectadas por la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional (TC), emitió un documento donde hace una solicitud a las autoridades.
Esta es su petición:
** Demandamos juicio político al presidente de la JCE e interpelación al Ministro de Interior por violación de la ley 169-14
** A más de 4 meses de promulgada la ley muy pocos de sus beneficiarios han recibido sus documentos
** En tres semanas se acaba el plazo del Reglamento de la ley para el grupo B, los nacidos en el país sin registro civil, y son escasos los que han podido cumplir requerimientos extralegales.
Más de 4 meses después de la promulgación de la Ley 169-14 y a más de dos meses de su reglamento, sus objetivos están tan lejos de alcanzarse que podemos sostener que se encaminan a la frustración y el fracaso, lo que tendrá serias repercusiones en el país y en los ámbitos internacionales.
Es deplorable que el propósito del gobierno del presidente Danilo Medina, materializado por una ley del Congreso Nacional, que ha tenido tanto reconocimiento nacional e internacional, esté siendo abiertamente obstruido por actitudes y requerimientos que sobre pasan o ignoran el mandato legal. .
Debido a la continuada e ilegal política de incumplimiento y retardación desarrollada por la Junta Central Electoral (JCE) y el Ministerio de Interior y Policía (MIP), el Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas se ve en la obligación de reiterar su denuncia sobre la burla al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo en curso, y apelar a los poderes públicos para que se tomen medidas urgentes que reviertan el boicot contra la Ley No. 169-14 y su Reglamento desarrollado por las instituciones responsables de su implementación.
Es harto conocido que esta Ley beneficiaría a dos grupos de personas:
a) Las personas nacidas en el territorio nacional de padres extranjeros no residentes inscritos en los libros del Registro Civil, cuyo trámite está a cargo de la Junta Central Electoral (JCE).
b) Las personas nacidas en el territorio nacional de padres extranjeros en situación irregular que no figuran inscritos en el Registro Civil, cuyo proceso está a cargo del Ministerio de Interior y Policía (MIP).
Respecto de las personas pertenecientes al grupo a), la ley no exige condiciones, trámites o atributos adicionales para beneficiarse del régimen especial establecido por ella. Por el contrario, establece claramente en su Artículo 2 que “La Junta Central Electoral procederá a regularizar y/o transcribir en los Libros del Registro Civil, libre de todo trámite administrativo a cargo de los beneficiarios, las actas de las personas que se encuentren en la situación establecida en el literal a) del artículo anterior.”
Más de cuatro meses después de la promulgación de la Ley 169-14, el 23 de mayo pasado, la JCE continúa negando las actas de nacimiento a los beneficiarios del régimen especial, estableciendo requisitos y procedimientos que violan de forma arbitraria las disposiciones de orden público dispuestas en la misma. Como resultado de este flagrante desacato al principio de legalidad que debe regir a la administración pública, a la fecha, menos del 1% de las personas que integran el grupo a) han podido percibir los beneficios de esta Ley y el resto siguen a la espera que el Estado les dé una solución para que tengan sus documentos de identidad y puedan ejercer sus derechos.
Aunque el 23 de Septiembre la JCE publicó el listado de unas 13 mil personas que deberían entrevistarse con sus inspectores y “llevar o aportar cualquier documento o información que pueda ser de utilidad para esta auditorìa”, a muchos de los que han acudido se les remite al Plan Nacional de Regularización bajo el alegato de que son extranjeros.
Como ya había sido denunciado anteriormente por este Comité, el boicot institucional desarrollado por la JCE en adición a contradecir la Constitución de la República, desconoce abiertamente numerosos preceptos legales, como por ejemplo las disposiciones del Artículo 31 de la Ley No. 659 de 1944, sobre Actas del Estado Civil, que establece la naturaleza fedataria de las actas de nacimiento y el derecho universal de acceder a las mismas que asiste a toda persona, así como los principios rectores de la actuación de la administración pública consagrados en nuestra constitución y desarrollados en la Ley 107-13 sobre los Derechos de Las Personas Frente a la Administración Pública, como la juridicidad, buena fe, racionalidad, servicio objetivo a las personas, igualdad de trato, eficacia, seguridad jurídica, previsibilidad y certeza normativa, relevancia, y confianza legitima, entre otros.
En relación con las personas que integran el grupo b), para acogerse a Ley No. 169-14 y su Reglamento (del 23 de Julio) deben agotar un procedimiento de registro cuyo proceso está a cargo del MIP y para el cual solo disponen de 90 días. No obstante lo exiguo del plazo, y trascurridos 70 días de iniciado el mismo y a 20 de concluir el plazo legal:
1) El MIP impone a los solicitantes requisitos que no están previstos en la Ley y su Reglamento
* Rechazan solicitudes de personas nacidas después del 18 de abril de 2007.
• Exigen un documento de identidad de la madre, que es muy difícil obtener en el plazo establecido por la Ley.
* Reclaman la presentación de la madre y/o el padre del solicitante
2) Aún no están todas las Unidades de Ejecución previstas funcionando, o funcionan de manera precaria.
• Hay 15 provincias en la que NO HAY Unidades de Ejecución y no atienden a personas provenientes de otras jurisdicciones.
• Es recurrente la falta de electricidad y fallas del sistema informático en los centros.
3) En múltiples caos los inscriben en el Plan Nacional de Regularización de extranjeros
4) Hay falta de información a la población afectada.
• La información de los requisitos no llega a la población eficazmente, principalmente a zonas rurales y lugares de difícil acceso.
5) Obstáculos en los hospitales para la entrega de certificados de nacimientos
6) Renuencias a legalizar actos notariales en la Procuraduría General 6)55fdedeffve
Como resultado de todas estas limitaciones, hasta el momento a menos de 500 personas se les ha aceptado la solicitud de inscripción en el Libro de Extranjería, requisito indispensable para optar por la regularización migratoria y eventual naturalización previstas en la Ley y su Reglamento.
Las violaciones y retardación del cumplimiento de la Ley No. 169-14 y su Reglamento por parte del MIP a estas alturas del curso del plazo de 90 días concedido, llevan inexorablemente a concluir que el procedimiento de naturalización en tres pasos (registro en libro de extranjería, regularización migratoria y naturalización) se encamina al fracaso.
Es importante recordar que el único propósito de este procedimiento en tres etapas, es evitar el riesgo de apatridia en que se encuentran las personas que integran el grupo b), como resultado de la desnacionalización operada mediante la Sentencia No. 168-13 del Tribunal Constitucional. De esa forma el Estado Dominicano pretende cumplir con las obligaciones de rango constitucionales que se le imponen como resultado de diversas convecciones internacionales debidamente ratificadas de que es signatario.
Reiteramos que el incumplimiento y retardación en que incurren la JCE y el MIP se erige como un desafío a la autoridad del Poder Legislativo, instituidas en el mandato constitucional de cumplimiento obligatorio a las leyes emanadas del Congreso Nacional, que vinculan a todos los poderes públicos, conforme disponen los Artículos 93 y 109 de la Constitución de la República Dominicana.
En consecuencia, por estos medios, cursamos una petición al Congreso Nacional, para que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 93 de la Constitución de la República Dominicana, se inicie un proceso de investigación del Presidente de la JCE y el Ministro de Interior y Policía con la finalidad de que, de confirmarse las faltas graves derivadas del incumplimiento de la ley por parte de estos funcionarios, se lleve a cabo un juicio político que resulte en la destitución del Presidente de la JCE, la interpelación del Ministro de Interior y Policía y la implementación de las reformas a la Ley No. 169-14 y su Reglamento que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de sus propósitos.
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El Ministerio Público solicita medidas de coerción contra Wander Franco por posesión ilegal de arma
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1 día agoon
noviembre 12, 2024Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público informó este martes que ha solicitado medida de coerción contra Wander Franco, campocorto de los Rays de Tampa Bay, por posesión ilegal de arma.
La coerción solicitada por el órgano persecutor contra Franco consiste en presentación periódica ante el fiscal investigador.
El pelotero fue detenido el pasado domingo luego de un incidente con el joven José Jasiel Cohen Sánchez en San Juan de la Maguana, presuntamente derivado de una disputa amorosa.
Además, se está solicitando coerción en contra de Cohen Sánchez, quien presuntamente agredió a una joven que acompañaba a Franco, la cual, según las autoridades, sería su expareja.
El fiscal Adolfo Augusto Féliz Pérez subrayó que, aunque se alcanzó un acuerdo entre las partes involucradas, el caso fue llevado al tribunal debido a su carácter de orden público.
Detalles del incidente
El fiscal Félix detalló que el altercado comenzó el viernes cuando Cohen Sánchez, al ver a su expareja junto a Franco, tuvo una reacción celosa y, presuntamente, la agredió. Franco intentó mediar en la situación sin involucrarse en una confrontación física.
El conflicto continuó el domingo, cuando Franco acompañó a la joven hasta su casa, y Cohen Sánchez llegó al lugar, supuestamente provocando al pelotero.
Según Féliz, Cohen Sánchez intentó llevar a su expareja en su vehículo y ella accedió a subirse.
- «Al salir del área residencial, llegó el papá de Cohen Sánchez, ante un llamado de su hijo, bloquearon la salida y el padre, creyendo que lo que iban a atracar, sacó su pistola y se produjo una situación confusa», explicó el fiscal.
Finalmente, al llegar la policía al lugar, el propio padre de Cohen Sánchez descubrió el arma de fuego en el vehículo de Franco. A raíz de esta situación, todos los involucrados en el altercado fueron arrestados.
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Cae abatido “Carnaval” implicado en asalto a joyería en San Luis
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1 día agoon
noviembre 12, 2024Redacción.- La madrugada de este martes cayó abatido «Carnaval» tras enfrentar a miembros del Dicrim, en un hecho ocurrido en el sector La Toronja del Almirante en Santo Domingo Este.
El presunto antisocial identificado como, José Miguel López de 23 años de edad, habría participado en el asalto a la Joyería Argenis Oro en San Luis.
De acuerdo con las informaciones del vocero de la Policía Nacional, Diego Pesqueira, López era activamente buscado mediante tres órdenes de arresto por muertes, heridas a ciudadanos y el caso de la joyería en San Luis. Asimismo, se le ocupó un arma de fuego con la cual atacó a los agentes.
El pasado lunes 28 de octubre, hombres armados asaltaron la joyería Argenis Oro, los individuos llegaron a bordo de una jeepeta gris, vestidos con uniformes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) e irrumpieron en el establecimiento bajo la apariencia de un operativo policial.
El propietario de la joyería, Argenis Pérez Rodríguez, dijo que los delincuentes sustrajeron 4 mil gramos de oro.
En días pasados el vocero de la policía, Diego Pesqueira, explicó que, tras una ardua labor de investigación, logró capturar a cinco de los integrantes de una banda delictiva. Asimismo, añadió que durante el proceso se incluyó levantamientos de cámaras, entrevistas y fueron identificados siete de los participantes en este hecho quienes se encuentran prófugos.
Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader eliminó, a través de varios decretos, la Comisión Internacional Asesora de Ciencia y Tecnología, la Comisión Presidencial para la Modernización y Seguridad Portuaria y el Consejo Nacional de Población y Familia (Conapofa).
El Gobierno dijo que la eliminación de esas instituciones forma parte del plan de racionalización y modernización de la administración pública, «eliminando duplicidades y optimizando el uso de recursos estatales en diferentes sectores».
El decreto 636-24 establece la eliminación de la Comisión Internacional Asesora de Ciencia y Tecnología, creada en 2004 para asesorar en políticas de ciencia y tecnología; la disposición gubernamental señala que el Ministerio de Educación asumirá la responsabilidad de concluir sus programas en curso y continuará con sus compromisos jurídicos y contractuales.
“Este decreto también deroga disposiciones previas relacionadas con la creación y administración de la comisión, asegurando una transición ordenada hacia una estructura de gestión más coherente con la Constitución y las leyes vigentes en la administración pública dominicana”, indica el comunicado de prensa.
Con el decreto 637-24 se dispone la supresión de la Comisión Presidencial para la Modernización y Seguridad Portuaria, cuyas funciones serán asumidas por la Autoridad Portuaria Dominicana, que también se encargará de los compromisos legales y contractuales vigentes.
Los bienes de esta comisión serán administrados por la Dirección General de Bienes Nacionales, quien traspasará los activos necesarios a la Autoridad Portuaria para continuar sus labores en el sector portuario.
“Además, este decreto deroga varias disposiciones previas que apoyaban la existencia de la comisión, consolidando sus funciones bajo una sola entidad administrativa para mejorar la eficiencia y reducir duplicidades en la administración pública”, resalta el documento de prensa.
Mediante el decreto 640-24 se emite la supresión del Consejo Nacional de Población y Familia (Conapofa), cuyas funciones serán asumidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, que se convierte también en el continuador jurídico de los compromisos contractuales y legales pendientes.
La Dirección General de Bienes Nacionales administrará los activos de Conapofa y transferirá los necesarios al Ministerio de Salud Pública para garantizar la continuidad de sus funciones.
La Dirección General de Presupuesto (Digepress) gestionará las partidas presupuestarias no ejecutadas de esta comisión, y el Ministerio de Administración Pública colaborará en la reubicación, cesación e indemnización del personal.