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Opinión

La regularización desafía al Gobierno y la sociedad

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Por Juan Bolívar Díaz

JUAN-BOLIVAR-DIAZ-2-300x199111-e1372603134555Tras un cuarto de siglo de amenazas de regular la inmigración, en su inmensa mayoría de haitianos, el Gobierno del presidente Danilo Medina afronta el desafío al poner en vigencia desde este lunes el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros en Situación Inmigratoria Irregular, establecido en el decreto 327-13.

El plan regulatorio de inmigrantes ha tenido general acogida por cuanto responde a una racionalidad pero necesitará de la cooperación de todos los sectores sociales para superar los intereses de traficantes y empleadores que han preferido una abundante mano de obra incondicional que degrada los salarios.

Sin ninguna oposición. El plan regulatorio de la inmigración arranca sin ninguna oposición. El Gobierno logró instituir normas racionales y humanas tomando en consideración los tratados internacionales sobre migraciones y derechos humanos, y en consulta con organismos nacionales e internacionales.

El decreto del 29 de noviembre contempla la gratuidad de la regulación, dejando atrás los planes que había intentado ejecutar la Dirección General de Migración con costos tan elevados que los condenaba al fracaso, como ocurrió con el puesto en vigencia en el 2012 que a casi dos años apenas logró el registro de unos 200 trabajadores temporales.

Las inscripciones comenzarán en 12 gobernaciones provinciales y nueve locales de la Junta Central Electoral, en las jurisdicciones de mayor concentración de inmigrantes, como el Distrito Nacional y las provincias de Santo Domingo, Santiago, San Cristóbal, La Romana y La Altagracia, según el informe presentado el miércoles por el Ministro de Interior y Policía, a quien se le ha otorgado el principal protagonismo ejecutivo.

El plan arranca con la aprobación de las organizaciones sociales que defienden los derechos humanos de los inmigrantes, tanto a nivel local como internacional. El Centro Bonó de los jesuitas, y la representación del Comisionado de las Naciones Unidas para Refugiados y Migrantes y del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo han expresado su decisión de colaborar para el éxito del programa.

El Centro Bonó, cabeza institucional de la solidaridad con los descendientes de inmigrantes nacidos en el país que habían sido desnacionalizados, consideró el Plan de Regularización de Inmigrantes como “una medida histórica” que llena un vacío normativo, aunque advirtió que genera nuevos desafíos a tomar en cuenta.

18 meses sin deportaciones

El decreto presidencial establece un programa a desarrollarse en 18 meses, a partir de su emisión en noviembre, período en el cual no habrá deportaciones para evitar que los inmigrantes indocumentados se sientan amenazados. Pero los que no se acojan al programa serán deportados una vez concluya el plazo.

Los convocados deberán inscribirse en un “registro de evaluación”, aportando sus documentos de identidad de los países de origen y sus datos personales. Los que no tengan documentación podrán llenar la solicitud y aportar datos personales, que serán validados si entregan la documentación posteriormente, pero hasta el 28 de febrero de 2015.

Los ejes básicos para la evaluación, según el decreto 327, serán el tiempo de radicación en el país, los vínculos con la sociedad dominicana, las condiciones laborales y socioeconómicas y la regularización individual o por familia. La radicación podrá ser sustentada con pruebas del pago de salarios, certificación de nómina laboral, carné de empresas, hijos nacidos y declarados en el país y domicilio, con certificación de instituciones sociales, como iglesias y juntas de vecinos, contratos de alquiler y recibos de pago de servicios, certificados de estudios y otros..

El Ministerio de Interior tendrá un plazo de 45 días para responder a la solicitud, aunque el decreto indica que puede ser prorrogable sin especificar tiempo. Los rechazados tendrán derecho a solicitar una revisión ante el mismo ministerio, que en tal caso adoptará una decisión definitiva.

Que impere la racionalidad

El Plan de Regularización es un desafío a la eficiencia y la racionalidad, buscando normalizar el futuro, partiendo de la realidad de que actividades como la agricultura y la construcción no pueden ya prescindir de la mano de obra haitiana. Lo fundamental es limitarla, racionalizando la realidad. A este ni a ningún Gobierno le resultaría fácil deportar inmigrantes en masa. La eficiencia tiene que manifestarse en controles fronterizos que reduzcan los flujos.

Es necesario trocar el discurso despectivo y el desconocimiento de derechos humanos por la eficiencia en el manejo de la inmigración, la que nunca se ha manifestado, a pesar de que desde 1990 se proclamaba la ejecución de un Plan de Regularización. Así lo dispuso el Decreto 417-90 del presidente Joaquín Balaguer y lo reiteró la Ley de Migración 285-04 promulgada por el presidente Hipólito Mejía en el 2004, que dispuso un reglamento en plazo de seis meses.

Aunque el discurso antihaitiano se impuso desde los años noventa y tomó mayor auge en lo que va de siglo, con los más duros nacionalistas al frente del Consejo Nacional de Fronteras, de la Dirección General de Migración y de la Junta Central Electoral, el presidente Leonel Fernández agotó sus últimos 8 años de Gobierno para al final promulgar el reglamento migratorio. Según la ENI, el 62 por ciento de los inmigrantes habían llegado al país entre el 2006 y 2012, en el período de Gobierno de Fernández. Y vale recordar que esa encuesta la hizo la ONE con el auspicio del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, ambos organismos dirigidos por funcionarios del mismo Gobierno, que la pusieron en circulación en el Palacio Nacional antes de concluir la gestión de Fernández.

El Plan de Regularización a iniciarse mañana podría ser el aspecto positivo de la controversial sentencia 168/13 emitida por el Tribunal Constitucional en septiembre pasado, que lo dispuso una vez más. La revocación de la desnacionalización de los dominicanos de ascendencia extranjera mediante la Ley 169-14 tiene como contraparte compensatoria la puesta en vigencia del programa regulatorio de inmigrantes.

El Gobierno del presidente Medina podría anotarse un éxito extraordinario si la regularización sale adelante, y honraría su lema de “hacer lo que nunca se ha hecho” y en una materia fundamental. Sobre todo si se evitan los excesos y se gana el reconocimiento de los organismos de derechos humanos. Para ello tiene que evadir el discurso ultranacionalista.

Más de medio millón

Atendiendo a los resultados de la Primera Encuesta Nacional de Inmigrantes (ENI), ejecutada en el 2012 por la Oficina Nacional de Estadística, la población convocada al registro sería de 524, 632 personas, de las cuales el 87 por ciento, 458,233 personas, era de nacionalidad haitiana. Le seguían 13 ,514 de Estados Unidos, 6,720 de España, 4416 de Puerto Rico, y 4 ,040 de Italia. Por encima de tres mil se encuentran los chinos, franceses, venezolanos, cubanos, colombianos y alemanes. En total hay inmigrantes de 60 países.

Los mayores problemas los confrontarán los de origen haitiano, que son los más pobres, vinculados en alta proporción a labores agrícolas (36 por ciento), a la industria de la construcción (26 por ciento), al comercio (17 por ciento) y a hoteles y restaurantes (10 por ciento).

Aunque es generalizado el criterio de que la mayoría de los inmigrantes haitianos carecen de documentos, la ENI indicó lo contrario: 93 por ciento dijo tener actas de nacimiento de su país, 52 por ciento cédula y el 38 por ciento pasaporte haitiano.

Factores como la extrema pobreza, el aislamiento y la desconfianza podrían determinar que una proporción no solicite su regularización para optar por la residencia temporal o permanente y eventualmente por la naturalización. Los más carenciados necesitarán la asistencia que han ofrecido organismos internacionales como ACNUR y de las organizaciones sociales dominicanas. El reto para la sociedad es entender que lo conveniente es la regularización y documentación de los inmigrantes como paso fundamental para reducir y controlar la afluencia, más que expulsar a los que ya están radicados, sobre todo si pueden justificar una actividad laboral.

Artículo publicado originalmente en el periódico Hoy.

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Opinión

La justicia-espectáculo no devuelve lo robado

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Por Isaías Ramos

Una nación no se empobrece solamente cuando le roban dinero. Se empobrece cuando el robo se normaliza, cuando la impunidad se administra, cuando la persecución de la corrupción se percibe como selectiva y cuando la justicia se convierte en espectáculo para entretener la indignación, pero no para devolverle al pueblo lo que le quitaron.

La corrupción no vive solo en expedientes, titulares o ruedas de prensa. Se siente cuando falta medicina en un hospital, cuando una escuela se deteriora, cuando un apagón apaga un negocio, cuando una familia se endeuda para comer y cuando un joven descubre que el mérito no pesa tanto como la conexión.

Después de hablar de un país donde la movilidad social está bloqueada, hay que decirlo con claridad: la corrupción es una fábrica de inmovilidad social. Roba dinero, sí; pero también roba confianza, oportunidades, futuro y dignidad.

El informe de clima social de LS Consulting confirma que corrupción y costo de vida se consolidan como ejes del malestar: el costo de vida es la experiencia diaria; la corrupción, la explicación de por qué ese costo no se administra mejor. También muestra que 78% de los consultados siente que el gobierno no da el ejemplo cuando pide austeridad.

Ahí está el fondo: el pueblo recorta, se endeuda, sacrifica salud, alimentación, transporte y tranquilidad; mientras observa que arriba muchas veces no hay la misma disciplina, transparencia ni sacrificio.

Por eso la lucha contra la corrupción no puede ser selectiva ni teatral. Cuando no recupera bienes, no desmonta redes, no cambia reglas, no audita subsidios, no transparenta concesiones, no revisa exenciones y no devuelve recursos al pueblo, deja de ser justicia y se convierte en espectáculo. Una justicia-espectáculo puede producir titulares, pero no reconstruye movilidad social.

El país no necesita “pan y circo” anticorrupción. Necesita justicia con recuperación de activos y reforma institucional.

Y aquí cabe una pregunta que la República debe hacerse sin miedo: ¿para qué se aprobó y promulgó una Ley de Extinción de Dominio si los bienes ilícitos no se persiguen con firmeza, si lo robado no se recupera con transparencia y si esos recursos no vuelven a escuelas, hospitales, agua, seguridad, electricidad y oportunidades?

La Ley núm. 340-22 regula la extinción de dominio como acción autónoma, independiente y patrimonial, ejercida contra bienes ilícitos y no como sustituto del juicio penal contra una persona. Reconoce derechos y garantías de las partes afectadas y exige declaración judicial a favor del Estado.

Hay que hablar con rigor. La extinción de dominio no significa quitar bienes por discurso, presión política o condena mediática. La ley dispone que el juicio sea en audiencia pública, oral y contradictoria; que las pruebas se debatan; que el Ministerio Público pruebe las causales de procedencia y la ausencia de buena fe; y que el estándar aplicable sea la preponderancia de la prueba.

Pero tampoco puede convertirse en letra muerta. Frente a una acción debidamente sustentada, quien ostenta bienes cuestionados tiene derecho a defenderse y aportar prueba fehaciente sobre su origen lícito y su buena fe. Si un tribunal competente determina que esos bienes tienen origen o destino ilícito y que no existe buena fe jurídicamente protegida, no deben seguir amparados por la lentitud, la influencia o el poder económico. Deben pasar al Estado y volver al bien común.

Cada peso robado que no se recupera se convierte en deuda moral, fiscal y social que terminarán pagando nuestros hijos.

No basta con presentar culpables si los bienes robados no regresan al patrimonio público. Y no basta con perseguir casos si las mismas prácticas vuelven con otro contrato, otra nómina, otra exención o una nueva concesión.

La verdadera lucha contra la corrupción debe responder tres preguntas: ¿dónde está el dinero?, ¿quiénes se beneficiaron?, ¿qué reglas deben cambiar para que no vuelva a ocurrir?

La corrupción también se disfraza de legalidad. A veces ocurre con contratos blindados, incentivos eternos, obras sobrevaluadas, compras sin competencia real, subsidios sin beneficiario claro y privilegios convertidos en política pública.

Por eso el combate a la corrupción no puede limitarse al funcionario que mete la mano. También debe mirar al modelo que permite capturar decisiones públicas, recibir beneficios sin retorno y trasladar el costo al ciudadano común.

Esto no es contra empresarios productivos ni contra inversión responsable. Es contra privilegios sin consecuencia, subsidios sin auditoría, incentivos sin resultados e impunidad vestida de normalidad.

La Constitución dominicana no manda un Estado de espectáculo. Manda un Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en dignidad humana, derechos fundamentales, trabajo, soberanía popular y separación de poderes. Cuando los recursos se pierden en corrupción, clientelismo o privilegios, no solo se viola la ética pública: se contradice el mandato constitucional.

En el Frente Cívico y Social estamos convencidos de que la lucha anticorrupción debe dejar de ser temporada de titulares y convertirse en política permanente de Estado: registro público de bienes recuperados, auditorías de subsidios y exenciones, contrataciones transparentes, control ciudadano de obras, protección a denunciantes, sanción patrimonial y destino social de los recursos recuperados.

Cada peso recuperado debe tener rostro y destino: escuelas, hospitales, agua, seguridad, transporte, electricidad, apoyo productivo, juventud y movilidad social. Porque lo robado no puede quedarse en expedientes. Lo robado debe volver al pueblo.

No se trata de venganza. Se trata de República. No se trata de dividir al país. Se trata de unir a la ciudadanía alrededor de una regla básica: quien robe al pueblo debe responder ante la justicia y ante la República.

Porque un país donde la corrupción entretiene más de lo que repara no está haciendo justicia: está administrando indignación. Y una nación que administra indignación, pero no recupera lo robado, no abre camino. Lo bloquea.

Ya basta de justicia-espectáculo: lo robado debe volver al pueblo y la República debe ser gobernada con orden constitucional.

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Opinión

El Giro Constitucional de 2010 y la Inclusión Electoral como Expresión de la Dignidad

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Por Robinson Lebrón

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El bloque de constitucionalidad y la dimensión sustantiva del sufragio

La proclamación de la Constitución del 26 de enero de 2010 supuso una ruptura paradigmática en el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, al transicional formalmente desde un Estado clásico de derecho hacia un Estado Social y Democrático de Derecho. Esta transformación situó a la dignidad humana en la cúspide axiológica del sistema, definiéndola en su artículo 5 como el fundamento ético y ontológico de la República, y reforzándola en el artículo 38 como un valor sagrado, innato e inviolable.

Bajo esta nueva matriz dogmática, los derechos políticos tradicionalmente interpretados como meras facultades procedimentales para la alternancia del poder adquirieron la categoría de derechos fundamentales vinculados directamente al libre desarrollo de la personalidad y a la autonomía individual. Votar y ser elegible dejaron de ser simples mecanismos técnicos de agregación de preferencias para convertirse en un canal de autorrealización ciudadana.

El Tribunal Constitucional dominicano, a través de su prolífica jurisprudencia a partir de 2012, consolidó este criterio al establecer que los derechos de ciudadanía no pueden ejercerse plenamente si se despoja al individuo de las condiciones mínimas materiales y de respeto a su integridad moral. Por consiguiente, la legitimidad de los procesos electorales en los últimos veinte años empezó a medirse no solo por la pulcritud del cómputo de las boletas, sino por la capacidad del Estado para garantizar que cada ciudadano concurra a las urnas en condiciones de libertad, igualdad y no discriminación.

Mecanismos de inclusión fáctica: El Voto Accesible

Uno de los hitos más tangibles en la operativización de la dignidad humana dentro del sistema electoral dominicano ha sido el desmantelamiento progresivo de las barreras arquitectónicas y metodológicas que históricamente excluyeron a las personas con discapacidad y a los adultos mayores. En consonancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el mandato de igualdad del artículo 39 de la Carta Magna, la Junta Central Electoral (JCE) implementó de manera sistemática a partir de la década de 2010 la política de Voto Accesible.

Esta política institucionalizada se ramificó en tres componentes principales que devolvieron la autonomía al elector:

  • Colegios Electorales en Primeros Niveles: La reubicación obligatoria de las mesas de votación en las plantas bajas de los recintos escolares y recintos públicos para garantizar el libre acceso de ciudadanos con movilidad reducida o usuarios de sillas de ruedas.
  • Plantillas Braille: La introducción de boletas auxiliares con relieve para las personas con discapacidad visual, permitiendo por primera vez el ejercicio del voto secreto e independiente, eliminando la necesidad de delegar su voluntad en un tercero, práctica que lesionaba directamente su dignidad y privacidad.
  • El Programa de Voto en Casa: Un plan piloto ejecutado en los últimos ciclos electorales diseñado para trasladar al personal de las mesas de votación y las urnas directamente a los hogares de ciudadanos con condiciones de salud extremas o inmovilidad absoluta, reconociendo su estatus de miembros plenos de la soberanía política del Estado.

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Opinión

Cumplimiento  de la condena de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

El Estatuto de Roma dispone lo que debe realizarse luego del cumplimiento de la condena, según las limitaciones sobre el enjuiciamiento o el castigo de otros delitos. El Estatuto prevé sobre la transferencia de la persona que no sea un nacional de Estado que ejecuta, extradita o entrega al Estado que lo solicite.

La descripción que hace el Estatuto de Roma podría verse detallada de la regla de especialidad. Regula el derecho individual de proteger a una persona que esta condenada o que cumple una condena, para que no sea enjuiciada o extraditada, salvo que la CPI lo acepte a solicitud del Estado.

Sin embargo, el Estatuto de Roma establece que la Corte Penal Internacional sólo podrá referirse a la solicitud de un Estado ¨¨¨luego de haber escuchado la opinión de la persona condenada¨.

Si un Estado acepta a una persona condenada, se necesitaran procedimientos apropiados para que se respete a cabalidad con este requisito. Particularmente los Estados de ejecución deberán adherirse a lo dispuesto en varias partes del Estatuto de Roma.

En cuanto a las medidas de parte de los Estados Partes de la CPI para la implementación cabe destacar  que esto podría requerir de cambios tanto legislativos como administrativos por parte de los Estados aceptantes.

En lo referente a la revisión por parte de la CPI para reducir condenas, el Estatuto de Roma establece claramente que solo la Corte tiene la potestad de reducir la condena luego de haber dado audiencia a la persona condenada.

La revisión de una sentencia por parte de la CPI deberá llevarse a cabo cuando la persona haya cumplido dos tercios de la condena, o 25 años en el caso de la cadena perpetua. La CPI podrá reducir la sentencia basándose en los elementos en lo que al respecto establece el Estatuto de Roma.

En el contexto de cumplimiento de las obligaciones los Estados no deberán interferir con las condenas impuestas por la Corte Penal Internacional, ya sea reduciendo o modificando la sentencia. En este sentido se recomienda que los Estados  deberán revisar su legislación para evitar esta posibilidad.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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