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Opinión

La renuncia de Minou del PLD

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Por Narciso Isa Conde

NARCISO-ISA-CONDE11111121Qué bueno que Minou Tavares Mirabal haya renunciado a seguir en la corporación PLD.

Después de militar en el Partido Comunista Dominicano -PCD- y de admirar el pensamiento y la actitud de política de nuestro Orlando Martínez, no debió ingresar al partido morado.

Luego de estudiar en Cuba en la época que le tocó, no fue una idea feliz hacerlo.

Menos aun permanecer en él cuando esa organización pactó con Balaguer y con el neo-trujillismo para formar el tristemente famoso “frente patriótico” que lo llevó al Gobierno en 1996 y lo infectó para siempre.

Mucho menos quedarse en él a continuación del primer Gobierno de Leonel.

Pero menos aun permanecer durante los ocho años de los dos Gobierno posteriores del nuevo aspirante a monarca y a caudillo.

Jamás debió aceptar que la memoria emblemática de Minerva Mirabal y de Manolo Tavárez Justo fuera usada por la nueva lacra peledeísta asociada indecentemente al neo-trujillismo balaguerista y constantemente cooptada y manipulada por Leonel.

¡Jamás!

Permanecer 20 años, incluido casi catorce, en la dirección de un PLD convertido en partido-Estado, promotor de un sistema de privilegios y canonjías en favor de sus cuadros; defendiendo, promoviendo, votando a favor, coexistiendo y/o tolerando en silencio una cúpula corrompida y corruptora, y un liderazgo perverso, no es cualquier cosa para mí; aunque vale decir que en tiempos recientes -y/o ocasionalmente- ella tuvo gestos y reacciones dignas en temas de importantes y asumió también posiciones políticas diferenciadas del conservadurismo tradicional que le han ganado puntos de simpatía.

Qué bueno, de todas maneras, que Minou finalmente haya tomado esa decisión y se haya expresado en los términos contenidos en su carta de renuncia.

Qué bueno que por fin haya deslindado campo frente al reino de la impunidad y a uno de los pilares fundamentales que la sostiene y prolonga.

Qué bueno que haya decidido tomar otros rumbos, al parecer ajenos a la dictadura institucionalizada y corrompida; aunque todavía no bien definidos ni precisados.

Buenísimo, además, porque evidencia la crisis que corroe a esa fuerza responsable de una gran traición a los ideales de la liberación nacional y social, y a la moral ylos principio de su fundador.

Ojalá, si sigue como diputada, eche por la borda todos, absolutamente todos los privilegios establecidos en el Congreso, incluidos parte del sueldo escandaloso, las exoneraciones, el barrilito, las dietas jugosas…y denuncie la forma inmoral como se maneja y usa el presupuesto del Poder Legislativo y el de la nación, y los pactos espurios con el Poder Ejecutivo y el gran empresariado.

Ojalá se atreva a promover la democracia de calle, a enfrentar la dictadura institucional, a denunciar el carácter conservador y neoliberal de la Constitución del 2010 y a proclamar que esa Constitución no es la suya, sino la de Leonel, Danilo, Vincho, el PRD, el PRSC el Conep y la Cámara Americana…

A demandar la destitución -vía movilización popular- de la Junta Central Electoral, del Tribunal Supremo Electoral…y a denunciar las llamadas altas cortes.

A promover la Constituyente Popular y Soberana como proceso necesario para refundar las instituciones, rescatar la independencia conculcada, recuperar el patrimonio privatizado, salvar al país de la depredación a cargo de las transnacionales y garantizarle una vida digna a la colectividad dominicana.

A asumir el proyecto de Patria Grande, de Unión Antillana, de humanidad redimida.

¡Ojalá!

Todo el mundo tiene derecho a reivindicarse y a rectificar, salvo delincuentes de lesa patria. Ella, por demás, por su valor emblemático y su talento, puede ser una apreciable fuente de luz capaz de vencer ciertas sombras.

Incluso yo quisiera ver de nuevo a la tierna Minou -aunque posiblemente es mucho pedirle después de tan prolongado y conturbador retroceso- criticar al imperialismo y al capitalismo caníbal y ecocida de esto tiempos, al lumpen capitalismo criollo en particular, y sentirla dispuesta a transitar las nuevas rutas que nos acerquen a tomar, junto a las multitudes preteridas, el cielo por asalto; esto es, a conquistar pan, libertad, igualdad y la alegría para todos/as.

Quisiera –pero ciertamente es pretencioso solicitárselo ahora- verla caminando en dirección a abrazar de nuevo el socialismo participativo y democrático que soñaron Orlando y el Che, el que tan orgullosamente compartimos en la valiente y creativa familia pecedeísta, haciendo honor a los/as luchadores/as del 46, a los Expedicionarios de Luperón y de Junio, a Minerva, a Manolo, a José Cordero Michel, a Tulio, a Periclito, a Asdrúbal, a Pedro Mir… que oportunamente -y en sus mejores tiempos- se acercaron sin prejuicio al saber marxista y cortaron todas las amarras que pudieron atarlos/as al degradante poder opresor del capital.

Pero de todas maneras ese paso exige de su parte definiciones más precisas y claras rupturas con el status quo, más allá de su renuncia de ese partido estructuralmente envilecido.

Exige, necesariamente, romper con la lógica unilateralmente electoralista, concentrada en la promoción personal y en los remiendos al sistema en crisis, y optar por una transformación que arranque de raíz este engendro estatal y reemplace progresivamente esta injusta anti-democrática, mercantilizada y degradada sociedad por una capaz de crear de manera constante y ascendente democracia participativa, justicia social y felicidad colectiva e individual.

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Opinión

La justicia-espectáculo no devuelve lo robado

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Por Isaías Ramos

Una nación no se empobrece solamente cuando le roban dinero. Se empobrece cuando el robo se normaliza, cuando la impunidad se administra, cuando la persecución de la corrupción se percibe como selectiva y cuando la justicia se convierte en espectáculo para entretener la indignación, pero no para devolverle al pueblo lo que le quitaron.

La corrupción no vive solo en expedientes, titulares o ruedas de prensa. Se siente cuando falta medicina en un hospital, cuando una escuela se deteriora, cuando un apagón apaga un negocio, cuando una familia se endeuda para comer y cuando un joven descubre que el mérito no pesa tanto como la conexión.

Después de hablar de un país donde la movilidad social está bloqueada, hay que decirlo con claridad: la corrupción es una fábrica de inmovilidad social. Roba dinero, sí; pero también roba confianza, oportunidades, futuro y dignidad.

El informe de clima social de LS Consulting confirma que corrupción y costo de vida se consolidan como ejes del malestar: el costo de vida es la experiencia diaria; la corrupción, la explicación de por qué ese costo no se administra mejor. También muestra que 78% de los consultados siente que el gobierno no da el ejemplo cuando pide austeridad.

Ahí está el fondo: el pueblo recorta, se endeuda, sacrifica salud, alimentación, transporte y tranquilidad; mientras observa que arriba muchas veces no hay la misma disciplina, transparencia ni sacrificio.

Por eso la lucha contra la corrupción no puede ser selectiva ni teatral. Cuando no recupera bienes, no desmonta redes, no cambia reglas, no audita subsidios, no transparenta concesiones, no revisa exenciones y no devuelve recursos al pueblo, deja de ser justicia y se convierte en espectáculo. Una justicia-espectáculo puede producir titulares, pero no reconstruye movilidad social.

El país no necesita “pan y circo” anticorrupción. Necesita justicia con recuperación de activos y reforma institucional.

Y aquí cabe una pregunta que la República debe hacerse sin miedo: ¿para qué se aprobó y promulgó una Ley de Extinción de Dominio si los bienes ilícitos no se persiguen con firmeza, si lo robado no se recupera con transparencia y si esos recursos no vuelven a escuelas, hospitales, agua, seguridad, electricidad y oportunidades?

La Ley núm. 340-22 regula la extinción de dominio como acción autónoma, independiente y patrimonial, ejercida contra bienes ilícitos y no como sustituto del juicio penal contra una persona. Reconoce derechos y garantías de las partes afectadas y exige declaración judicial a favor del Estado.

Hay que hablar con rigor. La extinción de dominio no significa quitar bienes por discurso, presión política o condena mediática. La ley dispone que el juicio sea en audiencia pública, oral y contradictoria; que las pruebas se debatan; que el Ministerio Público pruebe las causales de procedencia y la ausencia de buena fe; y que el estándar aplicable sea la preponderancia de la prueba.

Pero tampoco puede convertirse en letra muerta. Frente a una acción debidamente sustentada, quien ostenta bienes cuestionados tiene derecho a defenderse y aportar prueba fehaciente sobre su origen lícito y su buena fe. Si un tribunal competente determina que esos bienes tienen origen o destino ilícito y que no existe buena fe jurídicamente protegida, no deben seguir amparados por la lentitud, la influencia o el poder económico. Deben pasar al Estado y volver al bien común.

Cada peso robado que no se recupera se convierte en deuda moral, fiscal y social que terminarán pagando nuestros hijos.

No basta con presentar culpables si los bienes robados no regresan al patrimonio público. Y no basta con perseguir casos si las mismas prácticas vuelven con otro contrato, otra nómina, otra exención o una nueva concesión.

La verdadera lucha contra la corrupción debe responder tres preguntas: ¿dónde está el dinero?, ¿quiénes se beneficiaron?, ¿qué reglas deben cambiar para que no vuelva a ocurrir?

La corrupción también se disfraza de legalidad. A veces ocurre con contratos blindados, incentivos eternos, obras sobrevaluadas, compras sin competencia real, subsidios sin beneficiario claro y privilegios convertidos en política pública.

Por eso el combate a la corrupción no puede limitarse al funcionario que mete la mano. También debe mirar al modelo que permite capturar decisiones públicas, recibir beneficios sin retorno y trasladar el costo al ciudadano común.

Esto no es contra empresarios productivos ni contra inversión responsable. Es contra privilegios sin consecuencia, subsidios sin auditoría, incentivos sin resultados e impunidad vestida de normalidad.

La Constitución dominicana no manda un Estado de espectáculo. Manda un Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en dignidad humana, derechos fundamentales, trabajo, soberanía popular y separación de poderes. Cuando los recursos se pierden en corrupción, clientelismo o privilegios, no solo se viola la ética pública: se contradice el mandato constitucional.

En el Frente Cívico y Social estamos convencidos de que la lucha anticorrupción debe dejar de ser temporada de titulares y convertirse en política permanente de Estado: registro público de bienes recuperados, auditorías de subsidios y exenciones, contrataciones transparentes, control ciudadano de obras, protección a denunciantes, sanción patrimonial y destino social de los recursos recuperados.

Cada peso recuperado debe tener rostro y destino: escuelas, hospitales, agua, seguridad, transporte, electricidad, apoyo productivo, juventud y movilidad social. Porque lo robado no puede quedarse en expedientes. Lo robado debe volver al pueblo.

No se trata de venganza. Se trata de República. No se trata de dividir al país. Se trata de unir a la ciudadanía alrededor de una regla básica: quien robe al pueblo debe responder ante la justicia y ante la República.

Porque un país donde la corrupción entretiene más de lo que repara no está haciendo justicia: está administrando indignación. Y una nación que administra indignación, pero no recupera lo robado, no abre camino. Lo bloquea.

Ya basta de justicia-espectáculo: lo robado debe volver al pueblo y la República debe ser gobernada con orden constitucional.

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Opinión

El Giro Constitucional de 2010 y la Inclusión Electoral como Expresión de la Dignidad

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Por Robinson Lebrón

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El bloque de constitucionalidad y la dimensión sustantiva del sufragio

La proclamación de la Constitución del 26 de enero de 2010 supuso una ruptura paradigmática en el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, al transicional formalmente desde un Estado clásico de derecho hacia un Estado Social y Democrático de Derecho. Esta transformación situó a la dignidad humana en la cúspide axiológica del sistema, definiéndola en su artículo 5 como el fundamento ético y ontológico de la República, y reforzándola en el artículo 38 como un valor sagrado, innato e inviolable.

Bajo esta nueva matriz dogmática, los derechos políticos tradicionalmente interpretados como meras facultades procedimentales para la alternancia del poder adquirieron la categoría de derechos fundamentales vinculados directamente al libre desarrollo de la personalidad y a la autonomía individual. Votar y ser elegible dejaron de ser simples mecanismos técnicos de agregación de preferencias para convertirse en un canal de autorrealización ciudadana.

El Tribunal Constitucional dominicano, a través de su prolífica jurisprudencia a partir de 2012, consolidó este criterio al establecer que los derechos de ciudadanía no pueden ejercerse plenamente si se despoja al individuo de las condiciones mínimas materiales y de respeto a su integridad moral. Por consiguiente, la legitimidad de los procesos electorales en los últimos veinte años empezó a medirse no solo por la pulcritud del cómputo de las boletas, sino por la capacidad del Estado para garantizar que cada ciudadano concurra a las urnas en condiciones de libertad, igualdad y no discriminación.

Mecanismos de inclusión fáctica: El Voto Accesible

Uno de los hitos más tangibles en la operativización de la dignidad humana dentro del sistema electoral dominicano ha sido el desmantelamiento progresivo de las barreras arquitectónicas y metodológicas que históricamente excluyeron a las personas con discapacidad y a los adultos mayores. En consonancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el mandato de igualdad del artículo 39 de la Carta Magna, la Junta Central Electoral (JCE) implementó de manera sistemática a partir de la década de 2010 la política de Voto Accesible.

Esta política institucionalizada se ramificó en tres componentes principales que devolvieron la autonomía al elector:

  • Colegios Electorales en Primeros Niveles: La reubicación obligatoria de las mesas de votación en las plantas bajas de los recintos escolares y recintos públicos para garantizar el libre acceso de ciudadanos con movilidad reducida o usuarios de sillas de ruedas.
  • Plantillas Braille: La introducción de boletas auxiliares con relieve para las personas con discapacidad visual, permitiendo por primera vez el ejercicio del voto secreto e independiente, eliminando la necesidad de delegar su voluntad en un tercero, práctica que lesionaba directamente su dignidad y privacidad.
  • El Programa de Voto en Casa: Un plan piloto ejecutado en los últimos ciclos electorales diseñado para trasladar al personal de las mesas de votación y las urnas directamente a los hogares de ciudadanos con condiciones de salud extremas o inmovilidad absoluta, reconociendo su estatus de miembros plenos de la soberanía política del Estado.

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Opinión

Cumplimiento  de la condena de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

El Estatuto de Roma dispone lo que debe realizarse luego del cumplimiento de la condena, según las limitaciones sobre el enjuiciamiento o el castigo de otros delitos. El Estatuto prevé sobre la transferencia de la persona que no sea un nacional de Estado que ejecuta, extradita o entrega al Estado que lo solicite.

La descripción que hace el Estatuto de Roma podría verse detallada de la regla de especialidad. Regula el derecho individual de proteger a una persona que esta condenada o que cumple una condena, para que no sea enjuiciada o extraditada, salvo que la CPI lo acepte a solicitud del Estado.

Sin embargo, el Estatuto de Roma establece que la Corte Penal Internacional sólo podrá referirse a la solicitud de un Estado ¨¨¨luego de haber escuchado la opinión de la persona condenada¨.

Si un Estado acepta a una persona condenada, se necesitaran procedimientos apropiados para que se respete a cabalidad con este requisito. Particularmente los Estados de ejecución deberán adherirse a lo dispuesto en varias partes del Estatuto de Roma.

En cuanto a las medidas de parte de los Estados Partes de la CPI para la implementación cabe destacar  que esto podría requerir de cambios tanto legislativos como administrativos por parte de los Estados aceptantes.

En lo referente a la revisión por parte de la CPI para reducir condenas, el Estatuto de Roma establece claramente que solo la Corte tiene la potestad de reducir la condena luego de haber dado audiencia a la persona condenada.

La revisión de una sentencia por parte de la CPI deberá llevarse a cabo cuando la persona haya cumplido dos tercios de la condena, o 25 años en el caso de la cadena perpetua. La CPI podrá reducir la sentencia basándose en los elementos en lo que al respecto establece el Estatuto de Roma.

En el contexto de cumplimiento de las obligaciones los Estados no deberán interferir con las condenas impuestas por la Corte Penal Internacional, ya sea reduciendo o modificando la sentencia. En este sentido se recomienda que los Estados  deberán revisar su legislación para evitar esta posibilidad.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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