Opinión
La sargento dominicana del Army-USA Johanny Rosario: víctima en Afganistán
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4 años agoon
Como nada humano me es ajeno, entendemos el dolor de sus familiares en EE.UU y aquí, entre sus amistades cercanas y su comunidad.
Por Narciso Isa Conde

El diario El Caribe de nuestro país, en su edición del pasado 28 de agosto, reseñó de la siguiente manera la estremecedora muerte de una joven dominicana incorporada a una de las unidades de la Marina de EEUU radicada en Afganistán:
“La embajadora dominicana en los Estados Unidos, Sonia Guzmán, anunció la muerte de una joven de origen dominicano de 25 años, producto del atentado suicida ocurrido el pasado jueves en el aeropuerto de Kabul.”
“Se trata de Johanny Rosario, quien formaba parte del equipo militar de los Estados Unidos y se encontraba en Afganistán, junto a otros soldados estadounidenses en la misión especial de protección de miles de personas que pretendían salir del país tras el asentamiento de los talibanes.”
La joven Johanny Rosario Pichardo, ciudadana estadounidense de origen dominicano de 25 años de edad, residía en la ciudad de Lawrence, Massachusetts, y se desempeñaba en la unidad de la Fuerza Anfibia Naval, Task Force 51/ 5ta Brigada Expedicionaria de Infantería de Marina de los Estados Unidos, con el rango de sargento, según los datos publicados en el portal de la embajada dominicana en Estados Unidos.
Junto a ella murieron un gran número de civiles que decidieron abandonar por vía aérea Afganistán, luego de la toma de Kabul y la conquista del poder estatal por el Ejército Guerrillero Talibán, como culminación de 20 años de resistencia contra la cruel y repudiable ocupación militar estadounidense de ese país ubicado en el Lejano Oriente.
El hecho es conmovedor e injustificable por tratarse de una acción genocida de corte terrorista dirigida contra personas que no estaban en un escenario de combate, incluidos/as muchos civiles, niños/as inocentes y personas de diferentes edades sin responsabilidad directa en las pasadas confrontaciones militares.
Nos duele intensamente que esa dominicana, descendiente de una familia trabajadora emigrante, haya fallecido en esas circunstancias en los albores de su vida; extensivo el dolor por las demás víctimas de una acción indiscriminada, movida solo por el afán de venganza y alimentada por un fanatismos aberrante.
Como nada humano me es ajeno, entendemos el dolor de sus familiares en EE.UU y aquí, entre sus amistades cercanas y su comunidad.
Una cosas son las guerras entre ejércitos estatales o entre ejércitos invasores y movimientos insurgentes liberadores, y otras el ejercicio del terror indiscriminado en cualquier tipo de confrontación.
Es distinto hacer la guerra dentro de normas de respeto a la población civil y otra practicar indiscriminadamente el terrorismo estatal, de grupo o individual.
Igual hay agresiones militares y guerras destinadas a dominar y oprimir, y guerras emancipadoras. Guerras justas y guerras injustas. Violencia dominante y opresora, y violencias liberadoras.
De las insurgencia e insumisiones violentas contra la tiranía, la opresión y el coloniaje -universalmente consagradas como derecho de los pueblos- surgen las gestas heroicas, y los héroes y heroínas de la naciones y del mundo. No así de violencia y la acción militar opresora. ¡Jamás de los ejércitos verdugos e invasores!
El Che es un ser querido y asumido como símbolo del bien a nivel mundial, lo que nunca pasará con Hitler, Reagan y Bush, por ejemplo.
· UNA REFLEXIÓN IMPRESCINDIBLE.
Todo esto nos obliga a reflexionar más allá de lo repudiable del hecho de terror acaecido y de los sufrimientos que ha causado.
El terrorismo tiene varias caras y no pocas características y modalidades. No solo se trata del que practican ciertos grupos armados del islamismo fundamentalistas; o del asumido por determinados comandos ultraizquierdistas, no en pocos casos provocados o estimulados por intensos y largos periodos de violencia imperialista y/o tiránica.
Hay otros terrorismos, como el terrorismo de Estado a nivel nacional y a escala transnacional.
Los Estados de EEUU, Israel, Colombia son Estados Terroristas responsables de innumerables acciones genocidas, masacres y asesinatos en masa.
La llamada Guerra Global Antiterrorista declarada y asumida por presidentes de EEUU y Gobiernos aliados, desplegada por el PENTÁGONO y CIA, acompañada por la OTAN y ejércitos locales bajo su tutela, es una GUERRA TERRORISTA, ejecutada por Estados y fuerzas militares con gran poder destructivo y de exterminio, responsables de millones de civiles muertos y heridos, incluida población infantil.
Bombardeos de ciudades, aldeas, escuelas, hospitales, invasiones destructivas a países soberanos, paramilitarismo asesino, operaciones encubiertas, sabotajes, bloqueos criminales, desapariciones, masacres, guerras de diferentes intensidades y generaciones, centros de torturas y políticas de terror, centros de torturas, guerras bacteriológicas y químicas…son recursos del TERRORISMO DEL ESTADO aplicado recientemente por EU y aliados contra Cuba, Venezuela, República Dominicana, Haití, Honduras, Nicaragua, Chile, Uruguay, Argentina, Paraguay, El Salvador, Guatemala, Perú…
Pero donde se han roto todos los récords del TERROR IMPERIALISTA ha sido en Vietnam, Camboya, Laos, Congo, África del Sur, Ruanda, Somalia, Kosovo y la ex -Yugoslavia… y todavía en tiempos más cercanos en PALESTINA, AFGANISTÁN, IRAK, LIBIA, YEMEN, SIRIA…
Solo en IRAK los muertos superan el millón.
En AFGANISTÁN, veinte años de invasión militar y masacres, precedidas de tres intervenciones militares de Inglaterra y una de la URSS, todas fracasadas.
Los sufrimientos del pueblo afgano por culpa del IMPERIALISMO OCCIDENTAL han sido enormes, y sin que justifiquen las reacciones terroristas de los grupos talibanes más fundamentalistas de la resistencia nacional, sí explican la bravura de un pueblo empobrecido con una fuerte identidad nacional que le permiten derrotar los ejércitos más poderosos en los últimos dos siglo y recuperar reiterada veces su independencia.
La historia moderna de la humanidad no conoce de un poder más criminal y terrorista a nivel internacional que el de EEUU en su fase imperialista.
Pertenecer a su unidad de la Fuerza Anfibia Naval, Task Force 51/ 5ta Brigada Expedicionaria de Infantería de su Marina de Guerra (ARMY) fue también causa de la muerte de la joven dominicana víctima de un horripilante y vengativo acto terrorista, en tanto fuerza invasora generadora de odios merecidos.
Ella ni su familia son culpables de haberse dejado embaucar por una propaganda alienante y clientelista en lo militar, que presenta el terrorismo de Estado y las criminales intervenciones militares de EEUU y la OTAN, para tratar de preservar o recuperar dominios, como si fueran acciones patrióticas estadounidenses en defensa de su seguridad.
A la luz de hechos estremecedores como éste, las familias migrantes dominicanas y sus jóvenes descendientes están en el deber de reflexionar sobre el significado de integrarse y acompañar al ejército invasor de ese imperio en sus aventuras de conquista y reconquista violenta de territorios pertenecientes a otros pueblos, víctimas de sus genocidios y saqueos. Igual los integrantes de otras poblaciones de inmigrantes tercermundistas y la propia juventud estadounidense.
Ser valiente no equivale ni a ser héroe o heroína, ni a asumir causas justas,
Hay que resistirse a desplegar valor y talento para convertirse en carne de cañón del TERRORISMO DE ESTADO.
Es preciso recordar y reivindicar el digno ejemplo del campeón mundial de boxeo MOHAMED ALÍ (CASSIUS CLAY) cuando se resistió, como otros/as estadounidenses valientes, a ir a masacrar al pueblo vietnamita.
Por Narciso Isa Conde
El aumento es en dos partidas, una este año y otra el año que viene. A los hoteleros, con el primer aumento, le sube a 19, 320 pesos mensuales; y a los de bares y restaurantes, les sube a 16 mil pesos.
Las empresas de servicios turísticos han destruido la mitad de los manglares, cuyo valor es inmenso. Han diezmado los corales y afectado la flora y la fauna marina. Han privatizado las mejores playas del país. Sus resorts y edificaciones inmobiliarias toman más playas de las permitidas por las normas establecidas y hacen enormes fortunas con la explotación de costas hermosas, sol, mares y seres humanos que no son de su propiedad.
El estado y los medios se muestran indiferentes a todo esto. A los negocios turísticos, en manos de elites capitalistas, no le critican ni le cobran sus depredaciones. Tienen licencia para apropiarse de las costas, dañar la naturaleza y sobre-explotar a los trabajadores/as del sector, una parte significativa de inmigrantes haitianos.
Sus propietarios y operadores amasan enormes fortunas en ese y en múltiples negocios conexos, mientras los salarios de gran parte de los 250 mil trabajadores y trabajadoras que emplean, eran y son miserables, antes y después de los recientes aumentos.
Los/as trabajadores/as que devengan salarios mínimos del sector son la gran mayoría de los 250 mil que emplean sus hoteles, restaurantes y bares; y reciben ingresos que no llegan a la mitad del costo de la canasta familiar, aun sumándole el aumento espectacularmente anunciado de un 30% a los hoteleros y un 25 % a los empleados de bares y restaurante.
El aumento es en dos partidas, una este año y otra el año que viene. A los hoteleros, con el primer aumento, le sube a 19, 320 pesos mensuales; y a los de bares y restaurantes, les sube a 16 mil pesos.
Si se calcula el alza de los alimentos, alquileres, transporte, medicina, agua…en los meses comprendido dentro del aumento anterior y el actual, y posiblemente entre éste y al venidero (2026), no es difícil de apreciar que este anuncio tiene demasiado de farsa, dado que la canasta familiar ya supera los 45 mil pesos mensuales y sigue subiendo.
Claro, todo esto se explica porque la familia presidencial y no pocos altos funcionarios de este régimen tiene fuertes intereses y grandes apuestas en el negocio del turismo y no pocos de los principales multimillonarios del país dominan el sector y sus aeropuertos; además de tener el control directo del mismísimo ministerio del ramo, del ministerio de medio ambiente y de todo el gobierno, corporaciones y entidades relacionadas con la explotación de la naturaleza no humana y la gestión de una economía, partidos políticos y administración estatal altamente privatizadas. Algo que viene de atrás y se sigue agravando.
Opinión
Condenas de Prisión impuesta por la Corte Penal Internacional
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2 días agoon
junio 11, 2025Por Rommel Santos Díaz
El Estatuto de Roma dispone que una condena de prisión impuesta por la Corte Penal Internacional deberá cumplirse en el país designado por ésta, conforme a una lista de los Estados que aceptan a la persona condenada.
Un Estado que ha declarado su deseo de aceptar a una persona condenada por la Corte Penal Internacional podrá establecer condiciones para ser acordadas con la Corte.
Sin embargo, el Estado de ejecución de la condena deberá notificar a la Corte Penal Internacional si estas condiciones o cualquier otra circunstancia pudieran afectar materialmente los términos o duración de la pena de prisión, según el Estatuto de Roma.
El Estatuto de Roma también reconoce que el proceso de selección y designación de la Corte Penal Internacional esta basado en algunos principios rectores.
Uno de los principios rectores es el ¨principio de que los Estados Partes deberán compartir la responsabilidad en la ejecución de las penas de prisión, de conformidad con el principio de distribución equitativa, tal y como lo disponen las Reglas de Procedimientos y Prueba¨.
Finalmente, otros principios incluyen la aplicación de algunos estándares internacionales, la opinión y nacionalidad de la persona condenada, y otros factores similares concernientes a la ejecución de la peña del Estado que recibe al Condenado y que ejecute la sentencia.
Rommelsantosdiaz@gmailcom
Por Robinson Lebrón Céspedes
Concepto:
En todas partes del mundo la propina se considera como un aporte a los meseros o saloneros por la satisfacción del servicio recibido.
Cabanellas afirma que desde el primer día que el hombre tuvo la idea de recompensar por un servicio o de solicitar un favor, expresado con una retribución de agradecimiento, nació la propina.
1 Cabanellas Guillermo, compendio de derecho laboral, Argentina, editorial bibliográfica Omeba, 1968, P., 610. .
La propina en República Dominicana.
En nuestro país la propina se estableció mediante Ley No. 5432, de fecha 24 de noviembre de 1960, G. O. Núm. 8524, que establece la propina en hoteles, restaurantes, cafés, bares, y otros establecimientos comerciales y su reglamento 6293 sobre la ley de la propina obligatoria de fecha 24 de diciembre de 1960, que establecía que En los hoteles, restaurantes, cafés, bares, clubes, o casinos y, en general en los establecimientos comerciales donde se expenden, para su consumo en esos mismos lugares, bebidas o comidas, es obligación de los dueños, gerentes, representantes o encargados, tomar las providencias necesarias para la percepción del 10% por concepto de la propina establecida por la Ley.
En la República Dominicana, es obligatorio el diez por ciento (10%) de propina legal el cual solo ha de ser cobrado en los casos en que el usuario consuma dentro del establecimiento, ya que dicha proporción se cobra a fin de “ser distribuido íntegramente entre los trabajadores que han prestado servicio”, acorde a lo establecido en el artículo 228 de la Ley No. 16-92 el Código de Trabajo de la República Dominicana. Es por esto que cuando el usuario indique que su compra será “para llevar” (take-out) o “a domicilio” (delivery) dicho porcentaje no puede ser aplicado.
Así lo ha establecido la institución que ha sido creada por la Ley No.358-05 para la Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario y la Ley No.166-12 que crea el Sistema Dominicano para la Calidad, establecen que el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), le da calidad a esta institución para velar por la protección de los derechos fundamentales de los consumidores.
En Estados Unidos, muchos trabajadores de restaurantes, bares y hoteles, reciben buena parte de sus ingresos en propinas de los clientes. Algunos piensan que este sistema, no tan común en otros países, garantiza que los trabajadores de servicios atenderán mejor a la clientela, y que, al final del día, el buen servicio será recompensado con mayores ingresos. Esta idea está abierta al debate, y existen muchos puntos válidos a favor y en contra, pero vayamos a lo nuestro: la ley.
Las propinas son para el trabajador.
La principal norma es que todas las propinas deben quedarse en manos del trabajador, no del patrón, jefe o propietario del negocio. Está prohibido que los jefes busquen quedarse con las propinas o parte de ellas, a excepción de aquellos casos en los que se acuerda mantener un “pozo de propinas” o tip pool. De todos modos, el pozo de propinas solo aplica para algunos empleados, y el propietario no puede participar de él.
Propinas, salarios y “tip credit”
En gran parte de los Estados Unidos, excepto California, Minnesota y Oregon, los negocios en los que los empleados reciben propinas pueden pagar a sus trabajadores montos por debajo del salario mínimo, siempre y cuando la cantidad de dinero que reciben como propina compense la diferencia. Esta práctica se conoce como “crédito de propinas” o tip credit, en inglés.
En la India: es otro de los países donde si no dejas propina los verdaderos perjudicados son los camareros ya que su sueldo depende, en gran parte, de lo generosos que sean sus clientes.
República Checa: La cantidad depende del sitio en el que te encuentres, pero suele variar entre el 5 y el 15% en estos países la propina se entrega al camarero directamente en metálico.
Reino Unido: las famosas ‘tips’ de Reino Unido aparecen incluidas en las facturas bajo el epígrafe “service included”. El Gobierno británico afirmo que los clientes tienen el privilegio de elegir si dejar o no propina.
México y Uruguay: Los sueldos de los camareros en esta parte de Latinoamérica son tan bajos que muchos de ellos consiguen sobrevivir gracias a las propinas que dejan los clientes. No obstante, las leyes de estos países respaldan a los comensales para que no estén obligados a dejar más dinero que lo que marca su cuenta. De todas formas, lo más común es dejar entre el 10 y el 15% de la cuenta total.
Cuba: es uno de los casos más paradójicos de todos. En cuestión de unos años pasó de estar prohibida a la norma no escrita de dejar un 10% en los restaurantes. Países en los que es opcional.
Rusia, Ucrania y Rumania: En los dos primeros la propina estuvo prohibida durante todo el régimen comunista. Sin embargo, en los últimos años se ha popularizado. En estos tres países la costumbre es dejar entre el 5 y el 10% de la cuenta total.
Italia, Portugal y España: Son países flexibles en cuanto a la propina, tanto así que no tienen ni un porcentaje estipulado. Se tiende al redondeo y basta con dejar unas monedas encima de la mesa.
Hungría y Alemania: En estos dos países no se deja la propina encima de la mesa, hay que dársela al camarero en la mano.
Argentina y Chile: Lo recomendable es dejar un 10% extra. Países en los que están acostumbrados a dos propinas, estos países la propina es una costumbre.
Francia, Holanda, Austria, Polonia y Suecia: Los hay que no se conforman con incluir las propinas en la cuenta que también quieren que se les deje otro porcentaje más a sus camareros. Este es el caso de los tres países anteriores donde, aunque la cuenta ya incluye un pago extra, los camareros están acostumbrados a recibir un 10% más por sus servicios.
Brasil: Lo mismo pasa en este país los camareros esperan que se les pague un 10% extra al 10% que ya se añade de más en la cuenta de los clientes. Dónde no se recomienda dejar propina.
Este apartado es importante conocerlo bien. Pese a que puede parecer paradójico hay sitios en los que dejar más dinero de lo señalado en la cuenta es gesto de mala educación.
Japón: Los camareros nipones pueden sentirse ofendidos si dejas dinero sobre la mesa por lo que lo recomendable es decir gracias.
China: Pueden incluso perseguirte por la calle para devolverte tu dinero si decides dejar propina a los camareros. No obstante, es una costumbre que cada vez se ve más en las partes más occidentales del país.
Singapur: Este país lo tenía prohibido por la ley ya que estaba mal visto. Sin embargo, el creciente turismo que está llegando al país ha introducido la costumbre en sus zonas más visitadas.
Venezuela: el pasado mes de marzo aprobó un proyecto de ley que dicta normas sobre protección al consumidor y defensa de la competencia. Se trata de una ley que impide a los comerciantes sugerir o incluir en las facturas, las propinas o gratificaciones al personal del establecimiento. 5
Bibliografía.
Cabanellas Guillermo, compendio de derecho laboral, Argentina, editorial bibliográfica Omeba, 1968, P., 610.
Ley No. 5432, de fecha 24 de noviembre de 1960, G. O. Núm. 8524, que establece la propina en hoteles, restaurantes, cafés, bares, y otros establecimientos comerciales.
Reglamento 6293 sobre la ley de la propina obligatoria De fecha 24 de diciembre de 1960.
https://www.lainformacion.com/mundo/paises-obligatorio-dejar-propina- prohibido_0_913409158.html.
http://proconsumidor.gob.do/2016/08/30/comunicado-oficial-sobre-el-cobro-del-10-de-propina-legal/.
Por: Ma. Robinson Jesús Lebrón Céspedes.
El autor es Abogado y Docente Universitario.