Análisis Noticiosos
La sentencia histórica que reconoce el racismo estructural en Ecuador
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1 año agoon
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LA REDACCIÓNEl fallo de la Corte Constitucional declaró que Furukawa perpetró esclavitud moderna por el “origen afrodescendiente” de sus trabajadores. Tres activistas y académicos analizan las deudas pendientes del Estado con esta población
El pueblo negro lleva en Ecuador más de cinco siglos. La mayoría llegaron esclavizados desde Senegal, Gambia, Congo y Angola y fueron obligados a trabajar la tierra de otros; a pertenecer a otros. Estas comunidades, asentadas principalmente en el corredor del Pacífico, llevan resistiendo en los palenques desde entonces. En estos espacios cercados, los esclavos huidos y los que compraban su propia libertad se organizaban en comunidad, atesoraban sus costumbres y su cultura y fueron cocinando la abolición, proclamada tres siglos más tarde, en 1852. Hoy, 172 años después, el Estado ha admitido que estas prácticas similares a la esclavitud continuaron vigentes en pleno siglo XXI.
Para David Quiñonez, médico y secretario general de la Unión del Pueblo Afroecuatoriano, este puede ser un momento clave de reparación real: “Sentimos que al fin encontramos una voz activa que escucha nuestras demandas históricas. El Estado tiene ahora una oportunidad de oro para reparar no sólo a las víctimas de Furukawa. Los indicadores sociales de estas comunidades muestran unas brechas abismales. Este es el racismo estructural del que habla la Corte y que el Estado no ha reparado nunca”.
El 7,2% de la población ecuatoriana es afrodescendiente. Sin embargo, representan el 40% de las personas empobrecidas del país; y el 15% de la pobreza extrema, frente al 4% de la media nacional. Además, uno de cada diez afroecuatorianos no cuenta con saneamiento adecuado. Esta sobrerepresentación recogida en el Informe de Visita del Grupo de Expertos de Naciones Unidas sobre Afrodescendientes también está presente en las cárceles. En términos educativos, el fenómeno se invierte, y esta comunidad está infrarrepresentada. En Ecuador, un 84% de los estudiantes negros no pueden acceder a estudios superiores; un 10% más que la tasa nacional. “Somos todavía una comunidad excluída y vulnerada”, cuenta el experto, quien presentó un amicus curiae en el juicio tras haber atendido como doctor a las víctimas de esclavitud en las haciendas.
Génesis Anangonó, del Centro de investigación de Estudios de África y Afroamérica, tilda de “agridulce” este fallo. Para ella, el tiempo que se han tomado los tribunales en fallar un caso tan importante para el país “es un espejo de cómo la sociedad no prioriza” las luchas de los afrodescendientes, cuenta por teléfono. Aunque asegura que el discurso negacionista de la colonización o la esclavitud no es tan fuerte en su país, siente que se repite el mismo problema: “Todos creen que el racista es el otro”. Así, explica, se percibe que la reflexión -de haberse hecho- es aún muy superficial. Es por ello que las escasas políticas de acciones afirmativas para achicar más la brecha son completamente desprestigiadas por la sociedad. “Nos siguen diciendo: ‘Es que a ustedes les regalan las cosas”, lamenta.
Jaqueline Gallegos, coordinadora del Observatorio de Derechos Humanos Afroecuatoriano coincide y lamenta que este tema no haya sido politizado ni en Ecuador ni en la región. “Nuestros Estados han nacido de prácticas coloniales, se fundaron en la discriminación y en la esclavitud. Y se ha hecho muy poco por resarcirlo”, asegura.
Para ella, estas vulneraciones actuales tienen muchas similitudes con la “trata transatlántica”. “Entonces se deshumanizaron a las personas y se las vendían, casi como si fueran animales. Esa discriminación, la de no reconocer los derechos del otro, sigue vigentes en nuestros Estados y, sinceramente, no creo que ni el Ecuador ni la sociedad estén preparados para la reparación que necesitamos”. Aunque los tres expertos inciden en que la reparación económica que pide la Corte a Furukawa -y que la empresa ya ha tildado de “imposible” de pagar- no será nunca suficiente para resarcir “los cuerpos atravesados por el racismo”, consideran que es un buen punto de partida. Es la punta del hilo de un ovillo que va a requerir muchas manos para desenredar.
Aunque Gallegos celebra la contundencia de la Corte, habla de “utopía” en su implementación, ya que, dice, “Ecuador es el país de las normas” que luego no salen del papel. “No creo que se priorice este tema, en el momento de crisis de seguridad actual en el que una persona negra sigue siendo sospechosa de cualquier delito por el mero hecho de ser afrodescendiente”, explica Gallegos, quien también anima a los tribunales a empezar a preguntar al pueblo negro de qué forma quiere ser reparado.
“La reparación no puede venir solo desde fuera”, dice. “Es una construcción con los sujetos de derechos. Pasa igual con la lucha antirracista: no puede ser una responsabilidad de las víctimas. Tiene que ser toda una sociedad buscando la igualdad social”.
Para los tres académicos, esta es una gran oportunidad para sentar bases en el mundo de la agroindustria, un sector en el que los trabajadores son la mayoría afrodescendientes e indígenas. “La relación entre los dueños de las tierras y los trabajadores tiene que cambiar ahora”, dice Anangonó. “La Corte sentó un antecedente”.
Gallegos señala a la justicia y a las demás instituciones del Estado como parte también de esa herencia colonial y racista intrínseca al país. “Es difícil ser crítico ante ciertas realidades si no entiende que es necesario trabajar el modelo de justicia desde las interseccionalidades”, narra. Este concepto académico que subraya la superposición de las capas de exclusión, como el género, la raza y el estrato es también recogido pioneramente por la Corte: “Estas personas [las víctimas de Furukawa] se encuentran en condición de vulnerabilidad interseccional, pues existen múltiples factores de vulnerabilidad que confluyen en todos los abacaleros y arrendatarios y que configuran una situación de riesgo en el ejercicio de sus derechos”.
Precisamente porque la Corte reconoce que existen estas capas de discriminación. Las mujeres que han vivido en las haciendas y que se han sumado a la denuncia de Furukawa recibirán un monto adicional, por el hecho de ser mujeres. Nombrarlo, dicen, es un paso gigante. Pero no suficiente. “Es un punto de partida que celebramos”, explica Quiñonez. “Pero sabemos que nos toca seguir vigilantes para que no quede en papel mojado”.
elpais.com
Análisis Noticiosos
Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.
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3 días agoon
mayo 21, 2026Por José Cabral
Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.
Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.
Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.
Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.
Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.
Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.
El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.
De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.
Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.
Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.
Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.
Por José Cabral
Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.
Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.
Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.
Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso de la especie, lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.
Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.
Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.
Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.
Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.
Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.
No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.
Análisis Noticiosos
La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.
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3 semanas agoon
mayo 6, 2026Por José Cabral
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.
Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.
La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.
Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.
Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.
Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.
Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.
Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.
En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.
La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.
