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La sociedad civil decide impulsar un proceso electoral transparente

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Por Juan Bolívar Díaz

Uno de los acontecimientos más positivos tras el inicio de la campaña electoral para las elecciones municipales de febrero ha sido el surgimiento de una concertación de organizaciones y personalidades de los ámbitos religiosos, académicos y sociales para promover un proceso electoral transparente que fortalezca la institucionalidad democrática,

En una reunión con partidos políticos, los propulsores comenzaron el miércoles a presentar los lineamientos de su “Manifiesto Ciudadano por un Sistema Electoral Transparente y ya tienen cita para entregarlo la próxima semana a la Junta Central Electoral (JCE), mientras tratan de incorporar las organizaciones empresariales.

Una iniciativa ciudadana

El Manifiesto es una iniciativa de la Mesa de Justicia y Transparencia del Foro Ciudadano, constituido por cientos de organizaciones y redes sociales, ahora bajo coordinación del Centro Juan XXIII, que es un agrupamiento de intelectuales, académicos y profesionales católicos. Fue dado a conocer en rueda de prensa el 4 de diciembre en el local de esta entidad, que en la parroquia Santísima Trinidad.

El primer encuentro del núcleo tuvo efecto el pasado miércoles 11 con dirigentes de partidos políticos en un salón de la Universidad Católica Madre y Maestra, cuyo rector, reverendo Alfredo de la Cruz Balderas, es parte de los promotores, al igual que el rector de la Universidad Católica Santo Domingo, monseñor Jesús Castro, quien además es obispo auxiliar de la Arquidiócesis de Santo Domingo.

Aunque fueron invitados formalmente todos los partidos, no asistieron los del bloque que encabezan el Partido de la liberación Dominicana y el Partido Revolucionario Dominicano, que postulan a Gonzalo Castillo para la presidencia. Si estuvieron representados los principales de la oposición, los del bloque que encabeza el Partido Revolucionario Moderno, postulando a Luis Abinader, y el bloque que lidera el nuevo partido La Fuerza del Pueblo y el Reformista Social Cristiano, que impulsan la candidatura presidencial de Leonel Fernández. También la Coalición Democrática por la Regeneración Nacional. Se informó que predominó un pleno respaldo a la iniciativa.

Una Comisión de Seguimiento ya tiene cita para entregar el Manifiesto el miércoles a la  JCE, y con la meta de hacer lo mismo con el Tribunal Superior Electoral y las autoridades del Poder Ejecutivo y del Ministerio Público. Esperan lograr la firma de un compromiso entre los partidos para alcanzar un proceso electoral transparente y competitivo en enero, antes de las elecciones municipales del 16 de febrero.

Objetivos del Manifiesto

El Manifiesto Ciudadano comienza planteando que “La democracia es la obra de todos. El derecho ciudadano a elegir y alternar sus autoridades a través del voto libre, personal, directo y secreto en un estado de derecho es el principal mecanismo de legitimación popular de los gobernantes”. Plantean que, no obstante, los procesos electorales dominicanos se caracterizan por “prácticas ilícitas y antidemocráticas que procuran distorsionar y manipular la expresión soberana de la voluntad popular”.

Es por eso que han decidido convocar a todas y todos los dominicanos sin excepción, a no escatimar esfuerzos y sacrificios para rescatar la credibilidad de las elecciones nacionales previstas en el año 2020 y así salvaguardar nuestra democracia y la indispensable legitimización de sus instituciones y representantes”. Dicen estar conscientes de que la manipulación de las elecciones “facilita esa misma corrupción que impunemente roba y malversa el erario y el patrimonio público”.

La convocatoria señala las responsabilidades que corresponden a la JCE, el TSE, al Poder Ejecutivo y en particular al Ministerio Público, a los partidos y movimientos políticos, a los medios y redes de comunicación, así como a la sociedad civil. A la JCE le pide hacer cumplir los planteamientos constitucionales y legales para la transparencia y equidad de los procesos electorales, con una serie de disposiciones específicas.

Al Poder Ejecutivo se le llama a no comprometer las finanzas públicas en beneficio de candidaturas, que los funcionarios se abstengan a la Ley de Función Pública, y que pongan en funcionamiento la Procuraduría para perseguir los delitos electorales. A los partidos “comprometerse públicamente con la transparencia y la equidad el proceso electoral venidero, por medio de la firma y respeto de un acuerdo” a ser consensuado.

Principales propulsores

Además de, Foro Ciudadano y los rectores de las dos universidades católicas capitalinas, entre los propulsores aparece también el Obispo de Baní-San Cristóbal, Víctor Masalles, el obispo emérito episcopal Julio César Holguín, el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica, el Observatorio de Políticas Públicas de la UASD, la Asociación Dominicana de Profesores, el Comité Nacional de los Derechos Humanos, el Consejo Metropolitano de Mujeres, Participación Ciudadana, el Centro Montalvo, Centro de Investigación y Promoción Social, Consejo de Desarrollo Cívico Social, Ciudad Alternativa, Santiago Somos Todos y las fundaciones Masada, Solidaridad, Testimonio y Trópico. Así mismo entidades de bases como Acción Comunitaria para el Progreso, Articulación Nacional Campesina, Cooperativa de Producción Social del Habita y la Vivienda, Comité para Defensa de los Derechos Barriales, Movimiento de Mujeres Trabajadoras y el Comité para Defensa de los Derechos Barriales.

Un vocero del movimiento indicó que sua Comisión de Seguimiento está constituida por el rector Alfredo de la Cruz Baldera, el reverendo Fidel Lorenzo, el empresario Franklin Báez Brugallos académicos Rafael Toribio, Fernando Ferrán y Fernando Peña, Jaime González, del Centro Juan XXIII, los comunicadores María Asela Alvarez y Huchi Lora, Mario Fernández, de Santiago Somos Todos, la sindicalista Eulogia Familia y Ricardo González, del Foro Ciudadano.

Entre las tareas inmediatas de los comisionados está la ampliación de las instituciones sociales en el movimiento, incluyendo las organizaciones empresariales, algunas de las cuales también expresan preocupación porque el proceso electoral en marcha no devenga en confrontaciones y pérdida de legitimidad que pongan en peligro no solo la institucionalidad democrática, sino también la estabilidad económica y social.

Volver a la concertación

A los propulsores del Manifiesto Ciudadano les mueve el objetivo de fortalecer la credibilidad de los partidos y la ciudadanía en los órganos rectores del proceso electoral, en especial la JCE, partiendo de que la misma necesita un fuerte apoyo para organizar un proceso electoral como dispone la Constitución y las leyes del Régimen Electoral y de Partidos Políticos.

Partieron de los conflictos en que devino el proceso de la elección primaria hasta el punto de haber provocado la división del partido gobernante y dejando incertidumbres sobre el voto automatizado y la credibilidad en los resultados electorales. Sólo el mercado de compra y venta de votos que operó públicamente en las primarias, ha sido señalado como suficiente para motivar la presencia activa de la sociedad civil en el seguimiento al proceso electoral de febrero y mayo, más allá del trabajo de observación electoral que hace 25 años realiza el movimiento cívico Participación Ciudadana.

Estarían procurando levantar una participación como el proyecto de Iniciativas Democráticas que movilizaron a la sociedad civil por la limpieza de las elecciones de 1996, 2000 y hasta el 2004, y que apoyaron firmemente a la JCE y contribuyeron al mejoramiento de esos procesos después del traumático fraude electoral de 1994 que llevó al Pacto por la Democracia, reduciendo a dos años el período gubernamental.

“Pacto por una campaña decente”

Aunque el Partido de la Liberación Dominicana no asistió a la convocatoria del “Manifiesto Ciudadano” el miércoles en la PUCMM, al día siguiente el coordinador de su Comisión de Estrategia de Campaña Electoral”, Francisco Javier, emplazó al PRM y su candidato Luis Abinader “a que diga que él está dispuesto a firmar un pacto por una campaña decente. Eso tras denunciar que en enero se pondría en práctica una “campaña negativa” contra su candidato Gonzalo Castillo.

La demanda peledeista podría canalizarse en el marco de la iniciativa ciudadana, donde podrían precisarse los términos de campaña negativa y de campaña sucia, porque negativo puede ser todo lo que denuncie hasta errores, limitaciones y actitudes de un partido o candidato. Campaña sucia es la que se fundamenta en mentiras, inventos o manipulaciones o distorsiones.

Abinader y los también candidatos presidenciales Leonel Fernández y Guillermo Moreno, así como dirigentes opositores han dicho que no están dispuestos a permitir inequidades y abusos del poder del Estado, como los denunciados en las últimas elecciones generales, cuando incluso la oposición no reconoció la legitimidad de la reelección del presidente Danilo medina, y en las primarias de octubre pasado.

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La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.

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Por José Cabral.

En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.

Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.

Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.

Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.

La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.

Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.

Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.

Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.

Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)

Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.

¿Percepción o realidad?

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Una Constitución de fachada.

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Por José Cabral

En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.

Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.

La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.

Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la  Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.

Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.

Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.

A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.

Señor

Magistrado Diomedes Y. Villalona G.

Presidente del Tribunal Superior Administrativo

Magistrado Villalona:

La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.

El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.

La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando  finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..

En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la  imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que  la propia ley ofrece la respuesta al respecto.

Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.

La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.

La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.

El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del  ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.

Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que  se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.

Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.

No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta.  Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos.  La medida cautelar solicitada por el impetrante  fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después  de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.

Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.

Sin otro particular,

José Antonio Cabral Salcedo.

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Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres

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Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para  de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.

La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.

El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.

Según la BBC2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.

Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.

La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.

En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.

Puerta al ecoturismo del Caribe

BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.

Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético

  •   Abu DhabiEmiratos Árabes Unidos
  •   Costa de OregónEstados Unidos
  •   Costa Rica
  •   GuimarãesPortugal
  •   Islas HébridasEscocia
  •   IshikawaJapón
  •   LoretoBaja California SurMéxico
  •   Montenegro
  •   Uruguay
  •  Valle de ColchaguaChile

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