Análisis Noticiosos
La suerte de Miguel Olivero
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14 años agoon
Por Juan Bolívar Díaz
A las 8 de la noche del domingo 4 de enero del 2009 Miguel Abraham Olivero Jiménez, 22 años, fue sacado de la fiesta navideña que junto a su novia y otros muchachos celebraban en el parqueo de su residencia en el barrio Invi de Santo Domingo Este por dos agentes policiales que rondaban “en busca de delincuentes”. Lo subieron al motor en que patrullaban y tras llevarlo a un descampado le metieron un solo balazo en la pierna y lo condujeron luego al cuartel policial, donde la patrulla fue recriminada por crear problemas al llevarlo vivo. Porque debieron matarlo.
Realmente Miguel Abraham fue un muchacho dichoso. Está vivo porque algo le remordió al raso Carlos Manuel Cuevas Pérez, que misericordiosamente sólo le disparó a una pierna y desobedeció la orden de que lo rematara del cabo Julio Soto Reyes. Lo demás es que era hijo de un funcionario y profesor de la Universidad Autónoma y ex dirigente peledeísta, de los fundadores, Juan Tomás Olivero, quien movió todo lo que pudo para salvar a su hijo, incluso llamando al programa Jornada Extra, que estábamos realizando a esa hora por Teleantillas para denunciar la situación. El Rector de la UASD gestionó rápidamente ante la PN.
Miguel pudo ser trasladado a un hospital, bajo custodia policial, donde recibió atención y unos meses después logró su plena rehabilitación. Su dicha fue mayor porque además del coraje de su padre, tenía un pariente abogado, Praede Olivero Féliz, que aunque ejerce en Barahona, dedicaría más de tres años al caso en Santo Domingo, moviendo cielo y tierra hasta lograr una condena definitiva de la Suprema Corte contra los dos criminales
No fue nada fácil. Sufrieron un intento de agresión cuando iniciaron la querella en la fiscalía de Los Mameyes. En la audiencia preliminar refuerzos policiales procuraban intimidarlos. Abraham era amenazado. Tuvieron que mudarse del barrio, de su casa propia a una alquilada en el Distrito. La UASD les puso un equipo de seguridad para protegerlos. Participaron en una docena de emisiones del telediario Uno+Uno y de Jornada Extra.
El calvario judicial se resume como sigue: el 8 de enero del 2009 el Quinto Juzgado de Instrucción de la Prov. Santo Domingo dispone medida de coerción, remitiendo a los policías a La Victoria, donde nunca serían conducidos. Pese a ello el raso Cuevas es ascendido a cabo. El 6 de Julio del mismo 2009 el Cuarto Juzgado de Instrucción acoge la petición de juicio, y al comenzar marzo del 2010, el primer Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia los condena a diez años de cárcel y una indemnización de un millón de pesos.
Los abogados de los policías apelan el 8 de marzo y la Corte dispone un nuevo juicio por parte del Segundo Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, el cual el 5 de Octubre ratifica la condena de diez años de prisión por asociación de malhechores, abuso de autoridad y por los golpes y la herida sufrida por Miguel Abraham. Una nueva apelación fue rechazada por la Corte de Apelación el 11 de abril del 2011, y como los acusados recurren en casación, la Suprema Corte la declara inadmisible el 10 de agosto del 2011, por lo que la condena queda como definitiva.
Un año después los policías no han llegado a la cárcel de La Victoria y siguen cobrando sus sueldos, según testimonió por televisión esta semana el abogado Olivero Féliz, quien además logró demostrar ante los tribunales que la pistola que atribuían al joven estudiante y empleado de la UASD era portada por uno de los policías, aunque había sido robada en un asalto a un establecimiento comercial.
Cuando le preguntamos a Olivero cuánto habría costado llevar ese juicio, dijo que por lo menos 500 mil pesos. La suerte de Miguel Abraham es tan grande que le salió gratis. Cualquiera tiene la tentación de considerar la justicia muy cara, prohibitiva y riesgosa para cualquier otro muchacho de barrio. Es duro nuestro estado de derechos.
Artículo publicado originalmente en el periódico Hoy
Por José Cabral
Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.
Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.
Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.
Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso de la especie, lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.
Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.
Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.
Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.
Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.
Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.
No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.
Análisis Noticiosos
La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.
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1 semana agoon
mayo 6, 2026Por José Cabral
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.
Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.
La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.
Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.
Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.
Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.
Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.
Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.
En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.
La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.
Análisis Noticiosos
Santiago en vez de “Ciudad Corazón”, debía bautizarse “la Ciudad Colapsada”.
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2 semanas agoon
abril 29, 2026Por José Cabral
No es por accidente que los hechos más violentos y repugnantes del territorio nacional tienen lugar en la ciudad de Santiago, segunda en importancia del país.
Y no es para menos, porque aparte del crecimiento exponencial de la población en Santiago, también se producen una serie de hechos que marcan un curso preocupante de la llamada “Ciudad Corazón”.
El asunto, según puedo observar, es que Santiago no sólo ocupa un lugar primordial en crímenes y sicariatos, sino que la violencia generalizada parece apropiarse de la que otrora fuera un lugar atractivo para vivir en familia.
Pero ése no es sólo el problema, sino que Santiago es lo que muy bien se puede definir como una ciudad colapsada, donde no existen autoridades o si existen no están en capacidad de imponer el orden y el respeto entre las personas.
Sin embargo, lo peor y más doloroso es que los servicios públicos no es que son un desastre, sino que no existen, que son cosas del pasado.
Un aceptable servicio de agua potable ya ha pasado a ser una aspiración que no hay forma de que se logre y peor aún el de energía eléctrica.
Los propios funcionarios del Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN) dicen que esta institución está quebrada y luce con pocas posibilidades de sobrevivir.
Los hogares y negocios de Santiago reciben agua potable una vez cada 20 días y sólo por una media hora, lo que provoca que los baños de viviendas y empresas estén llenos de bacterias.
Eso sí, las facturas siempre hay que pagarlas, porque de no ser así no habría forma de cumplir con la gran cantidad de vagos colocados en empleos en la administración pública.
Es decir, que el ciudadano no tiene derecho para reclamar un buen servicio de agua potable, pero si no paga lo cortan, pese a que de cualquiera manera no recibe nada cambio.
Por eso pienso que Santiago en vez de “Ciudad Corazón” debería bautizarse como la “Ciudad Colapsada”, donde vivir es un suplicio y donde la violencia se apropia de ella cada día como resultado de la gran deuda social con sus munícipes y las tensiones e insatisfacciones generadas por quienes tienen la responsabilidad de llevarla a otro sitial.

