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Las AFP piden aumentar la edad de jubilación

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image-79912-87703_fullSANTO DOMINGO. El proyecto de ley propuesto por la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) modifica el artículo 45 de la Ley 87-01, para aumentar de 60 a 65 años, la edad para otorgar una pensión por vejez.

Pero además, establece por igual, que el ciudadano debe haber acumulado un fondo que le permita disfrutar de una jubilación igual o superior a la pensión mínima.

La otra opción que plantea la ADAFP a la comisión de Seguridad Social, Trabajo y Pensiones del Senado, es haber cumplido 60 años y acumulado un fondo que le permita disfrutar de una jubilación que supere en un 50% la pensión mínima.

Explica que en caso de cumplir los 65 años, y no acumular un fondo que le permita disfrutar de la pensión mínima, tendrá derecho a solicitar el beneficio del Fondo de Solidaridad Social, siempre que cumpla con el mínimo de cotizaciones establecido por la ley.

Especifica que el afiliado con 65 años o más, cuyo fondo no sea suficiente para financiar una pensión igual o superar a la pensión mínima, y que no cumpla con los requisitos para optar por el beneficio del Fondo de Solidaridad Social, podrá solicitar que se le entregue el saldo total de su cuenta en un solo pago.

La ley vigente establece 60 años, y haber cotizado durante un mínimo de 360 meses o haber 55 años y acumulado un fondo que le permita disfrutar de una jubilación superior al 50% de la pensión mínima.

La ADAFP justifica el aumento de la edad de retiro del trabajador, conforme el aumento en la esperanza de vida en el país, y siendo consistentes con las tendencias internacionales de ajuste de ese parámetro en los diferentes sistemas de pensiones.

Pensión por Cesantía

La propuesta de las Administradoras de Fondos de Pensiones dispondría que el afiliado tendrá derecho a la pensión mínima en caso de cesantía por edad avanzada, cuando quede privado de un trabajo remunerado, haya cumplido 62 años y acumulado un fondo que le permita una pensión igual o superior a la pensión mínima.

El afiliado cesante mayor de 62 años, cuyo fondo no sea suficiente para financiar la pensión mínima, podrá seguir cotizando hasta acumular dicho fondo.

Comisiones de las AFP

Sugieren modificar el artículo 86 de la Ley 87-01, para que las AFP sólo puedan cobrar o recibir ingresos de sus afiliados y de los empleados por los dos conceptos: una comisión mensual administrativa, cuyo monto no podrá ser mayor del 0.33% del salario mensual cotizable del afiliado, y que será reducida gradualmente hasta alcanzar un cero por ciento, de manera que la diferencia fruto de la reducción gradual sea acreditada a la cuenta de retiro de trabajador para incrementar su pensión.

En un plazo de tres años, a partir de enero de 2014, la comisión mensual administrativa será de 0.33%; del primero de enero de 2015 hasta diciembre de 2015 0.17% y desde enero de 2016 0.00 por ciento.

La otra opción es una comisión anual aplicada al total de los activos del fondo administrativo de hasta un 2.5%, que será reducida gradualmente hasta alcanzar 1.5%. La Superintendencia de Pensiones establecerá el procedimiento para que esa comisión sea calculada diariamente y cobrada mensualmente.

La pieza tiene un párrafo transitorio, en el que se indica que la comisión será reducida gradualmente cada 36 meses, hasta alcanzar un tope máximo de 1.5% del total de los activos del fondo administrativo, conforme a la siguiente escala: enero 2014-Dic. 2016, 2.50%; enero 2017-diciembre. 2019.2.25%; enero 2020-dic.2022, 2.00%; enero 2023-dic.2025, 1.75%, y enero 2026, 1.50por ciento.

Habrá cobros por servicios opcionales, expresamente solicitados e intereses cobrados al empleador por retrasos en la entrega de la comisión por administración

Otros aspectos

La propuesta de la ADAFP plantea también un cambio del esquema de cobro de comisión de las AFP para establecer una comisión sobre total activos administrados, con una reducción gradual en función del crecimiento de los fondos. «Con este mecanismo se simplifica la determinación del cobro por parte de las AFP y, sobre todo, facilita su comprensión para los afiliados», expresa la propuesta.

También aumentar gradualmente el porcentaje del aporte que va a la cuenta del afiliado para que pueda acumular más en su AFP para su pensión, sin que este cambio signifique un aumento en las cotizaciones por parte de los trabajadores y empleadores.

Además, ajustar los plazos de medición del sistema, conforme la característica de largo plazo del mismo, referenciándolo a tres años y asimilar a los límites aplicables por el Código Monetario y Financiero a las operaciones de inversión en cuanto a partes vinculadas.

Hasta noviembre de 2013, las AFP lograron un total de 2,866,790 afiliados, los cuales, con sus cuentas de capitalización individual son dueños de un patrimonio total en los fondos de pensiones de RD$222,874 millones.

De acuerdo con el documento, no podrán invertir en valores que requieran constitución de prendas o gravámenes Los fondos no podrán ser invertidos en acciones de las AFP, de empresas aseguradoras y de sociedades calificadoras de riesgos.

Podrán invertir en sociedades en las cuales los propietarios, accionistas, directores, administradores y ejecutivos de la AFP tengan una participación mayoritaria: En todo caso, esa inversión nunca excederá de los límites que a tal efecto designa el Código Monetario y Financiero vigente para las inversiones de las entidades de banca múltiple en entidades de apoyo y servicios conexos.

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La Finjus advierte que CNM no tiene la capacidad técnica para evaluar a jueces de la Suprema Corte de Justicia.

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Santo Domingo, R.D.-Llega a su fin la gestión  del  presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Luis Henry Molina, quien el pasado sábado alcanzó  su séptimo año en la posición, por lo que llega al tope de tiempo que establece la Constitución de la República.

A partir de ahora el presidente de la SCJ tiene que ser evaluado por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), encabezado por el presidente Luis Abinader, quien deberá determinar  si éste debe seguir al frente del sistema de justicia, cuyo principal escollo para su ratificación es que llegó a la posicion mediante una decision politica y mientras era miembro del Comite Central del Partido de la Liberacion Dominicana (PLD).

Este procedimiento de evaluación de desempeño a los jueces del Poder Judicial se ha realizado desde el año 1997. Sin embargo, la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) considera que el CNM no tiene la capacidad técnica para analizar el ejercicio de los jueces.

El vicepresidente de la Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán, aseguró que para el CNM “siempre será un reto” elegir jueces de altas cortes, ya que la mayoría de sus integrantes provienen del sector político.

La composición del consejo es política. Hay quienes no quisiéramos que políticos lleguen a la Suprema”, así lo expresó este martes al ser entrevistado por reporteros en el Congreso Nacional.

Ante la falta de “capacidad técnica” del órgano constitucional, considera necesario incluir en una próxima reforma de la Carta Magna limitar el tiempo de trabajo de los magistrados designados a la SCJ a tan solo siete años, sin repetir en el cargo.

“Nosotros siempre hemos abogado porque en una eventual reforma a la Constitución, los jueces de la SCJ sean nombrados para un periodo y que no los tengamos que estar sometiendo a procesos de evaluación de desempeño”, manifestó.

Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la FINJUS, identificó “nudos críticos” que representan un retroceso en las garantías ciudadanas.

Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la FINJUS, identificó “nudos críticos” que representan un retroceso en las garantías ciudadanas.

Mientras tanto, el representante de la organización no gubernamental espera que en esta ocasión el Concejo Nacional de la Magistratura sea “lo más objetivamente posible” al decidir sobre el futuro de la presidencia de la SCJ, así como de otros 10 jueces que deberán ser evaluados.

“Que eso no se trate de un concurso de oposición, se trata de evaluaciones que deben estar sobre la base de la objetividad. No sobre la base de presunciones… Tienen toda la oportunidad de hacer una buena evaluación a quienes quieran continuar siendo jueces de la Suprema ”, precisó.

Aunque prefiere esperar por el dictamen del CNM, Castaños Guzmán adelantó su valoración positiva a la gestión del magistrado Henry Molina, indicando que este ha tenido “un excelente desempeño”, al igual que otros jueces.

“Ha dignificado el Poder Judicial, creo que lo ha puesto en un nivel que se puede comparar con países del área. Desde el punto de vista de lo que son los indicadores internacionales, el poder judicial ha sacado notas sobresalientes conforme a lo que había sido evaluaciones anteriores”, dijo.

¿Políticos a la justicia?

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, es uno de los funcionarios que ocupan un asiento en el Consejo Nacional de la Magistratura.

A pesar de que aclaró hablar de manera individual, aseguró que la intención de la mayoría de los miembros del CNM está centrada en “nombrar personas calificadas y que no prime el criterio político”.

“Eso yo te lo puedo garantizar”, declaró Pacheco al contestar las preguntas de periodistas en la sede del Poder Legislativo.

Pacheco adelantó que “dentro de muy poco tiempo” el CNM sería convocado. No obstante, aún el presidente Abinader no ha realizado una convocatoria oficial.

Composición del CNM

Los demás funcionarios que acompañan al presidente de la República en el Consejo Nacional de la Magistratura son el presidente del Senado, un senador o senadora que representa a la segunda mayoría política.

Asimismo, el presidente de la Cámara de Diputados, junto a un legislador del principal bloque político opositor, el presidente de la Suprema Corte de Justicia y un magistrado de su pleno que le acompañe. Por último, el presidente del Tribunal Constitucional.

El pasado 22 de diciembre, el CNM juramentó a cinco nuevos jueces, tras realizar un procedimiento de entrevistas a alrededor de 83 perfiles interesados en ser escogidos.

Estos fueron Edyson Alarcón Polanco, Miguelina Ureña Núñez, Manuel Hernández Victoria, Yorlin Vásquez Castro y Namphi Rodríguez.

¿Cuáles son los requisitos?

El artículo 152 de la Constitución establece que la Suprema Corte de Justicia es el órgano jurisdiccional superior de todos los organismos judiciales, el cual estará conformado por no menos de 16 jueces.

Dentro de los requisitos para aplicar se encuentran ser licenciado o doctor en Derecho. Así como haber ejercido durante al menos 12 años la profesión de abogado, docencia universitaria del derecho o haber desempeñado, por igual tiempo, las funciones de juez dentro del Poder Judicial o de representante del Ministerio Público.

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Wilson Camacho: «La corrupción en el sistema de justicia hace que el derecho sea soluble en dinero»

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Santo Domingo, R.D.-El titular de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, afirmó que la corrupción en el sistema de justicia es de las peores formas de corrupción que pueden existir, «porque afecta la seguridad jurídica y hace que el derecho sea soluble en dinero».

El procurador adjunto calificó de «grave» el caso que involucra al fiscal adjunto Aurelio Valdez Alcántara, acusado de recibir 10,000 dólares de parte de Roberto Canaán, testigo en el caso Senasa.

Valdez Alcántara es procesado tras una operación de «entrega vigilada» ejecutada por el propio Ministerio Público.

Ante la interrogante de si el hecho constituye una extorsión o un soborno, Camacho aclaró que la imputación formal es por soborno.

Según el procurador adjunto, el imputado solicitaba beneficios económicos a cambio de alterar el curso de las investigaciones que estaban bajo su responsabilidad.

El magistrado destacó que este caso es el resultado de un proceso de inteligencia y ejecución interna, diseñado para extirpar conductas ilícitas dentro de la institución. Asimismo, reiteró que la línea de acción trazada por la Procuradora General de la República y la Dirección de Persecución es de tolerancia cero.

Sobre la posible implicación de otras personas o la vinculación del imputado con otros casos previos, Camacho precisó que se trata de una investigación abierta.

Explicó que el arresto fue posible gracias a una técnica de investigación autorizada judicialmente, lo que permitió atrapar al implicado en flagrante delito.

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Juez impone prisión preventiva a coronel de la Policía acusado de agredir a joven en Los Mina

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Santo Domingo, R.D.- El juez del juzgado de atención permanente de Santo Domingo este impuso tres meses de prisión preventiva en contra del coronel de la Policía Nacional, Fausto Madé Ramírez, imputado de agredir físicamente a una adolescente durante un incidente captado en video y viralizado en las redes sociales.

El magistrado Leomar Cruz Quezada dispuso que el oficial cumpla la prisión en en el Centro de Operaciones Especiales de Manoguayabo de Santo Domingo Oeste.

El tribunal tomó la decisión al acoger una solicitud de medida de coerción presentada por los fiscales de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género de la Fiscalía de Santo Domingo Este. En la audiencia los abogados Bunel Ramírez, Ambiorix Arnold y Sócrates Franco habían solicitado al juez rechazar la solicitud de prisión preventiva e imponer una medida de coerción menos gravosa.

A la salida del tribunal el coronel rehusó hablar con los medios momentos en que era trasladado bajo estricta medida de seguridad.

De acuerdo con el Ministerio Público, los hechos denunciados por la joven Charlizze Altagracia Hernández Monegro ocurrieron la madrugada del pasado 30 de marzo en el sector Los Mina.

Según la denuncia, la víctima se encontraba dentro de un vehículo junto a una hermana menor de edad y el propietario del automóvil, cuando fueron abordados de manera insistente por una patrulla dirigida por el coronel Madé Ramírez.

Ante el daño a la propiedad, la joven y sus acompañantes descendieron del auto para documentar lo sucedido con sus teléfonos móviles. Fue en ese momento cuando, tras percatarse de que estaba siendo grabado, el coronel Madé Ramírez reaccionó de forma violenta.

Aduce que el imputado procedió a agredir física y verbalmente a la joven, tomándola por el pelo de forma brusca y lanzándola al suelo.

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