Nacionales
Las AFP piden aumentar la edad de jubilación
Published
12 años agoon
By
LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO. El proyecto de ley propuesto por la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) modifica el artículo 45 de la Ley 87-01, para aumentar de 60 a 65 años, la edad para otorgar una pensión por vejez.
Pero además, establece por igual, que el ciudadano debe haber acumulado un fondo que le permita disfrutar de una jubilación igual o superior a la pensión mínima.
La otra opción que plantea la ADAFP a la comisión de Seguridad Social, Trabajo y Pensiones del Senado, es haber cumplido 60 años y acumulado un fondo que le permita disfrutar de una jubilación que supere en un 50% la pensión mínima.
Explica que en caso de cumplir los 65 años, y no acumular un fondo que le permita disfrutar de la pensión mínima, tendrá derecho a solicitar el beneficio del Fondo de Solidaridad Social, siempre que cumpla con el mínimo de cotizaciones establecido por la ley.
Especifica que el afiliado con 65 años o más, cuyo fondo no sea suficiente para financiar una pensión igual o superar a la pensión mínima, y que no cumpla con los requisitos para optar por el beneficio del Fondo de Solidaridad Social, podrá solicitar que se le entregue el saldo total de su cuenta en un solo pago.
La ley vigente establece 60 años, y haber cotizado durante un mínimo de 360 meses o haber 55 años y acumulado un fondo que le permita disfrutar de una jubilación superior al 50% de la pensión mínima.
La ADAFP justifica el aumento de la edad de retiro del trabajador, conforme el aumento en la esperanza de vida en el país, y siendo consistentes con las tendencias internacionales de ajuste de ese parámetro en los diferentes sistemas de pensiones.
Pensión por Cesantía
La propuesta de las Administradoras de Fondos de Pensiones dispondría que el afiliado tendrá derecho a la pensión mínima en caso de cesantía por edad avanzada, cuando quede privado de un trabajo remunerado, haya cumplido 62 años y acumulado un fondo que le permita una pensión igual o superior a la pensión mínima.
El afiliado cesante mayor de 62 años, cuyo fondo no sea suficiente para financiar la pensión mínima, podrá seguir cotizando hasta acumular dicho fondo.
Comisiones de las AFP
Sugieren modificar el artículo 86 de la Ley 87-01, para que las AFP sólo puedan cobrar o recibir ingresos de sus afiliados y de los empleados por los dos conceptos: una comisión mensual administrativa, cuyo monto no podrá ser mayor del 0.33% del salario mensual cotizable del afiliado, y que será reducida gradualmente hasta alcanzar un cero por ciento, de manera que la diferencia fruto de la reducción gradual sea acreditada a la cuenta de retiro de trabajador para incrementar su pensión.
En un plazo de tres años, a partir de enero de 2014, la comisión mensual administrativa será de 0.33%; del primero de enero de 2015 hasta diciembre de 2015 0.17% y desde enero de 2016 0.00 por ciento.
La otra opción es una comisión anual aplicada al total de los activos del fondo administrativo de hasta un 2.5%, que será reducida gradualmente hasta alcanzar 1.5%. La Superintendencia de Pensiones establecerá el procedimiento para que esa comisión sea calculada diariamente y cobrada mensualmente.
La pieza tiene un párrafo transitorio, en el que se indica que la comisión será reducida gradualmente cada 36 meses, hasta alcanzar un tope máximo de 1.5% del total de los activos del fondo administrativo, conforme a la siguiente escala: enero 2014-Dic. 2016, 2.50%; enero 2017-diciembre. 2019.2.25%; enero 2020-dic.2022, 2.00%; enero 2023-dic.2025, 1.75%, y enero 2026, 1.50por ciento.
Habrá cobros por servicios opcionales, expresamente solicitados e intereses cobrados al empleador por retrasos en la entrega de la comisión por administración
Otros aspectos
La propuesta de la ADAFP plantea también un cambio del esquema de cobro de comisión de las AFP para establecer una comisión sobre total activos administrados, con una reducción gradual en función del crecimiento de los fondos. «Con este mecanismo se simplifica la determinación del cobro por parte de las AFP y, sobre todo, facilita su comprensión para los afiliados», expresa la propuesta.
También aumentar gradualmente el porcentaje del aporte que va a la cuenta del afiliado para que pueda acumular más en su AFP para su pensión, sin que este cambio signifique un aumento en las cotizaciones por parte de los trabajadores y empleadores.
Además, ajustar los plazos de medición del sistema, conforme la característica de largo plazo del mismo, referenciándolo a tres años y asimilar a los límites aplicables por el Código Monetario y Financiero a las operaciones de inversión en cuanto a partes vinculadas.
Hasta noviembre de 2013, las AFP lograron un total de 2,866,790 afiliados, los cuales, con sus cuentas de capitalización individual son dueños de un patrimonio total en los fondos de pensiones de RD$222,874 millones.
De acuerdo con el documento, no podrán invertir en valores que requieran constitución de prendas o gravámenes Los fondos no podrán ser invertidos en acciones de las AFP, de empresas aseguradoras y de sociedades calificadoras de riesgos.
Podrán invertir en sociedades en las cuales los propietarios, accionistas, directores, administradores y ejecutivos de la AFP tengan una participación mayoritaria: En todo caso, esa inversión nunca excederá de los límites que a tal efecto designa el Código Monetario y Financiero vigente para las inversiones de las entidades de banca múltiple en entidades de apoyo y servicios conexos.
Nacionales
Tres meses de prisión imponen contra imputados en muerte del chofer en Santiago.
Published
11 horas agoon
abril 27, 2026
Santo Domingo, R.D.-Tres meses de prisión preventiva dictó el Tribunal de Servicios de Atención Permanente de Santiago contra los siete implicados en la muerte de Deivy Carlos Abreu Quezada, el chofer de camión recolector de desechos sólidos, perseguido y agredido por un grupo de motoristas en el Palacio de Justicia de Santiago.
El Tribunal dispuso el cumplimento de la medida de coerción la cumplan en los centros de Corrección y Rehabilitación (CCR), ubicados en Santiago, La Vega y Moca, siendo estos Rafey Hombres, El Pinito y La Isleta, respectivamente.
Los imputados son Adony Antonio Ureña Ventura, Andrés Monclú González, Carlos Andrés Roa Morán, Miguel García Balbuena, Joanfry Joel Núñez, Juan Carlos Soto Ortiz y Kevin Francisco Metz Cruz.
Tanto los abogados de los imputados, como el defensor legal de la familia de Deivy, expresaron su conformidad con la medida impuesta por el Tribunal, entendiendo que es la adecuada en esta fase inicial de investigación, de acuerdo a los hechos que se le imputan.
“Esta es una etapa iniciaría, en la que el Ministerio Público se prepara para ampliar la acusación, y posteriormente determinar la calificación por personas, porque no todos están en la misma condición”, indicó Russel Aracena, abogado de dos de los imputados en el caso.
Celine Abreu, hermana de la víctima, expresó la conformidad de su familia con la decisión tomada por el juez. “Estamos conformes, vamos a esperar más adelante que se haga la voluntad de Dios, que se haga justicia, que caiga todo el peso de la ley con todo el que tenga que ver”, aseguró.
El Ministerio Público dio la calificación jurídica que define la asociación de malhechores, la premeditación y asesinato, en violación a los artículos 265, 266, 296, 297 y 302 del Código Penal Dominicano para los implicados en este caso.
Nacionales
Juez explica error cometido por el Ministerio Público durante peritaje del caso Jet Set.
Published
11 horas agoon
abril 27, 2026
Santo Domingo, R.D.-El magistrado Raymundo Mejia, juez del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, aseguró este lunes que el Ministerio Público cometió un error durante el peritaje de las pruebas del caso Jet Set.
Mejía realizó esta afirmación durante la audiencia preliminar en contra de los propietarios de la discoteca Jet Set, Antonio y Maribel Espaillat, afirmando que si hay algo que debe cuidarse durante un proceso legal, es la coherencia.
“Si hay una cosa que hay que procurar en la administración de justicia es la coherencia, no importa que la parte esté a favor o en contra, pero el Tribunal tiene que ser coherente”, afirmó.
Mejía hizo esta valoración al aseverar que la Constitución dominicana garantiza el debido proceso, subrayando que cuando cualquier prueba aportada entra en un proceso legal, estos deben ser notificados a la parte contraria, a fin de que estas puedan tener validez bajo el “principio de contradicción”.
“En pocas palabras, no era posible que se hiciese un peritaje sin la contraparte intervenir”, dijo.
También explicó que si a una de las partes se le impide intervenir en el peritaje, pueden solicitar realizar uno en cualquier etapa del proceso.
Afirmó que un tribunal debe examinar el derecho de defensa para garantizar que el proceso legal se lleve de manera correcta, lo que le permite a la defensa de los hermanos Espaillat realizar su peritaje y defenderse de sus acusaciones en igualdad de condiciones.
“De manera constitucional, el juez tiene la obligación de garantizarle el derecho de contradicción y de defensa a todas las partes, como se lo he garantizado a las víctimas desde el primer momento”, expresó.
Las explicaciones del juez se produjeron cuando la defensa de los Espaillat pidió que se esperen los resultados del peritaje que están realizando en la zona cero de la tragedia para presentar su defensa.
El juez rechazó ese pedimento y les dijo que esa se trataba de una sola prueba, y que ellos podían comenzar su defensa con las restantes. Su idea es que pueden incluir ese peritaje como prueba si los resultados les llegan mientras exponen o, en su defecto, podrían utilizarlo en otra fase del proceso.
Mejía recesó para el este viernes la continuación del juicio preliminar que se sigue en contra de Antonio y Maribel Espaillat.
El magistrado informó que debió reajustar el cronograma la referida fecha, a las 9:00 de la mañana, con el fin de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa de los imputados.
Mejía aclaró que la audiencia prevista originalmente para inicios de mayo no podrá efectuarse el día programado debido al asueto correspondiente al Día del Trabajo.
Nacionales
Ex-empleado del Jet Set dice: » ahí no debió morir una sola persona».
Published
11 horas agoon
abril 27, 2026
Santo Domingo, R.D.-Gregory Adames, víctima de la tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set, ofreció su testimonio en el que expuso presuntas negligencias y la «insensibilidad» de la administración del establecimiento antes del colapso que cobró la vida de 236 personas y más de 180 personas heridas.
Adames, quien era empleado del establecimiento comercial, dijo ante el juez del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional que la tragedia fue una «muerte anunciada» y que la ambición económica se antepuso a la seguridad de los clientes y empleados.
Según el relato de Adames, los problemas estructurales y eléctricos no eran nuevos y que los propietarios del Jet Set, Antonio y Maribel Espaillat, tenían conocimiento de esa situación.
«Desde 2023 había cables provisionales. Los técnicos decían que no se podía abrir, pero él (Antonio) decía que esa semana se abría porque se abría. Prefería resolver con intercambios que invertir en lo que realmente se necesitaba», denunció Adames.
El testimonio detalló una falta de mantenimiento en el techo del local. Adames describió cómo, ante las constantes filtraciones y el desprendimiento de plafones, la solución de la gerencia fue colocar lonas plásticas sobre el techo falso para acumular el agua y vaciarla antes de cada evento, en lugar de reparar la estructura de concreto que ya se estaba desmoronando.
El relato alcanzó su punto más crítico al describir las horas previas al colapso. Adames narró que, tras un incidente con un cliente al que casi le cae un pedazo de techo a las 11:00 p.m., le suplicó a la señora Maribel Espaillat suspender la actividad.
«Doña, usted está pensando en la fiesta que viene, pero lo que nos están advirtiendo puede ser peor» y la respuesta de la propietaria fue que la fecha era «demasiado buena» para cerrar», señaló en sus palabras.
Gregory Adames rechazó que sus declaraciones se deban a envidia o rencor personal, insistiendo en que su motivación es la verdad y el respeto a la memoria de las víctimas, incluidos siete de sus compañeros de trabajo que perdieron la vida.
«Lo que yo escuché ahí dentro no lo vio nadie. Personas llamando, golpeando bajo los escombros… esto no es por envidia, es por la verdad. Aquí hay un pueblo herido porque murieron 230 y pico de personas que pudieron ser cualquiera», concluyó ante el juez en un turno en el que las víctimas tuvieron derecho a la palabra.
