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Es una norma en el Gobierno recular o rectificar errores cometidos.
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LA REDACCIÓNLa más reciente de todas ellas se produjo por la resolución del Ministerio de Administración Pública (MAP) y la Dirección General de Presupuesto (Digepres) que restringe el ingreso o movimientos de personal, y reajustes salariales que representen incrementos en el renglón de remuneraciones en las instituciones que componen la administración pública.
La comunicación establece que el cumplimiento de la norma se realizará salvo aquellos entes u órganos que, por su naturaleza, lo ameriten, y que cuenten con la debida autorización tanto del MAP como de la Digepres.
El ministro explicó que no está restringido el ingreso de nuevo personal a la administración pública bajo esas condiciones porque estos estarían incluidos en el presupuesto vigente y no representarían incrementos en el reglón de remuneraciones.
“Tampoco se limita el ingreso de nuevo personal a los órganos y entes de la administración pública que tengan planificada la instalación y apertura de nuevas oficinas, sucursales, dependencias, etc.”, establece la misiva.
Las tarifas eléctricas
Esas circunstancias ocurrían casi al unísono con las quejas en los medios por el aumento de las tarifas y las facturas eléctricas y que junto con los apagones, se había convertido en el principal dolor de cabeza del gobierno.
Debido a los reclamos, los hashtags y las convocatorias a marchas multitudinarias, Abinader expresó ante varios reporteros que el gobierno había determinado “detener próximas alzas de la tarifa eléctrica hasta que cambien las circunstancias económicas en la República Dominicana”.
Un día después de esas declaraciones, mediante la Resolución SIE-068-2022-TF, la Superintendencia de Electricidad (SIE) anunció que modificaría la disposición emitida el 30 de junio, en la que se establecieron las tarifas de transición para el trimestre julio-septiembre de 2022, dejando las mismas sin efecto y manteniendo en vigencia las aplicadas en el trimestre abril-junio de 2022.
“Luego de emitida la Resolución No. SIE-061-2022-TF, esta Superintendencia ha verificado que las condiciones extraordinarias actuales de la situación mundial, ha generado un incremento desmesurado de los precios de los combustibles, insumos indispensables para la generación térmica de nuestra matriz energética, los cuales impactan el costo de generación de electricidad; el proceso de abastecimiento de las Empresas de Distribución Eléctrica y el cálculo tarifario”, señala la SIE en la resolución.
El vocero de la Presidencia Homero Figueroa, reafirmó que las empresas distribuidoras de electricidad deberán refacturar a los usuarios del servicio público de electricidad la factura emitida en el mes de julio.
El retiro del proyecto ciberdelincuencia
Unas semanas antes, a mediados del mes de junio, el jefe del Estado instruyó el retiro del Congreso Nacional del proyecto de ley contra la ciberdelincuencia, que podría sancionar a un ciudadano con hasta cuatro años de prisión por publicaciones discriminatorias.
“Por instrucción del presidente de la República estoy procediendo a retirar de la Cámara de Diputados el proyecto de ley contra la ciberdelincuencia a fin de facilitar el trabajo que llevará a cabo la Comisión Consultiva para la revisión y actualización de legislación sobre libertad de expresión”, expresó Antoliano Peralta, consultor jurídico del Poder Ejecutivo.
Abinader, mediante el mensaje número 13818 del 14 de junio de 2022, remitió al Congreso Nacional el proyecto de ley contra la ciberdelincuencia, que tiene por objeto “lograr la protección integral de los sistemas que utilizan tecnologías de la información y comunicación, así como la prevención, persecución y sanción de dos tipos de delitos.
Las reacciones a favor de esa medida tomada por el jefe del Estado no se hicieron esperar y la comisión consultiva para revisar legislación sobre libertad de expresión, designada por el propio Poder Ejecutivo, saludó la decisión del mandatario de retirar ese proyecto legislativo.
Mediante un comunicado de prensa, la Presidencia agregó que la decisión fue tomada a fin de facilitar el trabajo de la Comisión Consultiva para la revisión y actualización de la legislación sobre libertad de expresión.
Fideicomiso de Punta Catalina
El 11 de enero de este año, la Cámara de Diputados aprobó un fideicomiso para la Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTPC) el cual había sido depositado por el Poder Ejecutivo unas semanas antes.
El mismo se trataba de un fideicomiso público integrado por dos instituciones del Estado Dominicano: la Fiduciaria Banreservas y la Corporación Dominicana de Empresas Eléctrica Estatales (CDEEE).
Según la carta de motivación remitida por el presidente al Congreso, la finalidad del fideicomiso CTPC consiste en la creación de una estructura de gestión independiente para la administración del patrimonio fideicomitido con el fin de “asegurar la operación de la Central Termoeléctrica Punta Catalina”.
De inmediato, las críticas desde varios sectores de la sociedad no se hicieron esperar y en medio de los dimes y diretes entre el oficialismo y la oposición, el 30 de enero Abinader anunció que solicitaba al Congreso aplazar el conocimiento del contrato de fideicomiso, hasta tanto el Consejo Económico y Social (CES) reciba las opiniones de quienes quieran aportar “para buscar el mecanismo más apropiado y transparente en el manejo y preservación de las termoeléctricas”.
El contrato fue depositado en los primeros días del mes de febrero a las autoridades del CES y dos meses después abrieron el proceso de consultas públicas, que es el estado donde se encuentra hoy.
Los carnets de habitantes fronterizos
La Dirección General de Migración (DGM) tenía pautado comenzar a implementar la iniciativa de expendido de los carnets de “Habitante Fronterizo”, a los ciudadanos extranjeros que residen en zonas fronterizas y que ingresan al país durante el día sin intención de quedarse; sin embargo, la medida nunca llegó a cumplirse debido al rechazo de la población a la misma.
En febrero, durante una visita al LISTÍN DIARIO, el director General de Migración, Enrique García, dijo que la medida fue suspendida debido a la situación socioeconómica que vive Haití.
García agregó en esa oportunidad que no se tiene una fecha de cuándo se iniciaría con el plan piloto de la entrega de ese carnet, pero sí enfatizó que a su entender, el mismo es un “primer intento” para controlar esa zona fronteriza con los mercados binacionales.
Los carnets fronterizos están establecidos en la resolución número 09-2021, que a su vez fue emitida según la Ley General de Migración. Su objetivo es establecer el diseño y la implementación del “Plan Piloto de Ejecución de la Subcategoría Migratoria del Habitante Fronterizo”, para los extranjeros de nacionalidad haitiana, con el fin de colaborar con el buen desenvolvimiento de las actividades socio comerciales que se realizan en esa zona del país.
Un segundo intento de reforma fiscal
Justo cuando en el país se sentaban las bases de iniciar el “dialogo por las Reformas”, en octubre de 2021, la conversación rondaba acerca de si el presidente intentaría por segundo año consecutivo implementar una reforma fiscal para el año siguiente. En esas semanas circuló entre economistas y líderes de opinión un proyecto de reforma fiscal que se atribuyó al gobierno, con el que se procuraba aumentar las recaudaciones sobre la base de incrementar las tasas de Impuesto sobre la Renta, gravar productos exentos con el Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (Itbis), subir el impuesto a la propiedad inmobiliaria y eliminar exenciones fiscales.
De acuerdo con el mandatario, su propuesta de reforma estaba supuesta a ser debatida durante el marco del diálogo de las reformas convocado por el Poder Ejecutivo, sin embargo, durante una de las primeras reuniones, el ministro Administrativo de la Presidencia, José Ignacio Paliza, dijo que por “razones de tiempo” el Gobierno no contemplaba que el tema de la reforma fiscal sea debatido CES y que la idea que se manejaba era de que Abinader se la presentaría a los principales actores políticos y sociales con el fin de socializar las medidas que proponen.
Las críticas no cesaron desde el momento en que los miembros del gabinete e incluso varios empresarios expresaron públicamente su desacuerdo hacia la imposición de la misma.
La noche de ese 27 de octubre, el gobernante anunció que no aumentaría impuestos, y no sometió una reforma tributaria.
“No vamos a aumentar impuesto. Y hoy quiero anunciarles que no someteremos ninguna reforma tributaria. Ahora nuestra única prioridad es consolidar la recuperación económica”, dijo el mandatario en una alocución al país.
El presidente expresó que había llegado a un acuerdo con el sector financiero y con la empresa minera Barrick Pueblo Viejo, de modo que recibirán “adelantos de sus compromisos con el Estado”.
Esa decisión del Poder Ejecutivo fue aplaudida por varios dirigentes de la oposición, quienes compartieron la narrativa de que no “era el momento” debido a que el país se encuentra en un proceso de “recuperación económica”, tras el embiste de la pandemia del coronavirus (Covid-19).
Los primeros traspiés
El primero de este tipo de casos fue con la situación de los escoltas militares que estaban asignados al periodista y ahora excónsul del país en Brasil, Melton Pineda, de los que curiosamente dos de ellos eran sus hijos.
En las redes sociales se viralizó el memorándum 23771 del Ministerio de Defensa, con fecha 3 octubre de 2020, donde se le asignaba a Pineda cuatro militares por “motivos de seguridad”.
La decisión generó un gran rechazó por parte de usuarios de la red social Twitter que llegaron a leer el documento oficial, mientras otros solo esperaban que el mismo fuera falso ya que preferían creer que era una broma de “mal gusto”.
Esa información fue confirmada cuando la Presidencia de la República informó que el Ministerio de Defensa había dejado sin efecto la medida.
El documento, con fecha del 6 de octubre de ese año, fue dirigido al primer teniente médico Maricarly Pineda Medina, al sargento mayor Melton Junior Pineda Medina, al sargento Ramón Olivo Medina Contreras y al sargento Cristian Bello Pineda. Horas antes salió el decreto donde Abinader destituía del puesto a Melton Pineda.
Ese mes de octubre del 2020, se hizo de conocimiento público el contenido del proyecto de ley de presupuesto que el mandatario se proponía aplicar en el 2021 y que ya se encontraba en el Congreso Nacional, en el cual se contemplaba una carga impositiva al sueldo doble de Navidad, las compras en monedas extranjeras, entre otros nuevos impuestos.
Eso de inmediato causó una reacción adversa a esas posibles nuevas medidas por parte de la población que trajo consigo volver a instaurar entre las primeras tendencias la etiqueta #SeVan, que hicieron popular los perremeístas para desalojar del poder al Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
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PLD, parte de la cúpula de la partidocracia, afirma que sentencia del TC puede atentar contra sistema de partidos
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1 hora agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo. – Los partidos tradicionales dominicanos, incluido el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), han mostrado su preocupación y rechazo a la sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional (TC), que establece que en un proceso eleccionario se podrá presentar candidaturas independientes de carácter nacional, provincial y municipal que surjan a través de agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos.
En un comunicado, el secretario general de la organización política, Johnny Pujols, señaló que la decisión de la alta corte plantea serios riesgos para la estabilidad del sistema político.
Lea también: Sentencia habilita candidatos independientes suscita temor
El dirigente morado aseguró que la sentencia del Tribunal Constitucional facilita la desigualdad en la competencia electoral, la infiltración para el crimen organizado, la división y el transfuguismo, así como el caos logístico y administrativo.
Según Pujols, esos puntos también son compartidos por otras organizaciones políticas y sociales, con las que ya se han “adelantado encuentros para tratar el tema”.
“Desde el Partido de la Liberación Dominicana reiteramos nuestra más alta preocupación por la sentencia TC/0788/24, así como la voluntad de construir junto a los actores del sistema de partidos una salida prudente que proteja el sistema de partidos y la democracia dominicana”, expresó.
En ese sentido, destacó que es crucial emprender acciones que permitan establecer reglas claras, límites y parámetros para esas candidaturas.
“Esta sentencia podría convertirse en un atentado mortal contra el sistema de partidos y la estabilidad política, social y democrática del país”, argumentó.
El dictamen del Tribunal Constitucional emitido el pasado lunes, también permite que agrupaciones cívicas o sociales propongan candidaturas independientes sin necesidad de inscripción previa, siempre que lo declaren ante la Junta Central Electoral (JCE) al menos 75 días antes de las elecciones.
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Alarmas entre partidos políticos que conforman partidocracia por sentencia del TC.
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1 hora agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo.- Sigmund Freud Mena, delegado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante la Junta Central Electoral (JCE), anunció que los principales partidos políticos han adoptado una posición conjunta en rechazo a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucionales los artículos 157 y 158 de la Ley Electoral.
Esta decisión permite la inscripción de candidaturas independientes ante el órgano electoral.
“Hay una postura unificada entre los partidos con los que hemos dialogado en torno a la preocupación generada por esta decisión. Permitir candidaturas independientes sin una mínima regulación es peligroso, ya que los partidos políticos están estrictamente regulados, desde el financiamiento hasta su conformación y su participación electoral”, expresó Freud Mena.
El dirigente político señaló que la sentencia plantea serios desafíos técnicos y jurídicos, ya que, según explicó, interfiere con las facultades del Congreso Nacional.
“El Tribunal Constitucional detalló cómo debía redactarse la ley respecto a las agrupaciones sociales, ahora denominadas así, lo que entendemos como una invasión a competencias exclusivas del poder legislativo. Esto sienta un precedente alarmante”, afirmó.
Freud Mena recordó que los partidos políticos están consagrados en la Constitución como los principales vehículos de representación ciudadana para acceder a posiciones electivas.
Según el artículo 216 de la Carta Magna, esta función es exclusiva de los partidos, y la creación de nuevas figuras atenta contra el sistema político establecido.
Preocupaciones y acciones conjuntas
Ante esta situación, los dirigentes de los principales partidos han iniciado conversaciones con la JCE y han acordado tomar acciones conjuntas.
Freud Mena explicó que, si bien respetan la institucionalidad del Tribunal Constitucional, como actores políticos directamente afectados, están en la obligación de plantear soluciones para regular esta nueva figura de candidaturas independientes.
“Existen dos alternativas: que el Congreso Nacional modifique la Ley Electoral para incluir estas disposiciones y establecer las regulaciones necesarias, o que la Junta Central Electoral emita reglamentos en caso de que el Congreso no actúe. Es crucial garantizar el control de esta nueva posibilidad, ya que no existe una vía jurídica para revisar una decisión definitiva del Tribunal Constitucional”, precisó.
Impacto político
Freud Mena también advirtió sobre las posibles divisiones internas que la sentencia podría generar en los partidos.
“Cualquier persona en desacuerdo con las decisiones internas de un partido podría optar por postularse como independiente, lo que fragmentaría aún más a las organizaciones políticas”, alertó.
Finalmente, el delegado del PRM reiteró la necesidad de establecer normativas claras para evitar el desbalance en el sistema político.
“La apertura a las candidaturas independientes debe contar con regulaciones mínimas que aseguren la estabilidad del sistema partidario y político del país. No podemos permitir que esta nueva realidad desestabilice el orden político nacional”, concluyó.
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Sentencia del TC es motivo de análisis de los medios de comunicación del pais.
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diciembre 22, 2024Santo Domingo, R.D.-El principal diario impreso y digital de la República Dominicana, el Listín Diario, trajo en su portada este domingo un análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional, número TC-0788-24, la cual declara inconstitucional los artículos 156 y 157 de la ley 20-23, de Régimen Electoral, que tratan sobre las candidaturas políticas independientes por entender que hay una “desconexión” entre el título y el contenido de los artículos impugnados porque se condicionaba la posibilidad de participar en esa condición a la creación de una organización política.
Esos artículos manifestaban que para sustentar una candidatura independiente a la Presidencia de la República, se requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos políticos en todo el país, además de un programa de gobierno definido; la 20-23 igual señala que para los cargos de senadores y diputados al Congreso Nacional deberán ser sustentadas por la misma organización de cuadros directivos fijos para los partidos, agrupaciones o movimientos políticos, pero limitada a la demarcación electoral respectiva; mientras que el nivel de alcaldías y regidurías, estos tienen que presentar una organización municipal que los abale.
El párrafo tres del articulo 157 reseña que “serán aplicables a las candidaturas independientes y a las organizaciones que las sustenten, las demás disposiciones que establece esta ley, en lo que se refiere a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y a las candidaturas sustentadas por estos, con las adaptaciones a que hubiere lugar y de acuerdo con las disposiciones de la Junta Central Electoral (JCE).
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», señala el dispositivo de la sentencia.
Una “amenaza” al sistema de partidos
Tras la sentencia, que se produjo a raíz de un recurso interpuesto por Roberto Fiallo, el tema se ha mantenido en el escaparate público en los últimos días; tanto que varios dirigentes de partidos han indicado que la sentencia sería una “amenaza” al sistema político.
“Imaginas que ahora todo el que sienta que puede ser candidato vaya y se inscriba, porque eso es lo que están diciendo. O sea, no habrá ningún requisito previo. ¿Cómo se van a contar los votos o repartir los fondos cuando hayan 200 candidaturas?», cuestionó Freund al conversar con representantes de los medios de comunicación.
Sin respuesta de la JCE
Con el pasar de los días, el pleno de la JCE aún no ha dado a conocer su posición sobre el tema ni los nuevos lineamientos que se estarían implementando a raíz de la sentencia de la alta corte.
La sentencia prepara el camino para que la ley 20-23, de Régimen Electoral, tenga que ser modificada para eliminar los artículos declarados inconstitucionales. Sería la tercera vez desde el 2018 que las leyes que rigen el sistema partidos y democracia de República Dominicana tengan que ser cambiados.
Precisamente en 2018 fue promulgada la ley 33-18 sobre Partidos Políticos tras varios años de debate en el Congreso Nacional; luego fue aprobada la 15-19, de Régimen Electoral; ambos textos legislativos sustituían a la antigua “Ley Electoral” que regía en el país desde 1997.
Tras las elecciones de 2020 y varias sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Superior Electoral (TSE) recriminando la ambigüedad de la ley con relación a varios temas, se hizo imperiosa la necesidad de modificar la misma.
«El Congreso Nacional debe aprovechar esta situación para evaluar todas las cuestiones que han sido declaradas inconstitucionales», exclamó Freund.