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Economía

Las normas antilavado consideran sospechosas operaciones de ONG

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Transacciones de cooperativas también están en la mira de las autoridades

SANTO DOMINGO. Las nuevas normas publicadas el viernes pasado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) obligan a los registradores, notarios, empresas de factoraje, dealers, a los empresarios de la construcción y agentes inmobiliarios, a los joyeros, armeros y dueños de casas de empeño a reportar como sospechosa cualquier operación en la que participen asociaciones sin fines de lucro, cooperativas, fundaciones y Organizaciones No Gubernamentales (ONG), entre otras.

Esas estructuras permiten a esas organizaciones, según las nuevas normas del ente tributario, “mantener un perfil bajo y unos cuantiosos recursos aparentemente propios de la actividad y que son consideradas a nivel internacional como de alto riesgo”.

Las normas antilavado colocan a las transacciones de las ONG, fundaciones, cooperativas y asociaciones sin fines de lucro en la misma categoría de aquellas operaciones por elevados montos de clientes que no tienen perfil económico para hacerlas, o aquellas que lucen irregulares porque el cliente no ofrece soportes sobre el origen de sus fondos o presenta datos falsos o incompletos. En todos esos casos, los sujetos obligados tendrán cinco días hábiles tras la operación para reportarla a la Unidad de Análisis Financiero, que trabaja con los diferentes organismos que participan en la aplicación de la Ley contra el Lavado de Activos, la 155-17.

Además de donaciones, hay asociaciones sin fines de lucro y ONG que cuentan con asignaciones presupuestarias. Este año 1,202 organizaciones de este tipo —algunas vinculadas con organizaciones políticas, de corte comunitario, judicial o religioso, entre otras— recibirán RD$1,788 millones del Presupuesto Nacional del 2018.

Por su parte, en República Dominicana existen más de 1,000 cooperativas con 1.6 millones de socios. Entre todas, calcula el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo, engloban capitales por RD$100,000 millones.

Las nuevas normas de la DGII, que complementan las reglas recientemente publicadas para prevenir el lavado de activos en casinos y bancas deportivas y de apuestas, así como al reglamento aprobado en noviembre del año pasado, ya están en vigor.

En términos generales, todas las operaciones en efectivo iguales o superiores a US$15,000 (o su equivalente en pesos) que realicen clientes por medio de registradores, notarios, empresas de factoraje, dealers, empresas de construcción y agencias inmobiliarias, joyerías, armerías y casas de empeño deben reportarse a las autoridades.

Las reglas publicadas por la DGII indican las formas en que los sujetos obligados deben realizar la debida diligencia, que no es otra cosa que vigilar —y, en algunos casos, verificar— que los fondos utilizados para una operación de compra-venta de terrenos, viviendas, carros, barcos, aviones, joyas, armas y el uso de dinero en casinos y loterías no escondan el lavado de activos.

Por ejemplo, la norma que rige para los dealers señala que éstos deben profundizar su supervisión sobre aquellos clientes que hagan adquisiciones masivas de vehículos de motor, o los cambien o vendan por valores muy inferiores a los del mercado o hagan un pago total en efectivo y por anticipado en una operación que era en cuotas.

También, todos los sujetos obligados —no sólo los dealers— deben reportar las relaciones de negocios con personas políticamente expuestas, o también si una operación beneficia a una sociedad de carpetas, entre otras situaciones.

El fin del secreto bancario

La mayor responsabilidad en la prevención del lavado de activos y financiamiento al terrorismo ha estado tradicionalmente sobre las autoridades de supervisión bancaria y en las entidades financieras. La Ley 155-17 amplió el espectro y coloca a las propias empresas de sectores de la construcción e inmobiliarias, casinos y bancas de apuestas, dealers y hasta notarios y abogados con el peso de su cumplimiento. Adicionalmente, la DGII tiene una participación estelar e, incluso, conforme a las nuevas normas, está en capacidad de exigir a los bancos informaciones detalladas de sus clientes cuando lo requiera, sin que se interponga el secreto bancario.

diariolibre.com

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Economía

El dólar era vendido este jueves a 60.25 pesos en Rep. Dominicana

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Santo Domingo, R.D.- El dólar era vendido este jueves a 60.25 pesos en República Dominicana.

El Banco Central fijó el cambio para de la siguiente manera:

Compra: 60.05

Venta: 60.25.

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Economía

El Ministerio de Trabajo revela los días feriados del 2025

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio de Trabajo informó este jueves cuales serán los días feriados del calendario para este 2025 en el país, dando cumplimiento a la Ley 139-97, la cual establece el traslado de algunos días para que puedan ser disfrutados por la población, en especial, por la clase trabajadora.

A través de nota de prensa, la entidad recordó que la ley establece el traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes.

«La ley fue publicada en la Gaceta Oficial 9957, de fecha 25 de junio de 1997, entró en vigor el 27 del mismo mes y año, por lo que, de conformidad con lo establecido por nuestra legislación, debe ser aplicada en todos los establecimientos del país», dice el documento.

En esta ocasión, el Ministerio de Trabajo resaltó solo dos fechas que deben ser trasladadas, los demás días se celebrarán en su fecha original.

Los días feriados del 2025 se aplicarán de la siguiente manera:

El miércoles 1 de enero, fecha de celebración de Año Nuevo, no se cambia.

El lunes 6 de enero, día de los Santos Reyes, no se cambia.

El martes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.

El domingo 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, no se cambia.

El jueves 27 de febrero, día de la Independencia Naciónl es inamovible.

El viernes 18 de abrilViernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo, inamovible.

El jueves 1 de mayo, día del Trabajo, se trabaja y se cambia para el lunes 05 de mayo.

El jueves 19 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.

El sábado 16 de agosto, día de la Restauración de la República, no se cambia.

El miércoles 24 de septiembre, día de Nuestra Señora de las Mercedes, no se cambia.

En tanto que, el jueves 06 de noviembre, día de la Constitución, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de noviembre.

El jueves 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.

Puntos para entender por qué algunos días se cambian, según la Ley 139-97:

Traslado de días feriados a lunes:

  • Los días feriados que caen entre martes y viernes se trasladarán al lunes más cercano. Esto incluye feriados como:
  • Día de Duarte (26 de enero)
  • Día del Trabajo (1 de mayo)
  • Día de la Constitución (6 de noviembre)
  • Si el día feriado cae en sábado, domingo o lunes, se mantiene en esa fecha.

Excepciones: algunos días festivos se celebran siempre en su fecha original, sin traslado. Estos son:

  • Día de la Independencia Nacional  (27 de febrero)
  • Viernes Santo (fecha variable)
  • Día de la Restauración (16 de agosto)
  • Día de la Virgen de la Altagracia (21 de enero)
  • Día de Navidad (25 de diciembre)

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Economía

Moody’s, Standard & Poor’s y Fitch Ratings mantienen sin cambios su evaluación riesgo país RD

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Las firmas calificadoras Moody’s, Standard & Poor’s y Fitch Ratings mantuvieron sin cambios su evaluación sobre la economía dominicana, según el último informe trimestral de riesgo-país, publicado por la Secretaría Ejecutiva del Consejo Monetario Centroamericano (Secmca).

Según la publicación del Informe de Riesgo País, tercer trimestre 2024, cortado a septiembre, su evaluación al alza está condicionada a la implementación de medidas de política que fortalezcan la flexibilidad fiscal y mejoren la composición, por moneda, de la deuda gubernamental, para futuras revisiones.

También, el retorno a alto crecimiento (en el contexto de estabilidad externa y macroeconómica) que conlleven a una convergencia del PIB per cápita con países con mejores calificaciones.

A la baja, no obstante, señalan que es necesario considerar “si hubiese un fuerte deterioro de las razones de deuda gubernamental a PIB y de intereses a ingresos; por ejemplo, a través de un relajamiento de la política fiscal, menor crecimiento al esperado o pérdidas financieras de las empresas de electricidad estatales”.

El informe precisa que al tercer trimestre 2024, no se realizaron revisiones para el país, por lo cual las calificaciones se mantienen en ´BB-´ positiva de Fitch, ´Ba3´ positiva de Moody´s y ´BB´ estable de S&P.

Deuda

La deuda pública se situó en US$73,419.2 millones a abril de 2024, con una tasa de crecimiento de 1.46%.

• Historial de robusto crecimiento económico.

• Matriz exportadora diversificada.

• Altos indicadores sociales y PIB per cápita.

Centroamérica

Para el cierre del tercer trimestre del año 2024, la agencia calificadora de riesgo Moody’s realizó revisiones y actualizaciones en las calificaciones de deuda soberana y perspectivas de riesgo país para Costa Rica y Guatemala, señala la publicación.

En Costa Rica, la revisión fue al alza en su calificación de riesgo, mientras que, para Guatemala, la revisión consistió en una reafirmación tanto de su calificación de deuda como de perspectiva de riesgo país.

No obstante, en octubre, Standard & Poor’s elevó la calificación de Nicaragua, pasando de ‘B’ a ‘B+’ con perspectiva estable.

Las revisiones se realizaron tomando en cuenta el desempeño de indicadores como la evolución de la actividad económica, déficit fiscal, necesidades de financiamiento (local y externo), análisis de ratios deuda pública/PIB, de intereses de deuda/ingresos fiscales, e indicadores del sector externo, entre otras.

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