Análisis Noticiosos
Las reformas político-electorales dependen del presidente Medina
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9 años agoon
Por Juan Bolívar Díaz
La JCE da un paso al frente al advertir sobre sus facultades para contener las prematuras campañas electorales y su presidente llama al liderazgo político a concertar sobre las reformas político-electorales debatidas por más de 20 años.
La clara advertencia de la Junta Central Electoral (JCE) de que podría hacer uso de sus facultades constitucionales para regular las actividades de los partidos y candidatos constituye una presión adicional para la aprobación definitiva de las reformas político-electorales que se discuten hace ya más de dos décadas.
Igual fue certero el presidente del organismo, Julio César Castaños, al plantear un pacto del liderazgo político para viabilizar las reformas electorales, iniciativa que corresponde al presidente Danilo Medina en su doble condición de jefe del Estado y líder principal de su Partido de la Liberación Dominicana con absoluto control del Congreso.
Sorpresivo comunicado
Sorprendió a la opinión pública la publicación el lunes 21 de agosto de un comunicado firmado por el Pleno de la JCE que censura la precipitación de dirigentes y grupos de los partidos que han comenzado actividades de promoción de candidaturas para las elecciones del 2020, con más de dos años de anticipación al período de 90 días que establece el artículo 87 de la Ley Electoral 275-97.
Recuerdan que la Constitución le da facultad para reglamentar los tiempos y límites en los gastos de campañas y el acceso equitativo a los medios de comunicación, “como advertencia y para subrayar” que podrían impedir la campaña “improcedente e inoportuna”, pidiendo cesarla, “sin desmedro del ejercicio de los sagrados derechos de asociación, reunión y libre expresión del pensamiento”.
La advertencia fue interpretada como doble, dirigida también, implícitamente, a los actores del Congreso Nacional que desde comienzo del siglo dan vueltas al proyecto de Ley de Partidos, y que han rehuido la adaptación de la Ley Electoral al marco de la Constitución proclamada en enero del 2010 que consigna las facultades citadas.
Para las elecciones congresuales y municipales de mayo del 2010, las presidenciales del 2012 y las generales del 2016, se había reclamado a la JCE que, ante la resistencia a actualizar la legislación electoral, utilizara sus facultades constitucionales para reglamentar y evitar los abusos de partidos y candidatos, especialmente los gobernantes, que determinaron una extrema desigualdad en la competencia. Los anteriores titulares de la JCE lo evadieron, aunque desde el 2011 enviaron al Congreso y promovieron sendos proyectos de leyes de partidos y del Régimen Electoral.
Acogida de la advertencia
La advertencia de la JCE fue bien acogida por la opinión pública, incluso por la dirección de los partidos, incluyendo a algunos de los que ya realizan actividades de promoción de candidaturas, sin que faltara quien, como Hipólito Mejía, argumentara que no se da por aludido porque no realiza campaña, sino que promueve la inscripción de nuevos miembros y la reinscripción de los viejos en su Partido Revolucionario Moderno.
Pero Mejía fue el primero que comenzó a promover reuniones y ruedas de prensa de grupos que lo respaldan para la candidatura presidencial y hasta designó al antiguo miembro de la JCE Eddy Olivares como su vocero personal. Pronto Luis Abinader le siguió activando a los suyos también con miras a los comicios del 2020, y ambos ya han realizado reuniones organizativas de activistas regionales y provinciales.
En el PLD ha habido también promoción de candidaturas, pero hasta ahora sin un involucramiento directo y abierto de sus principales líderes y potenciales candidatos, el presidente Danilo Medina y del expresidente Leonel Fernández, aunque han aparecido vallas y pancartas. Dirigentes del PLD y aliados han planteado la candidatura a la reelección de Medina, aunque necesitaría otra reforma de la Constitución que explícitamente la prohíbe. Y hay en las redes un merengue que la proclama, interpretado por un cotizado grupo musical. Partidarios de Fernández ya realizan reuniones, hasta ahora sin convocatorias públicas. También se le promueve en las redes electrónicas. Las “visitas sorpresas” de Medina son vistas como mecanismo permanente de promoción. Igual el asistencialismo del también aspirante Reinaldo Pared, a través del financiamiento del “barrilito de los senadores”.
Qué es campaña electoral
El comunicado de la JCE recordó oportunamente los derechos de asociación, reunión y libre expresión, que no deben ser confundidos con las actividades de campañas electorales, ya que a nadie se le puede prohibir expresar su intención de competir por cargos públicos, aún en entrevistas y artículos en los medios de comunicación, ni reunirse en privado con seguidores, ni dictar conferencias.
Pero se cae en la categoría de campaña electoral cuando se convocan y realizan actividades públicas para promover aspiraciones, se organizan y pagan grupos de activistas, dentro o fuera de los partidos, se coloca promoción en los medios de comunicación o en calles, edificios y carreteras, o se auspician movilizaciones grupales o masivas, y repartos asistencialistas a nombre de aspirantes a candidaturas.
Hace muchos años que se considera que los políticos dominicanos “viven eternamente en campaña”. Para los últimos comicios la promoción comenzó tres años antes y se generalizó a dos años, implicando un alto costo de millones de pesos para conseguir las candidaturas a regidores, decenas de millones para legisladores y cientos y hasta miles de millones para las presidenciales. La inversión fue tan alta que muchos precandidatos frustrados por el reparto antidemocrático de candidaturas, tuvieron que ser compensados con dinero, cargos o contrataciones de compras y obras públicas, aún a nivel municipal.
La limitación del tiempo de las campañas es objetivo fundamental de las reformas electorales, porque su extensión determina el alto costo de la política en el país, en gran parte cubierto con recursos sustraídos a los diversos estamentos del Estado, o aportados por empresarios y traficantes de drogas que buscan rentabilidad o protección.
El pacto por las reformas
El doctor Castaños Guzmán, quien ya antes había sido miembro de la JCE y promotor de las reformas político-electorales sabe bien que las mismas no se han materializado por falta de voluntad política de los gobernantes, aunque se promueven desde el consenso de la Fundación Siglo XXI en 1993-94.
Aunque su Partido Reformista participó de ese primer consenso, el presidente Balaguer no autorizó que lo firmaran. El primer proyecto de ley de partidos lo elaboró la Comisión de Reforma y Modernización del Estado de Leonel Fernández, consensuado con partidos y sociedad civil en 1999. Entregado al mandatario, nunca lo envió al Congreso. El segundo por fue una revisión del anterior, también consensuada en el Consejo Nacional de Reforma del Estado, de Hipólito Mejía, quien lo recibió y tampoco lo remitió al Congreso. El presidente Medina no ha hecho el mínimo esfuerzo al respecto, Y como Fernández ha ignorado la adecuación de la legislación electoral a la Constitución del 2010.
El pacto de Leonel Fernández y Miguel Vargas del 2009, también incluyó la aprobación de la ley de partidos, compromiso firmado en la Universidad Católica Madre y Maestra durante la campaña del 2012 por los candidatos presidenciales, incluyendo al luego presidente Danilo Medina.
El proceso indica que los gobernantes han preferido mantener un sistema electoral atrasado, de escasas regulaciones y ausencia de sanciones disuasorias de los abusos del Estado y del secretismo en el financiamiento. De ahí que tanto el pacto político por las reformas, como su posterior aprobación en el Congreso, es ahora responsabilidad fundamental del presidente Danilo Medina.
El Régimen Electoral
El proyecto de Ley de partidos, con una decena de presentaciones en el Congreso, sigue pendiente, entrampado en aspectos fundamentales como la transparencia y límites del gasto y del financiamiento de partidos y candidatos, incluyendo el privado, de la equidad de género tanto en las candidaturas como en la dirección de los partidos, y de las sanciones efectivas. También del voto preferencial y las elecciones primarias, si con padrón propio o universal y si en la misma fecha y bajo organización de la JCE.
Si tanto tiempo y energías ha costado la ley de partidos, será todavía más difícil la del Régimen Electoral. Ambas son leyes orgánicas, implicando la aprobación de los dos tercios de cada cámara legislativa y consenso entre los partidos. Si cuesta tanto el consenso sobre las normativas de la competencia interna, serán más complicadas cuando implica el poder del Estado entre distintos partidos.
Sobre todo porque la ley del Régimen Electoral es la que limitaría y sancionaría los abusos del presupuesto nacional y de los poderes del Estado, garantizaría los derechos ciudadanos a elegir, la independencia de los organismos de control y la equidad de las campañas electorales. Los que controlan los poderes del Estado siempre son negligentes en actualizar las legislaciones.-
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De la Constitución de la República
Artículo 216. Partidos Políticos. La organización de partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre, con sujeción a los rincipios establecidos en esta Constitución. Su conformación y funcionamiento deben sustentarse en el respeto a la democracia interna y a la transparencia, de conformidad con la ley. Sus fines esenciales son:
1) Garantizar la participación de ciudadanos y ciudadanas en los procesos políticos que contribuyan al fortalecimiento de la democracia;
2) Contribuir, en igualdad de condiciones, a la formación y manifestación de la voluntad ciudadana, respetando el pluralismo político mediante la propuesta de candidaturas a los cargos de elección popular;
3) Servir al interés nacional, al bienestar colectivo y al desarrollo integral de la sociedad dominicana.
Artículo 212. Junta Central Electoral. Párrafo IV. La Junta Central Electoral velará porque los procesos electorales se realicen con sujeción a los principios de libertad y equidad en el desarrollo de las campañas y transparencia en la utilización del financiamiento. En consecuencia, tendrá facultad para reglamentar los tiempos y límite en los gastos de campaña, así como el acceso equitativo a los medios de comunicación”.
Por José Cabral.
Nadie puede negar que la República Dominicana está en medio de la gran posibilidad de que pueda surgir un “outsider” en la política nacional, aunque el problema descansa en que no se ha articulado una propuesta que responda al nicho que se ha creado en esta dirección.
Prácticamente todas las encuestas colocan en un 54 ó 55 por ciento, aunque se piensa que es mucho mayor, las personas que no sienten ningún respeto ni vinculación con los partidos políticos, los cuales han llegado a un nivel de descrédito que nadie podía imaginarse.
Es tan grave el problema que esa realidad amenaza la democracia representativa, ya que en las últimas elecciones el país ha terminado con autoridades que no cuentan con la legitimidad necesaria para garantizar una buena gobernabilidad.
Pero frente a esa realidad la pregunta que todo el mundo se hace es si valdría la pena que en el país se produzca el fenómeno del “outsider” como que ya ha pasado en muchas naciones latinoamericanos e incluso en los Estados Unidos de América.
El último caso de este tipo se ha producido en Colombia, donde un abogado penalista, un depravado, defensor de narcotraficantes, de evasores de impuestos y de los paramilitares ha quedado en primer lugar en las elecciones presidenciales.
A Abelardo de la Espriella, un ultraderechista, sin ningún mérito, pero sin venir de las estructuras tradicionales del partidarismo político, se ha colocado en la puerta de la presidencia de Colombia, con un discurso agresivo y con una visión de cuestionamiento del derecho internacional que lo acerca al actual jefe de Estado de los Estados Unidos, Donald Trump, quien incluso ya lo ha apoyado.
El asunto es que este tipo de “outsider” no es saludable para que ningún país del mundo, porque representa un antivalor, un enemigo del derecho internacional y además un depravado que no respeta absolutamente nada ni a nadie.
Entonces, si la República Dominicana se viera en ese espejo estaría en un escenario que significa un evidente retroceso al bienestar que se supone debe garantizar todo aquel que se opone a la partidocracia, que nadie puede negar que en todas estas naciones ha implicado una gran desgracia para los pueblos.
Por esta razón es que creo que, si en la República Dominicana se crean las condiciones, como ya parece que ocurre, para desplazar del poder a los partidos políticos, tiene que ser para bien, no para mal, ya que debe ser un “outsider” que cuente con un plan programático y estratégico a corte, mediano y largo plazo para poder lograr las transformaciones que demanda la sociedad.
Naturalmente, la preocupación de que el problema del país no sólo descansa en el funcionario público, el cual procede de los partidos políticos, instancias totalmente corrompidas y enemigas del progreso nacional, sino también en la visión y actitud distorsionada del ciudadano como resultado del neoliberalismo salvaje introducido en el país por Leonel Fernández.
Tal vez ahí esté la explicación de que una opción con una visión colectiva, no individual, no haya podido consolidarse en el país, ya que articular este tipo de propuesta implica, según lo que se ve, romper con lo que luce ser una utopía por la forma en que el neoliberalismo se ha apropiado de la mente y el sentir de la gente.
Pero si Dios quiere y en razón de que las condiciones están dadas para que en el país surja un “outsider”, ojalá sea para bien y no para mal, contrario a como se observa que se produce en Colombia y en otros países latinoamericanos.
El “outsider” dominicano tiene que ser para romper con la vieja política, a los fines de acabar con la corrupción y los principales males que aquejan a la sociedad en asuntos tan fundamentales para tener crecimiento y desarrollo nacionales como el empleo, la institucionalidad, la seguridad pública y ciudadana y en otros aspectos que durante décadas han representado una retranca para la nación.
Análisis Noticiosos
El sistema de justicia nacional y una democracia que agoniza.
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1 semana agoon
junio 3, 2026Por José Cabral.
Los jueces y juezas son considerados emperadores que tienen el privilegio de juzgar la conducta de los demás, pero nunca la de ellos, convirtiéndose muchas veces en los funcionarios públicos que violan más que cualquier otro agente del Estado los derechos de las personas.
La explicación del abuso de poder desde la condición de juez, jueza o fiscal consiste en que somos una nación donde la democracia existe más de apariencia que de realidad y que ello obedece a la herencia patriarcal, machista, caudillista y de amiguismo que genera mucha tolerancia con el que infringe la ley desde la sombrilla del Estado, cuya visión descansa en la herencia histórico-cultural anti-democrática.
La República Dominicana ha pretendido desarrollar una democracia en la que prevalezca el principio de legalidad, juridicidad y de igualdad, pero este propósito ha resultado ser una utopía porque los tiempos de dictaduras tienen un fuerte peso en la vida nacional.
En el Estado democrático los derechos no están por encima de los deberes, ambos van de la mano, pero en los países con escaso nivel de desarrollo la gente piensa que no tiene que cumplir con sus obligaciones y que los derechos son absolutos.
Hace muy pocos días que los actores del sistema de justicia se lanzaron a un paro de labores en demandas de mejores condiciones salariales y de trabajo en sentido general, lo que nadie le regatea porque la realidad es que las mismas son deprimentes, aunque ello no justifica la forma en que muchos tribunales se manejan en los casos que les llegan.
Todo el mundo sabe o por lo menos constitucionalmente está establecido que los jueces son garantes fundamentales de la justicia y la paz social, ya que su principal papel es administrar justicia mediante la solución de conflictos de manera imparcial, aunque este concepto luce ser una utopía.
Los jueces se supone que actúan como puente mediador entre las leyes y los ciudadanos, asegurando la equidad, el respeto a las garantías constitucionales y la estabilidad del Estado de Derecho, ya que en la sociedad contemporánea el ejercicio de la judicatura abarca funciones esenciales que van más allá de simplemente aplicar la ley escrita, sobre todo en una época en que el derecho ha entrado en un profundo proceso de constitucionalización.
Sin embargo, cuando el sistema de justicia no cumple con su rol, entonces llega la distorsión que tiene que ver con la vía de hecho, dado que éste tiene la misión teórica de darle a cada ciudadano lo que le corresponde, a los fines de evitar hacer justicia con sus propias manos y para garantizar una convivencia ordenada.
La justicia también debe velar porque prevalezca el principio de legalidad y de juridicidad para el control del poder, ya que representa un contrapeso vital al supervisar que los actos de los otros órganos del Estado se ajusten a la Constitución y al bien común, pero todo ello requiere, además, que los jueces, juezas y demás actores de la judicatura nacional también ajusten sus actuaciones a los deberes que les impone la ley sustantiva de la nación y las normas por las que se rige el Poder Judicial.
Análisis Noticiosos
Es imperdonable que Subero Isa haya mal asesorado al presidente de la República.
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2 semanas agoon
mayo 27, 2026Por José Cabral
Cuando el Congreso Nacional aprobó en violación de la Constitución la promulgada Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes, muchos confiamos en la amplia formación y la vocación democrática del expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ahora se desempeña como Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.
Siempre pensé que lo mínimo que podía sugerirle Subero Isa a Luis Abinader era no promulgar esa pretendida ley y en su lugar recomendar observarla por constituir una violación muy grave a la Constitución de la República y a una jurisprudencia del Tribunal Constitucional que el jefe de Estado prometió cumplir cuando se juramentó en el cargo.
Pero aun después de la promulgación en una conversación con el promotor de la acción directa de inconstitucionalidad en contra de los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, Alberto Fiallo, éste decía que parece que Subero Isa no había jugado ningún papel en semejante agravio a la democracia y al proceso de constitucionalización del derecho en la República Dominicana.
E incluso planteó el amigo Fiallo que Subero Isa no había tenido ninguna participación en semejante disparate jurídico, porque se veía que se trataba de un asunto manejado políticamente desde el Partido Revolucionario Moderno (PRM), lo cual parece lógico en razón de que fue algo manejado por los cuadros más importantes de la organización oficial.
Sin embargo, luego de ver la recomendación al presidente Abinader de Subero Isa en su condición de consultor jurídico del Poder Ejecutivo de que no se meta en lo referente al conflicto entre los jueces, juezas y demás personal del Consejo del Poder Judicial, todo indica que de igual modo debió haberlo hecho con la promulgación de la Ley 13—26.
No hay ninguna razón de que Subero Isa no haya intervenido en la decisión del presidente en lo que respecta a la promulgación de la Ley 13-26, máxime cuando el consultor jurídico ya había hecho pública su posición en contra de las candidaturas independientes.
De ser así, Subero Isa ha incurrido en su peor error como hombre público y jurista de una larga trayectoria, porque se trata de una acción antijurídica y que de alguna manera desmiente la creencia que nos hemos creado muchos de que este expresidente de la Suprema Corte de Justicia es un profesional del derecho lo suficientemente acabado y formado para el mejor de los consejos.
Si esta hipótesis es cierta entonces estaríamos ante un gran fiasco, porque no sé si Subero Isa sabe que con lo que podría ser esa asesoría a un hombre como el presidente Abinader, quien no tiene la menor idea de asuntos constitucionales, lo ha sumergido en una grave violación al derecho interno y externo, lo cual perdurará para toda la historia del país.
Sería imperdonable que Subero Isa no entienda la importancia que tiene en la democracia nacional el proceso de constitucionalización del derecho que se inicia en el país con la Constitución del 2010 y de la que se deriva la referida figura jurídica y que tampoco digiera el fenómeno que tiene que ver con la defensa y preservación de los derechos fundamentales en la sociedad dominicana, ya que la decisión de Abinader busca arruinar y eliminar el derecho, valores y principios de legalidad, proporcionalidad, pro participación y de dignidad humana.
No es que Subero Isa no tiene el derecho de estar en contra de lo que considere, pero de igual modo se entiende que es totalmente inaceptable que él se ponga en contra de una jurisprudencia que tiene el sustento del mandato de la Constitución.
Considero que la figura de Subero Isa se degrada y queda muy mal parada cuando entra en el juego de la politiquería al recomendar, si fue que así ocurrió, la promulgación de la Ley 13-26, que en buen derecho no es más que un contrasentido jurídico y que no puede tener otro destino que su nulidad.
