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Multas y prisión por hacer fraude al declarar bienes

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Las sanciones previstas en la ley para aquellos funcionarios que incurran en irregularidades al momento de declarar su patrimonio van desde la destitución del cargo, multas, confiscación de bienes, inhabilitación para ocupar funciones públicas y prisión de hasta 10 años.

La normativa que rige todo esto es la Ley No. 311-14 que instituye el Sistema Nacional Autorizado y Uniforme de Declaraciones Juradas de Patrimonio de los Funcionarios y Servidores Públicos, promulgada en agosto de 2014.

Con el cambio de gobierno, la Procuraduría General de la República ha comenzado a realizar investigaciones sobre aquellos que no presentaron su declaración jurada de bienes, los que aparentemente no pueden justificar su origen o los que incurrieron en falsear datos. Desde la semana pasada comenzaron a citar a funcionarios y exfuncionarios para que den su explicación al respecto.

“Si una persona presentó declaración jurada estamos indagando sobre lo que se declaró y en el caso de los omisos, por ejemplo, estamos indagando sobre las razones que han llevado a esta persona a no cumplir con la ley”, explicó ayer el titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho.

Lo que establece la Ley No. 311-14

Desde el artículo 14 hasta el 18, la Ley 311-14 establece las consecuencias de cometer algún tipo de irregularidad.

Si el servidor público no presenta su declaración dentro del plazo establecido u omite declarar algún bien, incurre en faltas graves o de tercer grado, según sea el caso, previstas en la Ley 41-08 de Función Pública, y cuya sanción es la destitución del servicio.
También será sancionado con prisión de uno a dos años y multa de 20 a 40 salarios mínimos del Gobierno Central, los que falseen los datos en su declaración jurada.

El enriquecimiento ilícito conlleva prisión hasta por 10 años
En caso de que el funcionario se enriquezca de manera ilícita será sancionado con la pena de cuatro a 10 años de prisión mayor, una multa equivalente al duplo del monto del incremento, y la inhabilitación para ocupar funciones públicas por un período de 10 años.

La ley explica que la pena de inhabilitación de 10 años se impone como pena complementaria, cuyo cumplimiento inicia a partir del término de la sanción privativa de libertad impuesta.

Las personas interpuestas que resulten culpables de las infracciones atribuidas a los funcionarios serán sancionadas como cómplices de las infracciones que resulten culpables.

En caso de que, al momento de ser requerido para explicar la legitimidad de su patrimonio, el funcionario no pueda probar el origen del mismo, la autoridad competente puede accionar en justicia y promover la confiscación de los bienes no probados.

La normativa indica que el patrimonio que se demuestre constituye enriquecimiento ilícito en favor del funcionario o de sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o relacionados, cuyo decomiso haya sido ordenado por sentencia que haya adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, pasa a ser propiedad del Estado dominicano, conforme ordene el juez competente.

El Ministerio Público dará inicio a la apertura de una investigación por presunción de enriquecimiento ilícito del funcionario, en el caso de haber finalizado el período o haber sido removido del cargo sin cumplir con los requerimientos de esta ley.

Servidores, obligados a declarar sus bienes

Entre los llamados a presentar su declaración de bienes están el presidente y vicepresidente de la República, los ministros y viceministros, los senadores y diputados, los jueces de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior Electoral, el procurador general y demás miembros del Ministerio Público, los jefes y subjefes de las instituciones militares y policiales, los funcionarios de las instituciones autónomas, centralizadas o descentralizada del Estado que administren fondos públicos.

Seguirán interrogando a ex y actuales funcionarios

El titular de la Pepca, Wilson Camacho, indicó que esta semana seguirán citando a funcionarios para dar su versión sobre la declaración jurada de bienes que presentaron. El viernes pasado fueron llamados el diputado nacional Radhamés Camacho, el alcalde del municipio de Pedro Brand, Wilson Paniagua, y el asistente del expresidente Danilo Medina, Robert De La Cruz. “Citaremos tantos funcionarios como sea necesario aclarar conforme la información que han entregado a la Cámara de Cuentas”, dijo Camacho.

elcaribe.com.do

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Ministerio Público crea Unidad Canina para fortalecer búsqueda de personas desaparecidas

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Santo Domingo, R.D.-El Consejo Superior del Ministerio Público creó una Unidad Canina especializada para integrarla a la búsqueda de personas desaparecidas y recuperación de cadáveres, informó este domingo la Procuraduría General (PGR).

La unidad, que estará adscrita al Instituto Nacional de Patología Forense (Inacif), intervendrá en los procesos de investigación, en coordinación con otras agencias del Estado, siempre conforme al protocolo y las circunstancias objetivas de cada caso.

El órgano superior de gobernanza del Ministerio Público, presidido por la procuradora general Yeni Berenice Reynoso e integrado por la procuradora adjunta Ysis Germania de la Cruz, el procurador fiscal Denny Frey Silvestre Silverio y el fiscalizador Merlin Mateo Sánchez, tomó su decisión durante la Décimo Tercera Sesión Ordinaria, efectuada el pasado 8 de enero.

Agencias internacionales cooperarán

Según se explica en un comunicado de prensa, para la creación de la Unidad Canina, el Ministerio Público recibirá la cooperación de agencias internacionales, específicamente en lo que respecta a la asistencia de entrenamiento del personal asignado a esos fines.

  • Por igual, se ha dispuesto la elaboración de un protocolo para el total cumplimiento de la Ley 248-12, de Protección Animal, a fin de garantizar el cuidado de los caninos entrenados para estas labores, explicó la secretaria del Consejo, Minerva Cocco, concluyó la nota de prensa.

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Puntos críticos del recurso de apelación de Santiago Hazim que busca revocar la prisión preventiva

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Santo Domingo, R.D.-En el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que impuso 18 meses de prisión preventiva a Santiago Hazim, principal implicado en el caso SeNaSa, la defensa plantea diversos puntos críticos para revocar la decisión.

Los abogados Miguel Valerio Jiminián, Yipsy Roa Díaz, Yenifer Doñe Miliano y Daniel Santillán destacan en el recurso contra la decisión del juez Rigoberto Sena la falta de motivación jurídica, la excepción de inconstitucionalidad por control difuso y lo que califican como un fallo “literario y religioso”.

Sostienen que la decisión emitida el pasado mes de diciembre por el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional vulnera derechos fundamentales y principios básicos del debido proceso.

Por ello, solicitan la revocación inmediata de la medida de coerción, por considerarla arbitraria, desproporcionada y carente de sustento jurídico.

Inconstitucionalidad por desproporcionalidad

Uno de los puntos más relevantes de la instancia es la solicitud de una excepción de inconstitucionalidad. La defensa pide a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que, mediante el ejercicio del control difuso, declare inconstitucional el artículo 377.2 del Código Procesal Penal para este caso específico.

Argumentan que imponer 18 meses de prisión preventiva constituye una «pena anticipada», especialmente cuando el propio tribunal fijó un plazo de solo ocho meses para que el Ministerio Público concluya la investigación.

«Resulta una incoherencia que la prisión preventiva sea más extensa que el tiempo otorgado para investigar; esto desnaturaliza la medida y viola la presunción de inocencia», establecen los juristas en el recurso.

Resaltan que la medida excede notablemente el plazo previsto y viola los artículos 40.9 y 69 (numerales 1, 2 y 3) de la Constitución de la República.

Críticas a un fallo «literario y religioso»

La defensa de Hazim también plantea que la decisión del juez Sena carece de la debida motivación, pues se sustenta en apreciaciones de carácter religioso y literario impropias de una decisión judicial.

Según el recurso, la sentencia se asemeja más a una «mala narración novelesca» y a la «cita arbitraria de pasajes bíblicos» que a un razonamiento jurídico.

Aducen que estos elementos fueron utilizados para «caer en gracia» al afirmar que el imputado habría «violado la confianza del presidente Luis Abinader«, lo cual consideran inaceptable en un Estado social y democrático de derecho.

“La decisión se encuentra fundamentada en pasajes bíblicos que nada tienen que ver con la naturaleza jurídica de la medida… el tribunal señaló de forma directa a Hazim como avaro y traidor a la patria, juicios de valor personal sin conexión con los elementos probatorios”, enfatizan.

Derecho a la salud y dignidad humana

El recurso también alega violaciones al derecho a la salud y a la dignidad humana. Los abogados indican que no se ponderaron adecuadamente los elementos de arraigo que garantizan que el imputado no representa peligro de fuga.

Presentaron constancias del Icahn School of Medicine at Mount Sinai que establecen que Hazim recibe, desde 2011, un tratamiento especializado con infusiones de Ocrevus (ocrelizumab) cada seis meses en Nueva York.

Sostienen que la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Las Parras imposibilita la continuidad de este tratamiento, lo que podría derivar en consecuencias irreversibles para su bienestar físico y neurológico.

Se espera que la Corte de Apelación del Distrito Nacional fije próximamente la fecha para el conocimiento de este recurso, donde se decidirá si se mantiene la medida o se dicta una menos gravosa que permita al imputado llevar el proceso en libertad.

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La JCE anuncia horario de 08:00 a.m. a 01:00 p.m. para servicios a la ciudadanía

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE) informó que en 14 centros de cedulación  por lo que estarán brindando sus servicios a la ciudadanía en un horario de 8:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde desde el 12 al 16 de enero del 2026.

El órgano electoral explicó que la reducción del horario se debe a que se llevará a cabo la captura de datos biométricos y personales para el proceso de la renovación de la cédula de identidad y electoral, exclusivamente a los empleados de la institución.

Estos 14 centros con este horario especial durante la fecha señalada son los siguientes:

1. Bajos de Haina
2. Boca Chica
3. Carretera Mella
4. Cristo Rey
5. Doctor Delgado
6. Ensanche Luperón
7. Gascue
8. Herrera
9. Las Américas
10. Los Alcarrizos
11. Pedro Brand
12. Plaza Naco
13. San Antonio de Guerra
14. Villa Mella

La primera etapa de inicio del despliegue progresivo controlado y limitado para la captura y posterior entrega, que abarca el primer trimestre de este año y dirigido solo al personal de la JCE, «garantiza la estabilidad operativa, calidad del servicio y confiabilidad de los sistemas antes de su despliegue a escala general».

Además, la JCE explicó que al mismo tiempo esta es la «manera correcta» de reducir riesgos, ajustar los tiempos e identificar mejoras.

«Recordamos a la ciudadanía que esto obedece a la ejecución de la primera etapa del proceso de renovación de la cédula de identidad y electoral, y pedimos su comprensión ante los inconvenientes que esto les pueda causar», agregó la institución en una nota de prensa.

Recordó que será a partir de abril cuando se inicie la captura y entrega de la nueva cédula a la población en general según el mes de nacimiento.

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