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Análisis Noticiosos

Las tierras del CEA siguen generando conflictos, ahora las del ingenio Haina

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Por Juan Bolívar Díaz

Se ha fortalecido en las últimas semanas la oposición de la comunidad de Haina a la venta de los terrenos donde operó la factoría de lo que fuera el mayor ingenio azucarero de la región, contratada por el Consejo Estatal del Azúcar (CEA) con un consorcio agroindustrial a 1,200 pesos el metro cuadrado, que consideran debajo de su actual valor.
La oposición de la comunidad, que esta semana marchó por las calles, pone difícil a la Cámara de Diputados sellar una venta que ya el Senado aprobó sin vistas públicas, cuyos orígenes datan del 2010, más aún cuando los compradores tienen arrendados esos terrenos desde el 2002, involucrando los tres últimos gobiernos.

Tirados al medio de la calle

La falta de información y transparencia podría jugarle una mala pasada tanto al CEA como a los compradores, la Terminal Granelera del Caribe (TEGRA), integrada por un consorcio agroindustrial, pues los dirigentes del Consejo de Desarrollo Integral de Haina, y los comunitarios están convencidos de que los terrenos incluyen áreas habitadas por miles de personas, aunque sin precisiones. Pero creen que las 14 parcelas que abarcan el distrito catastral 8 del municipio Bajos de Haina, no están claramente deslindadas.

Tanto en los ámbitos del CEA como de la empresa compradora, se asegura que existe el deslinde y que no incluye ninguno de los barrios del municipio de 124 mil habitantes para el censo del 2010, uno de los de mayor densidad poblacional e industrial del país, que alberga uno de los dos mayores puertos nacionales, la refinería de petróleo, tres plantas eléctricas en operación, dos zonas francas y un parque industrial.

Aunque el contrato data del 2010 y fue aprobado por el Senado en diciembre del 2014, los dirigentes sociales dicen que se enteraron cuando fue puesto en la agenda de la Cámara de Diputados. Desde entonces crece la oposición que esta semana incluyó una marcha de miles de residentes. Además del Consejo de Desarrollo se han unido en la protesta el alcalde municipal y el Concejo de Regidores, sindicatos, asociaciones de comerciantes, la coordinadora de las juntas de vecinos, el Consejo de Pastores Evangélicos y la Asociación de Profesores. Legisladores y dirigentes políticos locales han acogido los reclamos comunitarios, demandando por lo menos información que disipe los temores.

El valor de los terrenos

Entre los argumentos que sustentan la oposición se cuenta la convicción de que los terrenos donde operó durante décadas la factoría industrial del ingenio Haina, con extensos almacenes, tanque de agua y una franja de acceso al muelle, valen más de los 1,200 pesos el metro cuadrado en que están contratadas las 8 parcelas que totalizan 168 mil metros.
Luis Carrasco, un abogado, comerciante y experto en bienes raíces, quien trabaja para dos conocidas inmobiliarias, está en la coalición que denuncia la venta. Entrevistado por Teleantillas estimó el valor del terreno donde estuvo la molienda azucarera, con sus almacenes y acceso al puerto en unos 150 dólares el metro cuadrado, lo que lo elevaría a unos 7,200 pesos. Estimaciones más conservadoras hablan de entre 80 y 100 dólares.

El valor sería menor en agosto del 2011 cuando el presidente Leonel Fernández autorizó la venta, y llamó la atención que en el poder se fijara el precio de 1,200 pesos por metro, o todavía en el 2012 cuando el director del CEA, Enrique Martínez Reyes, firmó el contrato, enviado al Congreso en el 2014 por el presidente Danilo Medina. La TEGRA tenía arrendados los terrenos desde el 2002, por autorización del presidente Hipólito Mejía, a razón de 300 mil dólares anuales, con un incremento de 2.3 por ciento por año.

A la firma del contrato la TEGRA pagó 129.2 millones de los 202.5 millones de pesos de la venta, y se comprometió a otros dos pagos de 36.6 millones de pesos en el 2012 y 2013. El contrato consigna que en caso de no aprobación congresual la vendedora se obliga a devolver lo cobrado.

Para obras comunitarias

Además de los temores de que las parcelas en venta incluyan zonas habitadas, como ya ha ocurrido en otras operaciones inmobiliarias del CEA, y en el barrio Los Tres Brazos por la CORDE, y de la convicción de que están subvaloradas, la comunidad de Haina tiene otra causa pendiente con TEGRA: contaminación ambiental certificada por Angel Brea, el director provincial de Medio Ambiente. El olor ambiental es nauseabundo y derrames de materias primas, aguas con desechos industriales y polvillo, son focos de atracción de insectos, comprobables a simple vista.

El abogado Víctor Manuel Báez, quien preside el Consejo de Desarrollo Integral de Haina, viene denunciando la situación hace tiempo y la comunidad es sensible a los altos niveles de contaminación que se han detectado en Haina, tanto que hasta el 2013 el Instituto Blacksmith de Nueva York, que vela por un planeta limpio, la mantuvo inscrita entre las 10 ciudades más contaminadas del mundo. Ese año la sacó de las primeras, tras esfuerzos de sectores industriales, pero aún prevalece alta contaminación en la zona.

Para Báez lo que procede es que esos terrenos sean destinados a obras comunitarias que requiere Haina, como un hospital un instituto politécnico y área de esparcimiento, como parques. Esa aspiración choca con los intereses creados por más de 15 años por TEGRA, que importa por el puerto local materia prima para la producción avícola y porcina de varias empresas accionistas, producción de aceite y otros renglones. Sus costos de desembarque son más baratos por la rapidez con que una correa transporta la materia prima de los barcos a los viejos almacenes del CEA, con nuevos techos. La empresa dice que ha invertido unos 40 millones de dólares. Alicia Ortega recogió abundante información en su Informe del pasado lunes.

Tragedias recurrentes

Las irregularidades en las transacciones inmobiliarias del CEA pasan por todos los gobiernos, aunque se han agravado progresivamente, como la corrupción general. Hace una década la asignación de las mismas tierras a una empresa española que arrendó un ingenio de San Pedro de Macorís y a otra nacional, generó enfrentamientos con dos muertos.

Pero el caso más emblemático fue el ocurrido el 14 de febrero del 2017, cuando un individuo desesperado porque había pagado por unos terrenos que ya el CEA había vendido a otro, irrumpió en una cabina radiofónica y mató a balazos a dos comentaristas de un popular programa, también en Macorís. El victimario fue perseguido por la policía y luego se dijo que se había suicidado, aunque fueron públicas las sospechas de que lo ultimaron para que no testificara.

Con todo, una comisión presidida por el Consultor Jurídico de la Presidencia comprobó que el matador había sido timado por ejecutivos del CEA, pero fuera del relevo del director y del encargado de la inmobiliaria, nada más ha ocurrido. La impunidad es norma nacional en todos los renglones.

Otra tragedia ocurrió el 24 de septiembre pasado, cuando varios centenares de agentes policiales irrumpieron en el barrio Cerros de las Américas, erigido por ocupantes de terrenos del CEA desde hace más de una década, para desbaratar viviendas a las 3:00 de la madrugada de un domingo y día de festividad religiosa. Un teniente de la fuerza aérea, residente allí, Mateo Ogando, fue muerto en el operativo, y otros tres residentes, incluyendo a una menor, resultaron baleados. Todavía se espera que se informe qué juez o autoridad dispuso ese desalojo de madrugada, y quién es el interesado en las tierras, con mayor valor ahora por la cercana construcción de la “Ciudad Juan Bosch”.

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Análisis Noticiosos

La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.

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Por José Cabral.

En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.

Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.

Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.

Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.

La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.

Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.

Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.

Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.

Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)

Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.

¿Percepción o realidad?

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Análisis Noticiosos

Una Constitución de fachada.

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Por José Cabral

En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.

Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.

La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.

Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la  Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.

Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.

Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.

A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.

Señor

Magistrado Diomedes Y. Villalona G.

Presidente del Tribunal Superior Administrativo

Magistrado Villalona:

La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.

El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.

La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando  finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..

En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la  imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que  la propia ley ofrece la respuesta al respecto.

Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.

La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.

La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.

El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del  ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.

Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que  se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.

Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.

No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta.  Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos.  La medida cautelar solicitada por el impetrante  fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después  de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.

Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.

Sin otro particular,

José Antonio Cabral Salcedo.

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Análisis Noticiosos

Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres

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Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para  de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.

La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.

El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.

Según la BBC2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.

Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.

La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.

En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.

Puerta al ecoturismo del Caribe

BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.

Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético

  •   Abu DhabiEmiratos Árabes Unidos
  •   Costa de OregónEstados Unidos
  •   Costa Rica
  •   GuimarãesPortugal
  •   Islas HébridasEscocia
  •   IshikawaJapón
  •   LoretoBaja California SurMéxico
  •   Montenegro
  •   Uruguay
  •  Valle de ColchaguaChile

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