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Opinión

Lectura de comienzos de año

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Por Miguel Guerrero

Melómanos y expertos  se han dedicado a la tarea de clasificar las mejores composiciones o fragmentos de obras clásicas, difícil esfuerzo  que origina a menudo controversias.  Las siguientes han sido consideradas entre las más bellas jamás escritas:

Adagio para cuerdas (Adagio for the stings), del  estadounidense Samuel Barber;  Jesu  joy  of man’s desiring (Jesús, alegría de los hombres), de Juan Sebastián Bach; el décimo movimiento de la cantata Herz mund und tat und leben, que suele interpretarse en ceremonias de bodas, con un tempo lento, en contraposición con lo escrito por el autor en la partitura original. Canon, de Johann Pachelbel, composición barroca en re mayor para tres violines y bajo, a lo que con el tiempo se le han hecho arreglos para otros instrumentos.

Barcarolle, de la ópera Los cuentos de Hoffmann, de Jacques Offenbach,  inspirada en la canción folclórica (Barcarola) de los gondoleros de Venec ia. Es la obra musical escrita en ese estilo más famosa y que se interpreta tanto como la de Frederic Chopin.

El Ave María, de Franz Schubert, que cientos de millones de personas han escuchado alguna vez en sus vidas. Intermezzo, el fragmento no cantado del melodrama en un acto de Cavalleria Rusticana de Pietro Mascagni, y una de las obras  verista más populares.  El Aria para cuerda de sol, de Bach, escrita entre 1717 y 1723. Panis angelicus, de César Franck, uno de los cinco himnos escritos por Santo Tomás de Aquino para la fiesta de Corpus Christi, y que el compositor arregló para temas de tenor, órgano, arpa, cello y contrabajo, y que los grandes tenores suelen cantar a menudo.

Finalmente, Unaccompanied chello , suite para violoncelo  de Bach, considerada como una de las mejores composiciones para dicho instrumento y que se cree escrito en 1720 o 1721 y Moonlight, o Claro de Luna, sonata para piano, escrita por Beethoven en 1801.

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Opinión

Misma mentira, los mismos actores

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Por Nelson Encarnación

En el año 2003, en los preparativos para invadir Irak, la administración de George W. Bush lanzó la narrativa de que Saddam Hussein disponía de un vasto arsenal de armas de destrucción masiva que le convertía en un peligro “inminente y real” para el mundo.

Esa propaganda se difundió como guion de cine por todo el planeta, replicado masivamente por los medios de comunicación estadounidenses y de una parte importante de los países europeos, sin que ninguno de ellos pusiera en práctica el abc del periodismo serio: la verificación y la contrastación de los hechos.

Al lanzarse la ocupación que depuso el régimen iraquí, los propios invasores buscaron por todos los rincones del país árabe y no encontraron más que armas convencionales, es decir, tanques, cañones, fusiles, lanzacohetes, etc., y nada de “destrucción masiva”, entendido este término como elementos susceptibles de aniquilar a poblaciones enteras.

Fue una vagabundería redonda que medios de desinformación y alabarderos de los Estados Unidos repitieron sin cesar, pese a que la Organización Internacional de Energía Atómica (OIEA) aseguraba, de manera precisa y rotunda, que no existían dichas armas.

Más de 22 años después, los mismos actores y los mismos mentirosos montan la misma narrativa y la misma propaganda, esta vez con Irán como blanco de la manipulación.

Nuevamente la OIEA asegura que ha inspeccionado las plantas de enriquecimiento de uranio de Irán, habiendo determinado que el proceso solo alcanza para el desarrollo nuclear con fines pacíficos, es decir, producción de energía eléctrica, cuestiones médicas y otros usos no letales.

La información que analizó la OIEA fue concluyente en el sentido de que Irán no está desarrollando armamento nuclear, a pesar de que el director de esa agencia, el argentino Rafael Mariano Grossi, es un comprobado agente pro Israel, que según se especula proporcionó a los servicios de inteligencia israelíes la ubicación del edificio de reunión de los científicos iraníes.

Esto puede explicar la efectividad del bombardeo de la noche del viernes 13 de junio que mató a varios de ellos junto con oficiales de alto rango de las Fuerzas Armadas persas.

Es con base a la repetición del guion de 2003 que Israel abrió una guerra con el país persa que se sabe ha comenzada, pero que nadie conoce sus resultados al final.

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Opinión

Confirmación de los cargos  ante la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Díaz

Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 61 del Estatuto de Roma y dentro de un plazo razonable tras la entrega de la persona  a la CPI o su comparecencia voluntaria ante ésta,  la Sala de Cuestiones Preliminares celebrará una audiencia para confirmar los cargos sobre la base de las cuales el Fiscal tiene la intención de pedir el procesamiento. La audiencia se celebrará  en presencia del Fiscal  y del imputado, así como de su defensor.

La Sala de Cuestiones Preliminares, a solicitud del Fiscal o de oficio, podra celebrar una audiencia en ausencia del acusado para confirmar lo caargos en los cuales el Fiscal se basa para pedir el enjuiciamiento  cuando el imputado:

  1. a)Haya renunciado a su derecho a estar presente; o
  2. b)Ha huido o no sea posible encontrarlo y se hayan tomado todas las medidas razonables para asegurar su comparecencia ante la CPI e informarle de los cargos y de que se celebrará una audiencia para confirmarlos.

En ese caso, el imputado estará representado por un defensor cuando la Sala de Cuestiones Preliminares resuelva que ello redunda en interés de la justicia.

Dentro de un plazo razonable antes de la audiencia:

  1. a)Se proporcionará al imputado un ejemplar del documento en que se formulen los cargos por los cuales el Fiscal se proponga  enjuiciarlo; y
  2. b)Se le informará de las pruebas que el Fiscal se proponga presentar en la audiencia.

La Sala de Cuestiones Preliminares  podrá dictar providencias respecto de la revelación de información a los efectos de la audiencia.

Antes de la audiencia el fiscal podrá proseguir la investigación y modificar o retirar los cargos. Se dará al imputado aviso con antelación razonable  a la audiencia de cualquier modificación de los cargos o de su retiro. En caso de retirarse los cargos, el Fiscal comunicará las razones a la Sala de Cuestiones Preliminares.

En la audiencia, el Fiscal presentará respecto de cada  cargo pruebas suficientes de que hay motivos fundados para creer que el imputado cometió el crimen que se le imputa. El Fiscal podrá presentar pruebas documentales o un resumen de las pruebas  y no será necesario que llame a los testigos que han de declarar en el juicio.

En la audiencia el imputado podrá:

  1. a)Impugnar los cargos;
  2. b)Impugnar las pruebas presentadas por el Fiscal; y
  3. c)Presentar pruebas.

La Sala de Cuestiones Preliminares determinará, sobre la base de la audiencia, si existen pruebas suficientes de que hay motivos fundados para creer que el imputado cometió cada crimen que se le imputa. Según cual sea su determinación, la Sala de Cuestiones Preliminares:

  1. a)Confirmará los cargos respecto de los cuales haya determinado que existen pruebas suficientes  y asignará al acusado a una Sala de Primera Instancia para su enjuiciamiento  por los cargos confirmados;
  2. b)No confirmará los cargos respecto de los cuales haya determinado que las pruebas son insuficientes;
  3. c)Levantara la audiencia y pedirá al Fiscal que considere la posibilidad de presentar nuevas pruebas  o llevar a cabo nuevas investigaciones en relación con un determinado cargo; o modificar un cargo en razón de que las pruebas presentadas  parecen indicar la comisión de un crimen distinto que sea de la competencia de la CPI.

La no confirmación de un cargo por parte de la Sala de Cuestiones Preliminares  no obstara para que el Fiscal la pida  nuevamente a condición de que presente  pruebas adicionales.

Una vez confirmados los cargos  y antes de comenzar el juicio, el Fiscal, con autorización de la Sala de Cuestiones Preliminares  y previa notificación al acusado, podrá modificar los cargos. El Fiscal, si se propusiera  presentar nuevos cargos  o sustituirlos por otros más graves, deberá pedir una audiencia de conformidad  con el artículo 61 del Estatuto de Roma para confirmarlos.. Una vez comenzado el juicio, el Fiscal, con autorización de la Sala de Primera Instancia , podrá retirar los cargos.

Toda orden ya dictada dejará de tener efecto con respecto a los cargos que no hayan sido  confirmados por la Sala de Cuestiones Preliminares  o hayan sido retirados por el Fiscal

Una vez confirmados los cargos de conformidad con el artículo 61 del Estatuto de Roma, la Presidencia  constituirá una Sala de Primera Instancia que , con sujeción a los dispuesto en el  presente artículo  y en el  artículo 64, se encargará de la siguiente fase del procedimiento y podrá ejercer las funciones de la Sala de Cuestiones Preliminares que sean pertinentes y apropiadas en ese procedimiento

Rommelsantosdiaz@gmailcom.

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Opinión

Homenaje revelador de impunidades

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Por Narciso Isa Conde

Con Jorge Mera entró también un buen continente de la mafia agrícola y sectorial del gobierno Hipólito Mejía, que reforzó la vieja mafia peledeista y balaguerista de ese ministerio.

Una cosa que muestra lo mal que anda un Ministerio importante e incluso un gobierno y un partido que se las pasa haciendo profesión de fe de transparencia, es a qué tipo de funcionarios le rinde honores.

Ha pasado así en los Gobiernos de Balaguer, Leonel, Hipólito, Danilo9 y Abinader.

 En días pasados, bajo el título de homenaje al “legado de Orlando Jorge Mera”, en un acto auspiciado por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el nuevo ministro, el gobierno de Abinader y el PRM exaltaron la memoria del ex ministro fallecido, en ocasión de otro aniversario de su asesinato.

A Jorge Mera lo asesinó un personero de la corrupción asociado y protegido inicialmente por él… hasta que las desmedidas exigencias del truhan lo obligaron a incumplir el pacto y eso provocó la ira de su asesino.

Jorge Mera no tenía ni méritos en la materia ni experiencias para desempeñar ese cargo. Su designación obedeció al reparto de cuotas decidido por Abinader para complacer las diferentes facciones del PRM, al estilo histórico del PRD.

Con Jorge Mera entró también un buen continente de la mafia agrícola y sectorial del gobierno Hipólito Mejía, que reforzó la vieja mafia peledeista y balaguerista de ese ministerio.

De ahí las innumerables violaciones a las áreas protegidas, las prácticas delictivas de granceros y areneros, los venenos esparcidos, la destrucción de manglares, la minería destructiva y los numerosos delitos ambientales impunes.

Jorge Mera designó en un cargo relevante al comunicador Guillermo Gómez, con la misión de crear una nómina paralela de botellas y nuevos enclaves mafiosos.

El historial de Guillermo Gómez, vinculado familiarmente a Jorge Blanco y protegido por él y por el PRD luego de sus andanzas con el generalato asesino de Balaguer, no admite complacencia.

Guillermo Gómez fue premiado por el jorgeblanquismo, luego de prestar “valiosos” servicios al régimen de terror y latrocinio presidido por Balaguer.

El impacto del asesinato de Jorge Mera en el contexto de su espuria relación con Miguel Cruz y la posterior designación de Ceara Hatton, forzaron a su desplazamiento y a la cancelación de una parte de la nómina pervertida de ese ministerio. Pero Gómez siguió recibiendo el apoyo de las altas esferas de poder de la vieja guardia perredeista del PRM y de sus enclaves militares para cosas peores.

Quedó impune y volvió a lo suyo, como siempre.

Guillermo Gómez ya había traspasado a su hijo Jochy conexiones y responsabilidades mafiosas, incluida las militares, las del negocio digital naranja y la de Mike Pompeo, el más “troglo” de los capos de la CIA.

Su heredero siguió administrando fiesta de millones…hasta pasarse de la raya con la estafa de los semáforos y los pactos turbios en materia de espionaje con el Ministerio de Defensa, todavía pendiente de juzgar.

La historia es de una impunidad tras otras y viejos y nuevos delitos se suceden en medio de los temores a la capacidad de chantaje de los grandes beneficiarios de las asociaciones delictivas público-privadas y de los homenajes al legado de complicidades y protecciones de presidentes y ministros que pregonan transparencia mientras encubren grandes delitos.

 La fuerza que evidentemente debilita los procesos que implican a los Gómez y a Hugo Beras procede de complicidades que generan un enorme poder de chantaje, con más razón cuando una parte de los delitos se relacionan con las espurias entrañas de las labores de inteligencia oficial y espionaje público-privado bajo el paragua de la CIA y sus agentes en el Estado dominicano.

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