Santo Domingo, RD.-Dadoky Duarte, diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por la provincia Sánchez Ramírez, guardó silencio ayer, tras escuchar el fallo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que lo condenó a tres meses de prisión suspendida y al pago de una multa de 3,500 pesos.Nacionales
Diputado perremeísta calla ante condena por agresión a la autoridad
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4 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-Dadoky Duarte, diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por la provincia Sánchez Ramírez, guardó silencio ayer, tras escuchar el fallo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que lo condenó a tres meses de prisión suspendida y al pago de una multa de 3,500 pesos.Los jueces de la sala penal de la Suprema encontraron al legislador culpable de rebelión, ultraje y violencia contra la autoridad pública, en perjuicio de la raso de la Policía Nacional, Disleidy Heredia Figueroa y el fiscal Francis Alberto Valerio Martínez, en un incidente ocurrido en Cotuí en diciembre del 2020. “El no va a hablar, él no va a hablar”, expresó reiteradamente su abogado Valentín Medrano a la salida de la sala de audiencia, quien a su vez, informó, que convocarán a una rueda de prensa pero que él será el vocero del legislador.
Dijo que respetan la decisión de la SCJ, pero que la recurrirán, por ser contradictoria.
“Vamos a recurrir, por qué vamos a recurrir, porque muchas de las cosas que se dijeron no son las importantes, sino las que no se dijeron, como las contradicciones”, precisó.
Ayer, la corte penal de la SCJ dispuso que la pena de los 3 meses de prisión quedará sujeta al cumplimiento de la condición de abstenerse de visitar los lugares donde frecuenten las víctimas. Advirtió que de incumplir esa regla será ejecutada la prisión. El cumplimiento de la pena impuesta deberá ser administrada por juez de la ejecución ordinario.
La sentencia fue aprobada a unanimidad por los jueces Francisco Jerez Mena, presidente de la Sala Penal, Frank Soto y Francisco Ortega Polanco.
Al motivar el fallo en la audiencia, el juez Jerez Mena indicó que la pena de tres meses de prisión suspendida es la que resulta justa y razonable.
“Ha quedado demostrado la culpabilidad por ultraje y la violencia contra la autoridad pública y debe ser condenado”, sentenció la segunda sala de la SCJ.
La Suprema estableció que hubo una amenaza haciendo uso el legislador de su posición política. También, determinó que incurrió en violencia sin arma de fuego, al darle una bofetada a la raso, por lo que consideró que el imputado tuvo la intención de cometer el hecho.
La SCJ halló culpable al legislador de violar los artículos 209, 212, 224 y 230 del Código Penal, que sancionan los delitos de rebelión, ultraje y violencia contra la autoridad pública.
La lectura integra de la sentencia número SCJ-SS-22-1191, fue fijada para el 15 de noviembre, a las 11 de la mañana. Los jueces ordenaron la notificación de la sentencia a la Cámara de Diputados.
Violencia de género
En el caso de la raso, a quien el diputado le dio una bofetada, la Suprema determinó que no hubo violencia de género, porque no fue una acción misógina.
La raso se querelló el 28 de diciembre de 2020 contra el diputado por agresión, luego retiró la querella, pero el Ministerio Púbico continuó la acción.
Nacionales
Obispos plantean que autoridades del país ejerzan un liderazgo que promueva diálogo
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14 horas agoon
junio 28, 2026
Santo Domingo, R.D.-Los obispos de la Republica Dominicana en una eucaristía celebrada en la Catedral Primada de América dedicaron la misa de este domingo al pueblo de Venezuela, donde más de mil personas han fallecido a causa de dos terremotos.
Al iniciar la eucaristía, monseñor Piergiorgio Bertoldi hizo eco de las palabras del Santo Padre pronunciadas al finalizar el ángelus de este domingo, refiriéndose al reciente terremoto ocurrido en Venezuela: «Ruego al Señor por el eterno descanso de los fallecidos, renuevo mi cercanía espiritual a sus familiares, a los lesionados y a quienes han sido golpeados por esta tragedia».
Explicó que cuando esta convicción guía el actuar de los miembros de la Iglesia, los gobernantes y magistrados, “el derecho se convierte en amparo y garantía de todos”.
Al reflexionar sobre la defensa de la vida, señaló que “la grandeza moral de una nación no se mide por su crecimiento económico sino por su capacidad de proteger a los más débiles”.
Además, motivó a las autoridades públicas a ejercer un liderazgo que promueva el diálogo y que respete la conciencia y libertad religiosa de los ciudadanos, al afirmar que, la autonomía del Estado nunca “debe interpretarse como hostilidad” hacia la fe, puesto que “la conciencia cristiana es la que ha enseñado históricamente a nuestros pueblos que los pobres pertenecen plenamente a la comunidad y que la vida humana jamás puede ser tratada como una mercancía”.
La celebración eucarística fue transmitida por diversos medios de comunicación y contó con la participación de diplomáticos, sacerdotes, diáconos, religiosos, religiosas y laicos.
Desde el domingo 28 de junio hasta el viernes tres de julio los obispos están reunidos en Asamblea Plenaria. Es el conjunto de los obispos de la CED, quienes sostienen un encuentro anual para tratar una temática específica: elección de la nueva directiva, informar sobre las diócesis, conocer el trabajo de las comisiones, y temas varios de interés para la institución.
Santo Domingo, R.D.-Se ha reabierto en el pais la discusion sobre los límetes entre la proteccion del honor y la libertad de expresion ante la inminencia de la entrada en vigor en agosto de este año del nuevo Código Penal, cuyas disposiciones sobre injuria y difamación no solo actualizan figuras jurídicas existentes, sino que extienden su alcance al entorno digital, un aspecto que ha generado interrogantes entre juristas, periodistas y defensores de la libertad de prensa.
Entre quienes han analizado los cambios se encuentra el fiscal adscrito a la Procuraduría General de la República, Jonathan Pérez Fulcar, quien considera que la principal novedad de la Ley 74-25 radica en la ampliación de estas conductas al ciberespacio. Mientras la legislación anterior, sustentada principalmente en la Ley 61-32 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, estaba enfocada en medios tradicionales como la prensa escrita, la radio y la televisión, los artículos 208 al 212 del nuevo Código incluyen expresamente las redes sociales, plataformas de streaming, medios electrónicos y servicios de mensajería.
La reforma también incorpora nuevas figuras, entre ellas la denominada «difamación extorsiva» (artículo 209), que sanciona la utilización de imputaciones como mecanismo de presión. Asimismo, el artículo 212 contempla la posibilidad de atribuir responsabilidad penal a personas jurídicas, una disposición que podría alcanzar a empresas y medios de comunicación, además de los individuos involucrados.
Uno de los aspectos que más debate ha generado es la forma en que estas disposiciones podrían afectar el trabajo periodístico, particularmente las investigaciones sobre asuntos de interés público.
Pérez Fulcar advierte que, bajo el nuevo esquema, podrían surgir controversias cuando una investigación publicada por un periodista sea objeto de cuestionamiento judicial. Según explica, la regulación sobre difamación no establece expresamente una excepción basada en la veracidad de la información ni condiciona su configuración a la existencia de mala fe, elementos que suelen formar parte de las discusiones sobre libertad de expresión en otras jurisdicciones.
La preocupación también se extiende a la valoración de las pruebas dentro de estos procesos. De acuerdo con el fiscal, en la práctica podría generarse un escenario en el que el comunicador deba demostrar la veracidad de lo publicado, lo que podría incrementar la carga procesal para quienes realizan investigaciones periodísticas.
La discusión no se limita a los medios de comunicación. Las disposiciones también alcanzan a los usuarios que participan diariamente en plataformas digitales.
El artículo 210 sanciona la injuria, entendida como una expresión ofensiva o despreciativa que no implique necesariamente la atribución de un hecho concreto. Sin embargo, la aplicación práctica de esta figura plantea desafíos relacionados con la interpretación de determinadas expresiones.
Para Pérez Fulcar, una de las dificultades radica en definir dónde termina la crítica legítima y dónde comienza una conducta sancionable. A modo de ejemplo, señala que una publicación en redes sociales podría ser interpretada de distintas maneras dependiendo del contexto y de la valoración realizada por los tribunales.
El debate también ha puesto sobre la mesa la relación entre las nuevas disposiciones y las garantías constitucionales sobre libertad de expresión.
El artículo 49 de la Constitución dominicana reconoce el derecho a expresar libremente pensamientos e informaciones, protege la libertad de prensa y prohíbe la censura previa. A partir de ese marco, diversos sectores han examinado cómo las nuevas figuras penales podrían interactuar con precedentes establecidos por el Tribunal Constitucional.
Pérez Fulcar cita tres decisiones que considera especialmente relevantes. La sentencia TC/0075/16 estableció que la prisión por difamación contra funcionarios públicos vulnera el núcleo esencial de la libertad de expresión; la TC/0437/16 reconoció que internet y las redes sociales merecen la misma protección constitucional que otros medios de comunicación; y la TC/0092/19 consideró desproporcionado imponer sanciones más severas únicamente por el uso de plataformas digitales.
A juicio del fiscal, algunos aspectos de la Ley 74-25 podrían generar futuras discusiones constitucionales debido a que reincorporan sanciones privativas de libertad y contemplan agravantes vinculadas a medios digitales.
La controversia refleja una tensión permanente entre dos derechos fundamentales. Quienes respaldan las nuevas disposiciones sostienen que el alcance de las redes sociales ha multiplicado la difusión de acusaciones falsas y ataques a la reputación, por lo que consideran necesario fortalecer los mecanismos de protección del honor.
Por otro lado, sectores vinculados a la libertad de prensa entienden que cualquier regulación debe evitar generar efectos que limiten la investigación periodística o el debate público sobre asuntos de interés colectivo.
Para Pérez Fulcar, más allá de la eventual decisión de los tribunales, una de las principales preocupaciones radica en los costos personales, económicos y profesionales que implica enfrentar una querella penal. En ese contexto, considera que el verdadero desafío será encontrar un equilibrio que permita proteger la reputación de las personas sin desalentar la circulación de informaciones de interés público.
La discusión, en definitiva, trasciende el ámbito penal. Lo que está en juego es cómo armonizar la defensa del honor con la libertad de expresión en una sociedad cada vez más digitalizada, donde la información circula con rapidez y donde las decisiones que adopten los tribunales podrían definir el alcance de ambos derechos durante los próximos años.
Nacionales
RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil.
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3 días agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.
El director de la Defensa Civil, Juan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.
Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.
En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.
“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.
Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:
- Mantener la calma
- Identificar salidas seguras
- Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.
“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.
Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.
“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.
También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.
En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:
“Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.
Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.
Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.
“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.
