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Diputado perremeísta calla ante condena por agresión a la autoridad

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Santo Domingo, RD.-Dadoky Duarte, diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por la provincia Sánchez Ramírez, guardó silencio ayer, tras escuchar el fallo de la Segunda Sala  de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que lo condenó a  tres meses de prisión suspendida  y al pago de una multa de 3,500 pesos.

Los jueces de la sala penal de la Suprema encontraron al legislador culpable de  rebelión, ultraje y violencia contra la autoridad pública, en perjuicio de  la raso  de la Policía Nacional, Disleidy Heredia Figueroa y el fiscal Francis Alberto Valerio Martínez, en un incidente ocurrido en Cotuí en diciembre del 2020. “El no va a hablar, él no va a hablar”, expresó reiteradamente su abogado Valentín Medrano a la salida de la sala de audiencia, quien a su vez, informó, que convocarán a una rueda de prensa pero que él será el vocero del  legislador.

Dijo que respetan  la decisión de la SCJ, pero que  la recurrirán, por ser contradictoria.

“Vamos a recurrir, por qué vamos a recurrir, porque muchas de las cosas que se dijeron no son las importantes, sino las que no se dijeron, como las contradicciones”, precisó.

Ayer, la corte penal de la SCJ dispuso  que la pena de los 3 meses de prisión   quedará sujeta al cumplimiento de la condición  de abstenerse de visitar los lugares donde frecuenten las víctimas. Advirtió que de incumplir esa regla será ejecutada la prisión. El cumplimiento de la pena impuesta deberá ser administrada por juez de la ejecución ordinario.

La sentencia fue aprobada a unanimidad por los jueces Francisco Jerez Mena, presidente de la Sala Penal, Frank Soto y Francisco Ortega Polanco.

Al motivar el fallo en la audiencia, el juez Jerez Mena indicó que la pena de tres meses de prisión suspendida es la que resulta justa y razonable.

“Ha quedado demostrado la culpabilidad por ultraje y la violencia contra la autoridad pública y debe ser condenado”, sentenció la segunda sala de la SCJ.

La Suprema estableció que hubo una amenaza haciendo uso el legislador de su posición política. También, determinó que incurrió  en violencia sin arma de fuego, al darle una bofetada a la raso, por lo que consideró que el imputado tuvo la intención de cometer el hecho.

La SCJ halló culpable al legislador de violar los artículos 209, 212, 224 y 230 del Código Penal, que sancionan los delitos de rebelión, ultraje y violencia contra la autoridad pública.

La lectura integra de la sentencia número SCJ-SS-22-1191,  fue fijada para el 15 de noviembre, a las 11 de la mañana. Los jueces ordenaron  la notificación de la sentencia a la Cámara de Diputados.

Violencia de género

En el caso de la raso, a quien el diputado le dio una bofetada, la Suprema determinó que no hubo violencia de género, porque no fue una acción misógina.

La raso se querelló el 28 de diciembre de 2020 contra el diputado por agresión,  luego retiró la querella, pero el Ministerio Púbico continuó la acción.

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Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.

Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.

La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.

De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.

De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.

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Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales

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Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por  agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.

En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.

Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.

Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.

Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).

Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.

El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.

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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción

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Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.

Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.

Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.

En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.

Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.

La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.

Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.

Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.

Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.

En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.

Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.

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