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Exhortan al PRM eficientizar depuración ante casos de narcotráfico

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Santo Domingo, R.D.-Ante la admisión de culpabilidad de por narcotráfico de funcionarios electos del Partido Revolucionario Moderno (PRM), legisladores de la oposición   reaccionaron a la situación, principalmente a la referente al   regidor del Distrito Nacional, Edickson Herrera Silvestre, quien confesó ante un tribunal de Estados Unidos su participación en asuntos de drogas.

Los voceros de los principales bloques opositores en el Senado de la República y la Cámara de Diputados que respondieron a las preguntas de este medio coincidieron en sus planteamientos: el Partido Revolucionario Moderno (PRM) debe eficientizar los procedimientos de depuración para evitar la participación de criminales en la política nacional.

“(Debe de llevar al PRM a revisar su estructura. Esto para el Gobierno es alarmante, es preocupante la cantidad de funcionarios y dirigentes políticos (del PRM) que han (estado involucrados con el narcotráfico)…”, expresó a reporteros del Listín Diario el portavoz de la Fuerza del Pueblo (FP) en la Cámara Alta.

Además de lamentar la situación, algunos congresistas entienden necesario que la Junta Central Electoral (JCE) y el Ministerio Público deben reforzar los mecanismos de supervisión para no permitir la continuidad de este tipo de casos.

Uno de estos es representante del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) en la Cámara Baja, diputado Ramón Raposo, quien advirtió que estos hechos podrían debilitar el sistema de partidos políticos del país.

Raposo cuestionó que algunas entidades políticas les permitan a ciudadanos optar por candidaturas electivas en los procesos electorales, a pesar de que es un secreto a voces la ilegalidad de la procedencia de sus recursos económicos.

«(Hay) organizaciones políticas que les abren la puerta a ese tipo de personas, personas que todo el mundo conoce, que de una forma u otra están ligadas a esos sectores no pulcros», dijo.

El titular del bloque Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en la Cámara Baja, Gustavo Sánchez, deploró que el PRM sea “la única” entidad política en la actualidad en la cual se registran a militantes participando en entramados delictivos.

“De una manera u otra tenemos que vincular al PRM. Ningún otro partido ha tenido conexiones directas con el narcotráfico en torno a los funcionarios de elección popular…”, manifestó.

Por último, Sánchez considera que la condena del exdiputado Miguel Guiterréz y la judicialización en un tribunal estadounidense del regidor Edickson Herrera Silvestre, ambos dirigentes perremeístas relacionados con el narcotráfico; debe causar en las organizaciones políticas un proceso de reflexión.

“Como dirigente político del PLD es una lección, esto no sirve como una muestra más del cuidado que tenemos que tener a la hora de decidir quién va a ser nuestro candidato”, expresó.

Mientras los legisladores opositores señalan al partido gobernante por permitir vincular sus filas al narcotráfico, los voceros del PRM se defendieron, aclarando que los procesos judiciales internacionales en contra de los implicados antes mencionados han ocurrido por el respaldo del presidente Luis Abinader.

“El único partido que ha registrado este tipo de casos es este porque el presidente (Abinader) no tiene cómplices, no anda tapando a nadie, diferente a otros…”, expresó Moisés Ayala, portavoz en el Senado.

Asimismo, no descartaron que otros partidos políticos contengan dentro de su dirigencia actores delictivos que en el futuro puedan ser sometidos a la justicia.

“Esto llama a reflexionar a todos los partidos políticos, porque aunque algunos quieran atribuirle a una sola organización política esos vínculos (con el crimen), definitivamente es probable que algunos vayan delante y otros atrás…”, precisó el diputado Amado Díaz, también vocero del PRM.

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Fiscal acusado de sobornar testigo del caso Senasa recibe rechazo de solicitud de variación de prisión preventiva.

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Santo Domingo, R.D.-La solicitud del fiscal Aurelio Valdez Alcántara, a quien el Ministerio Público señala de exigir y recibir soborno a un testigo del fraude en el Seguro Nacional de Senasa, de variar la prisión que se le impuso por una medida de coerción menos grave,  fue rechazada este miércoles por una jueza de la corte del Distrito Nacional.

La magistrada Nancy Joaquín Guzmán, de la Tercera Sala de la Corte Penal del Distrito Nacional, ratificó los tres meses de cárcel en Najayo Hombres que se le impuso al miembro del Ministerio Público en mayo y que luego le confirmó en junio la Suprema Corte de Justicia.

  • El Ministerio Público, representado por el titular de Persecución, Wilson Camacho, junto al procurador de corte Eduardo Velázquez Muñoz y Andrés Mena, logró que el tribunal acogiera su petición de mantener la prisión al imputado.
  • Según Velázquez Muñoz, los presupuestos presentados por la defensa del imputado fueron insuficientes en base al peligro de fuga y la gravedad de los hechos que se le atribuyen.

Valdez Alcántara se le señala por exigir y recibir un soborno de 10,000 dólares por parte de Roberto Canaán Acta, exgerente de Atención al Usuario del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

Por el caso de corrupción en el Senasa, este jueves el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de Instrucción, revisará también la prisión preventiva que se le impuso al exdirector de la ARS, Santiago Hazim y los otros cinco imputados que permanecen en la cárcel de Las Parras, en el municipio San Antonio de Guerra.

Asimismo, Rafael Luis Martínez Hazim y Ramón Alan Speakler Mateo.

Ada Ledesma Ubiera, está última quien estaba recluida en Najayo Mujeres, fue favorecida recientemente con una garantía económica y arresto domiciliario.

Los otros tres procesados por el presunto fraude son el empresario Eduardo Read EstrellaCinty Acosta Sención y Heidy Mariela Medina, quienes tienen arresto domiciliario desde el pasado mes de diciembre.

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Fiscales piden a tribunal rechazar solicitud de extinción de la acción penal a Jean Alain

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Santo Domingo, R.D.-Las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional recibió el pedido del Ministerio Público solicitó a las juezas del Segundo Tribunal para que  rechace la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal acusado en un expediente por presunta corrupción administrativa.

Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción procesal constituye una sanción ante la inactividad o la conducta defectuosa de las partes. En ese sentido, argumentó que la dilatación en el tiempo del presente caso no es atribuible a faltas del órgano acusador, sino a la propia naturaleza y complejidad del expediente.

Ortiz afirmó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, reformado por la Ley 97-25, establece los parámetros objetivos para determinar la razonabilidad de los plazos procesales, y destacó que el proceso maneja una cantidad de elementos probatorios sustancialmente superior a los 4,000 analizados en otros expedientes de corrupción.

«La extinción es una sanción procesal. ¿A quién se castiga? A la parte que ha actuado de manera contraria a las normas. El Ministerio Público no ha incurrido en negligencia ni en inactividad defectuosa que amerite la ‘muerte procesal’ de esta causa», aseveró la magistrada.

Para sustentar la postura del órgano persecutor, Ortiz citó la resolución jurisprudencial dictada por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el expediente seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien también se le rechazó una solicitud de extinción de la acción penal.

Por su parte, el fiscal Emmanuel Ramírez, de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, sostuvo que el alegado retardo del juicio responde a una deliberada estrategia dilatoria implementada por las defensas de los procesados a lo largo de la investigación y del proceso judicial.

Para fundamentar su postura, Ramírez detalló que solo una de las defensas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el objetivo de paralizar las investigaciones. El representante del Ministerio Público señaló que todas y cada una de esas recusaciones fueron rechazadas por los tribunales por carecer de fundamento jurídico, demostrando que su único propósito fue ralentizar el curso normal de la justicia.

El magistrado también abordó la magnitud del expediente para contextualizar la administración de los tiempos procesales, recordando que se trata de uno de los casos de corrupción administrativa más voluminosos en la historia judicial dominicana:

El Ministerio Público depositó en estrados las pruebas físicas relativas a las recusaciones rechazadas para que consten en el récord del tribunal al momento de decidir sobre la petición de la defensa.

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Memes y paradias no constituyen delitos en nuevo Codigo Penal.

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Santo Domingo, R.D.-Yeni Berenice Reynoso, procuradora general de la República, afirmó que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no constituye un delito, debido a que ni el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican o sancionan con penas de prisión o multa.

La procuradora sostuvo que el artículo 169 de la Constitución dominicana establece que el Ministerio Público es el órgano encargado de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

En ese sentido, la procuradora consideró pertinente esclarecer el tema que, según señaló, ha recibido una interpretación errónea por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.

Asimismo, recordó que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas, y que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.

La titular del Ministerio Público advirtió además que es un error realizar interpretaciones extensivas o recurrir a la analogía en contra de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe de forma estricta, salvo que dicha interpretación favorezca al procesado.

Precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a un tercero no extiende sus efectos a la elaboración de memes, caricaturas o parodias desarrolladas dentro del ejercicio de la libre expresión y la creación artística, actividades que subrayó se encuentran plenamente protegidas por la Constitución.

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