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Se reducen contribuciones con límites impuestos por leyes electorales.
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5 años agoon
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LA REDACCIÓNHan sido notables los limites impuestos por las leyes electorales, la 33-18 de Partidos Políticos y la 15-19, de Régimen Electoral a las contribuciones a los partidos y candidaturas a cargos electivos y obliga a transparentar las personas que realizan el aporte.
Así lo instituyen varios artículos de ambas legislaciones, y el reglamento de fiscalización y Control Financiero de los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, emitido recientemente por la Junta Central Electoral, que obliga a los aspirantes a revelar la identidad y los aportes económicos que para el financiamiento de actividades realicen personas particulares.
La Ley de Partidos, que rige la etapa de la actual precampaña, en su artículo 63, sobre contribuciones, señala que las agrupaciones políticas podrán recibir aportes para el financiamiento de sus actividades, procedentes de personas naturales y deberán presentar una nómina de contribuyentes en su página web.
“Las contribuciones individuales hechas por particulares a los partidos no podrán ser superiores al uno por ciento del monto máximo correspondiente al partido que reciba mayor asignación de fondos públicos.
Las contribuciones realizadas por internet y las redes sociales, serán incluidas en la nómina de contribuyentes y siempre estarán identificadas en su origen”, señala la Ley. Igual medida establece la Ley electoral en su artículo 202, párrafo II.
Asimismo, el artículo 205 de la citada Ley, manda a los partidos a depositar ante la Junta Central Electoral “un informe que contenga todos los ingresos y gastos de la organización, antes, durante y después del proceso electoral, debiendo detallar las informaciones de gestión, administración y contabilidad de los recursos captados, con indicadores y estándares de auditoría establecidos por la Cámara de Cuentas”.
Del mismo modo, el reglamento emitido por la JCE, va en consonancia con ambas normas electorales y sostiene que los postulantes están obligados a llenar un formulario donde además del nombre del contribuyente, se debe identificar la fecha del aporte, el teléfono y su dirección. Dicho reglamento advierte que cuando algún precandidato o candidato incurra en la aceptación de aportes considerados ilícitos, será sancionado al pago de una multa del doble de la contribución recibida; en cumplimiento al numeral 4 del artículo 78, de Ley 33-18, de Partidos Políticos.
Las leyes electorales establecieron topes en las precandidaturas y candidaturas en los distintos niveles de elección. Por ejemplo, un aspirante a la presidencia, en las primarias, puede gastar hasta 519 millones, 70 pesos dominicanos por cada elector con un padrón de 7,420,941 electores. Asimismo podrá recibir por concepto de donaciones hasta 5.2 millones.
En tanto que los precandidatos congresuales, a senadores y diputados, podrán gastar hasta 60 pesos por cada elector en la demarcación a la que aspiran.
Los que más podrían gastar son los de la provincia Santo Domingo con 1,651,530 electores, RD$ 99 millones; para el Distrito Nacional el tope es de 51.1 millones, con 852,379 electores. En tanto que los diputados en la circunscripción 1 del Distrito, podrán gastar 19 millones, en la 2, 13.7 millones y 17.9 millones en la 3. Otros topes de aspirantes a senadurías: por San Cristóbal 25.8 millones y La Vega 19.9 millones.
Los partidos, además de los recursos que le asigna el Estado (un 80% distribuido en partes iguales entre los que hayan alcanzado más del 5% de los votos, 12% entre todos los que hayan alcanzado más del 1% y un 8% entre los que hayan alcanzado entre 0.1% y 1%), podrán generar sus recursos sus propios recursos mediante recepción de cuotas partidarias o la celebración de eventos como rifas, cenas, venta de bonos, entre otros.
El movimiento cívico no partidista Participación Ciudadana emplazó a la Junta Central Electoral (JCE) y a los precandidatos de los partidos políticos a publicar los nombres de los contribuyentes de sus campañas, tal y como establece la Ley de Partidos Políticos. Carlos Pimentel, director ejecutivo de la entidad, explicó que la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, establece que en el proceso de la precampaña los aspirantes tienen que hacer un desglose de los fondos que reciben tanto del sector público como de los contribuyentes privados.
Opinó que hay que determinar si los precandidatos están cumpliendo con el tope establecido por la ley. “Hasta el momento la Junta Central Electoral lo que hizo fue que dio un informe general de los ingresos y egresos de los precandidatos presidenciales de los partidos, ahora hay que establecer quienes fueron los donantes y la cantidad que aportó cada uno”, opinó el dirigente cívico. Agregó que “de los datos que hablo solo se pueden obtener del informe original, que debe ser publicado tanto por la Junta como por los precandidatos, la ciudadanía tiene que manejar esos informes, tienen que ser de dominio público, porque así lo establece la ley 33-18”.
Pimentel dijo que la exigencia de Participación Ciudadana de que se publiquen los informes de los precandidatos se fundamenta en lo que establece la ley, para poder una evaluación más acabada de lo que están diciendo los aspirantes. Explicó que los aspirantes en sus informes tienen que desglosar como recibieron los recursos y cómo lo están invirtiendo, “tienen que establecer cuanto han gastado en televisión, radio, prensa escrita y medios digitales”.
En la antigua ley electoral 275-97, del 16 de diciembre de 1997, estaban definidas las fuentes de ingreso de los partidos y las restricciones para las contribuciones. Mediante el artículo 47 se establecía lo siguiente: “Todos los actos de cooperación, asistencia o contribución económica a los partidos son función exclusiva de las personas naturales y jurídicas nacionales privadas. Por tanto, sólo se considerarán como ingresos lícitos de los partidos, los donativos o contribuciones que provengan de éstas; y será ilícita la intervención directa o indirecta del Estado, de cualquiera de sus departamentos, dependencias u organismos autónomos o descentralizadas o de empresas que caigan dentro de la aplicación de la Ley de Inversión Extrajera, de los ayuntamientos o de entidades dependientes de éstos, de gobiernos extranjeros en el sostenimiento de los partidos o el financiamiento de sus campañas. Tal intervención, sea cual fuere la forma en que se produzca, constituye presunción de entendimiento con los partidos o sus candidatos en beneficio de los interesados de esas entidades o sus propietarios, socios, accionistas, beneficiarios, directores o representantes, y en tal virtud, queda absolutamente prohibida. Se prohíbe a los partidos políticos, a sus dirigentes, militantes o relacionados, recibir exoneraciones, donaciones o regalos de parte de cualesquiera de los poderes del Estado, o de los ayuntamientos, directamente o bajo cualquier mecanismo jurídico, así como beneficiarse directa o indirectamente de los recursos y medios que pertenezcan al Estado para realizar sus actividades proselitistas, o sostenerse, salvo la contribución electoral señalada en la presente ley. La Junta Central Electoral tendrá facultad para anular cualquier operación de la cual tenga conocimiento e incautar provisionalmente o tomar cualquier medida cautelar con el auxilio de la fuerza pública respecto a cualquier bien, o para hacer cesar de inmediato cualquier uso indebido de los recursos y medios del Estado. Es obligación de los partidos políticos depositar cada dos años en la Junta Central Electoral una lista actualizada de los miembros de sus órganos directivos y del tribunal disciplinario, para fines de control y de conocimiento por parte de la Junta Central Electoral”.
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Presentan proyecto de nueva cédula a organizaciones políticas
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15 horas agoon
marzo 13, 2025Santo Domingo. – Este jueves la Junta Central Electoral (JCE) realizó una nueva presentación del proyecto de renovación de la Cédula de Identidad y Cédula de Identidad y Electoral en un encuentro con diversas organizaciones políticas del país.
La actividad fue encabezada por el Pleno del órgano electoral, integrado por su presidente, Román Andrés Jáquez Liranzo; los miembros titulares Dolores Fernández Sánchez, Samir Chami Isa, Hirayda Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises; el secretario general, Sonne Beltré. También estuvieron presentes los miembros suplentes Prado López y Anibelca Rosario.
Presentes también los miembros de la comisión técnica del proyecto de la nueva cédula, integrada por los directores de Cedulación, Américo Rodríguez; de Informática, Johnny Rivera; de Registro Civil, Rhina Díaz; de Registro Electoral, Luis Mariano Matos; de Elecciones, Mario Núñez; del Voto en el Exterior, Well Sepúlveda; y de Partidos Políticos, Lenis García.
Al dirigirse a los representantes de las organizaciones políticas, el presidente de la JCE enfatizó la relevancia de la cédula como un documento fundamental no solo para la identificación de los ciudadanos, sino también para el ejercicio de sus derechos y deberes en la vida cívica.
Jáquez Liranzo destacó que el proyecto de renovación de la cédula no solo busca modernizar el documento, sino que también promete un ahorro significativo de recursos para el Estado a mediano y largo plazo.
Resaltó que la nueva cédula permitirá una mayor durabilidad, evitando la necesidad de cambios frecuentes y facilitando la interoperabilidad y su modernización.
Presentación
En tanto que el director de Cedulación, Américo Rodríguez, destacó que la presentación del nuevo documento tiene como finalidad dar a conocer las decisiones tomadas por el Pleno de la Junta Central Electoral e integrar las mejores prácticas internacionales, el criterio de expertos, así como detallar las características de seguridad, logística y organización del proyecto.
En el marco de la presentación, la directora de Registro Civil, Rhina Díaz, señaló que el registro oportuno y fuera de plazo no tiene costo y exhortó a la ciudadanía acercarse a la JCE a buscar sus actas de nacimiento para que obtengan su Cédula de Identidad y de Identidad Electoral.
Partidos felicitan a la JCE
Las organizaciones políticas felicitaron y reconocieron al Pleno y a los directores de la JCE “por la seguridad, transparencia y claridad demostradas en el proyecto de renovación del documento de identidad, durante este ciclo de presentaciones.
Organizaciones participantes
En esta ocasión participaron los partidos Revolucionario Dominicano (PRD), Bloque Institucional Socialdemócrata (BIS), Esperanza Democrática (PED), Opción Democrática (OD), Generación de Servidores, Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), Revolucionario Independiente (PRI), Frente Amplio, Socialista Cristiano (PSC), Demócrata Institucional (PDI), Fuerza Nacional Progresista (FNP) y Camino Nuevo (PCN).
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Jean Alain dice que el caso Medusa se ha extendido más de lo razonable
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15 horas agoon
marzo 13, 2025Santo Domingo, R.D.-Jean Alain Rodríguez, ex procurador general de la República, principal implicado en el caso Medusa, consideró que este se ha extendido más allá de lo razonable, encontrándose privado de libertad por casi cuatro años, sin que se haya iniciado el juicio de fondo en su contra.
Manifestó que el proceso se ha prolongado debido a una errónea política de “arrestar y luego investigar”, en lugar de seguir el principio fundamental de “investigar y luego someter”.
Indicó que hace ya cuatro años se presentó voluntariamente ante las autoridades; no obstante, fue inmediatamente arrestado. A partir de ese momento, en lugar de presentar una acusación con celeridad, en tres meses, como lo contempla ordinariamente la norma, decidieron solicitar al juez un plazo extraordinario de ocho meses.
Explicó que dejaron vencer ese plazo y solicitaron al mismo juez una prórroga de cuatro meses adicionales, la cual también dejaron vencer.
Destacó el ex procurador que a esto se sumó la negativa de entregar la carpeta fiscal y las pruebas de descargo solicitadas en múltiples ocasiones, aun cuando la norma los obliga y el juez de la instrucción así se lo ordenó.
Señaló que, asimismo, en lugar de entregar las más de 3,000 supuestas pruebas en formato físico, conforme lo ordena la ley, decidieron depositar un defectuoso disco duro que incluía cientos de archivos digitales dañados.
Consideró que técnicos del Poder Judicial certificaron estos errores, y el juez de la instrucción les ordenó en varias ocasiones su corrección y una nueva entrega adecuada.
Además, destacó que se incluyó una abultada acusación de más de 12 mil páginas, redactada y presentada de manera enrevesada e incomprensible, cuya lectura es obligatoria en cada etapa del juicio, generando numerosas violaciones al debido proceso y casi dos años adicionales de retraso.
Resaltó que, ante el debate contradictorio y la evidencia presentada, el juez apoderado decidió en audiencia pública que las dilaciones de este proceso han sido provocadas por el Estado y no por Alain Rodríguez, tal como se puede verificar en la resolución judicial.
Destacó que, recientemente, la Corte de Apelación confirmó la falta de imparcialidad de los jueces asignados para el juicio de fondo y ordenó la designación de un nuevo tribunal mediante sorteo aleatorio, generando otro retraso que persiste, mientras lo mantienen privado de libertad.
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Senado modifica Ley de Armas para extender a dos años licencia de porte
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16 horas agoon
marzo 13, 2025Santo Domingo, R.D.-Este jueves el Senado de la República aprobó en segunda lectura una modificación a la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, con la que se extendería a dos años la vigencia de la licencia en estos artefactos.
Esta es la segunda ocasión que el Senado envía esta pieza a la Cámara de Diputados, luego de que fuese aprobada el pasado 9 de marzo y perimiera en la Cámara de Diputados.
La reforma a la pieza legislativa depositada por el senador de la provincia María Trinidad Sánchez del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Alexis Victoria Yeb, establece una modificación a varios artículos y algunos literales.
Sin embargo, la aprobación absoluta de esta modificación a la ley en el Congreso Nacional dependerá enteramente de la Cámara Baja, donde será depositada y estudiada por los congresistas.
Tal es el caso del artículo 21, en el cual indica que las licencias otorgadas al amparo de la presente ley se emitirán de forma “individualizada” y son de carácter “intransferible”.
“Las licencias tendrán vigencia de dos (2) años. La renovación de las licencias será a solicitud del titular de forma personal e intransferible y se efectuará cuando se haya vencido, por cambio de dueño, deterioro o pérdida de la misma, siempre que no existiese ninguna de las causales de inelegibilidad”, indica el primer párrafo de este artículo.
Además, específica que las licencias que no hayan sido renovadas en la fecha correspondiente pagará un recargo equivalente a un 3% mensual sobre el valor del importe de la licencia y las autoridades policiales podrán proceder a incautarla.
El tercer párrafo de esta ley destaca que al momento de expedición de las licencias, el Ministerio de Interior y Policía (MIP) deberá tomar las huellas biométricas del solicitante.
Asimismo, según expresa el documento legal, el MIP podrá regular el registro y las características físicas del arma utilizando tecnologías de balística forense.
“Presentar cada dos años los resultados de la prueba antidopaje y alcohol realizadas en un laboratorio acreditado y certificado por el MIP”, ordenan ambos literales.
El total de los votos al momento de conocer la segunda lectura de este arreglo legislativo, aprobado el pasado 19 de marzo en primera lectura por el Senado, fue de 22, con 18 a favor y 4 rechazos.