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Análisis Noticiosos

LF burló la Constitución y 12 leyes que promulgó

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Por Juan Bolívar Díaz

Al incurrir en el grosero déficit fiscal de unos 200 mil millones de pesos, el presidente Leonel Fernández violó su propia Constitución y un conjunto de leyes que crean un sistema de planificación, presupuesto, inversión y control financiero

Con el déficit presupuestario en que incurrió el gobierno del presidente Leonel Fernández se violaron no sólo principios básicos de su propia constitución, sino también una docena de leyes y numerosos reglamentos promulgados por él mismo a instancias del Fondo Monetario Internacional (FMI) y otros organismos multilaterales.

Aunque gran parte de la sociedad parece ignorarlo, el Congreso Nacional aprobó o renovó a partir del 2001 un  conjunto de leyes para la planificación presupuestal de la inversión pública y un sistema de administración financiera en orden a la transparencia, eficacia y mejor aprovechamiento de los recursos nacionales.

La Constitución de Leonel

El déficit fiscal cuantificado esta semana por el FMI en 8.5 por ciento del Producto Bruto Interno (PBI), equivalente a unos 204 mil millones de pesos, nueve veces los 22 mil 500 millones aprobados en la Ley de Presupuesto para el 2012, numerada 294-11, implica la violación de principios y mandatos de la Constitución promulgada por el presidente Fernández en el 2010, como se indica a continuación:

1.- Artículo 138, señala que la administración pública “está sujeta en su actuación a los principios de eficacia, jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación, con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico del Estado”.

2.- Artículo 233, plantea que corresponde al Poder Ejecutivo la elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto que contempla ingresos probables y gastos propuestos y el financiamiento requerido “en un marco de sostenibilidad fiscal, asegurando que el endeudamiento público sea compatible con la capacidad de pago del Estado”.

3.- Artículo 234, párrafo: “Una vez votada la Ley de Presupuesto General del Estado, no podrá trasladarse recursos presupuestarios de una institución a otra sino en virtud de una ley….

4.- Artículo 236, “Validez erogación. Ninguna erogación de fondos públicos será válida si no estuviere autorizada por la ley y ordenada por funcionario competente”.

5.- Artículo 241, proclama que “El proceso de planificación e inversión pública se regirá por la ley correspondiente”.

6.- Artículo 246 que responsabiliza al Congreso Nacional, la Cámara de Cuentas y la Contraloría General de la República del “control y fiscalización sobre el patrimonio, los ingresos, gastos, y uso de los fondos públicos”.

Artículo 247 que instituye a la Contraloría General como órgano rector del control interno sobre el uso e inversión de los recursos públicos, que autoriza los pagos “previa comprobación del cumplimiento de los trámites legales y administrativos”…

“La más profunda reforma”      

En la primera década de este siglo se aprobó una amplia reforma institucional y de la normativa administrativa del Estado, con unas quince leyes, unas completamente nuevas como la de Libre Acceso a la Información Pública, o la que crea el Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado, y otras para actualizar las obsoletas, como las de Hacienda, Economía o de la Tesorería y la Monetaria y Financiera.

Ese conjunto de reformas estuvo impulsado y financiado más por los organismos internacionales que por la gestión política o administrativa del país, tanto que fueron parte de los acuerdos suscritos con el FMI, que  sistemáticamente reclamó su ejecución, en lo que fue lento el Congreso Nacional, fuera bajo control perredeísta,1998-02, o peledeísta a partir del 2002.

Al presidente Hipólito Mejía (2000-04) le correspondió promulgar las primeras de esas leyes, comenzando por la 126-01 que crea la Dirección General de Contabilidad Gubernamental, la Monetaria y Financiera,183-02, y la de Cámara de Cuentas, 10-04. Pero fue al presidente Fernández que le tocó promulgar la mayor parte del paquete legislativo a partir del 2004, de lo que se manifestó tan orgulloso que casi se atribuyó el mérito de su elaboración y aprobación.

En su último discurso-informe a la nación, el 27 de febrero pasado, Fernández dijo que “Promovimos la más profunda reforma administrativa-financiera del Estado en la historia nacional” y enumeró nueve de ellas: la de Hacienda, Sistema Integrado de Administración Financiera, la de Presupuesto, la de Tesorería Nacional, Crédito Público, de Compras y Contrataciones, la de Contabilidad Gubernamental, la de la Contraloría General y la de Libre Acceso a la Información Pública. Se le olvidó mencionar otras tres: la del Ministerio de Economía, la de Función Pública y la muy importante Ley de Planificación e Inversión Pública.

Las principales violaciones

En la instancia de Alianza País, su presidente Guillermo Moreno y su reconocido abogado constitucionalista Cristóbal Rodríguez, en un comunicado de Participación Ciudadana y en una conferencia de su coordinador general, el prestigioso jurista Francisco Álvarez Valdez, se han señalado las principales violaciones a las normas jurídicas que se atribuyen al expresidente Fernández. Otros juristas adicionan varias y una decena de artículos del Código Penal, pero las principales se refieren a las leyes orgánicas del Presupuesto, la de Planificación e  Inversión Pública, la de Contraloría General y la de Compras y Contrataciones, promulgadas por Fernández.

De la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público (423-06) se burlaron numerosos artículos, desde el 1 y el 3, el 9, 20 y 30, hasta el 44, 47, 48 y 51. El 44 establece que “Las apropiaciones presupuestarias aprobadas por el Congreso de la República constituyen el límite máximo de gasto, sujeto a la disponibilidad efectiva de los ingresos estimados”…Para no dejar dudas agrega que “En ningún caso constituyen un derecho adquirido por las unidades ejecutoras de cada organismo público”…

El párrafo III del artículo 47 es radical: “Ninguno de los organismos incluidos en el régimen de programación periódica de la ejecución del presupuesto podrá comprometer gastos, si previamente no ha recibido la respectiva cuota periódica. La aprobación de las cuotas periódicas será la única autorización que se les otorga a los organismos para comprometer gastos”.

Para reducir el nefasto presidencialismo dominicano, el artículo 48 establece que “El Poder Ejecutivo no podrá realizar modificaciones al total de gastos aprobados por el Congreso de la República en el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos, ni trasladar suma de un Capítulo a otro o de una Partida a otra. Para introducir modificaciones en la Ley de Gastos Públicos que sean competencia del Congreso de la República, el Poder Ejecutivo deberá introducir un proyecto de ley, el cual deberá ser previamente conocido por el Consejo Nacional de Desarrollo”. El artículo 51 redunda: “Los funcionarios de las instituciones comprendidas en este Título no podrán asumir compromisos para los cuales no queden balances disponibles de apropiaciones presupuestarias, ni disponer de las mismas para una finalidad distinta a la prevista”.

¿Por encima de todo y todos?

Más que nada lo que se debate en el país es si después de “la revolución democrática” que proclamó Fernández el 27 de febrero último, las acciones del presidente de la nación siguen por encima de todo y de todos, hasta el punto que el delito se atribuye a quienes piden cuentas. Las protestas generalizadas tienen el objetivo de poner fin a la impunidad. Si no se logra ahora con un déficit fiscal tan grosero y abusivo, pasará mucho tiempo para que la nación se enrumbe por la institucionalidad democrática y el respeto a las normas constitucionales y legales.

El espacio no permite detallar todas las burlas, por ejemplo a la Ley de Planificación e Inversión Pública y menos a las normativas de ejecución contempladas en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas.

El desastre presupuestario fue tan obvio que en julio se hizo aprobar la Ley 174-12 llamada de “Presupuesto Complementario”, con la cual se pretendió “legalizar” a posteriori una parte del abuso, es decir amnistiar el delito bajo el criterio de que se puede gastar primero y presupuestar después. Pero como “la parranda fiscal” (según The Economic) prosiguió hasta la madrugada del 16 de agosto, después en dos ocasiones se quiso enviar al Congreso otro “complemento presupuestario”. Como le hubiese tocado al presidente Danilo Medina promulgarlo, éste se negó radicalmente a ser parte de esa farsa, según testimonio de alto crédito.

En el fondo de todo y hasta para los observadores internacionales, lo relevante es si todo el andamiaje institucional impulsado y aprobado en la última década, tiene vigencia o no. En su duro comunicado de esta semana el FMI abandonó su lenguaje diplomático para proclamar que “En los últimos 24 meses, el desempeño económico se ha debilitado”, que “la implementación de políticas se ha deteriorado” y que “Además, una gran proporción del gasto público se ejecutó por encima de las apropiaciones presupuestarias correspondientes, reduciendo así la transparencia de las operaciones presupuestarias”.

¿Que no hay penalidad para esos delitos? Ya Participación Ciudadana citó el artículo 123 del Código Penal que sanciona con prisión e inhabilitación para cargos públicos a “Los funcionarios o empleados públicos, las corporaciones o depositarios de una parte de la autoridad pública que concierten o convengan entre sí la ejecución de medidas y disposiciones contrarias a la ley”.

El mayor agravante es que los responsables y defensores del dispendio siguen justificándolo en que este fue un año de campaña electoral, aunque fue una doble campaña para el 2012 y el 2016, y responden agresivos e insultantes a todo el que cuestiona o protesta, sin siquiera admitir el derecho a disentir o que se equivocaron.

Artículo publicado originalmente en el periódico  HOY.

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Análisis Noticiosos

Panamá cierra ruta del Tapón del Darién ruta hacia Estados Unidos

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El presidente José Raúl Mulino asegura que el tránsito de personas se ha reducido este año en un 98%. Coincide con la llegada de Donald Trump a la Casa Blanca

Bogotá.-El presidente de Panamá, José Raúl Mulino, ha anunciado este jueves el cierre de los centros migratorios que ha formado parte de la ruta del Tapón del Darién, la zona selvática que han cruzado más de un millón de inmigrantes desde 2016. Mulino asegura que el tránsito de personas que se dirigían a Estados Unidos ha disminuido un 98%. Las deportaciones masivas ordenadas por Donald Trump han disuadido a muchos inmigrantes, que incluso realizan el camino de vuelta a sus países por este mismo paso fronterizo, solo que en sentido contrario.

“No permitiremos más migrantes en esa zona del Darién y cerramos una operación que comenzó en el año 2016. Me da mucha complacencia haber cumplido y haber cerrado el Darién, con lo que eso significa para la seguridad regional y panameña”, ha dicho en rueda de prensa. Mulino hace este anuncio el mismo día que la NBC ha revelado que Trump le ha pedido al Pentágono varios planes para tomar el control del Canal de Panamá, la joya sobre la que gira la economía de este país.

El Darién lo cruzaban sobre todo venezolanos que huían de la catastrófica situación económica de su país, pero también colombianos, ecuatorianos y hasta gente llegada desde lugares remotos, como Vietnam, Afganistán o Congo. El paso desde la zona colombiana lo controlaban grupos paramilitares que han ganado cientos de millones de dólares con este negocio. Cada migrante debía desembolsar unos 350 dólares si quería tener derecho a pasar. Un número indeterminado de personas ha muerto en estos años víctima de los peligros de la selva, crecidas de ríos y atracos y violaciones de bandas de delincuentes.

El lado panameño lo controlaba el Servicio Nacional de Fronteras (Senafront), que vigilaba el cruce de los viajeros. Antes de abandonar la selva, tenían que parar en Bajo Chiquito y Canaan Membrillo, donde las autoridades panameñas hacían control de pasaportes y atendía médicamente a los inmigrantes. Una veintena de oenegés y entidades de Naciones Unidas se ocupaban también de darles asistencia, cuidar de los menores y proveerles de agua potable, duchas y alimentos.

El paso migratorio también le cambió la vida a los pueblos indígenas que viven a orillas del río que cruza la selva, mayormente de origen embera. Los habitantes de estas pequeñas poblaciones llevaban en barca a los migrantes y les daban techo y les vendían comida. De repente tuvieron unos ingresos económicos extraordinarios. El cierre supone un golpe económico muy grande para sus comunidades. La caída del flujo de inmigrantes, de acuerdo al presidente de Panamá, ha sido estrepitosa: “Hace un año teníamos 36.841 migrantes cruzando por Darién, hoy marzo llegamos a 112. Una disminución importantísima, que representa de entre el 97-98 % de éxito por parte de las autoridades de Migración y el Senafront”.

El Darién como paso importante empezó a ser relevante cuando en 2016 empezaron a cruzarlo ciudadanos de nacionalidad cubana. Abierta esa vía que parecía más factible que la marítima, las cifras se elevaron en 2021 con 133.726 migrantes, 248.284 en 2022 y 520.000 en 2023. Se convirtió en el cruce fronterizo más importante del mundo. Después llegaban a Costa Rica, donde continuaban hasta México. Desde el norte de ese país entraban en Estados Unidos. La llegada de Trump a la Casa Blanca lo ha cambiado todo. Por ahora, el cruce del Darién queda clausurado.

elpais.com

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Análisis Noticiosos

Reforma judicial confronta a Suprema Corte y al Tribunal Electoral en México.

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El último lance entre las dos instituciones pone en evidencia cómo se ha menoscabado la autoridad del Poder Judicial en México

México.-Una de las enseñanzas inesperadas de la reforma judicial en México es que las autoridades pueden desobedecer las sentencias de los jueces, o acatarlas a conveniencia, cuando una mayoría democráticamente electa controla todas las palancas del poder en el Ejecutivo y el Legislativo. El último episodio de la crisis institucional lo ejemplifica el intento del Tribunal Electoral (TEPJF), dominado por una mayoría oficialista, de disputar las facultades de la Suprema Corte de Justicia para revisar los juicios de amparo. Detrás del conflicto está la lluvia de suspensiones dictadas por jueces para frenar las elecciones del 1 de junio, en las que los mexicanos votarán a miles de cargos de la Judicatura. El Supremo echó abajo esas suspensiones y dejó a salvo la elección judicial —pues no procede el amparo en materia electoral y menos contra una reforma constitucional—, no sin antes observar que los magistrados del TEPJF se arrogaron facultades inexistentes para invalidar las resoluciones de los jueces en su intento de desatorar el proceso.

El lance puso en evidencia la ruptura institucional en la que se ha sumido el país ante la voluntad de Morena de implementar su reforma sin cortapisas. Ya hace unos días, en el festejo republicano de la Constitución de 1917, la presidenta, Claudia Sheinbaum, decidió no invitar al evento oficial a Norma Piña, titular de la Suprema Corte y del Poder Judicial. Así, solo estuvieron representados dos de los tres Poderes de la Unión: el Ejecutivo y el Legislativo, controlados por Morena. Como represalia a los jueces que otorgaron suspensiones contra la reforma judicial, el Consejo de la Judicatura Federal —el órgano encargado de vigilar la conducta de los juzgadores, también de mayoría oficialista— acordó denunciarlos penalmente ante la Fiscalía General de la República.

Con esas consideraciones, el TEPJF —siempre gracias a la mayoría de tres magistrados alineada a Morena— estableció que las suspensiones dictadas por los jueces no tenían efectos sobre la elección judicial, y dieron vía libre a las autoridades del Ejecutivo y el Legislativo para ignorar esas resoluciones y continuar con los preparativos de los comicios. El último ejemplo vino luego de que un juez ordenó a los Comités de Evaluación que integraban las listas de candidatos frenar el proceso. Solo el Comité del Poder Judicial acató la instrucción. Los Comités del Ejecutivo y el Legislativo desobedecieron al juez sin ninguna consecuencia.

Sesión ordinaria en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el 29 de enero de 2025.
Sesión ordinaria en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el 29 de enero de 2025.Daniel Augusto (CUARTOSCURO)

El ministro del Supremo Alfredo Gutiérrez preparó un proyecto para resolver el conflicto competencial entre los jueces de distrito y el TEPJF. En su proyecto, el togado ya se lamentaba por “la simplicidad con la que diversos actores institucionales decidieron ignorar los cauces legales cuando estos no convenían a sus intereses”. Antes de la votación del asunto, el pasado jueves, los magistrados del Tribunal Electoral exigieron al propio Gutiérrez, así como a los ministros Norma Piña, Javier Laynez y Jorge Pardo, no participar en la discusión del proyecto por haber hecho anteriormente pronunciamientos contra la reforma judicial, lo que, supuestamente, demostraba que no votarían de manera imparcial. El TEPJF, sin embargo, no consideró necesario pedir también la excusa de las ministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres, claramente militantes de Morena y quienes, desde su posición en el Supremo, están en campaña buscando ser “ratificadas” en la elección judicial.

Nunca antes los magistrados del Tribunal Electoral habían intentado dar órdenes a los ministros de la Suprema Corte. Si bien el TEPJF es la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral, el Supremo es un tribunal constitucional y su presidenta, Piña, es la cabeza de todo el Poder Judicial, por lo que, jerárquicamente, está por encima de cualquier juzgado. Ninguno de los ministros se excusó de la votación del proyecto de Gutiérrez. Hacerlo hubiera dejado a la Suprema Corte solo con seis integrantes, cuando el mínimo para que exista quorum es de siete.

Al final, el Supremo resolvió, como era de esperarse, que no se puede suspender un proceso electoral ni tampoco una reforma constitucional —como la judicial—, y ordenó a los juzgadores dar marcha atrás en sus resoluciones. Los togados también indicaron que el TEPJF no tenía facultades para revisar juicios de amparo y señalaron que sus fallos al respecto debían leerse como una mera opinión de sus integrantes. “Las sentencias [del Tribunal] no pueden tener la capacidad de incidir de manera alguna en las determinaciones de jueces de amparo; no funciona como instancia de revisión y su pretensión de anular los efectos de las suspensiones simplemente carece de cualquier efecto dentro de nuestro orden jurídico”, dice la resolución del Supremo. El ministro Alberto Pérez Dayán fustigó a los magistrados electorales que han actuado a tono con Morena —Mónica Soto, presidenta del TEPJF; Felipe Fuentes y Felipe de la Mata—, a los que se refirió como “la exigua mayoría de un tribunal deliberadamente incompleto, predecible, obvio, complaciente y sesgado con el poder”.

La sesión del jueves estuvo plena de referencias al quiebre institucional que ha supuesto la reforma judicial, una circunstancia que el ministro Gutiérrez calificó de “perturbadora”. “Esta Corte ha observado cómo cada transgresión al orden constitucional ha allanado el camino para la siguiente, hasta llegar al punto donde los límites institucionales, que alguna vez parecieron inquebrantables, se han vuelto porosos”, dijo el togado. “Diversas autoridades han normalizado lo que debería ser impensable: el desacato selectivo de resoluciones judiciales, la intervención e invención de competencias inexistentes y la subordinación del derecho a consideraciones políticas”, ha añadido.

Alfredo Gutiérrez durante una sesión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en octubre de 2023.
Alfredo Gutiérrez durante una sesión en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en octubre de 2023.SCJN

La presidenta Sheinbaum, que siempre defendió las facultades —no existentes— del TEPJF para interferir en las resoluciones de los jueces de amparo, celebró que se haya aprobado el proyecto de Gutiérrez en el Supremo. “La elección de las y los jueces, ministros, magistrados, ¡va! Ya no tiene ninguna barrera de ningún tipo”, ha dicho en su conferencia Mañanera del viernes. La Corte enfila a su desaparición. En septiembre será reemplazada por un nuevo órgano judicial integrado por nueve ministros electos por voto popular, que presidirá quien obtenga más sufragios en la pasarela. La mayoría de los togados actuales decidió no participar en los comicios. Juez y parte, Batres, Esquivel y Ortiz están en abierta campaña y aspiran a ser las más votadas, para entregar a Morena otra institución en la que tendrá mayoría.

elpais.com

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Análisis Noticiosos

Latinoamérica excluida de acuerdo de acceso a genérico que previenen el VIH

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Por Efe

Davos (Suiza).- Prácticamente todo Latinoamérica ha sido excluida de un acuerdo que permitirá a más de un centenar de países tener acceso medicamentos genéricos que han demostrado tener hasta un 95 % de eficacia para prevenir infecciones con el VIH (virus causante del sida), en momentos en que varios países de la región están experimentando un fuerte aumento de nuevos casos.

“Están excluyendo a países de ingresos medios que podrían producirlas y venderlas más baratas al resto del mundo, países como Brasil, Perú, México y Argentina.

Estos países han participado incluso en los ensayos y ahora son excluidos, lo cual es equivocado y no ético”, declaró en una entrevista con EFE la directora del Programa de Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (UNAIDS), Winnie Byanyima. Las compañías en cuestión son Gilead y ViiV.

La primera ha desarrollado un producto que con solo dos dosis de inyectables al año puede prevenir la infección, mientras que la segunda tiene un medicamento que se administra cada dos meses con el mismo propósito.

UNAIDS estima que, a pesar de no ser una cura, si 10 millones de personas en el mundo tuvieran acceso a estos medicamentos en 2025 se podría cumplir el objetivo internacional de erradicar el VIH para 2030.

El acuerdo para poder acceder a sus versiones genéricas son cruciales en vista del exorbitante coste de estos tratamientos, que en el caso del producido por Gilead puede alcanzar los 40.000 dólares anuales, mientras que los genéricos podrían costar solo 40 dólares al año por persona.

“Estamos muy preocupados porque al mismo tiempo que sabemos que tenemos un medicamento preventivo poderoso y altamente eficaz, vemos la misma vieja historia, como lo que ocurrió con los antirretrovirales, que tomaron diez años (para la comercialización de genéricos) durante los cuales doce millones de africanos murieron esperando que su precio bajara”, recordó Byanyima, quien participa en el Foro Económico Mundial de Davos.

Únicamente la exclusión de Brasil, Colombia, México y Venezuela deja fuera al 7 % de las nuevas infecciones a nivel mundial.

La jefa de UNAIDS citó los casos alarmantes de Venezuela y Perú, donde el año pasado los nuevos casos de infecciones con VIH aumentaron un 98 % y 80 %, respectivamente con respecto a 2023, lo que hace urgente que puedan acceder a estos nuevos medios de prevención.

Sobre la razones de esta evolución negativa, dijo que en el caso de Venezuela se trata de una combinación de factores, como el desarraigo de parte de la población convertida en desplazados internos o refugiados, y la precariedad del sistema de salud.

“En Perú vemos que mucha gente no está conectada con el sistema de salud y también mucho estigma y discriminación. Hay muchas personas gais que buscan ayuda muy tarde y mueren por falta de diagnóstico, así que hay múltiples factores que estamos tratando de investigar”, explicó.

Frente a situaciones como éstas, “Gilead está utilizando tácticas para retrasar las cosas, pero nosotros exigimos rapidez y que se aumente la producción.

Queremos lo que ya tienen, lo que han puesto en el mercado en Estados Unidos y en los países ricos, para que llegue a todas las personas, la mayoría de las cuales están en el Sur (países en desarrollo)”, concluyó Byanyima.

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