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Llegada del año 2024 inicia la cuenta regresiva para las elecciones municipales
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2 años agoon
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LA REDACCIÓN
Con la llegada del año 2024, la Junta Central Electoral (JCE) entra en una cuenta regresiva para el montaje de las elecciones municipales del 18 de febrero y con ellos una serie de puntos que se deben agotar antes del primer encuentro con las urnas.
Tras emitir la proclama que dejó abierta la campaña para las elecciones municipales, la JCE continuó con una serie de aprestos entre los que destacan la capacitación de los 55 mil militares y policías miembros de la Policía Militar Electoral.
Para enero los plazos legales establecen el límite para anunciar el local donde estarán funcionando cada colegio electoral.
De acuerdo al artículo 100 de la ley 20-23 de Régimen Electoral, el anuncio de donde funcionarán los colegios electorales se debe hacer 45 días antes de las elecciones y no podrán ser modificadas después de ser anunciadas, «salvo por alguna causa que impidiere su uso para fines electorales y contando el consentimiento expreso de la Junta Central Electoral«.
Asimismo, se establece el límite para la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central.
Las leyes electorales establecen que 40 días antes de la fecha para la celebración de los comicios está prohibido inaugurar obras de las alcaldías.
Para el 19 de enero, 30 días antes de las elecciones, se estableció el límite para la creación de colegios electorales.
«La Junta Central Electoral creará, con no menos de treinta (30) días de anticipación, los colegios electorales que juzgue necesarios para cada elección, determinarán los lugares donde deban situarse, haciéndolo de conocimiento público, y señalará la demarcación territorial que haya de abarcar cada uno», señala el artículo 59 de la ley 20-23.
Para crear estos colegios se tomarán en cuenta la distancia, número de electores inscriptos en cada registro de cada barrio o sección.
«A cada colegio electoral se asignará no más de 600 electores», señala el párrafo dos del artículo 59.
Los locales para los colegios electorales se deben escoger 30 días antes de las elecciones, o sea, a más tardar el 19 de enero.
Febrero de cuenta regresiva
Para el 3 de febrero la JCE deberá publicar oficiales de las elecciones en los medios de comunicación, esta acción se debe llevar a cabo 15 días antes de las elecciones.
La boleta electoral deberá contener todas las características que permitan identificar claramente la demarcación, los partidos, agrupaciones y movimientos políticos participantes y los candidatos que han de ser escogidos con ellas, de acuerdo al párrafo uno del artículo 101.
Para el tres de febrero la JCE deberá designar a los funcionarios de los colegios electorales de las Juntas Electorales en cada jurisdicción y la notificación a los seleccionados deberá realizarse 24 horas después.
Acreditaciones
La entrega de acreditaciones de esos funcionarios deberá ser entregadas a mas tardar el 10 de febrero, ocho días antes de las elecciones.
Ocho días antes de las alecciones del 18 de febrero queda prohibida la publicación y difusión de sondeos o encuestas electorales.
Para el 13 de febrero la JCE iniciar con la entrega de materiales a las Juntas Electorales. Estos materiales incluyen las boletas, sobres para boletas observadas, impresos para las declaraciones de protestas e impugnaciones, lapiceros, impresos, libros para actas y registros entre otros.
«Las juntas electorales darán recibo a la Junta Central Electoral, por los materiales y útiles en detalle y serán responsables de su conservación hasta cuando hayan realizado entrega de los mismos a los colegios electorales», indica el párrafo único del artículo 103 de la ley 20-23.
Cuatro días antes de las elecciones 14 de febrero, el presidente y secretario de cada colegio electoral deberá ir ante la Junta Electoral de su jurisdicción donde recibirá los materiales para ser utilizado en su colegio electoral.
Entre estos se incluirán las boletas y as copias certificadas de las listas de electores a quien corresponde votar en ella.
Nacionales
JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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15 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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16 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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16 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
