Conecta con nosotros

Nacionales

Ministerio Público narra lo que ocurrido horas antes del colapso en Jet Set, según su investigación.

Published

on

Santo Domingo.–Horas antes del colapso del techo de Jet Set, que se produjo en la madrugada del 8 de abril de 2025, los administradores del negocio fueron advertidos sobre posibles fallas estructurales, pero que aun así la actividad programada para esa noche no fue suspendida, según el Ministerio Público en el expediente acusatorio.

De acuerdo con la investigación, el 7 de abril, alrededor de las 2:44 p.m., Manuel Jiménez Mateo envió una nota de voz por WhatsApp al acusado Antonio Espaillat López, propietario de la discoteca, informándole que varios plafones dañados habían sido sustituidos.

También le comunicó que Gregorio Adames Arias insistía en que estaban cayendo piedras del techo y, por esa razón, había contactado a la empresa Cielos Acústicos para evaluar toda la estructura. La visita técnica estaba prevista para el miércoles o jueves de esa semana.

En esa nota de voz, Jiménez Mateo afirmó que él no había observado fallos ni irregularidades, y que la estructura “no había bajado de ningún lado”, pero que, para complacer a Adames, había gestionado la inspección especializada. Espaillat respondió: “De acuerdo, con ambas cosas”.

Pese a haber sido informado de la situación, y según el expediente, en una conducta calificada como “imprudente y negligente”, Antonio Espaillat López no canceló el tradicional evento “Lunes de Jet Set”, que esa noche contaría con la presentación del merenguero Rubby Pérez.

El Ministerio Público sostiene que el acusado no consideró el riesgo de que fragmentos del techo pudieran caer sobre empleados, clientes o músicos.

A las 11:40 p.m., uno de los plafones del falso techo cayó e impactó a Remberto José Durán Cabrera, un asistente que se encontraba en el lugar junto a su esposa.

El hombre fue auxiliado por Gregorio Adames Arias y el personal de seguridad, y aunque resultó herido, rechazó ser trasladado a un centro de salud y decidió permanecer en el establecimiento.

Ese incidente fue notificado a Maribel Espaillat de Bera, hermana de Antonio Espaillat, quien esa noche estaba al frente de la discoteca en ausencia de Antonio Espaillat, quien se encontraba fuera del país.

Adames le sugirió suspender la actividad, pero la administradora respondió que esa decisión solo podía tomarla Espaillat López, por lo que la fiesta continuó.

A las 11:55 p.m., Maribel Espaillat informó por teléfono a Antonio Espaillat que un pedazo del plafón había caído sobre un cliente. Espaillat respondió que “iba a cambiar la mayoría” de los plafones, mientras su hermana insistió en que el cambio debía hacerse con urgencia, advirtiendo que “era el techo que estaba desbaratado”.

El colapso durante la presentación

Ya en la madrugada del 8 de abril, a las 12:44 a.m., mientras Rubby Pérez y su orquesta interpretaban la canción “De Color de Rosa”, el techo del establecimiento colapsó por completo, desplomándose sobre cientos de personas, entre ellas empleados, clientes y músicos.

Según el Ministerio Público, parte del público logró escapar, mientras otros fueron rescatados por ciudadanos y autoridades presentes en las inmediaciones.

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacionales

Fiscal acusado de sobornar testigo del caso Senasa recibe rechazo de solicitud de variación de prisión preventiva.

Published

on

Santo Domingo, R.D.-La solicitud del fiscal Aurelio Valdez Alcántara, a quien el Ministerio Público señala de exigir y recibir soborno a un testigo del fraude en el Seguro Nacional de Senasa, de variar la prisión que se le impuso por una medida de coerción menos grave,  fue rechazada este miércoles por una jueza de la corte del Distrito Nacional.

La magistrada Nancy Joaquín Guzmán, de la Tercera Sala de la Corte Penal del Distrito Nacional, ratificó los tres meses de cárcel en Najayo Hombres que se le impuso al miembro del Ministerio Público en mayo y que luego le confirmó en junio la Suprema Corte de Justicia.

  • El Ministerio Público, representado por el titular de Persecución, Wilson Camacho, junto al procurador de corte Eduardo Velázquez Muñoz y Andrés Mena, logró que el tribunal acogiera su petición de mantener la prisión al imputado.
  • Según Velázquez Muñoz, los presupuestos presentados por la defensa del imputado fueron insuficientes en base al peligro de fuga y la gravedad de los hechos que se le atribuyen.

Valdez Alcántara se le señala por exigir y recibir un soborno de 10,000 dólares por parte de Roberto Canaán Acta, exgerente de Atención al Usuario del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

Por el caso de corrupción en el Senasa, este jueves el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de Instrucción, revisará también la prisión preventiva que se le impuso al exdirector de la ARS, Santiago Hazim y los otros cinco imputados que permanecen en la cárcel de Las Parras, en el municipio San Antonio de Guerra.

Asimismo, Rafael Luis Martínez Hazim y Ramón Alan Speakler Mateo.

Ada Ledesma Ubiera, está última quien estaba recluida en Najayo Mujeres, fue favorecida recientemente con una garantía económica y arresto domiciliario.

Los otros tres procesados por el presunto fraude son el empresario Eduardo Read EstrellaCinty Acosta Sención y Heidy Mariela Medina, quienes tienen arresto domiciliario desde el pasado mes de diciembre.

Continue Reading

Nacionales

Fiscales piden a tribunal rechazar solicitud de extinción de la acción penal a Jean Alain

Published

on

Santo Domingo, R.D.-Las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional recibió el pedido del Ministerio Público solicitó a las juezas del Segundo Tribunal para que  rechace la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal acusado en un expediente por presunta corrupción administrativa.

Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción procesal constituye una sanción ante la inactividad o la conducta defectuosa de las partes. En ese sentido, argumentó que la dilatación en el tiempo del presente caso no es atribuible a faltas del órgano acusador, sino a la propia naturaleza y complejidad del expediente.

Ortiz afirmó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, reformado por la Ley 97-25, establece los parámetros objetivos para determinar la razonabilidad de los plazos procesales, y destacó que el proceso maneja una cantidad de elementos probatorios sustancialmente superior a los 4,000 analizados en otros expedientes de corrupción.

«La extinción es una sanción procesal. ¿A quién se castiga? A la parte que ha actuado de manera contraria a las normas. El Ministerio Público no ha incurrido en negligencia ni en inactividad defectuosa que amerite la ‘muerte procesal’ de esta causa», aseveró la magistrada.

Para sustentar la postura del órgano persecutor, Ortiz citó la resolución jurisprudencial dictada por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el expediente seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien también se le rechazó una solicitud de extinción de la acción penal.

Por su parte, el fiscal Emmanuel Ramírez, de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, sostuvo que el alegado retardo del juicio responde a una deliberada estrategia dilatoria implementada por las defensas de los procesados a lo largo de la investigación y del proceso judicial.

Para fundamentar su postura, Ramírez detalló que solo una de las defensas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el objetivo de paralizar las investigaciones. El representante del Ministerio Público señaló que todas y cada una de esas recusaciones fueron rechazadas por los tribunales por carecer de fundamento jurídico, demostrando que su único propósito fue ralentizar el curso normal de la justicia.

El magistrado también abordó la magnitud del expediente para contextualizar la administración de los tiempos procesales, recordando que se trata de uno de los casos de corrupción administrativa más voluminosos en la historia judicial dominicana:

El Ministerio Público depositó en estrados las pruebas físicas relativas a las recusaciones rechazadas para que consten en el récord del tribunal al momento de decidir sobre la petición de la defensa.

Continue Reading

Nacionales

Memes y paradias no constituyen delitos en nuevo Codigo Penal.

Published

on

Santo Domingo, R.D.-Yeni Berenice Reynoso, procuradora general de la República, afirmó que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no constituye un delito, debido a que ni el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican o sancionan con penas de prisión o multa.

La procuradora sostuvo que el artículo 169 de la Constitución dominicana establece que el Ministerio Público es el órgano encargado de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

En ese sentido, la procuradora consideró pertinente esclarecer el tema que, según señaló, ha recibido una interpretación errónea por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.

Asimismo, recordó que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas, y que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.

La titular del Ministerio Público advirtió además que es un error realizar interpretaciones extensivas o recurrir a la analogía en contra de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe de forma estricta, salvo que dicha interpretación favorezca al procesado.

Precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a un tercero no extiende sus efectos a la elaboración de memes, caricaturas o parodias desarrolladas dentro del ejercicio de la libre expresión y la creación artística, actividades que subrayó se encuentran plenamente protegidas por la Constitución.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group