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Diputados insisten en la ilegalidad de erradicar candidaturas independientes.

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Santo Domingo, R.D.-Este lunes ha continuado la marcha de la acción ilegal del Congreso Nacional  de intentar erradicar las candidaturas independientes en desacato de la sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional que permite incorporar esta figura juridica al sistema electoral dominicano.

Con el informe que aprobó la comisión, las candidaturas independientes están a solo un paso de ser eliminadas por ley, ya que el proyecto que las suprime solo espera por una aprobación en segunda discusión antes de ir a manos del presidente Luis Abinader, quien deberá decidir si promulga u observa la ley.

La sesión en la que los diputados votarán por el proyecto de ley está programada para iniciar a las 10:00 de la mañana del martes.

Según el presidente de la comisión, el diputado Elías Wessin Chávez, la mayoría de los diputados que estudió el informe está de acuerdo «en el fondo» con la erradicación de las candidaturas independientes.

«La misma ley habla de que para que haya candidaturas independientes tiene que haber una modificación de la Constitución«, sostuvo Wessin Chávez al defender la postura mayoritaria de la comisión que presidió.

Al hablar así, se refirió al artículo 216 de la Constitución que faculta a los partidos políticos como la única vía por la que se pueden postular candidaturas a la presidencia, a cargos congresuales y a puestos municipales.

Al ser cuestionado sobre la falta de debate en el proyecto, Wessin Chávez explicó que la Cámara de Diputados ya hizo amplios debates y hasta vistas públicas cuando el proyecto fue conocido por primera vez tras la sentencia del Tribunal Constitucional.

En aquel entonces, la Cámara de Diputados debatía un proyecto de ley de la Junta Central Electoral (JCE) para regular la participación de los candidatos independientes en las elecciones, pero la iniciativa obtuvo un informe desfavorable y nunca avanzó en el Congreso.

Al final de la reunión de la comisión, el diputado Danilo Díaz, del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), informó que él y sus colegas de partido se abstuvieron de votar por el informe, alegando que el proyecto necesita más debates.

«Este es un proyecto nuevo que no se debió haber conocido o aprobado en primera lectura y menos someterse ahora para su aprobación definitiva sin que esté precedido de escuchar a quienes tienen interés sobre este tema», adujo Díaz.

En ese orden, explicó que está de acuerdo con la eliminación de las candidaturas independientes, pero reiteró su pedido para que el proyecto se analice con más detenimiento.

El proyecto de ley para eliminar las candidaturas independientes es autoría del senador Ramón Rogelio Genao, del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC). La iniciativa busca eliminar los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, sobre Régimen Electoral.

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Ministerio Público pide tribunal rechace solicitud de extinción de la acción penal a Jean Alain

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público solicitó a las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar la petición de extinción de la acción penal presentada por la defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, principal acusado en un expediente por presunta corrupción administrativa.

Durante la audiencia, la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, sostuvo que la extinción procesal constituye una sanción ante la inactividad o la conducta defectuosa de las partes. En ese sentido, argumentó que la dilatación en el tiempo del presente caso no es atribuible a faltas del órgano acusador, sino a la propia naturaleza y complejidad del expediente.

Ortiz afirmó que el artículo 146 del Código Procesal Penal, reformado por la Ley 97-25, establece los parámetros objetivos para determinar la razonabilidad de los plazos procesales, y destacó que el proceso maneja una cantidad de elementos probatorios sustancialmente superior a los 4,000 analizados en otros expedientes de corrupción.

«La extinción es una sanción procesal. ¿A quién se castiga? A la parte que ha actuado de manera contraria a las normas. El Ministerio Público no ha incurrido en negligencia ni en inactividad defectuosa que amerite la ‘muerte procesal’ de esta causa», aseveró la magistrada.

Para sustentar la postura del órgano persecutor, Ortiz citó la resolución jurisprudencial dictada por el mismo tribunal el 17 de marzo de 2025 en el expediente seguido contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien también se le rechazó una solicitud de extinción de la acción penal.

Estrategia dilatoria de la defensa

Por su parte, el fiscal Emmanuel Ramírez, de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, sostuvo que el alegado retardo del juicio responde a una deliberada estrategia dilatoria implementada por las defensas de los procesados a lo largo de la investigación y del proceso judicial.

Para fundamentar su postura, Ramírez detalló que solo una de las defensas presentó cinco recusaciones consecutivas contra los fiscales del caso con el objetivo de paralizar las investigaciones. El representante del Ministerio Público señaló que todas y cada una de esas recusaciones fueron rechazadas por los tribunales por carecer de fundamento jurídico, demostrando que su único propósito fue ralentizar el curso normal de la justicia.

El magistrado también abordó la magnitud del expediente para contextualizar la administración de los tiempos procesales, recordando que se trata de uno de los casos de corrupción administrativa más voluminosos en la historia judicial dominicana:

El Ministerio Público depositó en estrados las pruebas físicas relativas a las recusaciones rechazadas para que consten en el récord del tribunal al momento de decidir sobre la petición de la defensa.

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Procuradora dice que memes, caricaturas y parodias no constituyen delito bajo nuevo Código Penal

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Santo Domingo, R.D.-La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynosoafirmó que crear o publicar una caricatura, un meme, una parodia, una sátira, un video o una imagen con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o como vehículo de crítica social no constituye un delito, debido a que ni el Código Penal aprobado ni su reforma lo tipifican o sancionan con penas de prisión o multa.

La procuradora sostuvo que el artículo 169 de la Constitución dominicana establece que el Ministerio Público es el órgano encargado de formular e implementar la política de persecución penal contra la criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

En ese sentido, la procuradora consideró pertinente esclarecer el tema que, según señaló, ha recibido una interpretación errónea por parte de algunos sectores que inciden en la opinión pública.

Asimismo, recordó que el derecho penal solo sanciona acciones u omisiones dolosas o culposas, y que el principio de legalidad penal exige que toda conducta sancionable esté descrita de manera expresa, precisa e inequívoca en la ley.

La titular del Ministerio Público advirtió además que es un error realizar interpretaciones extensivas o recurrir a la analogía en contra de una persona, ya que el derecho penal lo prohíbe de forma estricta, salvo que dicha interpretación favorezca al procesado.

Precisó que la alteración de videos o audios con fines ilícitos para perjudicar a un tercero no extiende sus efectos a la elaboración de memes, caricaturas o parodias desarrolladas dentro del ejercicio de la libre expresión y la creación artística, actividades que subrayó se encuentran plenamente protegidas por la Constitución.

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Fiscal Rosalba Ramos considera insuficiente pena de dos años en el caso Jet Set

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Santo Domingo, R.D.-La fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, afirmó este miércoles que el Ministerio Público entiende que el caso de la tragedia ocurrida en el 

Jet Set corresponde a un homicidio involuntario, de acuerdo con la legislación vigente.

Ramos sostuvo que, aunque la pena contemplada para este tipo de delito es de dos años, considera que ese tiempo resulta insuficiente debido a la magnitud de la tragedia, en la que fallecieron 236 personas.

Además, señaló que la entrada en vigencia del nuevo Código Penal permitirá establecer sanciones mucho más severas para casos que se asemejan a este.

Indicó que una pena de hasta diez años habría sido más adecuada, aunque reconoció que el proceso debe regirse por la legislación aplicable al momento en que ocurrieron los hechos.

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