Economía
Los domingos serán pagados como días ordinarios, según propuesta de reforma laboral
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1 año agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-El proyecto de reforma laboral sometido por el Poder Ejecutivo al Congreso tienen cambios significativo, ya que los domingos se pagarán como días ordinarios, si el trabajador descansa otro día de la semana.
La propuesta mantiene el descanso de 36 horas semanales ininterrumpidas, en cambio, el domingo el pago no será de un 100%.
El proyecto establece modificaciones al artículo 163 del Código Laboral y agrega el Párrafo III en el que propone que “se deroga parcialmente la disposición contenida en el artículo 1 de la Ley 108, del 21 de marzo de 1967, que señala los días festivos y por tanto no laborables por las oficinas públicas y particulares, exclusivamente en cuanto al carácter no laborable de los domingos”.
En el código vigente, en lo referente al descanso semanal y los días feriados, en el artículo 163 expresa que “Todo trabajador tiene derecho a un descanso semanal ininterrumpido de treinta y seis horas. Este descanso será el convenido entre las partes y puede iniciarse cualquier día de la semana. A falta de convención expresa, se inicia a partir del sábado a mediodía”.
En la propuesta de reforma, aunque se mantiene esa parte, establece en el artículo 20 modificaciones al artículo 163.
“Se modifica el artículo 163 de la Ley núm. 16-92, del 29 de mayo de 1992, que aprueba el Código de Trabajo de la República Dominicana, para que en lo adelante establezca lo siguiente:
PÁRRAFO I. Este descanso será el convenido entre las partes y puede iniciarse cualquier día de la semana. A falta de convención expresa, se inicia a partir del sábado a mediodía.
PÁRRAFO II. Si el descanso semanal del trabajador se disfruta en otro día de la semana, el trabajador percibirá su salario ordinario por trabajar los domingos.
Las horas extras y jornadas diarias
La propuesta de reforma laboral también tiene modifica las jornadas extendidas de trabajo, que actualmente no deben exceder las 10 horas diarias y establece la modalidad en que se establecerán las horas extras.
En proyecto presentado a los legisladores indica ahora que el artículo 19 modifica al 162.
“Se modifica el artículo 162 de la Ley núm. 16-92, del 29 de mayo de 1992, que aprueba el Código de Trabajo de la República Dominicana, para que en lo adelante establezca lo siguiente:
“Artículo 162.- Cuando la naturaleza de la actividad de la empresa lo requiera, por acuerdo entre el empleador y los trabajadores de esta, se pueden establecer jornadas extendidas de trabajo, siempre que no excedan de doce horas diarias y el promedio mensual de horas trabajadas en la semana no excedan las cuarenta y cuatro horas.
PÁRRAFO I. Este acuerdo deberá ser firmado por el o los sindicatos de trabajadores de la empresa. De no haber sindicato, el acuerdo debe ser convenido por más del cincuenta por ciento (50%) de los trabajadores de la empresa, establecimiento o departamento donde se aplicará.
PÁRRAFO II. Bajo esta modalidad, está prohibido laborar horas extraordinarias y el horario debe ser previamente comunicado por el empleador, a los fines de que los trabajadores conozcan con anterioridad sus diferentes horarios de trabajo.
PÁRRAFO III. Para su validez, este acuerdo deberá notificarse por escrito a la Dirección General de Trabajo (DGT) en un plazo no mayor de diez (10) días calendario a partir de la fecha de su firma, como mecanismo de control regulatorio posterior.
PÁRRAFO IV. La Dirección General de Trabajo dispondrá de las medidas de comprobación necesarias, para verificar que se cumplan las condiciones establecidas en este artículo, pudiendo revocar el acuerdo en los casos de incumplimiento de dichas condiciones. .
Economía
Recaudaciones de la DGII alcanzan los RD$72,096.8 millones en febrero
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1 día agoon
marzo 8, 2026
Santo Domingo, R.D.-La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que durante el mes de febrero de 2026 logró una recaudación total de RD$72,096.8 millones, lo que representa un incremento de RD$6,103.6 millones en comparación con el mismo período del año anterior, equivalente un crecimiento interanual de 9.2%.
En una nota, la institución explicó que este desempeño permitió alcanzar un cumplimiento de 102.1% respecto a la meta establecida en el Presupuesto General del Estado, superando lo proyectado en RD$1,514.6 millones.
De igual forma, precisó que, al excluir los ingresos extraordinarios registrados tanto en 2025 como en 2026, el crecimiento mensual se sitúa en 7.8%, equivalente a RD$5,069.2 millones adicionales.
Con estos resultados, la entidad reafirma su rol como la principal fuente de ingresos fiscales del Estado dominicano, al aportar el 78.7 % del total de los recursos captados a través de entidades recaudadoras.
Desempeño de los principales impuestos
Este desempeño estuvo impulsado por el dinamismo en sectores como hoteles, bares y restaurantes, comercio vehículos y elaboración de bebidas, cuyas ventas gravadas crecieron 10.8%, 8.1% y 10.6%, respectivamente.
El Impuesto sobre la Renta de las Empresas y Activos alcanzó un total de RD$14,568.3 millones, registrando un crecimiento interanual de 17.3%, lo que equivale a un incremento de RD$2,145.3 millones más que en febrero de 2025.
De igual manera, el recaudo correspondiente al Impuesto Selectivo a los Combustibles alcanzó un total de RD$6,836.7 millones, mientras los ingresos por Marbete, Primera Placa, CO2 y Traspaso de Vehículos sumaron RD$3,036.7 millones, reflejando un crecimiento de 1.5%, equivalente a RD$46.1 millones adicionales.
Los demás impuestos aportaron en conjunto RD$15,332.8 millones, completando el total recaudado por la DGII durante el mes de febrero de 2026.
Economía
Banco Central: «Perspectivas económicas siguen siendo favorables”
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1 día agoon
marzo 8, 2026
“A pesar del complejo entorno internacional marcado por el resurgimiento de la incertidumbre, las perspectivas de la economía dominicana para 2026 siguen siendo favorables, aunque los riesgos podrían estar a la baja”, así lo señalan analistas del Banco Central en su foro Página Abierta “La economía dominicana en un entorno de incertidumbre creciente”.
Refieren que, desde comienzos de 2026, los riesgos geopolíticos han aumentado significativamente. La escalada del conflicto entre Estados Unidos, Israel e Irán ha llevado a ataques directos en Teherán y a represalias iraníes contra Israel y bases estadounidenses en distintos países entre los que se incluyen los Emiratos Árabes Unidos, Catar, Bahréin, Arabia Saudita y Kuwait, entre otros.
Apuntan que esta situación, sumada a la inestabilidad en Venezuela y a tensiones en regiones no tradicionales como Groenlandia, ha afectado los mercados energéticos, el comercio marítimo y la percepción de riesgo global, reduciendo las expectativas de crecimiento mundial.
Indican que para República Dominicana, donde la factura petrolera ha promediado un 17 % de las importaciones en los últimos cinco años, estos hechos son altamente relevantes y que luego de una caída sostenida en los precios del petróleo, los nuevos conflictos geopolíticos han revertido esta caída, elevando su precio por encima de US$75 por barril en la primera semana de marzo. Agregan que en un escenario posible de cierre prolongado del Estrecho de Ormuz por el conflicto con Irán, la oferta continuaría reduciéndose, presionando al alza los precios.
En su escenario base de proyecciones, el Banco Central prevé un déficit de cuenta corriente de 1.1% del producto interno bruto (PIB) para 2026, utilizando como supuestos básicos un precio del petróleo de US$60/barril y un precio del oro de US$4,450/onza troy. Sostienen que este déficit estaría totalmente financiado por una inversión extranjera directa (IED) que cerraría el presente año en unos US$5,150 millones, ratificando la confianza de los inversionistas internacionales en la economía dominicana.
El BCRD destaca que cada incremento de US$1 en el precio de referencia del petróleo aumenta la factura petrolera nacional en unos US$63.4 millones y que “en un escenario hipotético donde los precios promedios del petróleo en 2026 fuesen US$10 más altos que el precio del escenario base, se registraría un gasto adicional de US$634 millones que elevaría el déficit de cuenta corriente en 0.48% del PIB. La buena noticia es que este efecto podría compensarse si los precios del oro, tradicional refugio de valor, se mantienen elevados”.
Los expertos señalan que las estimaciones indican que un alza en el precio del oro de US$95.5/onza troy con respecto al escenario base sería suficiente para compensar los efectos de un dólar adicional en el precio del petróleo sobre la cuenta corriente.
Alza de aranceles
En cuanto a los efectos adversos que tendría sobre la economía la intención del presidente de los Estados Unidos de elevar los aranceles a 15%, el Banco Central indica que “aún es pronto para una evaluación concreta, pero que se puede argumentar que el arancel global no debería tener mayores efectos sobre la competitividad dado que se aplica por igual a todos los países. Sin embargo, podría afectar la demanda de exportaciones de ciertos productos por el aumento de precios que su aplicación generaría.
Como una nota positiva señala que la Casa Blanca ha indicado que los textiles y prendas de vestir del DR CAFTA estarían exentos de dicho arancel, por lo que las exportaciones de zonas francas de estos productos no se verían impactadas.
Afirma que dado que el país mantiene fundamentos macroeconómicos sólidos, un déficit externo manejable y exportaciones diversificadas, el principal reto sería reforzar esfuerzos diplomáticos si el arancel global se mantiene más allá de lo permitido, como ocurrió con aranceles previos aplicados por órdenes ejecutivas. Indican que el país ha fortalecido su posición internacional exhibiendo una reducción sostenida del riesgo.
Consideraciones
Se espera un mayor dinamismo económico que en 2025 en un contexto de estabilidad de precios, especialmente en la segunda mitad del año, cuando se disipen las presiones.
La recuperación gradual de sectores claves, el continuo flujo de IED, la mejora en los términos de intercambio y el buen desempeño del turismo seguirán impulsando el crecimiento y el empleo, pese a la incertidumbre global.
Economía
DGII dispone hasta 70% de descuento para sus contribuyentes con deudas atrasadas
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1 semana agoon
marzo 2, 2026
Santo Domingo, R.D.-La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) otorgó el pasado 16 de febrero de 2026 un nuevo esquema de facilidades de pago para sus contribuyentes con deudas tributarias pendientes mediante la circular número 03.
Según el documento al que el Listín Diario tuvo acceso, mediante esta los contribuyentes podrán beneficiarse de un descuento que aplicará sobre el monto de los recargos, debiendo pagar la base del impuesto más la totalidad de los intereses a compensar.
La disposición dispondrá beneficios diferenciados según el período fiscal de las deudas, donde las obligaciones anteriores al año 2020 tendrán un descuento sobre los recargos del 70% si el contribuyente realiza un pago único, del 50% si la deuda se salda mediante un acuerdo de pago con un máximo de seis cuotas iguales pagadas mes por mes y un pago inicial del 30%.
La institución indicó que lo dispuesto “aplicará a toda deuda tributaria de los periodos señalados, sin importar el tipo de impuesto o proceso que le diera origen. También aplicará para todos aquellos contribuyentes que se presenten voluntariamente a realizar sus declaraciones, ya sea que se encuentren omisos o por haber realizado rectificativas”.
Cómo acceder a los beneficios
Para poder obtener cualquiera de estas facilidades, es importante que los contribuyentes no se encuentren bajo un proceso de investigación por fraude ante la Administración Tributaria y, en caso de optar por la suscripción de un acuerdo de pago, deberá mantener al día otras obligaciones durante el período beneficiado.
Asimismo, si se incumple algún acuerdo de pago suscrito durante el último año hasta la fecha de la circular, el contribuyente solo podrá beneficiarse de la opción pago único.
Regulaciones
Es bueno señalar que estos beneficios solo podrán ser aprobados por el administrador local de la oficina o por el gerente de cobranzas si se trata de cobros en periodo coactivo.
“Para las deudas cuyos montos de los recargos sean superiores a los cinco millones de pesos dominicanos, se requerirá la aprobación del Director General o del Subdirector de Gestión de Cumplimiento o del Subdirector de Facilitación y Servicios”, explicó la dirección, con la salvedad de que este último solo podrá autorizar cuando el caso se encuentre en la Gerencia de Cobranzas.
Los contribuyentes que pertenezcan a la Gerencia de Grandes Contribuyentes deberán ser autorizados por su gerente y, si la suma de recargos superara el monto de diez millones de pesos dominicanos, serían sometidos a la aprobación del director general o el subdirector de Gestión de Cumplimiento.
Advertencias
El incumplimiento de una cuota dará lugar a la pérdida del beneficio, dando por finalizado el acuerdo y reactivando los procedimientos de cobro compulsivo establecidos en el Código Tributario, dejando sin efecto los beneficios que estipula la circular.
Las cuotas pagadas serán acreditadas al total de la deuda según el orden de prelación establecido en la ley.
Estas normas entraron en vigor el pasado 13 de febrero del 2026.
