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Los menores cometen crímenes atroces
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12 años agoon
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LA REDACCIÓNSANTO DOMINGO, República Dominicana.-Gran revuelo han causado entre diversos sectores de la vida nacional las modificaciones hechas esta semana en la Cámara de Diputados a la Ley 136-03 que rige el Código Para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Mientras unos dan su voto a favor del endurecimiento de las penas aplicables a aquellos menores que infrinjan la ley, otros opinan que esta medida, lejos de contribuir a reducir la delincuencia, no contempla ni asegura la regeneración de los mismos.
Entre las voces que se han levantado en protesta a la modificación de los artículos 223, 224, 279, 291, 296, 340 y 380 de la referida pieza figuran las de Sergio Abreu y Ernesto Díaz, director de Visión Mundial en el país y manager de Plan Internacional por la Niñez, respectivamente. Entienden que estas enmiendas han sido aprobadas de forma acelerada y que las mismas sólo servirán para mantener a los niños y niñas como criminales y delincuentes.
Se refieren a la modificación de la Ley 136-03, sancionada en dos lecturas por los diputados y que establece penas de prisión de cuatro a 10 años para menores de entre 13 y 15 años y condenas de cuatro a 15 años para aquellos con edades entre 16 y 17 años por cumplir.
Entre los argumentos esbozados por legisladores a favor del endurecimiento de las penas aplicables a los menores está el incremento de delitos en los cuales han sido protagonistas aquellos que por su edad permanecen al amparo de la Ley 136-03.
Un rosario de crímenes que no respeta edad ni género
Quizás el caso que más ha llamado la atención de la sociedad dominicana en los últimos años donde menores se han visto involucrados en la perpetración de actos delictivos es el asesinato de siete taxistas en Santo Domingo Oeste, perpetrado en abril del año 2010 por una banda conformada por dos adultos y cinco adolescentes, dentro de los cuales estaban dos jovencitas.
Se trata de las muertes de Abelis Calderón González, Annito Beltrán, Estanislao Cayatano Pascual, Jonathan Bello D´ Oleo, Nelson Tavares Hernández, Johan Manuel Rodríguez y el oficial de la Marina de Guerra, Romero González, quienes eran llamados por sus asesinos con el pretexto de usar sus servicios.
Sobre Jonathan Bello, de 24 años, se informó que sus matadores le habrían obligado a ingerir un químico altamente corrosivo, denominado popularmente como “ácido del diablo”, y que luego rociaron este compuesto en sus genitales, oídos y otras partes del cuerpo.
Sobre las demás víctimas se registraron muertes por decenas de estocadas causadas por armas blancas, ahorcamiento, golpes contusos y a tiros, además del robo de objetos de valor y el abandono de los cuerpos en diferentes lugares.
Este modus operandi, lejos de ofrecer respuestas sobre la siquis de los imputados, abre múltiples interrogantes sobre las causas de semejante comportamiento.
También se recuerda el asesinato a puñaladas, en Moca, de la adolescente Karamy Guadalupe Rodríguez, a pocos días para cumplir sus 15 años, asesinada por su ex novio, también menor de edad. Sobre el hecho ocurrido en octubre del 2011 se informó que la joven habría sostenido una discusión con su victimario, de 17 años, por supuestamente negarse a retomar su relación de dos años, y que éste la apuñaló tomándola desprevenida.
Nuevamente surgieron las interrogantes sobre la penalidad a aplicar al causante de esta muerte.
Fuera de la capital, esta vez en diciembre de 2011, la Policía Nacional informaba del arresto de una banda en Santiago que se trasladaba desde Santo Domingo a esa ciudad a robar, vender y desmantelar vehículos. Entre los apresados figuró entonces un menor de 17 años.
Ya en marzo de este año surge otro hecho de sangre en el que una adolescente, esta vez de 14 años, es señalada como la responsable de asestar 22 estocadas a su abuela de 94 años, persona que la crió y a quien le sustrajo un dinero que posteriormente le fue ocupado por las autoridades. La menor, residente en Santiago, confesó haber apuñalado y posteriormente degollado a la señora encontrada muerta.
Al igual que en los demás casos, la imputada fue sometida a la acción de la justicia mediante el Tribunal de Niños Niñas y Adolescentes.
Posteriormente, el 27 de marzo de este año la sociedad dominicana volvió a ser sobrecogida con el hallazgo, en un solar baldío del sector La Puya de Arroyo Hondo, del cuerpecito sin vida y en estado de descomposición del niño de siete años Randy Beltrán de los Santos.
El mismo se habría dirigido junto a otros menores a una cañada y, una vez allí, lo habrían golpeado con un block y otros objetos contundentes hasta provocarle la muerte, despojándolo de 300 pesos en efectivo.
Un hecho que llamó la atención sobre la muerte de este infante fue que en la misma estuvieron implicados cinco menores de 13, 14 y 15 años respectivamente.
También fue asesinada a golpes y botellazos la señora María Pinales Lebrón, de 30 años, residente en el barrio El Cacique de Haina, agredida por su hija, de 14 años, junto a dos amigas de ésta. Familiares y vecinos de la víctima dijeron que ambas discutían constantemente porque la madre corregía a su hija y ésta le pedía no inmiscuirse en su vida. El hecho ocurrió en abril de este año.
Ahora dependen del Senado las modificaciones al Código del Menor
Ahora resta esperar qué suerte correrán las modificaciones al Código del Menor cuando sea el Senado de la República la escena donde se discutan las enmiendas que distintos sectores de la vida nacional han reclamado y que otros han advertido por no confiar en que las mismas aseguren la reducción del delito y el respeto a los derechos de aquellos que aparentemente en estos casos han traspasado la línea de la inocencia.
Al respecto, el presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, indicó ayer que además de contemplar el endurecimiento de las penas a aquellos que infrinjan la ley, se deben articular políticas integrales que incluyan los aspectos educativo, deportivo y laboral para contrarrestar el incremento de la delincuencia.
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Hasta 1962 los candidatos independientes no requerían partidos.
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1 día agoon
diciembre 24, 2024Santo Domingo, R.D.-La figura de la candidatura independiente se posiciona en el centro de atención de las organizaciones políticas y otros sectores sociales a partir de la sentencia emitida recientemente por el Tribunal Constitucional (TC), que declaró inconstitucional los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 del Régimen Electoral.
De manera específica, el pleno del TC hizo, además, un análisis de las reformas desarrolladas a este marco legal en los últimos 98 años, con la cual determinó que en “el único momento que, conceptualmente” las candidaturas independientes estuvieron alejadas de los partidos políticos fue hasta el año 1962. Desde este período, hasta este 2024, esta legislación ha resultado “extremadamente difícil y contraria” a la esencia misma de las candidaturas independientes.
Sin embargo, desde la publicación del dictamen el pasado 13 de diciembre, sobre este método de postulación a los puestos de los tres niveles de elección, parte de los representantes políticos aseguran que el sistema de partidos podría ser afectado con esta decisión en el futuro.
El veredicto del pleno de la Alta Corte ante la instancia depositada por Alberto Fiallo Billini fue declarar no conforme con la Constitución lo establecido en los artículos 167 y 157, situados en el capítulo titulado “De las candidaturas independientes”.
Este documento, que fue enviado a la Cámara de Diputados y al Senado, declaró la interpretación del pleno sobre la forma en la cual debe ser redactado en el texto de esos artículos.
Modificación legislativa
Estos artículos en la ley del Régimen Electoral vigente consideran como hábiles las candidaturas independientes que “surjan” a través de agrupaciones políticas. Asimismo, contiene en los requisitos la necesidad de conformar una organización de “cuadros directivos”, para que pueda ser sustentada la propuesta electoral independiente.
Pero, ¿Cuál es el origen de esta figura en la ley?
De acuerdo con la evaluación del pleno de la Alta Corte, la figura de las candidaturas independientes fue introducida en la legislación dominicana mediante el artículo 77 de la Ley 386,de 1926, en el que se establecía la existencia de dos tipos de candidatos: Los de partidos e independientes, los cuales podían presentarse para todas las posiciones electivas habilitadas. En esa ocasión, los requisitos para su postulación eran presentar una instancia motivada al órgano electoral que correspondiera, según la posición perseguida. Mientras que para la postulación de cargos de alcance nacional, el ciudadano debía ser respaldado por al menos 2,000 sufragantes.
Legislaciones.
En 1962 el Poder Legislativo efectuó una reforma, introduciendo la ley 5884, en la que se apertura un apartado especial para consignar este mecanismo. Con esta reforma a la ley electoral fue cambiado de manera “sustancial” este apartado, ya que “las candidaturas independientes debían ser propuestas por agrupaciones políticas accidentales” y conformar una estructura de cuadros directivos con el mismo esquema de los partidos políticos. Luego, en 1997, adiciona un mandato para que quienes opten por utilizar este derecho político fundamental presenten una agrupación política avalada por un porcentaje mínimo de inscritos en el registro electoral. Por último, fueron promulgadas las leyes 15-19 y 20-23, que mantienen una redacción idéntica en estos artículos.
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Candidaturas independientes lleva a Paliza pedir a la JCE convocar partidos.
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1 día agoon
diciembre 24, 2024Santo Domingo, R.D.-José Ignacio Paliza, presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), solicitó este martes a la Junta Central Electoral (JCE) convocar a los partidos políticos reconocidos para discutir la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que autoriza a los dominicanos con aspiraciones a inscribir sus candidaturas sin necesitar el sustento de las organizaciones políticas.
Durante una entrevista en el programa matutino «El Sol de la Mañana», el también ministro de la Presidencia, considera que le corresponde al órgano electoral discutir con los partidos los métodos y fórmulas que deben implementarse en respuesta al dictamen del TC.
Paliza consideró que las entidades políticas deben reunirse en enero de 2025 para revisar y dialogar «detenidamente» el contenido de la medida ordenada por la Alta Corte.
Además de dirigentes políticos como Leonel Fernández, Sigmund Freud, Edy Olivares también ha fijado posición la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), entidad que mediante un documento firmado por su vicepresidente ejecutivo, Servio Tulio Castaños, expresa su “preocupación”.
El jurista aseguró que la sentencia podría desvirtuar los esfuerzos realizados para fortalecer la democracia interna de los partidos políticos.
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Empresa chilena dice que Rep. Dominicana figura entre países mejores posicionados de AL
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2 días agoon
diciembre 23, 2024Por Jhonny Trinidad
SANTO DOMINGO.- La Corporación Latinobarómetro con sede en Santiago de Chile ubicó a la República Dominicana entre los países mejores posicionados de Latinoamérica.
Sobresalió como una de las naciones con mayor bienestar en su población.
84 % de 19,214 dominicanos entrevistos entre el 23 de agosto y el 9 de septiembre manifestó satisfacción con su estilo de vida, lo que coloca a su país entre las naciones más optimistas de la región, junto a México y Brasil, que registran entre 82 % y 84 %, respectivamente.
Solo Costa Rica, Uruguay, Guatemala y El Salvador superan esos niveles, alcanzando entre 89 % y 85 %.
Argentina obtuvo un 79 %, Chile, Perú, Honduras, Venezuela y Ecuador, consiguieron índices de entre 71 % y 77 %. Bolivia ocupa el último lugar con solo un 55 % de satisfacción.
72 % de la población de El Salvador percibe que su país está avanzando, al igual que el 50 % de los dominicanos, mexicanos, uruguayos y panameños.
Las cifras más bajas en esta categoría son atribuidas a Bolivia (5 %), Perú (11 %), Honduras (12 %) y Ecuador (13 %).
Según el informe, el 71 % de los dominicanos considera que su familia ha mejorado en los últimos 10 años, ubicando a República Dominicana entre los líderes regionales en este indicador, junto a Costa Rica (73 %).
El 68 % de los dominicanos también aprueba el desempeño de su gobierno, igual que el 87 % de los slavadoreños, 80 % de los panameños y el 75 % de los mexicanos.
Los presidentes más populares, según el estudio, son los de El Salvador (74 %), México (67%), Panamá (62%) y República Dominicana (60%).