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Los partidos tienen plazos que deben cumplir antes, durante y después de las elecciones

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Santo Domingo, R.D.-Diez y nueve plazos deben cumplir todos los actores de las elecciones que tendrán lugar el próximo 19 de mayo, incluido el referente al proselitismo y la difusión de encuestas, cuyo  calendario maneja la Junta Central Electoral (JCE).

Este mes de abril, el calendario marca que el día 4 es el límite para anunciar los locales donde funcionarán los colegios electorales, y la Junta cumplió con esta disposición el día primero, al colocar, en su portal Web las ubicaciones de los 4,286 recintos en todo el país. Para el viernes 5 a las 5:00 de la tarde termina el plazo de cinco días otorgado a los partidos que no cumplieron con la cuota de género para que lo hagan.

A este mes le quedan dos fechas límites: El día 19 para la creación, traslados o fusiones de colegios electorales, tal como establece el artículo 59 de la Ley 20-23 de Régimen Electoral, que es 30 días antes de las elecciones.

Aunque el 19 es la fecha límite que tiene la JCE para escogencia de los locales donde funcionarán los colegios electorales, al anunciar estos últimos está especificada la dirección de cada uno de ellos.

En mayo, la JCE tiene hasta el día 4 de mayo para designar a los funcionarios de los colegios electorales y para la publicación facsímil de las boletas en los medios de difusión, o sea, 15 días antes de las votaciones, como establece el artículo 101, párrafo III, de la Ley 20-23.

La entrega de las credenciales a los funcionarios de los colegios electorales es hasta el día 11 y ese mismo día es el límite para que los partidos y otras entidades publiquen encuestas o sondeos.

La entrega de materiales electorales a juntas electorales debe hacerse 5 días antes de los comicios, el día 14 y el 15 deberán ser retirados los materiales electorales a cargo de los presidentes y secretarios de los colegios electorales.

EL PROSELITISMO ES HASTA EL JUEVES ANTES DE LAS VOTACIONES

El proselitismo, las manifestaciones o reuniones de carácter político entrarán en la Veda Electoral, desde el jueves 16 a las 12:00 de la medianoche, como establece el artículo 165 de la ley 20-23, que trata sobre la campaña, propaganda, acto público y mítines.

“Veda Electoral: Es la prohibición de realizar actos de proselitismo, espectáculos públicos, ya sea en local abierto o cerrado, manifestaciones o reuniones públicas de carácter político, incitaciones, propaganda electoral por la prensa radial, televisiva, avisos, carteles, telones y otros medios similares, la que se inicia a partir de las doce de la noche del jueves inmediatamente anterior al día de las elecciones o por causa de fuerza mayor o caso fortuito que se presente”.

El viernes 17 es la fecha límite para presentar apelaciones sobre las decisiones de las juntas electorales ante el Tribunal Superior Electoral (TSE).mite para el cese de la campaña electoral, incluso en los medios de comunicaciones, a partir de la 12 de la media noche y también para que los presidentes y secretarios de colegios electorales recojan los materiales a utilizar en las votaciones.

El 18 es el límite para el expendio de bebidas alcohólicas, ya que la ley establece que debe detenerse este comercio 24 horas antes las elecciones.

Después del proceso electoral del día 19 hay otras fechas límites, el 21 termino del cómputo electoral, el 22 para presentar las anulaciones; el 24 para conocer las impugnaciones, el 25 para dar a conocer el fallo de esas imputaciones y el 27 de mayo es la fecha lí

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Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.

Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.

La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.

De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.

De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.

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Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales

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Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por  agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.

En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.

Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.

Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.

Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).

Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.

El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.

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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción

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Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.

Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.

Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.

En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.

Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.

La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.

Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.

Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.

Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.

En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.

Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.

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