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disponen que entidades públicas realicen cálculos de prestaciones laborales y pagos.

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Santo Domingo, R.D.-La descentralización del cálculo de los beneficios y prestaciones laborales fue aprobada por  el Ministerio de Administración Pública (MAP), las cuales podrán ser realizadas por cada una de las instituciones del Estado, incluyendo a las descentralizadas.

Mediante la resolución número 316-2024L, firmada por el ministro de Administración Pública, Sigmund Freund, a partir del 19 de octubre, las oficinas de recursos humanos de los entes y órganos son las responsables de calcular los beneficios laborales y hacer los pagos correspondientes de sus servidores públicos desvinculados del servicio por cualquier causa, incluso en los casos de fallecimiento o pensión.

El documento indica que los titulares de las áreas administrativas y financieras y de recursos humanos, deben asegurarse de que los cálculos de beneficios laborales cumplan con los requisitos legales y reglamentarios. Para esos fines, estos deben de cumplir con los procedimientos internos, para garantizar la precisión y la transparencia en los cálculos y en los pagos de los beneficios laborales realizados.

Además, sostiene que estos serán los responsables de realizar y subir el proceso en el Sistema de Reclamación Laboral (Reclasoft), y adjuntar la hoja de cálculos debidamente sellada y firmada por los titulares de las áreas administrativas, financieras y de recursos humanos, junto a la firma de las máximas autoridades de esa institución.

En la resolución el MAP explica que la documentación requerida para la emisión de los cálculos de beneficios laborales es la cédula personal de identidad y electoral, la certificación de cargo que haga constar las vacaciones no disfrutadas y la carta de desvinculación, que deberá incluir la renuncia o acta de defunción en los casos que correspondan.

Todos los cálculos laborales realizados por las diferentes instituciones deberán ser remitidos al Ministerio de Administración Pública de manera digital para fines de registro y control.

La resolución, por igual, señala que los órganos del Estado que se encuentren en proceso de fusión o eliminación deben de validar con el MAP esos cálculos antes de proceder con la emisión de los pagos.

La normativa aclara que en caso de que se genere una disconformidad con respecto al cálculo de las prestaciones laborales, generados y subidos al Reclasoft, ya sea por parte del ente u órgano o del empleado, se deberá presentar una reclamación formal ante la institución en la cual prestaba sus servicios, dentro de un plazo de 15 días, contados a partir de que le sea comunicado el cálculo de beneficios laborales.

Esa reclamación deberá ser presentada por escrito y tendrá que incluir una descripción detallada de las razones de la disconformidad presentada, así como cualquier documentación de soporte pertinente; la institución realizará una revisión interna de los cálculos en caso de que corresponda.

En caso de que la disconformidad no se resuelva a nivel de la entidad o si alguna de las partes no está satisfecha con el cálculo de beneficios laborales, el MAP informó que se podrá acudir a sus oficinas y someter el caso ante la Comisión de Personal.

Para ello, la parte o partes interesadas deberán presentar una solicitud de conciliación, que debe de incluir una copia de la reclamación previa y cualquier otra documentación relevante. El órgano regulador del empleo público revisará el caso y decidirá si el mismo debe ser conocido en Comisión de Personal o si la solución puede ser gestionada directamente con las autoridades del ente u órgano, para resolver la disconformidad.

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Gobierno dominicano declara terroristas a organizaciones de Irán y el Líbano.

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Por EFE

Santo Domingo, (EFE).- El Gobierno de la República Dominicana designó este martes al Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica de Irán y al grupo chií libanés Hizbulá como organizaciones terroristas.

Esta designación se lleva a cabo «en cumplimiento de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Convención Interamericana contra el Terrorismo y la legislación nacional dominicana», destacó este martes el Ministerio de Relaciones Exteriores dominicano.

En la actualidad Irán cuenta con un cuerpo diplomático designado para cubrir la República Dominicana, aunque la embajada tiene su sede en Cuba.

Esa legación está encabeza por el embajador Seyed Mohammad Hadi Sobhani, quien presentó sus credenciales ante el presidente dominicano, Luis Abinader, en diciembre de 2024.

an/am

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Pruebas demoledoras dice tener el Ministerio Público contra madre acusada de asfixiar a su hija

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Santo Domingo, R.D.-El Ministerio Público cuenta con más de 25 evidencias demoledoras en contra de Yleidi Linares Araujo, acusada de asfixiar a su hija de seis años en un hecho ocurrido el 11 de marzo en la comunidad de Sabana Toro de la provincia de San Cristóbal, según la procuradora fiscal Laura Segura.

La representante del Ministerio Público y fiscal investigadora del caso afirmó que el expediente contiene una amplia cantidad de pruebas que, según sostuvo, sustentan la imposición de prisión preventiva.

«El Ministerio Público está listo para conocer la solicitud de imposición de medidas de coerción, contando con más de 25 evidencias demoledoras para que el tribunal acoja la prisión preventiva en contra de la imputada por el homicidio de su hija menor de edad de 6 años», expresó.

«Entrevistas, interrogatorios, imágenes de video que fueron debidamente analizadas y un sinnúmero de elementos de pruebas que van a sustentar la imposición de la prisión preventiva, sin duda alguna»Laura SeguraProcuradora fiscal de San Cristóbal

Segura explicó, la audiencia fue aplazada para el viernes 15 de mayo, a las 9:00 de la mañana, a solicitud de la defensa técnica de la imputada, con el propósito de que le sean notificadas las pruebas audiovisuales depositadas por el órgano acusador.

Cronología del hechoEl día de la tragedia, vecinos relataron que escucharon a la madre pedir auxilio mientras descendía con la menor Milianny Linarez en brazos desde el tercer nivel de un edificio de apartamentos. Posteriormente, la niña fue trasladada al Hospital Juan Pablo Pina, donde fue declarada muerta.

En sus primeras declaraciones, Linarez Araujo aseguró que había salido al colmado y que, al regresar, encontró a la niña tendida en el baño de la vivienda.

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Vista de Yoleydi Linarez Araujo el sábado 9 de mayo del 2026 mientras se encontraba en la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de San Cristóbal. 

El Ministerio Público presentó formal acusación contra la progenitora, luego de que los resultados del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) estableciera que la niña murió por «asfixia por sofocación por obturación de orificios respiratorios», determinando una muerte violenta de etiología homicida.

En el expediente de la solicitud de medida de coerción, el órgano persecutor sostiene que la imputada habría cometido el hecho dentro de su residencia durante las horas de la mañana del mismo día en que la niña fue llevada al centro de salud.

El documento también establece que estas imputaciones estarían sustentadas en el informe técnico digital de video No. 2026-04-E8566, elaborado por la Dirección Central de Investigación (Dicat).

Según el informe, las imágenes de vigilancia muestran e individualizan a Linarez Araujo como la única persona que ingresó a la vivienda antes y después de la muerte de la menor.

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Infografía
La residencia donde fue encontrada sin vida la niña de seis años en la comunidad Sabana Toro, provincia San Cristóbal. 

Indica, además, que los familiares de la imputada y de la niña habían salido del lugar, previo a los hechos, y que, dentro del período en que ocurrió el homicidio, la única persona ajena que ingresó a la zona fue la testigo Lennys Lizbeth Angomas Pinales, vecina de la imputada, quien declaró haber observado a la imputada alrededor de las 10:15 de la mañana realizando labores de limpieza frente a su residencia.

A esto, el documento suma entrevistas de otras vecinas, quienes afirmaron haber visto únicamente a la acusada entrar y salir de la vivienda donde ocurrió el hecho.

Según el Ministerio Público, estas evidencias permiten establecer que la imputada era la única persona que tenía el dominio exclusivo de la escena y de la menor fallecida.

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Segun pruebas balísticas pistola incautada en caso Masha fue robada a agente de la Policía en 2018.

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Santo Domingo, R.D.-La exponente urbana Ashley Mariel Sanchez Victoriano, conocida como «Masha»,  quien fue apresada por agentes de la Policía Nacional el pasado sábado luego de que fuese sorprendida con dos armas de fuego ilegales dentro del vehículo en el cual se transportaba junto a otras personas, sera sometida a la justicia por la conducta  ilegal en que ha incurrido.

Masha fue detenida mientras conducía por la avenida Mella, en el sector Andrés Boca Chica,  acompañanda por Karla Julisa Rodríguez, quien estaba en el asiento delantero del pasajero; ambas con 19 años de edad. Mientras que en la parte trasera se encontraba Alexander Martínez Nolasco, de 18 años.

Dentro de la gaveta situada en el lado del pasajero de la yipeta marca Honda CRV fue donde los patrulleros del cuerpo policial encontraron dos pistolas Glocks calibre 9 milímetros sin documentación.

“Se la robaron en 2018 a un policía. Esa arma la estaban disparando para comparar los casquillos con otras escenas violentas y ver si ha sido usada en otros crímenes o delitos. Es por eso que sabemos que una de esas se la robaron a una policía”, explicó a reporteros de este medio un agente vinculado a la investigación.

No obstante, de acuerdo con lo informado por la fuente extraoficial, esto no quiere decir que la artista haya participado en el robo realizado al policía.

Mientras tanto, el Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos contra la Persona de la Fiscalía de Santo Domingo Este presentó el pasado domingo ante el Juzgado de Instrucción de la provincia Santo Domingo una solicitud para lograr que los imputados sean sometidos a prisión preventiva.

El Ministerio Público (MP) entiende que los acusados, a pesar de tener un domicilio en el país, no ofrecen garantías para presentarse a los actos del procedimiento judicial. Por lo que “existe un alto riesgo de que intenten sustraerse al proceso y no comparecer” ante el juez.

Pistolas, cargadores y municiones confiscados por la Policía Nacional.

Pistolas, cargadores y municiones confiscados por la Policía Nacional.Fuente externa

¿Cómo funciona la depuración?

“La depuramos, la llevamos a balísticas, se disparan esos casquillos, se comparan con otros que han sido levantados en escenas donde hay heridos, fallecidos o robos, luego se analiza a través de una computadora que permite determinar si coinciden con el arma retenida”, de esta manera, según precisó el portavoz de la Policía Nacional, coronel Diego Pesqueira, las autoridades pueden identificar la procedencia de un arma de fuego.

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