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Melton Pineda tiene 10 días hábiles para apelar condena por difamación

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SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional notificó la sentencia de tres meses de prisión y cinco millones de pesos de indemnización contra Melton Pineda, condenado por difamar al periodista Marino Zapete.

El texto íntegro de la sentencia fue leído este viernes.

Pineda y sus abogados no se presentaron a la audiencia, en la que sí estuvo presente Zapete.

Pineda tiene diez días hábiles para apelar. Si ese recurso no es presentado en el plazo establecido, el juez de la ejecución de la pena dispondrá el envío de Pineda a prisión.

Se recuerda que el periodista Marino Zapete se querelló contra el comunicador Melton Pineda por éste último acusarlo de apañar crímenes que cometían policías  cuando fue vocero de la institución del orden en la gestión de Pedro de Jesús Candelier.

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Defensa de Jean Alain afirma PGR presiona justicia para que proceso coincida con período electoral 2024

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Santo Domingo.- El Ministerio Público supuestamente presiona a la justicia para que los debates del expediente de Jean Alain Rodríguez coincidan con el proceso electoral del 2024, según la defensa del ex procurador general de la República.

Según el Consejo de Defensa del exfuncionario, luego de tres rechazos, la Procuraduría ahora presiona al juez para incrementar horario de 20 a 40 horas semanales, para que el proceso judicial del exprocurador coincida con el periodo electoral de principios del 2024, donde el proyecto reeleccionista eleva la bandera de la “honestidad” entrecomillada. 

La reacción de la PGR obedece a dos factores cruciales de los últimos días:

El segundo, a los tres rechazos del propio juez a una lectura resumida de una acusación que la misma PGR se jactaba de contener una blindada cantidad de páginas inculpatorias (12,500), de las cuales ahora reniegan y odian su lectura. 

“La Procuraduría en una triste faena, pretendió fallidamente incidentar los principios legales de oralidad y publicidad, imponiéndose el juez con su decisión tras escuchar las razones jurídicas de un grupo de imputados que claman rigor y respeto a la normativa que regula el proceso penal”, sostuvo el Dr. Carlos Balcácer, jurista de Jean Alain.

La constelación de aplazamientos que han afectado el proceso tuvo sus inicios:

A. En aquellos plazos de prórroga clamados por la PGR a la justicia, que les fueron cedidos mientras mantenían en prisión injustificada a nuestro cliente.

B. Luego, a otros plazos vinculados a la intimación a los mismos para que culminaran con la acusación, conducta procesal morosa e irresponsable que ya adquiere carta de comportamiento de la PGR en un 90 % de la generalidad de los procesos punitivos que llevan en todo el mapa tribunalicio del país.

C. Los recurrentes defectos del disco duro ofrecido por la PGR, contentivo de la acusación, comprobados los errores por técnicos del Poder judicial.

D. La densidad de imputados físicos y jurídicos que engrosan la acusación que termina todo en una escena dantesca de lectura, citaciones y enunciados que implican un balance de largo tiempo.

E. La gran verdad es que la PGR redactó una acusación abultada, con documentos innecesarios, elementos duplicados, reiterando en cada tema los mismos supuestos hechos y con una acusación que responde al ego de proclamar haber construido la acusación más grande de la historia, pero olvidaron que los excesos tienen un precio, que el proceso penal tiene un ritual, la oralidad, la publicidad, por lo que ahora pretenden renegar de la ley y presionar a los jueces”, continuaron expresando los abogados Carlos Balcácer, Gustavo Biaggi y Nelys Rivas.

Se recuerda que Jean Alain Rodríguez continúa en arresto domiciliario y de usar grillete electrónico, tras el juez Amauri Martínez no le variara la medida de coerción por presentación periódica e impedimento de salida del país.

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Aprueban préstamos para el metro y gestión residuos sólidos

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SANTO DOMINGO.- El festival de prestamos continúa su aprobación en el Congreso Nacional, ya que el  el Senado sancionó positivamente  este martes acuerdos de préstamos firmados por el Poder Ejecutivo con la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) para la ampliación del metro de Santo Domingo y con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para la gestión de residuos sólidos del Gran Santo Domingo.

Los senadores sancionaron el préstamo de 200 millones de dólares de la AFD para ser utilizados, según el proyecto, en el programa de apoyo, movilidad, transporte terrestre y seguridad vial en el país, según informó el hemiciclo en su página electrónica.

Esto incluye fondos para el metro de Santo Domingo, cuya actual etapa de ampliación incluye el tramo desde el kilómetro nueve de la autopista Duarte hasta la entrada del municipio de Los Alcarrizos.

Los dos préstamos fueron remitidos al Senado por la Cámara de Diputados, donde fueron aprobados.

OTROS PRESTAMOS

El préstamo para la gestión de los residuos sólidos del Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo es por un monto de 44,2 millones de dólares.

Los senadores también dieron su aprobación este martes, en segunda lectura, al proyecto de ley de vacunas de la República Dominicana, que garantizará la protección adecuada de la población contra enfermedades prevenibles para vacunación.

La normativa establecerá la creación de la Ley Nacional de Vacunas en la República Dominicana a través de la regulación y promoción de mecanismos que garanticen todas las instituciones públicas y privadas del Sistema Nacional de Salud, la adquisición de vacunas, su conservación, prescripción y aplicación de las mismas.

La pieza legislativa recomienda que es deber del Estado disponer de los recursos necesarios para la plena efectividad y sostenimiento continuo para no alegar razones económicas la falta de abastecimiento en este servicio.

Además establece que las vacunas que forman parte del Esquema Nacional de Vacunación, se deberán aplicar de manera gratuita y de forma continua, sin discriminación y en los términos y las condiciones señaladas por el indicado esquema.

wj/am

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Tribunal Constitucional anula otra resolución del Consejo de la Seguridad Social.

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Santo Domingo, R.D.-La resolución número 551-08, que incluye a los trabajadores domésticos al Sistema de Seguridad Social, bajo el régimen contributivo subsidiado, fue anulado por  el Tribunal Constitucional.

Esta es la segunda resolución que intenta regular el trabajo de los trabajadores domésticos y que el Tribunal Constitucional declara como “no conforme”.

De ser aprobada la resolución, iniciaría un Plan Piloto en el que los trabajadores domésticos tendrían delimitación de jornadas laborales, cobertura mejorada de Seguro Familiar de Salud (SFS), cobertura de Riesgos Laborales, pensiones de sobrevivencia y discapacidad, entre otras reivindicaciones importantes.

El Plan Piloto, de acuerdo con la resolución, tiene como objetivo proteger a toda persona que realice trabajo doméstico, “entendiéndose por trabajo doméstico aquel realizado en un hogar, en labores de cocina, aseo, asistencia, y demás, propias de sitio de residencia o habitación particular, sin lucro o negocio para el empleador o sus parientes”.

En su documento íntegro, la resolución deja claro que el trabajador debe contar con un contrato de trabajo, “debidamente registrado en el Ministerio de Trabajo”.

Están excluidos los trabajadores que presten servicios en empresas, ONG’s, instituciones públicas, organismos internacionales y cualquier organización distinta a la de un hogar, quienes estarían afiliados en el régimen contributivo.

Asimismo, para los dependientes directos del trabajador doméstico, la resolución indica que serán beneficiados de las pensiones de sobrevivencia bajo las mismas condiciones establecidas en por la Ley número 87-01, en su artículo 51, y conservarían las coberturas del Seguro Familiar de Salud del Régimen que se encontraran (SFS) y del Fondo Nacional de Atención Médica por Accidentes de Tránsito (Fonamat).

El artículo 51, de la Ley número 87-01, establece que “en caso de fallecimiento del afiliado activo, los beneficiarios recibirán una pensión de sobrevivencia no menor al 60% del salario cotizable de los últimos tres años o fracción, ajustado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). El cónyuge sobreviviente menor de 50 años recibirá una pensión durante 60, o, en su defecto, el hijo menor hasta los 18 años. El cónyuge sobreviviente mayor de 50 años y menor de 55 años tendrá derecho a 72 meses de pensión y los sobrevivientes mayores de 55 años, a una pensión vitalicia. La pensión de sobrevivencia será financiada con el monto acumulado de la cuenta personal del afiliado más el aporte del seguro de sobrevivencia. Estas prestaciones serán revisadas cada 5 años”.

La resolución anulada establece un aporte fijo mensual, no importando el salario devengado por el trabajador, de 859.43 pesos, para financiar las prestaciones de la Seguridad Social. Este monto sería aportado de la siguiente manera: RD$ 571.50, a cargo del empleador; 28.50 pesos, a cargo del trabajador, para un total de 600 pesos.

Para asegurar la financiación de las prestaciones de la Seguridad Social, un aporte a cargo del Estado de 259.43 pesos.

En ese sentido, la resolución especifica que el aporte del Estado corresponde al per cápita del Seguro Familiar de Salud del Régimen Subsidiado vigente, mientras que en los casos en donde el trabajador tenga más de un empleo, se pagará el aporte fijo por cada uno de los empleadores.

LA DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS

El aporte fijo, según la resolución, se distribuiría de la siguiente manera: 649.43 pesos para el Seguro Familiar de Salud; RD$ 95 para financiar la prima del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia; 115 pesos para el Seguro de Riesgos Laborales y Enfermedades Profesionales.

De los 649.43 asignados al Seguro Familiar de Salud, RD$ 98.20 se destinarían para financiar los subsidios por enfermedad común, maternidad y lactancia y 7 pesos para las operaciones de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), y el resto, 544.23 pesos, para financiar la cobertura de salud a la cual tendrían acceso los beneficiarios del Plan Piloto para trabajadores domésticos.

LOS BENEFICIOS

Un Seguro Familiar de Salud, Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia y de Riesgos Laborales, son parte de los beneficios del que gozarían los afiliados protegidos por el Plan Piloto para el trabajo doméstico, descrito en la resolución.

El primero, un SFS para régimen subsidiado, con 5,000 pesos para medicamentos ambulatorios en la Red de farmacias cerrada, sin copago; servicios odontológicos y de emergencia, tanto en la Red Pública coma Privada contratada por la ARS Senasa.

Asimismo, subsidios por maternidad, en un 100% del salario mínimo sectorizado correspondiente, durante 14 semanas; de lactancia, el 33% del salario mínimo durante un año; por enfermedad común, de un 60% y 40% del salario mínima, en caso de atención ambulatoria u hospitalaria, respectivamente.

Los trabajadores domésticos recibirían los beneficios de pensiones por Discapacidad y Sobrevivencia por las mismos que rigen el régimen contributivo.

También el Seguro de Riesgos Laborales, que garantizaría prestaciones en especie (atención médica y asistencia odontológica, prótesis, anteojos y aparatos ortopédicos, y su reparación) y prestaciones en dinero (subsidio por discapacidad temporal, cuando el riesgo del trabajo hubiese ocasionado una discapacidad temporal para trabajar conforme a lo establecido en el Código de Trabajo; indemnización por discapacidad; pensión par discapacidad y gastos fúnebres).

Otro de los beneficios sería la pensión solidaria por vejez, siempre y cuando los trabajadores domésticos cumplan con los siguientes requisitos: tener más de 60 y para los afiliados que tenían edades comprendidas entre 50 y 55 años, tener de 5 a 10 años de cotización como trabajador doméstico. 

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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