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Opinión

Mi pueblo perece por falta de conocimiento…

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Por Isaías Ramos

Desde 1996, nuestro país ha estado bajo el liderazgo de hombres carentes de amor a la patria y de temor a Dios. Este liderazgo ha marcado un camino peligroso para nuestro futuro. En dos años, completaremos 30 años de una gobernanza que ha dejado cicatrices de deterioro político, económico y social sin precedentes. La acumulación de hambre y sed de justicia tensa las cuerdas del orden y la paz como nunca antes. Parece que nuestros gobernantes se hacen los desentendidos; insisten, persisten y profundizan la deuda social, excluyendo de sus planes los derechos económicos y sociales no resueltos y, a través de sus acciones, incluso violan los derechos fundamentales consagrados en nuestra constitución.

Es alarmante escuchar al Presidente de la República hablar de su deseo de dejar un “legado” que imponga un candado a la constitución para asegurar el “nunca jamás”, y además pretender convertir el Ministerio Público en un “organismo independiente”. Parece que el presidente desconoce o subestima la constitución que juró cumplir y hacer cumplir. Aunque no es perfecta, nuestra constitución es moderna y, si se implementara correctamente por un verdadero estadista, traería gran bienestar a la nación dominicana. El artículo 124 es explícito en su último párrafo: “El Presidente o la Presidenta de la República podrá optar por un segundo período constitucional consecutivo y no podrá postularse jamás al mismo cargo ni a la vicepresidencia de la República”. ¿Qué necesidad hay de modificar esto? La respuesta es clara.

Es positivo que el Presidente quiera dejar un Ministerio Público independiente; sin embargo, esto no requiere una modificación constitucional, ya que el artículo 170 establece claramente: “El Ministerio Público goza de autonomía funcional, administrativa y presupuestaria”. ¿Qué más es necesario?

En el Frente Cívico y Social creemos que si el Presidente realmente busca lo mejor para el pueblo, debería demostrarlo con acciones concretas que separen la justicia del poder político. Podría comenzar modificando la ley 133-11 en su artículo 28, sobre la designación: “El Procurador General de la República será designado por el Presidente de la República”. Eliminando al presidente de esta ecuación y dejando la responsabilidad a “académicos y técnicos nacionales e internacionales”, aseguraríamos que el poder político no influya en las decisiones del Ministerio Público. Una acción similar podría aplicarse al artículo 178 de la constitución, con respecto a la integración del Consejo Nacional de la Magistratura, para que también incluya académicos y técnicos de moral prestigiosa y conocimientos sólidos.

Desde el Frente Cívico y Social elevamos un clamor ardiente a cada corazón dominicano, en este momento crítico de evidentes retrocesos en nuestra democracia. La historia nos convoca a estar más vigilantes que nunca ante las maniobras oscuras detrás de las reformas propuestas. Estas no son más que meros parches que, lejos de sanar, solo perpetúan el sufrimiento de nuestro pueblo y lo conducen hacia un abismo del que quizás nunca podamos resurgir. Las lecciones de nuestros países vecinos deben despertarnos a la triste realidad que nos espera si ignoramos los signos de alarma. Este es un llamado a la unidad, a la defensa férrea de nuestra soberanía y a la preservación de nuestra dignidad nacional. Juntos, con firmeza y decisión, podemos rechazar estas reformas superficialmente atractivas pero fundamentalmente destructivas. ¡Levantemos la voz, actuemos con valor y devolvamos la esperanza a nuestra amada República Dominicana! ¡Despierta, RD!

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Opinión

La Procuraduría General de la República y el MP deben amarrar el toro por los cuernos.

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Por José Cabral

Nadie sabe cómo se produce la formación de jueces y fiscales en la República Dominicana, a pesar de la existencia de las escuelas nacional de la judicatura y del Ministerio Público.

Cuantos disparates jurídicos se ven en los tribunales y las fiscalías de los diferentes distritos judiciales del territorio nacional, en unos más que en otros.

Cuando se tiene que litigar o acudir a los tribunales, por la razón que sea, llena de mucha amargura al que tiene que hacerlo.

Pero la asistencia a un palacio de justicia no sólo causa preocupación con ver a simple vista lo que allí ocurre, sino también por la forma en que se manejan las leyes en estas instancias.

Es un escenario donde los fiscales y los jueces hacen las cosas como a ellos les da la gana, muchas veces por irresponsabilidad y otras por incapacidad.

Tanto es así, que hay fiscales que tienen el cliché de que todo lo penal que proviene de una ley del derecho civil no es competencia del Ministerio Público.

Es decir, que el que comete fraude o falsifica documentos en el marco de una junta directiva de un condominio, el caso no es penal, sino civil, siempre de acuerdo a la visión del Ministerio Público.

Entonces, frente a esa incapacidad es como si no existiera la razonabilidad para determinar que cualquier ley del derecho civil tiene situaciones que por sus propias características entran en el derecho penal.

Esta situación genera en la actualidad una verdadera crisis con las actuaciones del Ministerio Público, cuyos miembros tienen unas actitudes que van a generar muchas vías de hecho por el manejo equivocado que se les da a los casos.

En el próximo artículo buscaré analizar el comportamiento de los jueces de los tribunales inferiores y de las cortes de apelación, quienes siempre recurren a la palabra clave para evitar la consecuente queja por una sentencia arbitraria emitida en contra de una serie de valores, principios y derechos constitucionales fundamentales, que es si no está de acuerdo con la decisión, recurra.

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Opinión

La Sede de la Corte Penal  Internacional en el Territorio de un Estado

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Por Rommel Santos Díaz

El artículo 3 del Estatuto de Roma dispone que la Sede de la Corte Penal Internacional  esté en La Haya, y que la Asamblea de los Estados Partes  aprobará un acuerdo entre la CPI y el Estado anfitrión.

El  artículo 3 (3) y 62 del Estatuto de Roma propone que la CPI también podrá celebrar sesiones en otro lugar cuando sea necesario  para un proceso o una serie de procesos  específicos.

Los Estados  Partes podrán disponer  que la Sede de la CPI esté en su territorio cuando  esto sea necesario o beneficioso.

Las Reglas de Prueba y Procedimientos  normalmente especificarán los procedimientos a tomar para que CPI  sesione fuera de su Sede.

Ninguna de estas disposiciones crea obligación alguna para los Estados.

Muchos Estados cuentan con legislación  y procedimientos administrativos  que permiten que el Tribunal Penal Internacional  para la ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Ruanda  celebre sesiones en su territorio.

Esta legislación y procedimientos podrían requerir una reforma mínima, para permitir que la Corte Penal  Internacional  también tenga su sede en su territorio.

Algunas veces, el hecho de celebrar un juicio en el  lugar en que se cometió el delito dará a las víctimas  un mayor sentido de justicia, ya que podrían claramente apreciar que la CPI funciona.

Finalmente, los Estados deberán tomar en consideración la posibilidad de permitir que la Corte Penal Internacional  funcione plenamente  en su territorio.

[email protected]

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Opinión

Un hospital en el “Maharishi”

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Por Nelson Encarnación

Los residentes en “los kilómetros” se han sorprendido con el anuncio de que en los amplios terrenos donde funcionó hace décadas un colegio conocido como “Maharishi”, se pretende construir un centro recreativo que estará a cargo del Ayuntamiento del Distrito Nacional.

A la sorpresa ha seguido el reclamo de que, en lugar de dicho centro, se construya un hospital general, en atención a que en esa zona no existe un establecimiento de salud de esa categoría ni de ninguna otra.

En realidad, toda esa amplia franja de territorio que va del Centro de los Héroes hasta el kilómetro 12 de la avenida Independencia (hacia el oeste de la carretera Sánchez), y de Sur a Norte, desde el Malecón hasta la avenida 27 de Febrero, solo existen dos centros médicos privados y ningún hospital del Estado.

Nos referimos a las clínicas Independencia y Real, mientras que el hospital más cercano es el Marcelino Vélez Santana, enclavado en la zona de Herrera, cuya capacidad se desborda solo con la demanda de la gran población del municipio Santo Domingo Oeste y vecindades que le rodean.

Es decir, la zona que mencionamos está compuesta de una numerosa población en su mayoría de condiciones económicas vulnerables que tiene que movilizarse a hospitales distantes para procurar una atención médica que no se puede costear en los escasos centros privados.

Desconocemos las razones por las cuales el Estado nunca ha contemplado la necesidad de dotar a la zona suroeste de la capital de un gran hospital, mientras se han realizado cuantiosas inversiones para la construcción de varias ofertas de salud en otros lugares, a veces establecimientos bien cercanos.

Ante esa realidad, el presidente Luis Abinader se consagrará como un preocupado por la salud de esa población si en los referidos terrenos, en vez de un indefinido “centro recreativo” se decidiera la construcción de un hospital que responda a las necesidades de salud de miles de personas marginadas de los servicios sanitarios accesibles.

En este caso yo abogo por la colectividad, no por unos cuantos que por intereses particulares quisieran que los terrenos del “Maharishi” siguieran bajo su usufructo.

De modo que, un hospital sería de impacto colectivo de un alcance mucho mayor que un innominado centro recreativo que nadie ha pedido. Presidente, tome esto como una solicitud formal.

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