Opinión
Ministerio de Exteriores: gran relajo institucional
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12 años agoon
Por Juan bolívar Díaz
Con la publicación de la nómina completa del Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX) el periódico digital Acento puso de nuevo sobre el tapete el inmenso entramado de clientelismo, nepotismo, derroche y desorden institucional que desde hace años se ha entronizado en ese organismo en beneficio del partido gobernante y su principal aliado.
El Gobierno ya realizó una limpieza de botellas locales, en su gran mayoría de militantes y relacionados del Partido Reformista Social Cristiano, cuyo presidente, Carlos Morales Troncoso, fue titular del MIREX en los últimos diez años, y ahora tropieza con el problema de cientos de botellas de su propio partido con altísimos sueldos en el exterior.
Un persistente derroche. Tras revisar la nómina del MIREX publicada esta semana se puede comprobar que nada ha cambiado a casi tres años de que se publicara en esta misma página de HOY (22 de enero del 2012) el análisis titulado “RD también lidera el derroche diplomático”. Además de replantear el desorden, Acento presenta los salarios reales que se paga a los designados en el servicio exterior, ya que en la nómina anterior, como quedó consignado, todos los embajadores aparecían con un sueldo ficticio de 3 mil dólares mensuales.
Un aporte adicional es que en esta versión de la nómina es una columna donde aparece el padrino, parentesco o relación de muchos designados, lo que permite advertir el nivel de nepotismo y favoritismo político con su consiguiente grado de remuneración. La desigualdad salarial guarda relación con la categoría del político y el grado de familiaridad. Aquí también resalta la influencia del ingeniero Félix Bautista, quien habría tramitado un centenar de designaciones, en su mayoría recomendados por una comisión del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en Nueva York, pero también más de una veintena de familiares y relacionados, incluyendo hermanos, sobrinos, primos y cuñados. Otros dirigentes peledeístas también apadrinan pero generalmente con una o dos designaciones.
Un total de 1,876 personas integran la nómina exterior de la Cancillería, 1,189 como diplomáticos y 657 en los consulados. Los primeros devengan 6 millones 366,524 dólares mensuales, que convertidos a pesos a tasa de 44.15 y multiplicados por 13 representan 3,664 millones de pesos anuales. En el servicio consular se paga el equivalente a 120 millones 168 mil pesos mensuales, que multiplicado por 13 ascienden a 1,692 millones 692 mil pesos para un total en ambos renglones de 5,356 millones de pesos anuales.
Desproporciones salariales. Cuando se observan los salarios se advierte un gran desorden, con embajadores que reciben desde 10 mil a 40 mil dólares mensuales. Y lo mismo ocurre con cónsules que oscilan entre 10 mil y 26 mil dólares, y ministros consejeros que ganan de 4,400 a 9,700 dólares, y consejeros de 4,132 a 8 mil dólares. Pero al mismo tiempo se encuentran primeros secretarios (de menor jerarquía) con sueldos de 10,825 dólares. Cuando se ponderan los nombres y patrocinios se encuentran las explicaciones.
Por ejemplo, el embajador en México, la segunda nación más grande y poblada de América Latina, tiene un salario de 11,825 dólares mensuales, pero el de Honduras gana 16 mil, el de Nicaragua 22 mil, el de Paraguay 28 mil y el de Colombia 30 mil dólares. El primero es un intelectual sin militancia partidista y los últimos cuatro tienen en común el ser dirigentes políticos.
Los salarios no guardan relación con la importancia política, poblacional, territorial o del intercambio bilateral, sino más bien con la militancia política o el grado de familiaridad, incluyendo esposas, hijos e hijas y otros relacionados de altos funcionarios del Gobierno, de la justicia, de legisladores y dirigentes políticos. En la misma ciudad de Ginebra hay embajadores con sueldos de 18 mil y 25 mil dólares. La cónsul en México, hermana de un prelado, gana más que el embajador. No se explican los altos sueldos de algunos cónsules que tienen altísimos ingresos de las tasas que cobran por servicios a los dominicanos, como en Nueva York, Miami o San Juan. Tampoco otros de 23 mil dólares, como el de Alameda, San Francisco de California.
Una proporción considerable del personal designado en el exterior pasa la mayor parte del tiempo en República Dominicana, y los hay que apenas han ido de visita a las sedes donde están adscritos. En múltiples embajadas y consulados no los quieren ni de visita, porque no tienen espacio donde colocarle un escritorio y solo obstruyen a los pocos que trabajan. Por ejemplo en Nueva York solo una docena de los 92 vicecónsules y asistentes consulares tienen escritorio y otros tantos se dejan ver. La gran mayoría se dedican a la política y a negocios y actividades personales.
Prometida reestructuración. Desde su discurso inaugural el presidente Danilo Medina se comprometió con una reestructuración del MIREX y de las relaciones internacionales. Desde el inicio quiso cambiar al titular del ministerio, pero terminó inclinándose ante el reparto partidista del poder. Fue en agosto, ya en víspera del fallecimiento del ingeniero Morales Troncoso, tras larga inhabilitación por enfermedad, cuando fue designado canciller el arquitecto Andrés Navarro.
Semanas antes ya había trascendido que inspectores de la Contraloría hacían un levantamiento del personal del ministerio, donde habrían detectado cientos de botellas, en su mayoría reformistas y familiares. Desde entonces se ha informado de cancelaciones oscilantes entre 700 y mil. El ministro administrativo de la Presidencia las cifró en “casi un millar”.
El nuevo canciller ha hablado de reestructuración y depuración de personal que abarcaría a los designados en el exterior, así como de una renovación integral de las relaciones internacionales.
Es sintomático que la depuración comenzara en el ámbito interno, donde el abultamiento de la nómina estaba determinado por los aliados reformistas. En el servicio exterior fueron designados por decretos del presidente Leonel Fernández, y en gran proporción son peledeístas. Persisten dudas de que se pueda hacer una profilaxis significativa.
Desde luego, hay en el servicio exterior muchos profesionales y personal que cumple la misión encomendada, como también hay subvalorados o desaprovechados que guardan banca en la lista de más de un centenar de embajadores adscritos a la Cancillería. Pero no hay dudas de que en general el MIREX es una muestra del desquiciamiento institucional provocado por el reparto político del Estado.
Consulados y organismos
En todas las embajadas dominicanas se mantiene un personal supernumerario, pero donde sigue liderando el derroche es en los principales consulados y ante los organismos internacionales. Hace tres años un muestreo de 16 de las embajadas más importantes, sin incluir a Estados Unidos, arrojaban un acentuado desbalance: ellas tenían 84 funcionarios en el país, mientras República Dominicana les había designado 442, es decir cinco por uno. La situación se mantiene con ligeras variantes, lo que se explica en el hecho de que la nómina de Acento es del 2012; la que dio base al análisis anterior era de solo un año antes.
Donde hay más dominicanos designados como diplomáticos y funcionarios consulares es en Estados Unidos con un total de 386, casi los mismos que hace tres años, cuando eran 384. La representación ante el Gobierno de Washington había bajado de 44 a 41 y en el consulado de Nueva York de 97 a 93. El Gobierno norteamericano ha rehusado acreditar muchos de esos funcionarios. Los designados ante las Naciones Unidas en Nueva York aumentaron de 63 a 74, una docena como embajadores adscritos, y ante la Organización de Estados Americanos, en Washington se redujo de 38 a 33. Son las mayores representaciones ante esos dos organismos. el consulado de Miami pasó de 54 a 57 designados, y en San Juan de 21 a 25, pero en Boston disminuyeron de 31 a 25.
Los designados en España crecieron de 89 a 116, especialmente en el consulado de Madrid, donde pasaron de 22 a 39. En Haití el personal dominicano aumentó de 64 a 109, en gran proporción en la embajada en Puerto Príncipe donde pasó de 31 a 51. En Colombia y Costa Rica, como muestreo, los dominicanos siguen siendo un número muy superior a lo que esos países tienen acreditados en el país, 32 contra 5 y 23 contra 4, respectivamente.
Por Oscar López Reyes
Pretendiendo prolongar la creencia de internet del “chivo sin ley” (“fake news” o noticias falsas, desinformación, manipulación, coerción, ciberdelincuencia, etc.), el nuevo Código Penal -estipula condenas hasta de 40 años- ha sido rebautizado como la Ley Mordaza por pseudo-periodistas, “comunicadores” sin títulos universitarios ni otro aval académico o gremial que ejercen el chantaje extorsivo mediático monetario. ¿Acaso asistimos a una revancha en favor de la impunidad de los delitos de palabras (más devastadores que una bala), el aborto, la corrupción y el narcotráfico?
Está en marcha, y crece, la industria de la intimidación, amparados los extorsionadores en el libertinaje digital, la dañina viralidad y la percepción de impunidad por la ausencia de sanción penal. Pululan, especialmente en las redes sociales y la radio, las advertencias de divulgar datos comprometedores o retirar los difundidos si no les efectúan transferencias económicas inmediatas.
Nunca como ahora, malandrines con el antifaz de periodistas presionan y emprenden campañas de descréditos contra figuras públicas, empresarios y políticos con noticias falsas o descontextualizadas, montajes digitales, ediciones tendenciosas, titulares sensacionalistas, perfiles falsos, fotografías e informaciones íntimas y sensibles, rumores espúreos, imágenes o videos manipulados y otros datos personales perjudiciales.
¿Por estos y otros tipos de modus operandi, ha oído usted que condenaron a un director de diario, a un egresado universitario de comunicación social o a otros profesionales del ecosistema informativo?
Sencillamente, “agua pasada no mueve molino”. Más que una persecución contra la libertad de expresión, las campanas repican contra el delito de extorsión mediática, una modalidad delictiva que le está ganando a los abogados extorsionistas.
Categóricamente, ha tomado cuerpo un delito penal grave, que conlleva a penas de cárcel, útil como un mecanismo disuasivo para sujetos con patrones de conductas impulsivas, terroríficas e incontrolables. Ellos están atrapados por trastornos episódicos y sin arrepentimiento, que se vuelven un peligro público, y que ameritan de psicoterapia, como palpablemente se ha visto últimamente. La prisión apuntala como un preferible tono de voz para calmar el dolor de las víctimas y evitar que respondan con el castigo de una paliza o la muerte.
Alégase que el Tribunal Constitucional ha despenalizado delitos de prensa, pero no olvidemos que últimamente esa instancia se ha constituido en una afrenta para la sociedad. Ha estado aplicando el derecho desde la Luna, divorciado de la realidad, y creándole más conflictos al Estado, sancionando sentencias absurdas, que instituciones oficiales no están en capacidad de cumplir, porque de hacerlo dejarían sin presupuesto la salud, la educación, las obras públicas y otros servicios sociales.
Igual de mal andan senadores y diputados, que son marionetas del populismo y que se doblegan en un santiamén, como si asistieran a un convite de comadres. Luego de más de 20 años discutiendo para lograr la aprobación del Código Penal, ahora esos legisladores acceden fácilmente, como si tuvieran en brazos de Morfeo, a dar rienda suelta a la propuesta para modificarlo sin ser sometido a pruebas, porque ni siquiera ha entrado en vigencia.
Valga referir, como aporte adicional a las anotaciones preexistentes, que los más diversos autores doctrinarios internacionales sobre el derecho a la información concuerdan en que la libertad de expresión es un derecho fundamental, pero no absoluto, que precisa de límites para proteger derechos de terceros y garantizar el orden social. Basta citar a Alejandro Fuenmayor E. en El derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública, Francisco Morera Alfaro en Los derechos de los ciudadanos frente a las tareas de la información, Enrique Villalobos Quirós en El derecho a la información y Manuel Fernández Areal en Introducción al derecho de la información.
Y, ¿cuál otro? Sí, podemos leer a Carlos Soria en Derecho a la información y derecho a la honra; A. Hugo Osorio Meléndez en Políticas de información y derecho. Estudio comparativo; Eduardo Nova Monreal en Derecho a la vida privada y libertad de información. Un conflicto de derechos; Ernesto Villanueva e Issa Luna Pla en El derecho de acceso a la información, y Orrin E. Klapp en Información y moral. Estrategias de apertura y cierre ante la nueva información.
En esa óptica, ¿qué dice el nuevo Código Penal?
Acerca de la difamación extorsiva, el artículo 209 expresa que “Quien haga imputación pública a una persona, física o jurídica, de un hecho preciso o concreto que le afecta en su honor o en su consideración, buen nombre, imagen, dignidad e integridad familiar, por cualquier forma pública, … le cause un perjuicio, y con ello obligue o procure obligar a la víctima a ceder a sus exigencias, será sancionado con pena de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público”.
En esta circunstancia, más que acudir a la violencia como los iracundos, la alternativa más expedita para los injuriados y acosados está en el sometimiento judicial para que un juez decida, interponiendo las pruebas y colocando otras piezas regidos por los fundamentos del derecho, dictaminen la culpabilidad o inocencia del imputado. Y todavía para las partes queda la opción de apelar la sentencia.
Si el Congreso Nacional y el Tribunal Constitucional modifican el nuevo Código Penal, al unísono tendrán que hacer una revolución, en virtud de que en República Dominicana a través de varias leyes son perseguibles y sancionables con prisión el chantaje, las campañas injuriosas y difamatorias, los rumores falsos, las expresiones ofensivas o despectivas por medios informáticos, telemáticos o audiovisuales (redes sociales, internet, blogs) y prensa escrita.
¿Y cuáles son esas disposiciones legales?
Son la Ley 183-02 Monetaria y Financiera, la Ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales; la Ley 53-07 Contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, la Ley 136-03 o Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y otras, que contemplan encierros carcelarios de hasta diez años y multas de hasta dos millones 500 mil pesos o 500 veces el salario mínimo del sector público. ¡Muy bien!
Aunque luzca una irreverencia y un riesgo decirlo, el sometimiento judicial a un periodista por difamación e injuria representa una prueba para demostrar su profesionalidad y apego a las leyes y a los principios y valores éticos en el manejo informativo y el análisis interpretativo. Si así fuere, ¿por qué tanto miedo?
Con frecuencia, ciertas esferas de los diarios exageran y procuran rehuir para no colocarse frente a un crucifijo, por la aversión y el temor traumático, arrastrado por sangrientas experiencias pretéritas. Preservemos el contenido del nuevo Código Penal, y actuemos con la potestad de informar y opinar sin censura ni autocensura, pero ajustados al derecho, y caminando derecho.
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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y gremialista.
Por Isaías Ramos
República Dominicana no enfrenta solo un debate salarial. Enfrenta una crisis de arraigo, identidad, soberanía laboral y cumplimiento constitucional. Durante las últimas tres décadas se consolidó un modelo de bajos salarios, débil fiscalización y desorden migratorio-laboral. Pero desde la Constitución de 2010, que consagra el Estado Social y Democrático de Derecho, esa falla dejó de ser solo económica: se convirtió en contradicción frontal con el mandato constitucional. Hoy el problema se ha agudizado. La pregunta es necesaria: ¿para quién funciona realmente este modelo económico?
Según el Informe sobre Democracia y Desarrollo 2026 del PNUD, 39.5% de las personas en República Dominicana contempla irse a vivir o trabajar a otro país, frente a 31.7% en América Latina y el Caribe: 395 de cada 1,000 personas, contra 317 de cada 1,000 del promedio regional. La principal razón para emigrar es la falta de oportunidades económicas: 58.4%.
Ese dato debe estremecer. Los dominicanos no contemplan irse porque no amen su patria. Contemplan irse porque trabajan, luchan, pagan transporte, comida, impuestos y deudas, y aun así sienten que no avanzan. La emigración deseada es un voto de desconfianza contra un modelo que produce crecimiento, pero no suficiente esperanza.
La Constitución no manda una República para administrar resignación. Define al país como Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo y la soberanía popular. También reconoce que todo trabajador tiene derecho a un salario justo y suficiente para vivir con dignidad, y declara de alto interés la nacionalización del trabajo.
Por eso, el salario justo no es una consigna. Es mandato constitucional.
La evidencia salarial es contundente. En el primer trimestre de 2026, la ONE reportó que el salario mensual promedio por empleado formal fue RD$34,621. Incluso los sectores mejor remunerados —minas y canteras, organismos extraterritoriales y electricidad— promediaron RD$79,724, RD$70,541 y RD$67,246. Si ese es el techo salarial formal, el país debe preocuparse: muchos ingresos permiten consumir, pero no necesariamente progresar, ahorrar, comprar vivienda o construir patrimonio.
La canasta básica familiar nacional llegó en mayo de 2026 a RD$49,268.36; la del primer quintil fue RD$29,489.84 y la del segundo RD$38,441.67. Frente a eso, demasiados salarios formales siguen siendo salarios de supervivencia. Ahí está el corazón del problema: están convirtiendo la pobreza salarial en ventaja competitiva.
El primer deber de los gobiernos debe ser garantizar salarios justos y dignos. El segundo, aplicar la indexación del mínimo exento del impuesto al salario. La DGII reconoce para 2026 una exención contributiva hasta RD$416,220 anuales y, al mismo tiempo, que por la Ley de Presupuesto queda sin efecto el ajuste previsto en el artículo 327 del Código Tributario. En palabras simples: los gobiernos siguen cobrándole inflación al trabajador formal.
La excusa fiscal tampoco basta. Hacienda estima el gasto tributario de 2026 en RD$393,541.54 millones, equivalente a 4.54% del PIB. Entonces la pregunta no es si hay recursos; la pregunta es a quién deciden proteger primero los gobiernos.
Tercer deber: no hay exenciones sin salario digno. Todo régimen con privilegios fiscales debe demostrar retorno social: salario digno, formalidad, transparencia, capacitación y movilidad salarial.
Cuarto deber: hacer cumplir el 80/20 laboral. El Código de Trabajo establece que al menos 80% de los trabajadores de una empresa debe ser dominicano, y que al menos 80% de la nómina debe corresponder a trabajadores dominicanos, con las excepciones previstas por la ley.
La alerta está en los medios. Almomento, citando la Encuesta Sectorial Construcción 2025 del Instituto Nacional de Migración, afirma que la mano de obra haitiana representa 68.3% de los trabajadores de la construcción, frente a 31.1% de locales; en empresas formales, la proporción sería 69.1% haitiana y 30.2% dominicana. Ese dato exige auditoría nacional. Si se confirma, sería una inversión práctica del mandato de nacionalización del trabajo, con consecuencias salariales, demográficas, culturales e identitarias.
Hay que decirlo sin odio ni confusión: el problema no es el inmigrante pobre que busca trabajo. El problema son los gobiernos que han permitido el desorden. No son los extranjeros los culpables de desplazar al trabajador dominicano; los responsables son las autoridades llamadas a cumplir y hacer cumplir la Constitución, el Código de Trabajo, la ley tributaria y el orden migratorio-laboral.
Donde debía haber control, hubo tolerancia. Donde debían estar las fronteras resguardadas, hubo abandono, corrupción sin consecuencias y complicidad con el desorden. Donde debía prevalecer la Constitución, se traicionó el interés nacional. Donde debía haber salario justo, hubo precariedad. Donde debía haber defensa del trabajo dominicano, hubo indiferencia. Y donde debía haber cumplimiento de la ley, hubo gobiernos mirando hacia otro lado.
Ese desorden empuja al dominicano a emigrar y a la nación a perder cohesión, identidad, soberanía laboral y control sobre su destino.
Desde el Frente Cívico y Social sostenemos que la patria no se defiende culpando al inmigrante pobre. Se defiende cumpliendo la Constitución, pagando salarios dignos, indexando el impuesto al salario, ordenando la frontera y haciendo cumplir el 80/20.
República Dominicana no necesita una economía que administre resignación. Necesita una economía que produzca arraigo.
Los dominicanos no quieren irse. Los están empujando.
Ya basta. Llegó la hora de hacer valer la Constitución y activar, de verdad, el Estado Social y Democrático de Derecho: un Estado que no esté de rodillas ante los privilegios, sino de pie junto al pueblo trabajador.
Opinión
Derechos de las personas durante la investigación de la Corte Penal Internacional
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2 días agoon
julio 1, 2026Por Rommel Santos Díaz
En las investigaciones realizadas de conformidad con el Estatuto de la Corte Penal Internacional nadie será obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable.
De acuerdo con el Estatuto de Roma nadie será sometido a forma alguna de coacción, intimidación o amenaza, a torturas ni a otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes.
En el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional , quien haya de ser interrogado en un idioma que no sea el que comprende y habla perfectamente contará, sin cargo alguno, con los servicios de un intérprete competente y las traducciones que sean necesarias a los efectos de cumplir el requisito de equidad.
De conformidad con el Estatuto de Roma nadie será sometido a arresto o detención arbitrarios ni será privado de su libertad salvo por los motivos previstos en el Estatuto y de conformidad con los procedimientos establecidos en él.
Cuando haya motivos para creer que una persona ha cometido un crimen de la competencia de la Corte Penal Internacional y esa persona haya de ser interrogada por el Fiscal o por las autoridades nacionales, o en cumplimiento de una solicitud hecha de acuerdo las disposiciones del Estatuto de Roma tendrá el derecho a ser informada.
Dentro de los derechos que tiene una persona en el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional el Estatuto de Roma señala el de ser informada de que existen motivos para creer que ha cometido un crimen de la competencia de la Corte.
Antes del interrogatorio la persona también deberá ser informada de que tiene derecho a guardar silencio , sin que ello pueda tenerse en cuenta a los efectos de determinar su culpabilidad o inocencia.
Cabe destacar que en el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional la persona tiene derecho a ser asistida por un abogado defensor de su elección o, si no lo tuviere, a que se le asigne un defensor de oficio, siempre fuere necesario en interés de la justicia y , en cualquier caso, sin cargo si careciere de medios suficientes.
Finalmente, la persona tendrá el derecho a ser interrogada en presencia de un abogado, a menos que haya renunciado voluntariamente a su derecho a asistencia letrada de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Roma.
