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Mano de obra puede ser suplida por formación técnica profesional, según ministro.

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Luis Miguel de Camps, ministro de Trabajo de la República Dominicana, aseguró hoy que la demanda de mano de obra calificada que tienen algunos sectores en el país se puede resolver a través de la formación técnico profesional.

«Cada vez más se hace evidente que la capacitación técnico profesional es más importante. La realidad del mundo del trabajo hoy requiere que tengamos disponibilidad de trabajar con mayores capacidades, inclusive más que antes», indicó De Camps.

Puso como ejemplo que el sector turístico reclama capacidad de idiomas.

Agregó, sobre el tema logístico, que el mercado está demandando mucho de esa capacidad de los trabajadores.

 «El tema logístico puede desarrollarse más ágilmente a través de la formación técnico profesional, y así sucesivamente las diferentes áreas tienen demandas que un porcentaje importante de ellos pueden ser respondidas a través de la formación técnico profesional«, precisó el ministro de Trabajo.

Señaló que lo que antes se hablaba de que era el futuro del trabajo, ya hoy es el presente en el trabajo.

Previo a reunión de la OIT

«El mercado laboral no es nacional, el mercado es global, mundial», indicó el funcionario previo a su participación en la celebración de la 46ª Reunión de la Comisión Técnica (RCT) de OIT/Cinterfor en la República Dominicana, con la participación de delegados de más de 50 instituciones de formación profesional de más de 27 países.

El tema de este año es «Formación profesional como eje del desarrollo económico y social de los países».

«El factor fundamental, no solamente diferenciador, sino también de mayor impacto hacia la empleabilidad, especialmente de los jóvenes, es la formación, y dentro de la formación, la formación técnico profesional siempre ha sido importante», argumentó el titular del Ministerio de Trabajo.

Agregó que en la actualidad es más importante que nunca la formación técnico profesional, porque el aparato productivo global «requiere, demanda y reclama personas que rápidamente desde muy temprano sepan cómo actuar, cómo obtener los conocimientos para ejercer una labor en el mundo laborar formal y la formación técnico profesional viene a eso».

Al evento vienen expertos de Iberoamérica, de África y otros territorios. «Vamos a conocer y se va a discutir y se va a conversar sobre las experiencias de los institutos de formación de los diferentes países, los programas de capacitación, la agilidad en la formación dual de calidad y todo lo que eso conlleva», explicó De Camps.

Retos de la informalidad

De Camps dijo que en la República Dominicana existen retos de la informalidad laboral, pero que las autoridades trabajan para mejorar ese panorama.

«Existen retos de la informalidad laboral que hay que mejorar, aunque se han comenzado a ver. En pandemia y postpandemia la informalidad sube un poco, pero ya se comienza a doblar la curva nuevamente hacia abajo poco a poco; reducciones modestas de la informalidad, pero la ruta es hacia la mejora«, indicó.

Agregó que, cuando la gestión del presidente Luis Abinader se inició, había cerca de 400,000 empleos suspendidos o perdidos por la pandemia, pero que en 13 meses (septiembre-octubre de 2021) los empleos ya se habían recuperado y, a partir de ahí, los empleos formales del sector privado han seguido creciendo.

«Al cierre del año 2022, en adición a los ya recuperados, se les agregaron alrededor de 130,000 empleos adicionales al sector privado, formales, de esos, 89,000 fueron solamente en el 2022. De esos 89,000 el 34 % fueron ocupados por jóvenes», reiteró De Camps.

Apuntó que los datos que se tienen de los informales es básicamente la correlación, en comparación con los formales.

«Actualmente la informalidad laboral ronda cerca del 46 % de la fuerza de trabajo de la República Dominicana, que es uno de los retos regionales. Pero en el caso de la República Dominicana, es uno de los retos que tenemos que seguir atendiendo», explicó De Camps.

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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.

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Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.

El director de la Defensa CivilJuan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.

Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.

En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.

“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.

Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:

  • Mantener la calma
  • Identificar salidas seguras
  • Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.

“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.

Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.

“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.

También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.

En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:

Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.

Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.

Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.

“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.

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TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.

En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.

La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.

Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.

La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.

Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.

Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.

El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.

«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.

La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.

Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.

Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.

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Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

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Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo  del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.

Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.

Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.

Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.

El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.

No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.

El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.

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