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Miriam Germán sangra por la herida y expresa dolor por presiones de medios.

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La Procuradora General de la Republica, Miriam Germán Brito, sostuvo  este miércoles que el Ministerio Público está expuesto a innumerables presiones que pretenden desmeritar su labor con juicios de valor infundados y campañas mediáticas de descrédito que suelen ser defensas anticipadas.

“El poder punitivo, por su vocación de excederse, encuentra unos límites claramente definidos en el Derecho que no pueden ser ignorados”, dijo Germán Brito, al pronunciar las palabras de apertura en el Congreso Internacional de Análisis e Investigación Criminal realizado por el Instituto Iberoamericano de Ministerios Públicos (IIMP), a través de la Escuela Nacional del Ministerio Público (ENMP) de República Dominicana.

“Acusar es uno de los más grandes poderes que puede desplegarse desde el Estado. No se puede tomar a la ligera, como tampoco podemos ignorar que el Ministerio Público está expuesto a innumerables presiones que pretenden desmeritar su labor con juicios de valor infundados y campañas mediáticas de descrédito que suelen ser una especie de defensa anticipada”, sostuvo la procuradora.

“De ahí que solo queda apelar a que la proactividad, la objetividad, la prudencia y el sentido de justicia presidan su accionar en beneficio de la comunidad”, indicó, al dirigirse a los miembros del Ministerio Público que participan del congreso.

En el acto de apertura del evento, celebrado en la Biblioteca Pedro Mir, de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), estuvieron presentes el ministro de Interior y Policía, Jesús Vásquez, y el de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, Franklin García Fermín, y el presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas, vicealmirante José Manuel Cabrera Ulloa, así como la directora de la ENMP, Marien Montero.

 Discurso íntegro enviado por el MP

Me satisface enormemente compartir unas palabras con ustedes en ocasión de este Congreso Internacional de Análisis e Investigación Criminal, que sirve, a su vez, para dar clausura a la maestría del mismo nombre que han cursado. Es de gran importancia capacitarse para la función, pero más importante aún es llevar lo aprendido a la práctica teniendo como norte un sentido de justicia y razonabilidad.

El tema que nos ocupa es fundamental para un actor del sistema de justicia como lo es el Ministerio Público. Implementar la política criminal del Estado de manera efectiva implica hacer un análisis permanente e inteligente de la criminalidad. Todos los organismos que colaboran con las investigaciones penales tienen que contar con las herramientas adecuadas que permitan identificar los elementos críticos que configuran la actividad criminal como fenómeno complejo y multicausal. De esta forma podemos establecer prioridades que den una respuesta más precisa y contundente al crimen.

Quiero resaltar que la dirección funcional de la investigación, principio de raigambre constitucional que es concretizado en el artículo 10 de la ley orgánica 133-11, es solo realizable bajo un esquema de colaboración conjunta que favorezca dinámicas de trabajo eficaces que permitan la coordinación entre el Ministerio Público y la Policía Nacional o cualquiera otra agencia ejecutiva, de seguridad o de gobierno, que cumpla tareas auxiliares de investigación con fines judiciales.

Estamos de acuerdo con que, en el marco del proceso penal, existe un deber de respetar el principio de legalidad, demostrando transparencia y coherencia en la aplicación de las normas penales y de las directrices institucionales, motivando cada pretensión, con miras a eliminar el exceso de discrecionalidad. Sin embargo, una preocupación seria es el hecho de que se persigan todos y cada uno de los delitos, sin distinción alguna del bien afectado y el daño social.

Uno de los principios fundamentales del derecho penal democrático es el principio de ultima ratio, el cual implica que la persecución debe ser de uso extraordinario. Tal como plantea el artículo 2 del Código Procesal Penal, si es posible solucionar un conflicto por otras vías, esa es la primera opción.

No podemos caer en las tentaciones del populismo penal y perder la objetividad y proporcionalidad que deben guiar cada una de nuestras actuaciones. La pena, con todas sus consecuencias y su alto costo, tiene que reservarse para los casos de mayor gravedad, en donde sea imposible aplicar cualquier salida alterna.

Una política criminal sensata se enfoca justamente en perseguir las conductas ilícitas más gravosas, es decir, aquellas que verdaderamente socavan los valores comunes y afectan los bienes jurídicos más preponderantes, como es el caso del crimen organizado, en todas sus manifestaciones, y la misma corrupción. Para ello, es indispensable contar con fiscales e investigadores capacitados, así como el acceso a herramientas criminalistas, equipos tecnológicos e información actualizada sobre los fenómenos criminales y su naturaleza.

El ejercicio de la autocrítica es indispensable para el fortalecimiento de nuestras instituciones. A aquellos a quienes corresponde ejercer acciones que en el día a día restringen derechos fundamentales, como el bien preciado de la libertad, les exhorto a actuar con la mayor prudencia y objetividad posibles, siendo esto sobre todo un deber ético. No seamos partícipes de la constante amenaza del derecho penal del enemigo, de la deshumanización de ese “otro”, del convidado de piedra.

Las amplias facultades que nos otorga la ley jamás pueden convertirse en un instrumento que violente los principios del debido proceso y la tutela judicial efectiva. Estos últimos son, justamente, de las mayores conquistas del constitucionalismo moderno. Todas las actuaciones del Ministerio Público han de ser razonables y deben ser ejercidas con objetividad para evitar que las víctimas y los imputados queden en un estado de indefensión. La obligación de motivar se impone a cada una de las solicitudes o dictámenes que puedan darse en el curso del proceso penal, recordando que todas nuestras actuaciones están sometidas al control jurisdiccional.

Otro tipo de actuaciones que ocupa nuestra atención son las solicitudes de imposición de medidas de coerción. Estas medidas, en especial la prisión preventiva, constituyen una restricción a derechos fundamentales que requieren una debida ponderación de su necesidad, idoneidad y proporcionalidad, a fin de evitar el uso indiscriminado de medidas privativas de libertad; por lo que los actores deberíamos reflexionar antes de pedirla e imponerla, si realmente se trata de infractores e infracciones que lo ameriten.

El poder punitivo, por su vocación de excederse, encuentra unos límites claramente definidos en el Derecho que no pueden ser ignorados. Acusar es uno de los más grandes poderes que puede desplegarse desde el Estado. No se puede tomar a la ligera, como tampoco podemos ignorar que el Ministerio Público está expuesto a innumerables presiones que pretenden desmeritar su labor con juicios de valor infundados y campañas mediáticas de descrédito que suelen ser una especie de defensa anticipada. De ahí que solo queda apelar a que la proactividad, la objetividad, la prudencia y el sentido de justicia presidan su accionar en beneficio de la comunidad.

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Envían a juicio de fondo a profesor acusado de agresión sexual contra una menor en SDE

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Santo Domingo, R.D.-El Quinto Juzgado de la Instrucción de la provincia Santo Domingo envió a juicio de fondo a un profesor acusado de agredir sexualmente a una menor, de 13 años de edad, en el sector Brisa del Este en Santo Domingo Este.

La decisión fue adoptada durante una audiencia celebrada este martes contra Eliezer Vargas Villamar, de aproximadamente 35 años, luego de que el tribunal determinara que las pruebas presentadas por el Ministerio Público y la parte querellante son suficientes para que el proceso sea ventilado en un juicio de fondo.

Según explicó el abogado de la madre de la menor, Danilo Santo Méndez, el imputado habría aprovechado su condición de docente para manipular a la adolescente desde la Escuela Básica República de Japón, ubicada en el sector Brisas del Este.

Alerta

La situación fue descubierta en diciembre por la progenitora luego de que otra hija de cuatro años alertara sobre un presunto vínculo que el profesor mantenía con su hermana.

«La niña me dijo que su hermana tenía un novio, y por favor no se lo dijera para que no se molestara con ella», expresó.

La mujer cuyo nombre se hace reserva por temas legales, dijo que ante lo dicho procedió a revisar la tablet y vio «que tenía una conversación con el profesor y le dijo nos vemos esta noche con un signo de interrogación«.

El litigante indicó que el imputado también acudía con frecuencia a las inmediaciones de la vivienda de la familia y en ocasiones trasladaba a la menor en su vehículo.

Méndez afirmó que los delitos sexuales contra menores no tienen cabida en la sociedad, y mucho menos en los centros educativos donde los estudiantes deben contar con garantías de protección.

Añadió que existen otras víctimas de nacionalidad haitiana que no hablan por miedo a represalias ante sus estatus migratorios.

Asimismo, criticó que algunas personas vinculadas al ámbito escolar acudieran al tribunal para respaldar al imputado durante el proceso.

El hombre guardaba prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras, medida que posteriormente le fue variada por garantía económica y presentación periódica.

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República Dominicana lidera índice regional de libertad de prensa en América

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SANTO DOMINGO.- La República Dominicana se colocó en el primer lugar del Índice Chapultepec de Libertad de Expresión y de Prensa 2025, con una puntuación de 82.17 sobre 100, convirtiéndose en el único país del continente ubicado en la categoría “Con Libertad de Expresión” dentro de la medición que evalúa la situación de estos derechos en 23 naciones de las Américas.

El informe, elaborado por la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) en alianza con investigadores de la Universidad Católica Andrés Bello, analiza el período comprendido entre el 2 de noviembre de 2024 y el 1 de noviembre de 2025 y concluye que el país mejoró su desempeño respecto al año anterior, al incrementar su puntuación en 4.92 puntos y avanzar una posición en el ranking regional.

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De acuerdo con el documento, la República Dominicana obtuvo 26.40 puntos de 30 en la dimensión “Ciudadanía informada y libre de expresarse”, 27.57 de 40 en la actuación del Estado frente a la violencia e impunidad contra periodistas, y 28.20 de 30 en el indicador sobre control de medios y periodismo.

Estabilidad del ecosistema mediático dominicano sigue siendo frágil

Aunque el país encabeza el índice, el informe advierte que la estabilidad del ecosistema mediático dominicano sigue siendo frágil y enfrenta amenazas estructurales. Entre los principales desafíos señalados están la debilidad económica de los medios de comunicación, el uso discrecional de la publicidad estatal y el impacto de nuevas propuestas legislativas, como el proyecto para crear el Instituto Nacional de Comunicación (INACOM).

Los evaluadores indican que estos factores pueden generar presiones indirectas sobre la independencia editorial, en un contexto donde la inversión publicitaria migra cada vez más hacia plataformas digitales globales, reduciendo la sostenibilidad financiera de los medios tradicionales.

El documento también menciona que durante el período analizado se registraron protestas de periodistas por mayores barreras informativas, y destaca como evento relevante la celebración en Punta Cana de la 81ª Asamblea General de la SIP, donde se firmó la Declaración de Salta II, un documento que reafirma los principios de la libertad de prensa en el continente.

Panorama regional
A pesar de la posición destacada de República Dominicana, el informe presenta un panorama preocupante para el periodismo en las Américas. El promedio regional del índice descendió a 47.10 puntos, el nivel más bajo desde que comenzó la medición hace seis años.

El estudio advierte que ocho países se encuentran en la franja de “Alta Restricción” a la libertad de expresión citando entre ellos Ecuador, Bolivia, Honduras, Perú, México, Haití, Cuba y El Salvador, mientras que Nicaragua y Venezuela aparecen en la categoría de “Sin libertad de expresión”.

Entre los países con mejor desempeño después de República Dominicana figuran Chile, Canadá, Brasil, Uruguay y Jamaica, todos ubicados en la categoría de “Baja restricción”, aunque con retrocesos o tensiones relacionadas con presiones económicas, judicialización del periodismo o concentración de la propiedad de los medios.

El informe concluye que el continente atraviesa uno de los momentos más difíciles para el ejercicio del periodismo, marcado por asesinatos, agresiones, exilio de periodistas, presiones económicas y restricciones legales en distintos países.

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Defensa de maestra acusada de maltrato a niña en un colegio alega: «No era vómito, era brócoli»

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Santo Domingo, R.D.-La defensa de la profesora Yamelsy Matos Beltré, acusada de agredir a una menor en el preescolar Mi Segundo Hogar/Little Steps, afirmó este martes que no se trató de ingesta de vómito, sino trozos de brócoli, los alimentos que la niña consumía al momento de los hechos.

Al salir de la Oficina de Atención Permanente de la Ciudad Judicial de Santo Domingo Este, el abogado Billy Gerónimo sostuvo que varias de las versiones que han circulado tras la difusión del video viral no se corresponden con lo ocurrido.

Según explicó, los fragmentos visibles en las imágenes corresponden a restos de brócoli que la menor habría expulsado mientras comía y que cayeron sobre su propio cuerpo.

En ese contexto, indicó que cuando la docente se inclina en el video, lo que recoge son esos mismos trozos de comida, descartando que se tratara de alimentos tomados del suelo o de un desagüe, como se ha interpretado en redes sociales.

Totalmente arrepentida

El jurista también afirmó que la profesora se encuentra «completamente arrepentida y muy avergonzada» por la situación que enfrenta, e insistió que muchas de las afirmaciones difundidas públicamente sobre el caso no se corresponden con la realidad.

Gerónimo detalló que el documento carecía de algunas páginas, entre ellas que medida buscaban lo que impedía conocer de manera íntegra el contenido del documento.

Agregó que, incluso, una de las partes faltantes correspondería al apartado donde el órgano acusador especifica qué medida de coerción está solicitando, aunque presume que se trata de prisión preventiva.

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